116. Colombia ha realizado grandes esfuerzos por cumplir con sus obligaciones en materia de DDHH y por elevar la responsabilidad de las instituciones y funcionarios con la garantía y protección de los mismos. Este esfuerzo es integral en cuanto a las dimensiones y áreas de trabajo.
117. La experiencia reciente ha demostrado que la seguridad es una condición necesaria para la plena vigencia de los DDHH.
118. Persisten problemas para garantizar plenamente los DDHH. Estos problemas se agudizan por la complejidad del territorio, la acción violenta de algunos grupos y las falencias de las instituciones.
119. En el caso de Colombia, el negocio del narcotráfico ha permitido recursos incalculables que permiten la supervivencia y surgimiento de grupos armados ilegales. Todos los grupos ilegales en Colombia tienen el más profundo desprecio por los DDHH y el DIH.
120. Por otra parte, y desafortunadamente, en Colombia se ha presentado una situación de agudo enfrentamiento con algunas ONG. El Gobierno desea una relación constructiva con ellas y mantener relaciones fluidas con la comunidad internacional.
121. El Estado colombiano asume como compromisos los expresados en los párrafos 31, 38, 42, 48, 57, 62, 67, 71, 76, 91, 95, 102, 106 y 114.
122. Por último, Colombia agradece esta oportunidad de discutir a profundidad la situación de DDHH en el país, se compromete con las conclusiones aquí acordadas y establecerá mecanismos de monitoreo a las recomendaciones que se concerten.
1 El Comité Interinstitucional está conformado por el Programa Presidencial de DDHH y DIH, las Direcciones de DDHH del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Ministerio del Interior y de Justicia. Este Comité creó un Grupo Permanente de Trabajo conformado por funcionarios técnicos de estas entidades.
2 Ver anexo 1. Amplio Proceso de Consultas e Informe de ejecución
3 Ver anexo 2. Lista de tratados ratificados de DDHH y DIH
4 Se trata de las siguientes entidades del orden nacional: la Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer (CPEM), la Dirección de Asuntos Indígenas, Minorías y Rom del Ministerio del Interior, la Dirección para Asuntos para comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras del Ministerio del Interior, la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional, a cargo, entre otros temas de atender a la población en situación de desplazamiento, la Alta Consejería para la Reintegración Social y Económica de Personas y Grupos Alzados en Armas, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), que vela por los derechos de los niños las familias y los adultos mayores., el Instituto Nacional para ciegos (INCI) y el Instituto Nacional para Sordos (INSOR). Ver anexo 3. Listado de Instituciones nacionales de DDHH.
5 En diciembre de 2007, el Comité Internacional de Coordinación de Instituciones Nacionales para la Promoción y Protección de los DDHH-CIC-ratificó el reconocimiento de la Defensoría del Pueblo de Colombia, en la categoría o status
“A”. Este reconocimiento significa que la Defensoría cumple a cabalidad con los Principios de París.
6 Por la ONU, han visitado al país en los últimos siete años, la Relatora Especial sobre el derecho a la educación; el Relator Especial sobre las formas contemporáneas de racismo, discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia;
el Relator Especial sobre las situación de los DDHH y las libertades fundamentales de los indígenas, el Relator Especial sobre el derecho a la libertad de opinión y de expresión; el Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias; el Representante Especial del Secretario General sobre los DDHH de los desplazados internos; el Relator Especial sobre el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental; la Relatora Especial para la Niñez y el Conflicto Armado y, por último, visitarán el país en el segundo semestre de 2008 el Grupo de trabajo para el tema de detenciones arbitrarias y la Experta Independiente sobre la cuestión de la Pobreza Extrema. Por la OEA, han visitado el país el Relator Especial sobre Libertad de Expresión, el Relator Especial sobre derechos de la Mujer, el Relator Especial sobre derechos de las personas privadas de la libertad, el Relator Especial para población Afrodescendiente.
7 El contenido del Plan se ha organizado en cinco ejes temáticos que se reconocen como los problemas en los cuales se debe trabajar de manera enfática: i) cultura en DDHH, ii) derechos a la vida y a la integridad personal, iii) lucha contra la discriminación, iv) políticas públicas en materia de educación, salud, vivienda y trabajo, y v) administración de justicia y lucha contra la impunidad
8 Temas de gran importancia que no se abordan en este documento son, entre otros, los siguientes: Medio ambiente, libertad de religión, vivienda, alimentación, derechos culturales, derechos de los migrantes, trata de personas, derecho al agua.
9 Existen los siguientes sistemas de información sobre estos delitos en el país: sistema de información de las Fuerzas Militares (SIJUR), Registro Nacional de Desaparecidos, Sistema de Vigilancia Epidemiológica de Lesiones de Causa Externa (SIVELCE), Sistema de Información Red de Desaparecidos y cadáveres (SIRDEC) y base de datos única sobre casos de tortura que ha creado la Fiscalía.
10 “La acción de tutela contra particulares procede cuando: (i) cuando el particular contra el que se dirige tenga a su cargo la prestación de un servicio público o desempeñe funciones públicas; (ii) cuando la conducta del particular contra el que se dirige la tutela afecte grave y directamente el interés colectivo; (ii) cuando el solicitante se halle en estado de subordinación o de indefensión frente al particular contra el cual se interpone la tutela”. (Sentencia T-798/07)
11 El “estado de cosas inconstitucional” se da cuando “(1) se presenta una repetida violación de derechos fundamentales de muchas personas - que pueden entonces recurrir a la acción de tutela para obtener la defensa de sus derechos y colmar así los despachos judiciales - y (2) cuando la causa de esa vulneración no es imputable únicamente a la autoridad demandada, sino que reposa en factores estructurales” (Sentencia SU-090/00). La Corte Constitucional ha declarado el Estado de Cosas Inconstitucional en seis situaciones: para proteger los DDHH de las personas privadas de la libertad, para advertir sobre la falta de protección a los defensores de derechos humanos, para examinar el tema de distribución de recursos en materia de educación y para proteger los derechos de las personas pensionadas, de los notarios removidos de su cargo sin acto administrativo motivado de autoridad competente, de quienes se encuentran en situación de desplazamiento.
12 El Decreto 122 de 2008 creó 1412 nuevos cargos de carácter permanente 753 cargos transitorios.
13 Los Procuradores Judiciales Penales II como Agentes del Ministerio Publico han intervenido en 1216 versiones libres.
14 La Fiscalía cuenta con una lista de 12 personas que pueden tener presuntos nexos con las FARC y a los cuales se les podría iniciar una investigación penal.
15 Dirección de Asuntos Indígenas, Minorías y Rom y Dirección de Asuntos para Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras
16 Se han creado, conservado y apoyado tres espacios de concertación con los pueblos indígenas: la Mesa Nacional de concertación, la Mesa Nacional de Derechos Humanos; y Mesa Amazónica; que ameritan ser fortalecidos en cuanto a presupuesto, continuidad y representatividad por parte de los pueblos indígenas, y otras instancias para temas sectoriales
17 El Director de la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional estima que hay alrededor de 3 millones de PSD. Algunas ONG advierten un número incluso mayor 4.361.355 (CODHES2008). Al respecto, la Corte Constitucional ha manifestado que, si bien el sistema oficial de registro ha avanzado considerablemente desde el año 2004, aun no refleja cabalmente la realidad (Corte Constitucional, Auto 218 de 2006. M.P. Manuel José Cepeda. P.2.1). ACNUR ha tomado esta providencia como fuente para sus informes, en partiuclar, la cifra de “unos tres millones de personas desplazadas.
18 Entre las normas más importantes, podemos resaltar el Decreto Nº 250 de 2005 por el cual se expide el Plan Nacional para la Atención Integral a la Población Desplazada por la Violencia; la Directiva Presidencial Nº 06 de 2005 emitida para dar cumplimiento a la sentencia T-025/04, el Documento CONPES 3400 el cual define metas y compromete recursos para atender a desplazados por la violencia; y los Acuerdos aprobados en el marco del Consejo Nacional de Atención Integral a la PSD, entre los que se destacan: el No 3 sobre la protección contra prácticas discriminatorias, el No. 5 mediante el cual se adopta el Plan de Atención para la comunidad Nukak Maku y demás comunidades indígenas en riesgo (actualmente se han formulado 11 planes para comunidades indígenas en riesgo); y el número 8 referido a la implementación del enfoque diferencial teniendo en cuenta las perspectivas de género, etnia, edad y discapacidad.
19 Por ejemplo, en el caso de las mujeres, la Corte ha ordenando: (i) la creación de trece programas específicos para colmar los vacíos existentes en la PAIPSD desde la perspectiva de género, de manera tal que se contrarresten efectivamente los riesgos en el desplazamiento; (ii) el establecimiento de dos presunciones constitucionales que amparan a las mujeres desplazadas; y (iii) la adopción de órdenes individuales de protección concreta para seiscientas mujeres desplazadas. Con el fin de enfrentar este problema, la Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer, en desarrollo del convenio suscrito con el ACNUR, viene adelantando el diseño de una Directriz de prevención, atención y estabilización socioeconómica para la población desplazada con enfoque de género.
20 Con el fin de garantizar la equidad de género, en el Plan Nacional de Desarrollo 2003 – 2006, se consagró especialmente la política “Mujeres Constructoras de Paz y Desarrollo”, la cual introduce de manera transversal, el enfoque de género en el diseño, la ejecución y la evaluación de sus políticas públicas para lograr la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, en 5 áreas de intervención: Empleo y Desarrollo Empresarial, Educación y Cultura, Prevención de las Violencias contra las Mujeres, Participación Política y Fortalecimiento Institucional. La Alta Consejería para la Equidad de la Mujer adelanta un conjunto de acciones afirmativas a favor de las mujeres, realiza el seguimiento a la política social con igualdad de oportunidades desde la perspectiva de género e implementa la estrategia de transversalidad de género. Y a pesar de que en el Estado de Colombia todavía queda un importante camino por recorrer, la labor del Observatorio de Asuntos de Género (OAG), que tiene como función dar seguimiento desde la perspectiva de género a políticas públicas, leyes y sentencias, ha sido reconocido por la CEPAL como una buena práctica.
21 Frente a la participación política de las mujeres, vale la pena resaltar, que si bien aún no se han alcanzado los niveles de participación deseados, se han logrado algunos avances con la implementación de la Ley 581 de 2000, conocida como Ley de cuotas, creada para garantizar la efectiva participación a que tienen derecho las mujeres en todos los niveles de las ramas y demás órganos del poder público. Actualmente, se ha dado amplia participación a la mujer en las altas instancias del Gobierno Nacional pero en los cargos de elección popular la participación de la mujer aún es muy limitada. A pesar de la escasa representación femenina, en el Congreso de la República se ha conformado una bancada de mujeres congresistas de diferentes movimientos y partidos políticos, con el objetivo de impulsar proyectos de ley relativos a la garantía y protección de los derechos de la mujer.
22 Se destacan espacios como la Comisión Consultiva de Alto Nivel (para Comunidades Afrocolombianas), la Mesa Nacional de DDHH de los Pueblos Indígenas, Mesas de diálogo social (DDHH de los Trabajadores), Consejo Nacional de Atención Integral a la PSD, Mesa Nacional de Fortaleciendo a las Organizaciones de la PSD, el Comité de Reglamentación y Evaluación de Riesgos (Personas del Programa de Protección del Ministerio del Interior) y la Mesa de seguimiento a la
implementación de las recomendaciones anuales de OACNUDH (participan organizaciones sociales, entidades del Estado concernidas y comunidad internacional).
23El presupuesto del programa ha pasado de $26.064 millones (U$13,660,592) en el año 2002, a $74.717 millones (U$39,160,468) en el año 2007, invirtiéndose $279.725 millones (U$146,608,699) en los últimos cinco años.
24 El 11 de julio de 2007 el Director del DAS denunció públicamente el robo continuado de computadores en las sedes de varias ONG con sede en Bogotá y manifestó toda su colaboración para que éstas puedan ejercer su labor. El Vicepresidente de la República, el 9 de septiembre de 2007, en su intervención en la ceremonia de firma de la prórroga del acuerdo entre Colombia y OANUDH manifestó que: “agradezc[e] la participación de las organizaciones defensoras de los DDHH en este acto y su valiosa contribución al objeto de la vigencia de los DDHH en Colombia. Reiter[ó] la decisión del Gobierno Nacional de brindar todas las garantías para el ejercicio de su labor en nuestro país. Conden[ó] las acciones hostiles contra estas organizaciones representadas en amenazas y robos a sus sedes. Quienes realizan estos actos enlodan nuestra política de disentir con la opinión ajena respetando sus derechos; r[ogó] a las autoridades judiciales poner todo el empeño en esclarecer estos hechos y castigar a los responsables.” Respecto de las amenazas recibidas el 11 de marzo de 2008 mediante correos electrónicos, el Ministro del Interior rechazó enfática y públicamente estas comunicaciones de amenazas, manifestó que “rechaz[a] categóricamente las amenazas que por medios electrónicos, las personas que se identifican como la organización criminal “Águilas Negras” han hecho llegar a organizaciones o personas que organizaron la marcha del pasado 6 de marzo”.
25 Sobre los robos de información a las sedes de ONG se llevaron a cabo varias reuniones entre las cuales se puede mencionar, las realizadas el 10 de julio y el 25 de septiembre de 2007. En éstas participaron representantes de ONG nacionales e internacionales, el Director del DAS, funcionarios de la Policía Nacional, de la Fiscalía y el Director del Programa Presidencial de DDHH y DIH. Las acciones adoptadas fueron: la designación de agentes especiales en las investigaciones por parte de la Procuraduría, la asignación de varias de estas investigaciones a al Fiscal delegado ante los Jueces del Circuito de la Unidad de delitos contra el Patrimonio, y el refuerzo de las medidas de seguridad que fueran necesarias por parte de la Policía Nacional y el Ministerio del Interior. Respecto de las amenazas recibidas el 11 de marzo de 2008, se realizó una reunión el 13 de marzo con la Fiscalía, la Policía Nacional, el DAS, el Ministerio del Interior y el Programa Presidencial de DDHH y DIH, en ella se adoptaron las siguientes acciones: expedición de la Resolución 1532 por parte de la Fiscalía asignando la investigación a la Unidad de DDHH de la Fiscalía, e instrucciones a la Policía y al Ministerio del Interior para reforzar las medidas de seguridad que fueran necesarias.
26 Central Unitaria de Trabajadores (CUT), Confederación de Trabajadores de Colombia (CTC), y Confederación General del Trabajo (CGT).
27 Entre otros, la Declaración comprende los siguientes compromisos: reforzar el grupo de fiscales especializados que investigan crímenes contra sindicalistas; adelantar una campaña en los medios de comunicación defendiendo los derechos de los sindicalistas; convocar a una reunión de empresarios, dirigentes sindicales y Gobierno para establecer un mecanismo conjunto que evite el constreñimiento a la libertad sindical y tomar medidas para castigar a los infractores de este derecho;
optimizar el mecanismo de alerta temprana y reforzar el protocolo de prevención para identificar los casos críticos; crear una Red Virtual para atender alertas de amenazas en tiempo real; informar por parte de los comandantes de Policía Departamentales la situación de riesgo y protección de los sindicalistas en sus jurisdicciones; ofrecer recompensas por informaciones que conduzcan a la captura de los condenados por crímenes contra sindicalistas.
28 En estos procesos hay 26 personas detenidas y 53 con medida de aseguramiento vigente.
29 En junio de 2006, se suscribió el Acuerdo Tripartito por el Derecho de Asociación y la Democracia, dirigido a promover los derechos fundamentales de los trabajadores, a fortalecer el diálogo social y a implementar programas para combatir tanto la violencia contra trabajadores y como la impunidad. Con ocasión del Acuerdo Tripartito, se han tomado las siguientes medidas, entre otras: Establecimiento de una representación permanente de la OIT en Colombia. Nombramiento de tres jueces de descongestión, por parte del Consejo Superior de la Judicatura. Mejoramiento del diálogo social a través de la. reactivación de la Comisión de Concertación de Políticas Salariales y Laborales, la creación de la Comisión de Tratamiento de Conflictos, la Comisión Interinstitucional de Derechos Humanos y la Comisión Intersectorial para
promover la formalización del Trabajo decente en el sector público. Implementación de la oralidad para la justicia laboral.
Regulación de las Cooperativas de Trabajo Asociado. Establecimiento y constitución de sindicatos sin injerencia del Estado. Proyecto de ley presentado por el Gobierno Nacional, mediante el cual se busca que la competencia para declarar la ilegalidad de las huelgas, quede en manos de los jueces laborales.
INDICE DE ABREVIACIONES
Comisión de Búsqueda de Personas Desaparecidas
CBPD Comisión Nacional de Reparación y
Reconciliación
CNRR Comité Internacional de la Cruz Roja CICR Consejería Presidencial para la Equidad de la
Mujer
CPEM Consejo Nacional de Política Económica y Social CONPES
Defensoría del Pueblo Defensoría
Departamento Administrativo de Seguridad DAS Departamento Nacional de Planeación DNP Derechos económicos, sociales y culturales DESC
Derechos Humanos DDHH
Ejército de Liberación Nacional ELN
Examen Periódico Universal EPU
Fiscalía General de la Nación Fiscalía / FGN Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia FARC
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ICBF Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias
Forenses
INMLCF Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario INPEC Ministerio del Interior y Justicia MIJ Necesidades básicas insatisfechas NBI Oficina de la Alta Comisionada de Naciones
Unidas de Derechos Humanos
OACNUDH Objetivos de Desarrollo del Milenio ODM Política de Atención Integral a la Población en
Situación de Desplazamiento
PAIPSD Población en Situación de Desplazamiento PSD
Procuraduría General de la Nación Procuraduría Programa de Seguimiento y Evaluación de
Políticas Públicas en Derechos Humanos
PROSEDHER Sistema de Información de las Fuerzas Militares SIJUR
Sistema de Información- Red de Desaparecidos y Cadáveres
SIRDEC Sistema de Vigilancia Epidemiológica de
Lesiones de Causa Externa
SIVELCE Sistema Interamericano de Derechos Humanos SIDH
Sistema Penal Oral Acusatorio SPOA
Superintendencia de Notariado y Registro SNR