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Medidas adoptadas con respecto a otros compromisos voluntarios

在文檔中 Asamblea General A (頁 21-26)

Además de las medidas mencionadas anteriormente, Bahrein ha adoptado las siguientes medidas para cumplir sus otros compromisos voluntarios derivados del primer informe presentado al EPU:

A/HRC/WG.6/13/BHR/1

Compromiso Medidas adoptadas

1. Estudio de la necesidad de formular un plan nacional integral de derechos humanos.

Se ha elaborado y enviado un proyecto de plan al comité encargado de la aplicación de los resultados del Diálogo Nacional para el Consenso. Este es también uno de los resultados de este Diálogo.

2. Estudio de la posibilidad de revisar varias reservas actuales a las convenciones a las que se ha adherido.

Por ejemplo, Bahrein ha retirado su reserva al artículo 20 de la Convención contra la Tortura.

Los organismos competentes están estudiando estas reservas y adoptando las medidas necesarias con respecto a ellas en función de la Constitución y la legislación nacional.

3. Bahrein se ha comprometido a contribuir al actual proceso de formulación de normas de derechos humanos en las Naciones Unidas y a participar en los foros de las Naciones Unidas sobre derechos humanos en los que se debaten las normas de derechos humanos (por ejemplo, el Foro sobre Cuestiones de las Minorías, que se reunió en su período inaugural de sesiones en Ginebra en septiembre de 2008).

1. Participación de una delegación bahreiní de alto nivel en el Foro sobre Cuestiones de las Minorías en 2008.

2. Participación de una delegación bahreiní de alto nivel en el Foro Durban II en 2009.

4. Participación activa continua en reuniones del Consejo Económico y Social y sus múltiples comités, la Asamblea General y el Consejo de Seguridad.

Bahrein fue seleccionado por segunda vez como miembro del Programa de las Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos desde el 1 de enero de 2012 por un período de cuatro años. Este comité depende del Consejo Económico y Social. Bahrein está entusiasmado con la asistencia a las reuniones periódicas del comité, que se celebran en su sede en Nairobi.

Bahrein es un miembro activo de las Naciones Unidas. Participa en los debates generales y en el período de sesiones anual de la Asamblea General, que comienza cada año en septiembre. El Rey Hamad Bin Isa Bin Salman Al Khalifah, bienamado soberano del país, participó en el sexagésimo sexto período de sesiones de la Asamblea General. Además, la Misión Permanente de Bahrein ante las Naciones Unidas está entusiasmada con la asistencia a las reuniones del Consejo de Seguridad y el seguimiento de los temas propuestas. Bahrein se ha comprometido a aplicar las resoluciones del Consejo de Seguridad y presentar los informes periódicas sobre las mismas. Bahrein fue elegido miembro no permanente del Consejo de Seguridad por un período de dos años (1998-1999).

5. Participación activa continua en el seguimiento de los procedimientos de las conferencias pertinentes, incluida la próxima revisión de la Declaración y Programa de Acción de Durban de la Conferencia Mundial contra el Racismo.

Bahrein participó en la Conferencia de Durban celebrada en abril de 2009.

A/HRC/WG.6/13/BHR/1

Compromiso Medidas adoptadas

6. Presentación de un informe durante el próximo examen de la aplicación de los compromisos voluntarios actuales.

Este informe refleja lo que se ha logrado en relación con los compromisos voluntarios de Bahrein. El país presentó también su informe anual para 2009 y 2010 al Consejo de Derechos Humanos. El informe describe los avances que se han realizado en la aplicación de los compromisos voluntarios, los resultados y las recomendaciones.

7. Afirmación de Bahrein de la adopción de buenas prácticas en los compromisos que presentará al Consejo de Derechos Humanos con motivo de las elecciones de 2008.

Esto efectivamente se cumplió. Bahrein fue elegido por un período de dos años (2008 hasta julio de 2011).

8. Intensificación de las campañas de inspección de las viviendas de los trabajadores para constatar su idoneidad desde el punto de vista humanitario, sanitario y de seguridad, y su conformidad con las leyes y decretos en esta materia.

- La Dirección General de Defensa Civil del Ministerio del Interior vela por el cumplimiento de las normativas sobre prevención de incendios y los requisitos de protección en las instalaciones con arreglo al Decreto Ministerial nº 167 de 2002. Estas normativas se aplican como requisitos bahreinís.

- El comité ministerial competente (compuesto por la Dirección General de Defensa Civil, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Asuntos Municipales y Planificación Urbana y el Ministerio de Trabajo) inspecciona las viviendas de los trabajadores en varias provincias de Bahrein.

- El Ministerio de Trabajo y el Ministerio de Asuntos Municipales y Planificación Urbana únicamente conceden licencias a un establecimiento o empresa después de constatar la idoneidad y la seguridad de las viviendas de los trabajadores. Se han establecido los siguientes requisitos especiales de protección y seguridad en función del tamaño y tipo de los edificios residenciales de los trabajadores:

a. Disposición de salidas de emergencia adecuadas.

b. Disposición de alarmas contra incendios y detectores de humo y calor.

c. Disposición de luces de emergencia.

d. Disposición de señalización de las salidas de emergencia.

e. Varias piezas del equipo de extinción de incendios.

A/HRC/WG.6/13/BHR/1

Compromiso Medidas adoptadas

9. Medidas destinadas a crear un mecanismo eficaz para corregir las condiciones de las viviendas de los trabajadores que sufren una desatención humanitaria por parte de algunos establecimientos del sector privado.

La División de Seguridad Laboral del Ministerio de Trabajo recopila y actualiza información sobre los complejos de viviendas de trabajadores y el número de trabajadores alojados en ellos mediante encuestas, el contacto directo con los establecimientos sujetos al Decreto Ministerial nº 8 de 1978 sobre las condiciones de salud de las viviendas de trabajadores, y la intensificación de las inspecciones a las viviendas. La División también difunde la legislación pertinente entre los empleadores. Se dirige a los empleadores para que se pongan en contacto y se coordinen con otros organismos competentes, por ejemplo, el Ministerio de Asuntos Municipales, el Ministerio de Agricultura y la Dirección General de Defensa Civil, con el fin de garantizar que las viviendas cumples los requisitos legales.

Se ha puesto en marcha un plan de trabajo relativo a una campaña de inspección de viviendas de los trabajadores mediante la recopilación y actualización de la base de datos del Ministerio de Trabajo sobre los complejos de viviendas de trabajadores y el número de personas que residen en ellos. Esto se está llevando a cabo a través de encuestas sobre el terreno realizadas por inspectores de seguridad laboral y a través de un contacto directo con los administradores de los establecimientos. La información se recopila mientras tiene lugar la inspección. Para garantizar un proceso eficaz de inspección de viviendas, la División de Seguridad Laboral se ha propuesto inspeccionar el mayor número de complejos de viviendas en tiempo récord. Se ha elaborado un programa de inspección de los establecimientos específicos en función del número de trabajadores residentes en cada establecimiento, a fin de cubrir el mayor número de trabajadores posible.

El plan tiene en cuenta la necesidad de inspeccionar los establecimientos con múltiples subdivisiones y los grupos comerciales e industriales en los que existen múltiples viviendas y administraciones que las supervisan. Se celebran reuniones con el personal de administración responsable para garantizar la aplicación de las medidas y precauciones de salud y seguridad en sus viviendas.

A/HRC/WG.6/13/BHR/1

Compromiso Medidas adoptadas

10. Afirmación de Bahrein de que sus informes posteriores incluirán información sobre los resultados de la revisión y los efectos de la misma en la situación de derechos humanos sobre el terreno.

El informe anual para 2009 y 2010 se presentó al Consejo de Derechos Humanos.

11. Estudio de la posibilidad de publicar un informe nacional anual o periódico sobre las condiciones de derechos humanos sobre el terreno.

Cada cuatro años se publica un informe nacionales sobre las condiciones de derechos humanos sobre el terreno. La Fundación Nacional para los Derechos Humanos también elabora un informe anual sobre el mismo tema.

12. Estudio serio por parte de Bahrein de la posibilidad de promulgar una ley contra la discriminación racial.

Sigue estudiándose la posibilidad de promulgar esta ley.

13. Afirmación de Bahrein de su cooperación con el Comité contra la Tortura con respecto a la aplicación del artículo 20 de la Convención contra la Tortura.

Bahrein está cooperando con todos los órganos creados en virtud de tratados relacionados con el Comité contra la Tortura.

14. Esfuerzos continuos de Bahrein para lograr un desarrollo integral a la vez que afirma el carácter central de los derechos humanos para este desarrollo y la importancia de apoyar una cultura de derechos humanos a través de todos los medios disponibles en educación, medios de comunicación y otros ámbitos.

- Los organismos gubernamentales, las organizaciones de la sociedad civil, el Instituto de Bahrein para el Desarrollo Político y la Fundación Nacional para los Derechos Humanos llevan a cabo actividades para difundir una cultura de derechos humanos.

15. Compromiso permanente del Ministerio del Interior de no interferir en las marchas pacíficas siempre que se desarrollen en el marco legal y los participantes no cometan actos de alteración del orden público ni disturbios, constitutivos de delito.

A/HRC/WG.6/13/BHR/1

Compromiso Medidas adoptadas

El Ministerio del Interior recibió notificación de cerca de 15 marchas y concentraciones durante 2008. Las marchas y las concentraciones ascendieron a 112 en 2009 y a 126 en 2010. El Ministerio recibió notificación de 60 asambleas durante 2011.

El Ministerio del Interior ha elaborado un proyecto de ley por el que se modifica la ley sobre reuniones, marchas y concentraciones públicas sobre la base de los planteamientos acordados del Diálogo Nacional.

La enmienda incluye varias disposiciones, de las cuales las más importantes son: prohibición de la participación de niños en marchas y concentraciones políticas en cumplimiento de los principios internacionales de derechos humanos; énfasis en el papel de la policía en la protección de los participantes de estas marchas; establecimiento de normas relativas a las marchas y las concentraciones para no perjudicar los intereses de la sociedad u obstaculizar o perjudicar a la economía nacional o los intereses públicos; énfasis en la responsabilidad de los organizadores de toda concentración de mantener la seguridad; y prohibición de convocar concentraciones cerca de instalaciones fundamentales, aeropuertos y hospitales. Se han adoptado medidas constitucionales para promulgar estas enmiendas.

Además, el Decreto nº 27 de 2011 del Excmo. Sr.

Ministro del Interior se promulgó para establecer las obligaciones y las responsabilidades del comité que regula las concentraciones o las marchas.

16. Uso del examen periódico por parte de Bahrein como marco adicional para apoyar la aplicación de los medios actuales de recurso a la justicia, y estudio de los procedimientos prácticos que faciliten esto, en consonancia con la legislación nacional y los compromisos asumidos en virtud de las convenciones internacionales de derechos humanos.

Esto está en proceso.

8. Prioridades e iniciativas nacionales fundamentales para superar

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