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Derechos de la mujer

90. En la esfera del empoderamiento de la mujer, la Ley Fundamental de la Sultanía hace hincapié en que las mujeres gozan de todos los derechos de que disfrutan los hombres.

Dicha Ley Fundamental incluye artículos que reafirman el principio de igualdad, la justicia social y el pleno derecho de las mujeres a la educación, el trabajo y el empleo, en pie de igualdad con los hombres.

91. Su Majestad el Sultán Haitham bin Tariq (Dios lo preserve y guarde) también insistió, en su segundo discurso histórico, pronunciado el 23 de febrero de 2020, en el empoderamiento de la mujer, cuando afirmó sin ambages: “La alianza de la ciudadanía con miras a forjar un presente y un futuro para Omán es uno de los pilares fundamentales de la acción nacional. Ponemos todo nuestro celo en conseguir que la mujer disfrute de sus derechos, garantizados por la ley, y que trabaje codo con codo con el hombre en diversos ámbitos, al servicio de su país y de la sociedad, y reafirmamos nuestra atención permanente a estos firmes fundamentos de la patria, que son ineludibles e innegociables.

92. La Sultanía ha continuado fortaleciendo sus iniciativas en la esfera del empoderamiento de la mujer a través de sus estrategias nacionales. La Estrategia de Trabajo Social del Ministerio de Desarrollo Social (2016-2025) es un marco general y de referencia que ha integrado la perspectiva de género en sus seis ejes, a saber: protección social;

previsión social; desarrollo familiar y comunitario; derechos de las personas con discapacidad; sociedad civil e instituciones, y apoyo institucional. Los indicadores de género y los presupuestos con los que se da respuesta a estas cuestiones fueron la base de los planes de aplicación de la Estrategia, que incluye planes y programas destinados a brindar una vida digna a las mujeres, para potenciar su participación en el proceso de desarrollo sostenible.

93. Las mujeres de Omán han hecho efectivos múltiples logros a nivel nacional e internacional. Su acceso a las instituciones de adopción de decisiones, incluido el Consejo (Parlamento) de Omán, y su participación en los sectores público y privado es un esfuerzo tangible al respecto, al igual que su participación activa en el trabajo voluntario y el empoderamiento económico.

94. El Consejo de Ministros se reconstituyó el 18 de agosto de 2020, en virtud del Decreto de la Sultanía núm. 111/2020, y pasó a incluir entre sus miembros a tres mujeres.

Igualmente, se emitió el Decreto de la Sultanía núm. 113/2020, relativo al nombramiento de algunos cargos, entre ellos el de una mujer para el cargo de presidenta de un organismo y tres mujeres como Secretarias de Estado.

95. Quince mujeres ocuparon escaños en el Consejo de Estado, una de las cuales desempeña el puesto de Vicepresidenta Primera del Consejo de Estado. Además, en las elecciones a la novena legislatura del Consejo Consultivo (2019-2023), resultaron elegidas dos mujeres. Obsérvese que hubo 337.543 mujeres electoras, lo que supuso un 47,3 % del total de votantes, que fue de 713.335 personas. Las mujeres también ocupan escaños en los consejos municipales.

96. El Gobierno también se ha esforzado por establecer varios programas para empoderar política y económicamente a las mujeres mediante la cooperación con las organizaciones de la sociedad civil que se ocupan de la mujer.

97. La legislación nacional garantiza la protección de las mujeres contra la violencia y el abuso en todas sus formas, no en vano el Código Penal y la Ley del Niño también prohíben someter a las mujeres a violencia verbal o física o a cualquier otra forma de violencia. Las mujeres que son víctimas de violencia recurren a las autoridades judiciales competentes para gozar del amparo de la ley, además de atención médica gratuita por parte del Gobierno.

Derechos del niño

98. La Ley del Niño fue promulgada al amparo del Decreto del Sultán núm. 22/2014, que dispone que se garantizarán y protegerán los derechos básicos del niño, como la preservación de su derecho a la vida, la supervivencia y el desarrollo, y se brindarán todas las oportunidades necesarias para facilitar esta tarea y ofrecer atención y protección contra la violencia, la explotación y el abuso.

99. El reglamento ejecutivo de la Ley del Niño fue emitido mediante Resolución Ministerial núm. 125/2019, que incluyó una exposición detallada de los derechos básicos del niño, en especial la protección y sus mecanismos, así como disposiciones relacionadas con los cuidados alternativos, los mecanismos de protección y la regulación de la tarea de las instituciones de atención, como las guarderías, que brindan servicios de atención y cuidado a los niños. Es de señalar que el reglamento incorpora diversos artículos

relacionados con las medidas de seguridad e integridad, destinadas a proteger a los niños en estas instituciones.

100. El artículo 4 del reglamento ejecutivo de la Ley del Niño también contempla la tipificación penal de las prácticas tradicionales nocivas para la salud del niño, que son la mutilación genital en el caso de la niña, cualquiera que sea la forma que adopte, y el tatuaje y el empleo de cauterios al rojo, que producen deformaciones en el cuerpo del niño e inciden negativamente en su salud. Además, establece la prohibición del uso de mercurio y plomo de formas que perjudiquen la salud del niño, así como obligar al niño a realizar cualquier acto que sea nocivo para su salud, lo mismo que cualesquiera otras prácticas tradicionales que puedan ser lesivas para el menor. El culpable de estos hechos será castigado con una pena privativa de libertad de entre seis meses y tres años.

101. El reglamento también incluye una lista de prácticas perjudiciales para la salud del niño. El artículo 10 del mismo se refiere a la prohibición del trabajo infantil de niños menores de 15 años.

102. Hay que añadir el establecimiento de comités de protección infantil a nivel de todos las gobernaciones mediante la Resolución Ministerial núm. 168/2015 y la reconstitución de estos comités mediante la Resolución núm. 172/2019, para ampliar la participación de la sociedad civil en ellos, así como la elaboración de guías orientativas para la protección de la infancia, la formación de un equipo nacional de capacitadores en el ámbito de la protección infantil y la puesta en marcha, en enero de 2017, de la línea telefónica directa de protección (número 1100).

103. La Sultanía de Omán ha cosechado muchos éxitos y un gran avance en la esfera de los derechos del niño, y en 2016 recibió elogios del Comité de los Derechos del Niño, siendo considerado país amigo de la Convención sobre los Derechos del Niño. La Sultanía está trabajando para lograr mayores avances en el ámbito de los derechos del niño mediante la Estrategia de Acción Social (2016-2025) y la Estrategia Nacional de la Infancia (2016-2025), además del Plan de Acción Nacional o el programa para el país ejecutado conjuntamente con el UNICEF. Estos planes incluyeron numerosos programas y proyectos que abordan cuestiones de la infancia. El Ministerio de Desarrollo Social supervisa la aplicación de ambas estrategias y da seguimiento a las mismas junto con una serie de organismos. Tiene además en cuenta, en el marco de su aplicación, los objetivos de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.

104. La Fiscalía General también emitió la Resolución núm. 49/2020, por la que se modificó el nombre del Departamento de la Fiscalía General para Asuntos de Menores, que pasó a ser el Departamento de la Fiscalía General para Cuestiones de la Familia y el Niño.

Su jurisdicción abarca el ámbito geográfico de la provincia de Mascate, y se ocupa de investigar, diligenciar, incoar casos y elevarlos a los tribunales y de ejecutar sentencias impuestas por delitos sancionados en la Ley de Responsabilidad del Menor y la Ley del Niño, así como por otros delitos cometidos contra el niño punibles en virtud de cualquier otra ley, o los delitos de violencia intrafamiliar mencionados en el Código Penal o en cualquier otra ley, en forma de acto lesivo de carácter físico, sexual, psicológico o económico, que son los delitos que se cometen entre miembros de una misma familia y también los delitos intrafamiliares contemplados en el Código Penal.

Atención a las personas de edad

105. Las personas de edad gozan en la Sultanía de una alta consideración social, ya que son una parte importante de la familia, así como el entorno social, cultural y religioso genuino, que todas las instituciones de la sociedad defienden con celo. Este segmento de población disfruta del derecho a vivir en su entorno familiar natural. El Gobierno ha hecho esfuerzos a fin de brindar el apoyo necesario para dar refugio a las personas de edad que carecen de familiares, ofreciéndoles servicios de previsión, sociales, de atención de la salud, psicológicos y de ocio, así como otros programas y servicios, mediante la creación del Hogar de Previsión Social, que les brinda atención integral, seguridad social y muchos otros servicios. El 43,6 % de las personas de edad reciben asistencia social, lo que supone un desembolso del 44,8 % de los fondos de la Seguridad Social.

106. En 2015, se estableció el Departamento de Asuntos de las Personas de Edad en el seno del Ministerio de Desarrollo Social. Se trata de un nuevo logro en el ámbito de la labor social. Actualmente, el Departamento se ocupa de proporcionar cuidadores a las personas de edad, así como de subvenir a sus necesidades básicas.

107. El Ministerio de Desarrollo Social también lanzó el Programa de Cuidadores de Personas de Edad, que se propone brindar un entorno seguro y apropiado para el cuidado de las personas de edad, y lograr su estabilidad de salud, psicológica y social, entre otros objetivos.

108. También se puso en marcha el Programa Nacional de Atención Domiciliaria a Personas de Edad. El Ministerio de Desarrollo Social brinda atención domiciliaria a las personas mayores, en cooperación y de forma integrada con el Ministerio de Salud y la Asociación Omaní de Amigos de los Mayores, en un marco organizado de acuerdo con los mecanismos de trabajo aprobados, que se determinan según las competencias de cada parte.

Derechos de las personas con discapacidad

109. La Sultanía está trabajando en la preparación de un proyecto de ley sobre los derechos de las personas con discapacidad conforme con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en el que han participado todas las partes interesadas relacionadas con el tema. Asimismo, se han celebrado talleres para debatir el proyecto de ley, que han contado con la participación de todas las asociaciones que se ocupan de las personas con discapacidad. Las observaciones del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad se incorporaron en el proyecto de ley cuando se examinó el informe inicial de la Sultanía en 2018; cabe señalar que esta ley se encuentra en sus etapas finales de tramitación y se espera que sea promulgada en breve.

110. La legislación o las políticas nacionales no hacen distinciones en cuanto a los derechos de los niños con discapacidad, por cuanto que, según se dispone en la Ley del Niño, los niños con discapacidad tienen todos los derechos establecidos en virtud de las disposiciones de esa Ley, sin discriminación por motivos de discapacidad. El Estado se esfuerza para aunar y coordinar iniciativas diversas a fin de proteger y atender a los niños con discapacidad, facilitar todas las capacidades y medios para atenderlos y preservar sus derechos, así como para empoderar a esos grupos sociales para que en el futuro sean actores que participen de forma efectiva en la sociedad, en pie de igualdad con otros grupos.

111. El Ministerio de Desarrollo Social está en permanente coordinación con las autoridades competentes de los sectores público y privado en aras de aplicar las mejores prácticas en la promoción de los derechos de los niños con discapacidad. Por esa razón, promulgó la Resolución Ministerial núm. 190/2016, a fin de dar seguimiento al proyecto de integración profesional de las personas con discapacidad.

V. Logros y mejores prácticas