Consejo de Derechos Humanos
Grupo de Trabajo sobre el Examen Periódico Universal 14º período de sesiones
Ginebra, 22 de octubre a 5 de noviembre de 2012
Informe nacional presentado con arreglo al párrafo 5 del anexo de la resolución 16/21 del Consejo de Derechos Humanos*
Pakistán
* El presente documento se reproduce tal como se recibió. Su contenido no entraña la expresión de opinión alguna por parte de la Secretaría de las Naciones Unidas.
Naciones Unidas A/HRC/WG.6/14/PAK/1
Asamblea General Distr. general 6 de agosto de 2012 Español
Original: inglés
Índice
Párrafos Página I. Introducción ... 1–2 4 II. Metodología (recomendaciones 10 y 39) ... 3–4 4
III. Restablecimiento de las libertades civiles y protección de los derechos humanos
(recomendaciones 14 y 16) ... 5–7 4 IV. Enmiendas y reformas constitucionales (recomendaciones 14 y 15) ... 8–15 5
V. Legislación para la promoción de los derechos humanos y la democracia
(recomendación 13) ... 16–18 6 VI. Medidas institucionales para la protección de los derechos humanos
(recomendaciones 5, 9, 29 y 40) ... 19–26 6 A. Comités parlamentarios de derechos humanos... 19 6
B. Salas de derechos humanos en los tribunales ... 20 6
C. Comisión Electoral ... 21 6 D. Ministerio de Derechos Humanos ... 22 7
E. Comisión Nacional de Derechos Humanos ... 23–24 7 F. Comisión Nacional sobre la Condición de la Mujer... 25–26 7 VII. Instrumentos internacionales, iniciativas regionales y mecanismos de derechos
humanos de las Naciones Unidas... 27–37 8 A. Ratificación de los tratados internacionales de derechos humanos
(recomendación 28) ... 27–28 8 B. Consejo de Derechos Humanos (recomendaciones 41 y 42)... 29–32 8
C. Invitación a los procedimientos especiales (recomendación 30) ... 33–34 9
D. Iniciativas regionales ... 35–37 9 VIII. Derechos de las personas y de los grupos vulnerables... 38–73 9
A. Mujeres (recomendaciones 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 17 y 20) ... 38–55 9 B. Niños (recomendaciones 11 y 12) ... 56–61 13
C. Minorías religiosas (recomendación 1) ... 62–65 14 D. Desplazados temporales (recomendación 38)... 66–69 15 E. Refugiados (recomendaciones 25 y 26)... 70–73 16
IX. Derechos civiles y políticos ... 74–84 16 A. Libertad de religión ... 74–78 16
B. Libertad de expresión (recomendación 21) ... 79–81 17 C. Desapariciones forzadas ... 82–84 17
X. Derechos económicos, sociales y culturales ... 85–108 18
A. Salud (recomendaciones 33 y 34)... 88–90 18 B. Educación (recomendaciones 3, 34 y 36) ... 91–96 19
C. Vivienda (recomendación 32) ... 97–100 19 D. Abastecimiento de agua y saneamiento (recomendación 34) ... 101–102 20 E. Seguridad social y mitigación de la pobreza (recomendaciones 35 y 43) ... 103–105 20 F. Derecho a la alimentación ... 106 21 G. Derechos laborales (recomendación 37)... 107–108 21
XI. El terrorismo y sus consecuencias para los derechos humanos (recomendaciones
24 y 25) ... 109–118 22 A. Protección de testigos (recomendación 22) ... 115 23 B. Defensores de derechos humanos y periodistas (recomendaciones 19, 22
y 23)... 116–118 23 XII. Retos ... 119–120 23 XIII. Conclusión ... 121 24
I. Introducción
1. El Pakistán es un país democrático con un Parlamento elegido, un poder judicial independiente, medios de comunicación libres y una sociedad civil dinámica. La conjunción de todo ello proporciona salvaguardias para la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos los ciudadanos del Pakistán. Estos derechos están garantizados por la Constitución y protegidos por un marco jurídico sólido.
2. El presente informe destaca los progresos realizados en la esfera de los derechos humanos desde 2008 y ofrece información actualizada sobre la aplicación de las recomendaciones aceptadas por el Pakistán durante su primer Examen Periódico Universal (EPU). Para tener una visión general de la situación, este informe debe ser leído conjuntamente con el primer informe para el EPU1.
II. Metodología (recomendaciones 10 y 39)
3. Tras la finalización de su primer Examen Periódico Universal, el Pakistán inició un proceso de consulta y difusión de la información. Las recomendaciones del Consejo de Derechos Humanos se hicieron llegar a los departamentos gubernamentales competentes a los efectos de su seguimiento.
4. La preparación del segundo informe para el EPU se inició en noviembre de 2011 con un proceso de consulta a nivel nacional. En este proceso tomaron parte los ministerios y departamentos federales y provinciales, representantes de la sociedad civil, los medios de comunicación, instituciones académicas y de investigación, organismos de derechos humanos y las organizaciones internacionales pertinentes en el Pakistán2. Se hizo un esfuerzo especial por garantizar la máxima participación de las mujeres y los departamentos y organizaciones que representan sus intereses.
III. Restablecimiento de las libertades civiles y protección de los derechos humanos (recomendaciones 14 y 16)
5. La democracia se restauró en el Pakistán en 2008 tras nueve años de gobierno militar. La tarea más importante a que se enfrentaba el nuevo Gobierno era restablecer el carácter democrático de las instituciones públicas eliminando todo vestigio de gobierno dictatorial.
6. Los miembros de los órganos judiciales superiores que habían sido detenidos y/o cesados fueron liberados y restituidos en sus cargos. El 31 de julio de 2008, el Tribunal Supremo declaró nulas e inconstitucionales la imposición del estado de emergencia en noviembre de 2007 y las medidas adoptadas durante este.
7. El Gobierno liberó a todos los presos políticos, restableció las libertades civiles, puso fin a las restricciones impuestas a los medios de comunicación y archivó los procedimientos judiciales contra los abogados y los defensores de los derechos humanos.
En la actualidad, no hay presos políticos en el Pakistán.
IV. Enmiendas y reformas constitucionales (recomendaciones 14 y 15)
8. En abril de 2010, el Parlamento aprobó por unanimidad la 18ª Enmienda a la Constitución y colmó las lagunas jurídicas explotadas por los dictadores, restaurando así el espíritu original de la Constitución de 1973. Se subsanaron las aberraciones introducidas en la Constitución por los gobernantes militares y se fortalecieron los mecanismos de seguridad contra las fuerzas proclives a subvertir el proceso democrático. Como resultado de estos cambios, todos los poderes ejecutivos recaen ahora en el Primer Ministro elegido directamente.
9. La 18ª Enmienda ha otorgado más autonomía financiera y administrativa a las provincias y les ha traspasado las competencias en materia de salud, educación, vivienda, bienestar social, adelanto de la mujer, servicios de abastecimiento de agua y saneamiento.
Se han fortalecido los derechos humanos garantizados por la Constitución. El derecho a la educación (art. 25A), el derecho a la información (art. 19A) y el derecho a un juicio imparcial (art. 10A) se han establecido como derechos fundamentales que no pueden ser suspendidos.
10. Posteriormente, el Parlamento aprobó la 19ª Enmienda (2011) y la 20ª Enmienda (2012) a la Constitución para reforzar la Comisión Electoral del Pakistán haciéndola más independiente e imparcial.
Poder judicial
11. Para garantizar la independencia del poder judicial y aumentar su autonomía, se ha establecido un nuevo método para el nombramiento y la destitución de los jueces del Tribunal Supremo y los tribunales superiores3. También se ha creado un mecanismo claro para el nombramiento de los jueces.
12. Con arreglo al nuevo sistema, la Comisión Judicial del Pakistán, encabezada por el Presidente del Tribunal Supremo, designará a los candidatos para el cargo de magistrados de los órganos judiciales superiores. Esta Comisión está integrada por los cuatro jueces decanos del Tribunal Supremo, un expresidente o exjuez del Tribunal Supremo del Pakistán, el Ministro Federal de Derecho y Justicia, el Fiscal General del Pakistán y el Fiscal Principal del Tribunal Supremo.
13. La Comisión encargada del nombramiento de los jueces del Tribunal Superior también incluye al Presidente del Tribunal Superior de que se trate, el juez decano del Tribunal Superior, el Ministro Provincial de Derecho y el fiscal principal.
14. La Comisión, por mayoría, propondrá a una persona para cada vacante del Comité Parlamentario. Este Comité podrá rechazar la candidatura en un plazo de 14 días por una mayoría de tres cuartas partes de sus miembros.
15. El objetivo de estos cambios es fortalecer la democracia y aumentar la participación local. El traspaso de competencias contribuirá a fomentar el desarrollo en el plano comunitario y asegurar la mejora de la gobernanza y de la prestación de servicios a la población. Desde un punto de vista administrativo, se han planteado algunos retos al traspasarse competencias de la federación a las provincias. El más importante es la capacidad de las provincias para ocuparse de nuevas cuestiones. Se están realizando esfuerzos para reforzar su capacidad. Pese a estos problemas de ajuste a corto plazo, existe consenso a nivel nacional de que esta medida es el camino a seguir para lograr una gobernanza democrática sólida en el país.
V. Legislación para la promoción de los derechos humanos y la democracia (recomendación 13)
16. El período 2008-2012 ha sido el más activo por lo que respecta a la elaboración de legislación en materia de derechos humanos en la historia del Pakistán. El Parlamento promulgó varios proyectos de ley4 para fortalecer los derechos humanos, en particular uno sobre la creación de la Comisión Nacional de Derechos Humanos de conformidad con los Principios de París.
17. Se han introducido algunos cambios pendientes de larga data en la gestión administrativa de las Zonas Tribales de Administración Federal. A raíz de la modificación del antiguo Reglamento sobre delitos en los distritos fronterizos en 2011, se limitaron las facultades de la administración local para detener y encarcelar arbitrariamente y se otorgó a los presos el derecho a la libertad bajo fianza. Se ha establecido un tribunal de las Zonas Tribales de Administración Federal con facultades para revisar órdenes o sentencias e inspeccionar las cárceles. Ya no podrá privarse a una persona de sus bienes sin otorgarle una indemnización adecuada acorde al valor vigente del mercado.
18. Además, en 2011 el alcance de la Orden de partidos políticos, de 2002, se amplió a las Zonas Tribales de Administración Federal. Los partidos políticos pueden abrir sus oficinas y realizar campaña en estas zonas. Este cambio responde a una demanda de larga data formulada por los partidos políticos y la población de las Zonas Tribales de Administración Federal.
VI. Medidas institucionales para la protección de los derechos humanos (recomendaciones 5, 9, 29 y 40)
A. Comités parlamentarios de derechos humanos
19. La Asamblea Nacional y el Senado tienen comités permanentes de derechos humanos. Estos comités tienen el mandato de supervisar la política pública, examinar la situación de los derechos humanos en el país, recibir las denuncias de violaciones de los derechos humanos, realizar investigaciones, celebrar audiencias y formular recomendaciones. Los comités han desempeñado un papel decisivo en la aprobación de una amplia gama de leyes relativas a los derechos humanos.
B. Salas de derechos humanos en los tribunales
20. El Tribunal Supremo del Pakistán ha establecido una sala de derechos humanos para que se ocupe de las violaciones de los derechos humanos. La sala realiza su labor bajo la supervisión directa del Presidente del Tribunal Supremo. Los casos que requieren una atención urgente y/o constituyen un cuadro persistente de violaciones de los derechos humanos son examinados de oficio por el Tribunal. Por tanto, la sala proporciona a los ciudadanos un recurso rápido y económico sin tener que recurrir al prolongado proceso de litigio tradicional. También existen salas o mecanismos similares en los tribunales superiores provinciales.
C. Comisión Electoral
21. La Comisión Electoral se encarga de organizar las elecciones y adoptar las medidas necesarias para velar por que se celebren de manera transparente e imparcial y conforme a
lo dispuesto en la ley. Gracias a las recientes modificaciones introducidas en la Constitución5, la Comisión Electoral es plenamente independiente y está libre de toda influencia política o administrativa. Con arreglo a las nuevas disposiciones, el Primer Ministro, previa consulta con el líder de la oposición en la Asamblea Nacional, propone tres nombres para el cargo de Comisionado Jefe de las Elecciones al Comité Parlamentario para su examen y confirmación. Ello garantiza el nombramiento de personas con una trayectoria impecable y una reputación de integridad, honestidad e imparcialidad.
D. Ministerio de Derechos Humanos
22. El Ministerio de Derechos Humanos, establecido a nivel federal en noviembre de 2008, es el departamento de la rama administrativa del Gobierno que se encarga de las cuestiones de derechos humanos. El Ministerio examina y supervisa continuamente la situación de los derechos humanos en el país y formula recomendaciones de política al respecto, y cuenta con dependencias en todas las capitales de provincia. Asimismo, los gobiernos provinciales han creado sus propios departamentos y dependencias de derechos humanos para ocuparse de estas cuestiones.
E. Comisión Nacional de Derechos Humanos
23. En mayo de 2012, el Pakistán promulgó una nueva ley para la creación de una Comisión Nacional de Derechos Humanos independiente de conformidad con los Principios de París. La Comisión examinará la situación general de los derechos humanos en el país; investigará las denuncias de violaciones de los derechos humanos; visitará los lugares de detención; revisará las leyes vigentes y recomendará nueva legislación; y elaborará un plan nacional de acción para la promoción y protección de los derechos humanos. También estará facultada para convocar a testigos y solicitar la presentación de documentos.
24. La Comisión estará dirigida por una persona que haya sido o esté cualificada para ser juez del Tribunal Supremo, o una persona que tenga "conocimientos demostrables en cuestiones de derechos humanos o experiencia práctica en la materia"6. Uno de los miembros de la Comisión pertenecerá a las minorías y al menos dos serán mujeres. Los miembros serán designados por un comité parlamentario bipartito. El proceso de nombramiento de los miembros de la Comisión está en curso.
F. Comisión Nacional sobre la Condición de la Mujer
25. En julio de 2000 se creó la Comisión Nacional sobre la Condición de la Mujer. En marzo de 2012, se promulgó una nueva ley para fortalecer la Comisión y hacerla más independiente.
26. Con arreglo al nuevo marco normativo, el Presidente de la Comisión será designado en consulta con el líder de la oposición en la Asamblea Nacional. Una comisión parlamentaria, con representación paritaria de miembros de la mayoría7 y de la oposición, se encargará de confirmar al candidato. La Comisión examinará las políticas, los programas y otras medidas del Gobierno federal sobre igualdad de género, revisará todas las leyes, normas y reglamentos federales y supervisará la aplicación de los instrumentos internacionales ratificados por el Pakistán. Gozará de las facultades conferidas a un tribunal civil para asegurar la comparecencia de cualquier persona y requerir la presentación de documentos.
VII. Instrumentos internacionales, iniciativas regionales y mecanismos de derechos humanos de las Naciones Unidas
A. Ratificación de los tratados internacionales de derechos humanos (recomendación 28)
27. En abril de 2008, el Pakistán ratificó el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. En junio de 2010, ratificó el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención contra la Tortura. En agosto de 2011, el Pakistán ratificó la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad y el Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía.
28. El Pakistán ha ratificado siete de los nueve instrumentos internacionales fundamentales de derechos humanos. Estas medidas ponen de manifiesto el compromiso del Pakistán con las normas internacionales de derechos humanos. En la actualidad se concentra en la aplicación de estos instrumentos a nivel nacional. Se ha establecido un proceso interministerial para coordinarla y preparar los informes que debe presentar a los órganos de tratados.
B. Consejo de Derechos Humanos (recomendaciones 41 y 42)
29. El Pakistán es un firme defensor de un mecanismo de las Naciones Unidas de derechos humanos eficaz y sólido. Como miembro fundador del Consejo de Derechos Humanos, ha hecho una contribución constructiva a la promoción y protección de los derechos humanos. Apoya la promoción de los derechos humanos reconocidos universalmente sobre la base de los principios de cooperación, no discriminación, imparcialidad y diálogo genuino. Se opone a la práctica de "nombrar y avergonzar", que es contraproducente y conduce a la politización de la causa de los derechos humanos. Cree que la adopción de enfoques cooperativos a nivel internacional contribuye a realizar progresos tangibles en la promoción y protección de los derechos humanos.
30. Como coordinador del Grupo de Derechos Humanos y Asuntos Humanitarios en Ginebra de la Organización de Cooperación Islámica (OCI), el Pakistán ha participado en importantes iniciativas para promover el diálogo y la armonía interculturales y encabeza algunas de ellas, y ayudó a forjar un consenso sobre cuestiones controvertidas y que suscitaban división en el Consejo de Derechos Humanos. Desempeñó un papel destacado en la creación de un consenso sobre la resolución 16/18, "Lucha contra la intolerancia, los estereotipos negativos y estigmatización, la discriminación, la incitación a la violencia y la violencia contra las personas basada en la religión o las creencias", en el 16º período de sesiones del Consejo de Derechos Humanos. También ha ayudado a encontrar un terreno común en temas polémicos como la libertad de religión y la libertad de expresión.
31. El Pakistán atribuye gran importancia al compromiso y el diálogo constructivos con los procedimientos especiales de las Naciones Unidas y la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos. Reconoce la valiosa contribución de los procedimientos especiales a la promoción y protección de los derechos humanos universalmente reconocidos.
32. La Alta Comisionada para los Derechos Humanos visitó el país del 4 al 8 de junio de 2012 por invitación del Gobierno del Pakistán. Durante su visita, se reunió con los dirigentes políticos, los Presidentes del Tribunal Supremo y el Tribunal Superior de Lahore y una amplia gama de representantes de la sociedad civil. La visita le brindó la oportunidad
de observar de primera mano las medidas de amplio alcance adoptadas por el Pakistán para promover y proteger los derechos humanos.
C. Invitación a los procedimientos especiales (recomendación 30)
33. En 2012 el Pakistán ha cursado invitaciones a tres procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos para que visiten el país. La Relatora Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados lo visitó del 19 al 29 de mayo de 2012.
Durante su visita, la Sra. Gabriela Knaul se reunió con los Presidentes del Tribunal Supremo y el Tribunal Superior de Lahore, visitó varios tribunales de primera instancia y se entrevistó con una amplia gama de representantes de la sociedad civil.
34. El Relator Especial sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión y el Grupo de Trabajo sobre las Desapariciones Forzadas o Involuntarias visitarán el Pakistán en el segundo semestre de 2012.
D. Iniciativas regionales
35. El Pakistán ha demostrado su compromiso con la promoción de los derechos humanos al sumarse a varias iniciativas internacionales y regionales. Ha desempeñado un papel de liderazgo en materia de derechos humanos en la Organización de Cooperación Islámica8 y la Asociación del Asia Meridional para la Cooperación Regional (SAARC)9. Fue una de las voces destacadas que pidieron la creación de la Comisión de Derechos Humanos de la OCI. Creada en 2011, la Comisión tiene el mandato de promover los derechos humanos y apoyar a los países de la OCI en sus esfuerzos por consolidar los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales. Se han depositado grandes esperanzas en el futuro de esta Comisión, que celebró su primer período de sesiones en febrero de 2012.
36. En una reunión10 celebrada en Islamabad en mayo de 2005, la SAARC decidió establecer el Foro de Asia Meridional para poner fin a la violencia contra los niños. En junio de 2010, el Foro se transformó en la Iniciativa de Asia Meridional para poner fin a la violencia contra los niños (SAIEVAC). La SAIEVAC es un organismo intergubernamental cuyo objetivo es proporcionar a todos los niños de esta región un entorno libre de abandono, violencia, abusos, discriminación y explotación. Se centra en las cuestiones relacionadas con los castigos corporales, el trabajo infantil, el matrimonio precoz, la trata y el abuso y explotación sexuales. El Pakistán otorga una alta prioridad a esta institución y se ha comprometido a fortalecerla.
37. El Pakistán también participa activamente en el mantenimiento de la base de datos de género de la SAARC, que recopila datos regionales completos sobre cuestiones de género, como la violencia contra la mujer y la trata de mujeres y niñas, e indicadores relacionados con la salud de la mujer y el VIH/SIDA.
VIII. Derechos de las personas y de los grupos vulnerables
A. Mujeres (recomendaciones 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 17 y 20)
1. Participación política de las mujeres
38. Las mujeres han desempeñado un papel activo y fundamental en la política a lo largo de nuestra historia. Han ocupado el más alto cargo político, han encabezado el movimiento para la restauración de la democracia y defendido la causa de los derechos
humanos. Durante el período 2008-2012, las mujeres siguieron ejerciendo una función destacada en el ámbito de la política.
39. El número de mujeres en cargos electos ha registrado un aumento constante. Las mujeres ocupan el 22,2% de los escaños en la Asamblea Nacional, el 17% en el Senado y el 17,6% en las asambleas provinciales. El Pakistán eligió a su primera mujer Presidenta de la Asamblea Nacional en 2008. El Vicepresidente de la Asamblea Provincial de Sindh también es una mujer.
40. Las parlamentarias figuran entre los legisladores más activos. Dirigen 5 comités permanentes de la Asamblea Nacional y 5 comités y 1 subcomité del Senado. Se han organizado sin tener en cuenta los partidos y las tendencias políticas. En 2008, se estableció un Grupo de Mujeres Parlamentarias bajo el patrocinio de la Presidenta de la Asamblea Nacional. El Grupo está integrado por parlamentarias de todos los partidos políticos y desempeña un papel de liderazgo en la aprobación de legislación histórica sobre los derechos de la mujer y el niño y la creación de un consenso nacional sobre cuestiones de derechos humanos.
41. Varias mujeres han ocupado y ocupan el cargo de ministro en los gobiernos federal y provinciales, entre otros, en los Ministerios de Relaciones Exteriores, Información, Salud y Bienestar Social y Adelanto de la Mujer. En 2011, se nombró a la primera Ministra de Relaciones Exteriores. Bajo su liderazgo, las mujeres siguen desempeñando un papel destacado en la diplomacia. El 13,86% del cuerpo diplomático y el 18,39% de los funcionarios con rango de embajador son mujeres.
2. Legislación sobre asuntos de la mujer
42. Durante los últimos cuatro años se ha registrado un avance significativo en la legislación sobre asuntos de la mujer y se han promulgado más de media docena de leyes para proteger y promover los derechos de las mujeres y protegerlas contra la violencia.
Ley para la prevención de las prácticas contra la mujer (enmienda del Código Penal), de 2011
43. La Ley para la prevención de las prácticas contra la mujer (enmienda del Código Penal), de 2011, ha reforzado la protección de la mujer contra la discriminación y las prácticas tradicionales nocivas. Tipifica como delito los matrimonios forzados, los matrimonios de niños y otras prácticas consuetudinarias que discriminan a las mujeres. El matrimonio forzado se castiga con penas de prisión de hasta diez años y una multa de 500.000 rupias pakistaníes. Además, la Ley prohíbe que se prive a las mujeres de la herencia de bienes por cualquier medio engañoso o ilegal y este acto se castiga con penas de prisión de entre cinco y diez años y multas de hasta 1 millón de rupias pakistaníes. La práctica del denominado "matrimonio sobre el Corán"11, con el fin de privarlas de su derecho a heredar, también se ha tipificado como delito y conlleva penas de prisión de entre tres y siete años.
Ley sobre el control de sustancias ácidas y la prevención del delito de lesiones con ácido
44. En 2012 el Parlamento aprobó la Ley sobre el control de sustancias ácidas y la prevención del delito de lesiones con ácido. Esta Ley establece una pena de prisión no inferior a 14 años y una multa mínima de 1 millón de rupias pakistaníes para quienes discapaciten, deformen o desfiguren a una persona arrojándole sustancias corrosivas.
Leyes sobre el acoso sexual
45. En marzo de 2010, se promulgaron dos leyes sobre el acoso sexual. La Ley de enmienda del Código Penal, de 2012, modificó el Código Penal y el Código de Procedimiento Penal para tipificar como delito el acoso en los lugares públicos y de trabajo.
El acoso sexual se castiga con una pena de prisión de hasta tres años o una multa de 500.000 rupias pakistaníes o ambas cosas. La Ley de protección contra el acoso en el lugar de trabajo, de 2010, definió el acoso y esbozó un código de conducta para el lugar de trabajo. En aplicación de esta Ley, los departamentos gubernamentales han establecido comités departamentales para investigar y tratar los casos de acoso. En virtud de lo dispuesto en la Ley, se ha designado un defensor a nivel federal para atender las denuncias de acoso sexual.
Proyecto de ley sobre la violencia doméstica (prevención y protección)
46. El Parlamento está examinando un proyecto de ley sobre la violencia doméstica (prevención y protección).
3. Mecanismos institucionales y medidas de protección de la mujer
47. El Gobierno es consciente de que las mujeres se enfrentan a muchos desafíos en su vida cotidiana. Se han emprendido medidas para aumentar su participación en el ámbito político y económico, promulgar leyes destinadas a protegerlas contra el acoso, la violencia y la discriminación y mejorar su acceso a la educación y la salud. Además de tomar medidas jurídicas para brindarles protección, se han adoptado varias nuevas medidas administrativas, entre las que destacan las siguientes:
• Por orden del Tribunal Supremo, los tribunales superiores y los colegios de abogados han creado comités de asistencia jurídica para ayudar a las mujeres víctimas en los casos de vani12 y swara (la entrega de una mujer para resolver una diferencia).
• En 2012 se puso en marcha el Fondo para las mujeres en situaciones de riesgo o detención, con el fin de ampliar la asistencia financiera y jurídica a las mujeres que se encuentran en la cárcel y las mujeres indigentes.
• Se han establecido varios Centros Shaheed Benazir Bhutto para la Mujer con miras a proporcionar socorro inmediato a las mujeres víctimas de la violencia. Cada centro cuenta con un comité de gestión que incluye a representantes de la sociedad civil.
Los centros disponen de grupos de abogados para prestar ayuda a las mujeres que necesitan asistencia letrada.
• Los Dar-ul-Amaans brindan protección y refugio a las mujeres en situación de riesgo. Entre otros servicios se ofrece atención de la salud y formación profesional a las mujeres bajo la supervisión de sociólogos y psicólogos cualificados.
• Con el fin de ayudar a las mujeres, se han creado 11 comisarías de policía exclusivas para ellas en las cuatro provincias y la capital federal. Estas comisarías se suman a las comisarías ordinarias, donde se presta mayor atención a las cuestiones de género.
• Las cuestiones de género se han incorporado a los planes de estudios de los institutos de formación para la judicatura, la policía y otros funcionarios públicos.
• La Policía Nacional cuenta con una Dependencia de Delitos de Género. Los programas elaborados por la Dependencia se siguen en los institutos de formación de la policía.
4. Empoderamiento económico de la mujer
48. La proporción de mujeres empleadas ha aumentado constantemente a lo largo de los años. Las mujeres pueden optar a todos los empleos públicos, incluso en las fuerzas armadas y la policía. En los servicios federales se ha reservado una cuota del 10% para las mujeres, mientras que el Punjab y Sindh han anunciado el establecimiento de una cuota del 15% y el 25%, respectivamente, para las mujeres en los puestos de trabajo provinciales.
49. Se espera que, con la aprobación de las leyes de protección de la mujer contra el acoso en el lugar de trabajo13, más mujeres se sientan alentadas a incorporarse al mercado laboral y a entrar en ámbitos tradicionalmente dominados por los hombres. El Gobierno, por su parte, seguirá creando las condiciones propicias para que más mujeres se sumen a la fuerza de trabajo.
50. A medida que han ido teniendo más oportunidades de empleo y han pasado a ser independientes económicamente, las mujeres han podido ejercer los derechos que les garantiza la Constitución pero se les habían denegado debido a obstáculos sociales. De ellos, el más importante ha sido el derecho a la propiedad, que está garantizado por la Constitución. En virtud de las recientes modificaciones del Código Penal14 relacionadas con la prevención de las prácticas contra la mujer, se ha tipificado como delito la práctica de privar a las mujeres de su derecho a la herencia. El Gobierno de la provincia del Punjab ha anunciado que, con el fin de brindar seguridad a las mujeres, se otorgará el título conjunto de propiedad a las parejas en el marco de los planes de vivienda pública para familias de bajos ingresos.
5. Jirgas tradicionales y delitos de honor
51. Las jirgas tradicionales15 desempeñan un papel importante en la solución pacífica de pequeñas controversias a nivel de aldea. Ha habido casos en que las jirgas se han excedido en el ejercicio de su autoridad y han tomado decisiones en asuntos penales, que no entran en el ámbito de su mandato. El Gobierno impone medidas punitivas a los miembros de las jirgas cuando adoptan medidas ilegales o toman decisiones que atentan contra los derechos humanos. Los tribunales han examinado atentamente estas decisiones ilegales y las han anulado.
52. En abril de 2004, el Tribunal Superior de Sindh prohibió la celebración de jirgas en la provincia16. En 2008, el Gobierno de Sindh publicó directrices dirigidas a todos los agentes de policía de distrito para garantizar la prohibición total de la celebración de jirgas ilegales y la detención de quienes participaran en ellas. Los resultados del seguimiento de su aplicación han sido desiguales. A pesar de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Sindh, se han recibido informaciones de que se celebran jirgas ilegales en algunas partes del país.
53. La Ley del Código Penal (enmienda), de 2004, tipificó como delito las prácticas tradicionales nocivas. La Ley tipifica específicamente como delito dar a las mujeres en matrimonio para resolver controversias. También tipifica como delito todos los homicidios cometidos en nombre del "honor"17. Establece penas severas para los autores, cómplices, instigadores y encubridores de tales delitos.
54. El Gobierno es consciente de que las mentalidades tradicionales no cambian solo con la aprobación de leyes y medidas punitivas. Es importante aumentar la concienciación y mejorar la sensibilidad hacia las cuestiones de género en la sociedad. Los medios de comunicación y la sociedad civil han contribuido positivamente a poner de relieve este problema y a salvar a muchas mujeres. La mayor atención prestada por los tribunales, los medios de comunicación y la sociedad civil a estas cuestiones y la adopción por estos de un enfoque de defensa de los derechos humanos, junto con el aumento del número de
denuncias de homicidios por motivos de honor, han propiciado un cambio en la aceptación social de estos casos.
6. Trata de mujeres y niños
55. La trata de mujeres y niños es un motivo de grave preocupación para el Gobierno del Pakistán. La Ordenanza relativa a la acción preventiva y la lucha contra la trata de seres humanos, de 2002, establece el marco para la protección de las personas contra la trata. La Ordenanza prohíbe todas las formas de trata transnacional y prevé penas de 7 a 14 años de prisión para los autores. El Organismo Federal de Investigación ha establecido dependencias de lucha contra la trata, con el fin de proteger a las víctimas potenciales o reales e investigar los presuntos delitos en esta esfera y enjuiciar a los autores. Las fuerzas del orden colaboran con las organizaciones de la sociedad civil, los abogados, los fiscales, los dirigentes comunitarios y los medios de comunicación en las actividades de sensibilización sobre las leyes relativas a la trata de seres humanos, la prestación de ayuda a las víctimas de la trata y la creación de refugios para ellas.
B. Niños (recomendaciones 11 y 12)
56. El Pakistán es parte en la Convención sobre los Derechos del Niño. En julio de 2011, ratificó el Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía.
57. La Comisión Nacional de Bienestar y Desarrollo de la Infancia se encarga de evaluar y promover los derechos del niño en el Pakistán. Supervisa, vigila y facilita la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño y otros instrumentos jurídicos internacionales y regionales en este ámbito. Colabora estrechamente con las provincias, que tienen la responsabilidad primordial de legislar y adoptar medidas para la protección de la infancia18.
1. Medidas legislativas
58. El proyecto de ley sobre la Carta de los Derechos del Niño, presentado ante la Asamblea Nacional en 2009, se encuentra en las fases finales de aprobación parlamentaria.
El proyecto de ley tiene por objeto fortalecer la Comisión Nacional de Bienestar y Desarrollo de la Infancia y transformarla en la Comisión de los Derechos del Niño, cuya responsabilidad principal será aplicar y supervisar la Carta de los Derechos del Niño.
59. En la provincia de Sindh se aprobó la Ley sobre el Organismo de Protección de la Infancia en 2011. En virtud de esta Ley, se ha creado un organismo integrado por 11 miembros para coordinar y supervisar las cuestiones relativas a la protección de los niños a nivel provincial y de distrito. El Organismo establecerá un mecanismo institucional de protección de la infancia y fijará normas mínimas para todas las instituciones relacionadas con los niños, incluidas las instituciones educativas, los orfanatos, los hogares de acogida, los parques infantiles y los hospitales, y garantizará su aplicación.
60. En 2010, la provincia de Khyber-Pakhtunkhwa19 aprobó la Ley de protección y bienestar de la infancia. En virtud de esta Ley, se ha establecido la Comisión de Protección y Bienestar de la Infancia. La Comisión revisa las leyes y los reglamentos provinciales que afectan a la condición y los derechos del niño y propone nuevas leyes; aplica las políticas de protección, rehabilitación y reintegración de los niños en situación de riesgo; vigila la aplicación y el cumplimiento de las leyes relativas a la protección de los niños, que abarcan la prevención del trabajo infantil, los abusos y la explotación sexuales, la prostitución, la pornografía y la trata. Cada distrito administrativo de la provincia contará con una dependencia de protección de la infancia dirigida por un funcionario de bienestar social.
Estas dependencias crearán mecanismos comunitarios de consulta y prestarán apoyo a las iniciativas para la prevención de los abusos, el descuido y la explotación. Asimismo, la Ley prevé el establecimiento de tribunales de protección de la infancia para examinar los casos relacionados con el bienestar de los niños.
2. Medidas administrativas
61. Además de las medidas legislativas adoptadas recientemente, se han puesto en práctica varias medidas administrativas destinadas a la protección de los derechos del niño:
• Los gobiernos federal y provinciales han establecido el Sistema de Información de Gestión sobre la Protección de los Niños, un sistema nacional de seguimiento para recopilar datos a nivel de distrito sobre cinco esferas de la protección de la infancia, a saber, la justicia juvenil, la trata de niños, la explotación sexual, la violencia contra los niños y el entorno familiar y las modalidades alternativas de cuidado. El objetivo es evaluar la situación de los derechos del niño en el país y tomar decisiones de política bien fundamentadas al respecto.
• El Centro Nacional de Protección de la Infancia, establecido en 2007, ofrece refugio temporal a los niños víctimas de la violencia y los niños sin hogar, los niños de la calle y los que abandonan su hogar. También les proporciona asesoramiento psicológico y asistencia social, jurídica y médica y les presta ayuda para su rehabilitación, reunificación y reintegración. Dispone de un Servicio Nacional de Atención Telefónica para la Protección de la Infancia y de una Red Nacional de Protección de la Infancia en la que colaboran las partes interesadas en todo el país.
• Se han establecido oficinas de denuncia para niños en las secretarías de los Defensores del Pueblo federal y provinciales para atender las preocupaciones y denuncias relacionadas con la protección de la infancia en las escuelas, las instituciones de acogida y los servicios públicos.
• En marzo de 2011, el Punjab creó una Oficina de Protección y Bienestar del Niño con el fin de proteger y rehabilitar a los niños indigentes y abandonados proporcionándoles oportunidades educativas y de desarrollo personal.
• El Pakistán Bait-ul-Mal gestiona hogares de acogida para niños huérfanos, indigentes y sin hogar en todo el país. Los hogares brindan protección a estos niños y les ofrecen una educación y atención de la salud de calidad y mejores condiciones de vida. Las cuatro provincias han creado hogares de acogida para niños indigentes con miras a la rehabilitación de los niños perdidos, fugitivos y secuestrados y los niños víctimas de la violencia.
• Se han establecido centros de protección, educación y asesoramiento para los niños con el apoyo del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF). Estos centros proporcionan educación no formal, apoyo psicológico y asistencia jurídica a los niños de la calle, los niños trabajadores y los niños víctimas de la violencia y la explotación sexual comercial.
C. Minorías religiosas (recomendación 1)
62. Las minorías religiosas enriquecen la diversidad cultural del Pakistán. Han hecho valiosas contribuciones al desarrollo, la paz y la prosperidad del país. La protección de los derechos de las minorías es un requisito constitucional. La Constitución garantiza la igualdad de derechos y condición a todos los ciudadanos, con independencia de la raza, la religión, la casta o el lugar de trabajo20.
63. Tras la abolición del sistema de electorado separado en 2002, las minorías pueden optar a cualquier escaño en el Parlamento y las asambleas legislativas provinciales.
Además, se han reservado escaños específicos para ellas en cada uno de estos órganos legislativos. En el Senado se reservan cuatro escaños para las minorías21. En la Asamblea Nacional ya disponen de diez escaños reservados. Asimismo, todas las asambleas provinciales han reservado escaños para las minorías. Además, se ha establecido una cuota de empleo del 5% para las minorías en todos los servicios federales.
64. En 1993 se creó la Comisión Nacional de las Minorías, encabezada por el Ministro para la Armonía Nacional. Es un foro multipartidista establecido para proteger los derechos religiosos, sociales y culturales de las minorías. En noviembre de 2008, la Comisión fue reestructurada con el fin de dotarla de facultades para recomendar medidas encaminadas a asegurar la participación efectiva de los grupos minoritarios en la vida nacional y examinar las políticas o leyes que los discriminan. Esta Comisión examina y formula activamente recomendaciones sobre cuestiones que preocupan a las minorías. También escucha sus quejas y protestas y recomienda la celebración de sus festividades sagradas a nivel nacional y provincial.
65. El diálogo y el entendimiento interreligiosos son cruciales para fomentar la cultura de la tolerancia y el respeto hacia las minorías religiosas. En julio de 2011, para alcanzar este objetivo, se creó el Ministerio de la Armonía Nacional a nivel federal. Este Ministerio se encarga de supervisar y coordinar las cuestiones relacionadas con las minorías religiosas.
Actúa de enlace con los Comités de Armonía Interreligiosa que existen en cada distrito administrativo del país, con miras a promover las buenas relaciones entre los seguidores de diferentes credos. Desde 2009, el 11 de agosto22 se conmemora el Día de las Minorías con el fin de promover la tolerancia y el respeto hacia las minorías, poner de relieve cuestiones que les preocupan y celebrar la diversidad religiosa en el Pakistán. A las minorías se les reconocen como días feriados sus fiestas religiosas.
D. Desplazados temporales (recomendación 38)
66. Las inundaciones y lluvias intensas de 2010 y 2011 provocaron el desplazamiento de 2,6 millones de personas. La amenaza extremista y la consiguiente actuación de las fuerzas del orden en Swat también dieron lugar al desplazamiento de una parte de la población local.
67. Pese a la naturaleza sin precedentes de estos desafíos, las tareas de socorro se realizaron de manera rápida y ordenada. La pronta movilización de recursos, tanto humanos como financieros, garantizó la asistencia oportuna a las comunidades afectadas por lo que respecta a la provisión de alojamiento, alimentos, atención de la salud, agua y servicios de saneamiento. Durante la fase de socorro y recuperación, hubo una coordinación eficaz entre las autoridades a nivel federal y provincial y se establecieron sinergias dinámicas entre el Gobierno, las organizaciones internacionales, las organizaciones de la sociedad civil y las comunidades locales.
68. A medida que el agua se retiraba de sus casas, los desplazados comenzaron a regresar a ellas. Un gran número de desplazados ha vuelto ya a sus hogares. El Pakistán seguirá proporcionando servicios básicos y protección a los desplazados temporales, prestando especial atención a las mujeres y los niños.
69. El Organismo Nacional de Gestión de Desastres y los organismos provinciales de gestión de desastres establecidos para prestar asistencia y socorro de emergencia durante los desastres naturales han incorporado plenamente la capacitación sobre derechos humanos y cuestiones de género en sus actividades.
E. Refugiados (recomendaciones 25 y 26)
70. Desde hace más de 30 años el Pakistán acoge a una de las mayores poblaciones de refugiados del mundo. En la actualidad 1,7 millones de refugiados afganos están registrados en el ACNUR. Cada año tienen lugar 83.000 nacimientos entre la población afgana.
71. Si bien el Pakistán no es Estado parte en la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, de 1951, ha demostrado su respeto por los principios internacionales sobre la protección de los refugiados. Los refugiados afganos reciben atención en el marco de la Estrategia para la gestión y repatriación de los refugiados afganos en el Pakistán, de 2010.
72. Aunque ha habido una reducción drástica de la asistencia internacional, el Pakistán sigue acogiendo a los refugiados guiado por su espíritu de tradicional hospitalidad. El trato que les ha dispensado ha sido humano, a pesar de los problemas sociales, económicos y de seguridad causados por su presencia continuada en las comunidades de acogida, los gastos que ello entraña para el Gobierno y la presión sobre los servicios de educación y salud.
73. El Gobierno considera que, en el contexto de la fase final de las operaciones en el Afganistán, debe otorgarse la máxima prioridad al regreso de los refugiados afganos a sus hogares con honor y dignidad para que puedan contribuir a la reconstrucción de su país.
IX. Derechos civiles y políticos
A. Libertad de religión
74. Durante siglos, el territorio del Pakistán ha acogido a varias religiones, cuyos seguidores han vivido en paz y armonía. Las minorías gozan del derecho constitucional a profesar libremente su religión y visitar sus lugares de culto23.
75. Como consecuencia de la yihad afgana contra la Unión Soviética, persisten algunos elementos extremistas que suponen una amenaza para la sociedad pacífica y tolerante del Pakistán. Los extremistas dirigen sus ataques no solo a las minorías, sino también a la gran mayoría de musulmanes que son moderados y no suscriben su programa extremista. El Pakistán ha perdido muchas voces valientes que defendían la tolerancia y el respeto, entre las que figuran el Gobernador Salman Taseer y el Ministro Federal para las Minorías Shahbaz Bhatti.
76. El Pakistán está resuelto a preservar su modo de vida, luchando contra las fuerzas oscurantistas y protegiendo a las minorías religiosas. El Gobierno comparte la preocupación que suscitan los casos de aplicación indebida de la "Ley sobre la blasfemia", que es de carácter neutro. Ha habido casos de aplicación indebida de esta Ley por intereses creados.
Se cree erróneamente que se utiliza para atacar a las minorías. El hecho es que, por lo general, se invoca contra personas de todos los credos, en su mayoría, musulmanes, para resolver disputas personales. Los casos relacionados con las minorías suelen acaparar más la atención de los medios de comunicación y la opinión pública.
77. El Gobierno ha tomado medidas para poner fin a estos abusos. La Ley24 establece que la investigación de los casos de blasfemia será realizada por un agente de policía con un rango no inferior al de superintendente. La policía tramita estos casos con la atención que merecen. Los tribunales superiores anulan invariablemente las sentencias de condena injusta. El Gobierno seguirá protegiendo los derechos de todos los ciudadanos, incluidas las minorías, y previniendo toda aplicación indebida o abusiva de la Ley sobre la blasfemia, al tiempo que garantiza el respeto de la legislación nacional.
Conversiones forzadas
78. La legislación del Pakistán prohíbe terminantemente las conversiones forzadas. El islam también prohíbe esta práctica. El Tribunal Supremo ha perseguido activamente los casos relacionados con la conversión forzada y la desalienta. En estos casos, los tribunales se han cerciorado de que las personas afectadas tengan la oportunidad de expresar sus deseos de convertirse (o quejarse de cualquier amenaza o presión de que sean objeto) en condiciones de total privacidad y seguridad. Asimismo, el Tribunal Supremo les ha concedido un período de reflexión alejadas de todas las fuentes que pueden influir en su decisión25. La Comisión para las Minorías también está ocupándose de esta cuestión y está elaborando recomendaciones para desalentar esta práctica.
B. Libertad de expresión (recomendación 21)
79. El Pakistán concede gran importancia a la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión. Este es un derecho por el que se ha luchado intensamente y se han hecho muchos sacrificios. Tras el restablecimiento de la democracia en 2008, se eliminaron todas las restricciones impuestas a los medios de comunicación.
La Constitución garantiza el "derecho a la información"26 como un derecho fundamental.
80. En el Pakistán los medios de comunicación gozan de total libertad. Más de 100 medios de comunicación suelen poner de relieve cuestiones políticas, sociales y de derechos humanos y liderar el debate nacional sobre asuntos de importancia pública.
El Consejo de la Prensa es un organismo autónomo e independiente establecido por ley que está facultado para recibir denuncias presentadas por los profesionales de los medios de comunicación por injerencia en su libre funcionamiento por parte del Gobierno federal, el gobierno provincial o cualquier otra organización. También puede designar comisiones de investigación para examinar estos casos.
81. El Pakistán coopera con el Relator Especial de las Naciones Unidas sobre el derecho a la libertad de opinión y de expresión. Considera que este es un procedimiento importante.
Se ha cursado una invitación al Relator Especial para que visite el país en el segundo semestre de 2012.
C. Desapariciones forzadas
82. En el Pakistán la cuestión de las desapariciones forzadas y los desaparecidos ha ocupado un lugar destacado en el debate nacional. El Tribunal Supremo examinó de oficio las denuncias sobre desaparecidos y dio instrucciones a todas las instituciones del Estado para que adoptaran medidas concretas encaminadas a su localización.
83. Por orden del Tribunal Supremo, se estableció la Comisión de Investigación de las Desapariciones Forzadas para investigar estos casos. Está presidida por un juez jubilado del Tribunal Supremo. De un total de 106 casos remitidos a la Comisión, solo 25 siguen sin resolverse. El resto se resolvió cuando se localizó a los desaparecidos. Otros casos fueron desestimados por el Tribunal por falta de información.
84. El Pakistán sigue colaborando con el Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas sobre las Desapariciones Forzadas o Involuntarias. Como resultado de esta estrecha cooperación, se ha esclarecido un gran número de casos. Asimismo, se ha cursado una invitación al Grupo de Trabajo para que visite el país. La visita tendrá lugar en el segundo semestre de 2012.
X. Derechos económicos, sociales y culturales
85. El Pakistán es un país en desarrollo con una población de aproximadamente 180,71 millones de personas27, lo cual lo convierte en el sexto país más poblado del mundo.
Se está urbanizando rápidamente y se estima que el 37% de la población vive en ciudades.
Esta rápida urbanización ha aumentado la presión sobre la infraestructura urbana, especialmente por lo que respecta a la energía, el clima y los servicios de salud y educativos.
86. El colapso de la economía mundial en 2008 tuvo profundos efectos sobre la economía del Pakistán. La inflación aumentó y se encarecieron los productos alimentarios básicos. Las catastróficas inundaciones de 2010 y 2011 afectaron a unos 20 millones de personas y causaron ingentes daños a la infraestructura. El déficit energético se ha incrementado exponencialmente en los últimos años. Estos acontecimientos han repercutido negativamente en la fortaleza económica del país y su capacidad para financiar proyectos en el sector social y han retrasado los progresos del Pakistán en el logro de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM).
87. Pese a las limitaciones económicas, se han hecho esfuerzos para mejorar las condiciones socioeconómicas de los ciudadanos. Las competencias en materia de salud, educación, vivienda, bienestar social, adelanto de la mujer, gobierno local y servicios de abastecimiento de agua y saneamiento se han traspasado a las provincias28. El objetivo es conseguir una mayor eficiencia y eficacia aumentando la propiedad local. Con el logro de un consenso sobre la distribución de recursos financieros por la Comisión Nacional de Finanzas29, se han incrementado las asignaciones otorgadas a las provincias. De acuerdo con la nueva fórmula, las provincias recibirán el 57% de los recursos federales. Los nuevos fondos contribuirán a apoyar las inversiones provinciales en el sector social y los proyectos de infraestructura y desarrollo.
A. Salud (recomendaciones 33 y 34)
88. A pesar de las limitaciones financieras, han aumentado las asignaciones presupuestarias para salud. El gasto total del sector de la salud a nivel federal se ha presupuestado en 55.100 millones de rupias pakistaníes, lo que equivale al 0,27% del PIB durante 2011-2012. En 2010-201130 fue del 0,23% del PIB. Con el traspaso de competencias en materia de salud a las provincias, los presupuestos provinciales se han incrementado considerablemente31 y se han establecido programas locales para mejorar el acceso a la atención de la salud.
89. En 2008 se reforzó el Programa de trabajadoras sanitarias. Durante 2008-2011 se nombró a otras 20.000 trabajadoras sanitarias para que prestaran servicios de atención primaria a domicilio en las zonas rurales y las comunidades de barrios de tugurios de las ciudades. Este Programa cubre a más del 65% de la población destinataria. Se ha brindado capacitación a 9.500 trabajadoras sanitarias, de las cuales la mayoría ha sido destinada a las zonas rurales32.
90. A pesar de algunos problemas de seguridad, se ha seguido adelante con las campañas de vacunación de los niños, en colaboración con el UNICEF y otros asociados.
Se ha vacunado a unos 7 millones de niños y se han distribuido 20 millones de paquetes de sales de rehidratación oral33.