Saneamiento Transición e Implementación Nuevo Marco
Normativo
Normatividad
Transición Nuevo Marco
Normativo
Instructivo 002 de 2015:
Documento de orientación para las entidades del gobierno para la
determinación de los saldos iniciales bajo el nuevo
Marco Normativo.
Implementación Nuevo Marco Normativo
Resolución 533 de 2015: Mediante la cual se incorpora como parte integrante de Régimen de Contabilidad Pública, Normas para el
Reconocimiento, Medición, Revelación y
Presentación de los Hechos Económicos y Marco conceptual.
Resolución 693 de 2016: modifica el cronograma de aplicación del Marco Normativo para Entidades de
Gobierno.
Resolución 484 de 2017:
modifica el anexo de la resolución 533 de 2015
Catalogo de cuentas
Resolución 620 de
2015: se incorpora en el marco normativo para entidades del gobierno, el catalogo general de cuentas.
Resolución 468 de 2016:
Mediante el cual se realiza modificación al catalogo general de cuentas del marco
normativo para entidades de Gobierno.
Plazos y Reportes
Resolución 706 de 2016: Mediante la cual se establece la información a reportar, los requisitos y los plazos de envío a la
Contaduría General de la Nación.
Resolución 239 de 2017: procedimiento para la preparación y publicación de los informes
financieros y contables mensuales que deban publicarse de conformidad con el numeral 36 del articulo 34 de la Ley 734 de 2002.
Resolución 182 de 2017:
Procedimiento para la preparación y publicación de los informes financieros y contables mensuales.
Normatividad
Saneamiento Contable
Resolución 107 de 2017: se regula el tratamiento contable que las entidades territoriales deben aplicar para dar
cumplimiento al saneamiento contable establecido en el articulo 355 de la Ley 1819 de 2016
Resolución 238 de 2017:
corrige el código de
subcuentas de los catálogos generales de cuentas
vigentes para los años 2017 y 2018.
Procedimiento y otras disposiciones
Resolución 113 de 2016: Impuesto a
las ganancias
Resolución 469 de 2016: registro de los
hechos económicos relacionados con la
movilización con la movilidad de los
activos
Resolución 470 de 2016: Registro de los recursos del Sistema General de Regalías Resolución 006 de
2017: Registro de operaciones interinstitucionales Resolución 193 de
2016: Procedimiento para la evaluación del control interno
contable Resolución 192 de 2016: Incorporación
del elemento Procedimientos
Transversales
Fechas de Reporte – Información Financiera
(Bajo Nuevo marco normativo)
El Municipio de Santiago de Cali, con el fin de preparar estados financieros que reflejen la realidad económica de la entidad, elaborará sus estados financieros teniendo en cuenta lo siguiente:
Estados financieros que cumplen con los
objetivos de la información financiera
de las entidades de gobierno: Rendición de cuentas, Toma de decisiones y Control.
Saneamiento contable, resolución 107 de 2017 expedida por la Contaduría
General de la Nación.
Saneamiento contable, Decreto 4112.010.20.0652
de 2017, expedido por el Municipio de Santiago de
Cali. Marco Normativo para Entidades de Gobierno, el cual está conformado
por: el Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de Información Financiera; las Normas
para el Reconocimiento, Medición, Revelación y Presentación de los Hechos Económicos, instructivo 002
de 2015, entre otros.
Saneamiento contable: Resolución 107 y 238 de 2017
Documento en el cual se regula el proceso de saneamiento contable de que trata el articulo 355 de la Ley 1819 de 2016, las entidades territoriales adelantaran las gestiones administrativas necesarias para depurar las cifras contenidas en los estados financieros de los periodos contables 2016 y 2017, a fin de garantizar la información financiera que se presente en sus primeros estados financieros conforme al marco normativo para entidades del gobierno.
Resolución 107 de 2017
Resolución 238 de 2017 realiza modificaciones a la Resolución citada anteriormente
Depuración contable durante el 2017 sobre la información financiera del 2016:
3125 – Patrimonio público incorporado:
Incorporación de derechos u obligaciones
3105 – Capital fiscal: baja de derechos u obligaciones.
Depuración contable permanente y
sostenible por sucesos ocurridos durante el 2018 y siguientes: Reconocimiento o retiro de derecho u obligaciones conforme al Marco Normativo para Entidades del Gobierno y a lo establecido en el numeral 3.2.15 del Procedimiento para la evaluación del control interno contable.
Depuración contable durante el 2018 sobre la información financiera del 2017:
3105 – Capital fiscal: corrección de errores de periodos anteriores a la fecha de
transición.
3145 – Impactos por transición al nuevo marco de regulación: criterios de
reconocimiento y medición establecidos en el nuevo marco normativo. (instructivo 002).
Validación de la existencia real de Bienes y Derechos mediante la incorporación y retiro de las partidas que haya lugar, evitar que la información financiera revele situaciones tales como:
Valores que afecten la situación financiera y no representen derechos o bienes para la entidad territorial
Derechos que no es posible hacer efectivos mediante la jurisdicción coactiva
Derechos respecto de los cuales no es posible ejercer cobro, por cuanto opera alguna causal relacionada con su extinción
Derechos e ingresos reconocidos, sobre los cuales no existe probabilidad de flujo hacia la entidad territorial
Valores respecto de los cuales no haya sido legalmente posible su imputación a alguna persona por la perdida de los bienes o derechos que representan
Valores que no estén incorporados en la información financiera y representen derechos o bienes para la entidad territorial.
Saneamiento contable: Resolución 107 y 238 de 2017
Validación de la existencia real de Bienes y Derechos mediante la incorporación y retiro de las partidas que haya lugar, evitar que la información financiera revele situaciones tales como:
Obligaciones reconocidas sobre las cuales no existe probabilidad de salida de recursos, que sean beneficios económicos futuros o potencial de servicio
Obligaciones reconocidas que han sido condonadas o sobre las cuales ya no existe derecho de cobro por parte de terceros.
Obligaciones que jurídicamente se han extinguido, o sobre las cuales la Ley ha establecido cruce o eliminación; y
Valores que no estén incorporados en la información financiera y representen obligaciones a la entidad territorial
Saneamiento contable: Decreto 4112.010.20.0652 de 2017
Objetivos:
Articulo tercero:
Ordenar a los jefes de los organismos y dependencias funcionales de la administración central que durante los años 2017 y
2018, adelanten el proceso de saneamiento contable.
Articulo cuarto:
Autorizar a los jefes de los organismos y dependencias funcionales de la administración central para que durante los años
2017 y 2018 expidan los actos administrativos en los temas de su
competencia.
Articulo Quinto:
Emitir actos administrativos durante los años 2017 y 2018, en
los que se sustente y soporte la incorporación o retiro de bienes,
derechos y obligaciones.
Articulo sexto:
Los Jefe de Organismos y dependencias asistirán obligatoriamente a las reuniones o mesas de trabajo que la Oficina de la Oficina de la Contaduría General
del Municipio convoque.
de 2017
Apoyo tecnológico:
Brindará apoyo tecnológico en la incorporación de registros y generación de reportes de información en los diferentes módulos del Sistema de Gestión Administrativa y Financiera
Territorial – SGAFT, requeridos tanto en el proceso de saneamiento contable como en el
de transición al nuevo marco normativo para entidades de gobierno convergencia al nuevo
marco normativo.
DATIC -
Departamento
Administrativo de
Tecnologías de la
Información y las
Comunicaciones
.Saneamiento contable: Decreto 4112.010.20.0652 de 2017
Seguimiento en el cumplimiento del
Decreto de
saneamiento contable.
Creación de comité de seguimiento y sostenibilidad
contable de la administración central municipal, como instancia asesora de los organismos y dependencias funcionales de la administración central.
de 2017
Conformación del Comité:
1. El Alcalde del Municipio de Santiago de Cali o su delegado 2. El Secretario de Gobierno
3. El Secretario de Infraestructura 4. El Secretario de Vivienda
5. El Director del Departamento Administrativo de Gestión Jurídica Pública
6. El Director del Departamento Administrativo de Hacienda Municipal 7. El Director del Departamento Administrativo de Tecnologías de la
información y las Comunicaciones
8. El Jefe de la Oficina de la Contaduría General del Municipio
9. El Director de la Unidad Administrativa Especial de Bienes y Servicios 10. El Director de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos
Municipales
Saneamiento contable: Decreto 4112.010.20.0652 de 2017
Articulo Decimo Sexto: Procedimiento para la presentación de casos ante el comité:
Presentar y exponer temas sobre los que se
requiera asesoría por no haber podido resolver con la gestión administrativa regular.
El documento debe contener:
1.Antecedentes del saldo objeto de depuración.
2.Situación real (detalle
de análisis realizado)
3.Relación de soportes
4.Concepto jurídico y
contable 5.Alternativas
para la depuración 6.Firma del
jefe de organismo y dependencia
de 2017
Articulo vigésimo tercero: Responsabilidad Disciplinaria:
No adelantar el proceso de saneamiento contable en los términos de lo establecido en
la Ley 1819 de 2016, y demás normatividad existente, constituirá falta
disciplinaria gravísima al tenor de lo dispuesto en el numeral 52 del articulo 48 de
la Ley 734 de 2002.