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GE.08-

UNIDAS

A

Asamblea General Distr. GENERAL

A/HRC/WG.6/4/MEX/1 10 de noviembre de 2008

Original: ESPAÑOL

CONSEJO DE DERECHOS HUMANOS

Grupo de Trabajo sobre el Examen Periódico Universal Cuarto período des sesiones

Ginebra, 2 a 13 de febrero de 2009

INFORME NACIONAL PRESENTADO DE CONFORMIDAD CON EL PÁRRAFO 15 A) ANEXO A LA RESOLUCIÓN 5/1 DEL

CONSEJO DE DERECHOS HUMANOS * México

_________________________

* El presente documento no fue objeto de revisión editorial antes de ser enviado a los servicios de traducción de las Naciones Unidas.

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I. METODOLOGÍA

1. El informe de México fue preparado a través de un proceso amplio de consultas. Se celebraron dos foros con organizaciones de la sociedad civil en México, D.F. y en Mérida, Yucatán, en los que participaron también la Comisión Nacional de Derechos Humanos y siete órganos autónomos estatales. Se llevó a cabo una consulta con instituciones y expertos

académicos en el Distrito Federal en la que intervinieron siete universidades como convocantes.

Adicionalmente se consultó con comisiones del Poder Legislativo y con miembros del Poder Judicial de la Federación. Asimismo, se recogió información a través de un sitio de Internet. En el caso del Poder Ejecutivo Federal, participaron en la elaboración del informe 29 dependencias e instituciones. La elaboración del informe y las consultas estuvieron a cargo de la Secretaría de Relaciones Exteriores.

II. CONTEXTO

2. México1 ha transitado por un proceso de significativas transformaciones en sus instituciones políticas, jurídicas y sociales que, sobre todo a partir de la última década, se han traducido en un mayor goce de todos los derechos humanos en el país. Persisten rezagos y debilidades institucionales que preocupan a sociedad y gobierno; sin embargo, hoy en día nadie puede afirmar que en México las violaciones a los derechos humanos son una política de Estado.

3. Este proceso de transformación en materia de derechos humanos es irreversible. Se ha iniciado un auténtico cambio cultural robustecido por el activismo de las organizaciones de la sociedad civil y por la adopción de nuevas políticas que hasta hace algunos años parecían imposibles, como la total apertura de México al escrutinio internacional en este ámbito. Esta decisión responde al interés nacional. La plena pertenencia al sistema internacional de derechos humanos y la cooperación con los mecanismos regionales y universales se ha traducido en una herramienta invaluable para impulsar cambios estructurales internos.

4. Vivimos una etapa de completa vinculación a las normas internacionales de derechos humanos. De 2001 a 2006 se ratificaron prácticamente todos los tratados en la materia y se ha aceptado la competencia de todos los órganos jurisdiccionales y cuasi-jurisdiccionales en

funcionamiento para recibir quejas y peticiones individuales. El reto ahora es hacerlos aplicables en el ámbito interno, a través de la adopción de políticas públicas y de la armonización

legislativa donde se requiera.

5. La seguridad pública es una responsabilidad primordial del Estado que, frente a acciones de terceros contribuye a garantizar plenamente derechos humanos como la libertad y la seguridad de las personas, así como la propiedad. Por ello, desde el inicio de la actual administración se tomó la decisión de enfrentar a la delincuencia organizada y poner fin a una tendencia que venía mermando la calidad de vida de las personas y la capacidad de desarrollo del país. El objetivo fue restablecer condiciones mínimas de seguridad que permitan a los ciudadanos convivir en paz y recuperar paulatinamente espacios territoriales que ocupaba la delincuencia organizada.

Haciendo uso de los mejores recursos a su alcance, el Presidente de la República convocó de manera temporal a las fuerzas armadas para formar parte medular de esta lucha. A dos años de gobierno se han registrado importantes progresos, aunque persiste el reto de continuar la

construcción de policías eficientes y confiables, transformar el sistema de impartición de justicia, así como construir una agenda integral de derechos humanos y seguridad pública.

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A. Marco Normativo

6. Los derechos humanos forman parte del orden jurídico nacional. La Constitución reconoce, a través de la figura de las “garantías individuales”, derechos fundamentales que el Estado tiene la obligación de proteger. La Constitución establece que los derechos fundamentales sólo podrán ser suspendidos en caso de invasión, perturbación grave de la paz pública, o de cualquier otro que ponga a la sociedad en grave peligro o conflicto y únicamente con la

aprobación del Congreso de la Unión y por un tiempo limitado, lo cual ha ocurrido únicamente en junio de 1942, en el marco de la Segunda Guerra Mundial.

7. A través del juicio de amparo, se garantiza el respeto de los derechos humanos protegidos mediante las garantías individuales previstas en la Constitución Federal. Además, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) conoce de las controversias constitucionales y de las acciones de inconstitucionalidad, y tiene, conforme al artículo 97 constitucional, la facultad de averiguar hechos que constituyan posibles violaciones graves a las garantías individuales.2 8. En los últimos años, la Constitución ha sido objeto de reformas que han incorporado estándares internacionales de derechos humanos3, dentro de las cuales destacan el

reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas; la prohibición expresa de cualquier forma de discriminación; la ampliación de los niveles de educación básica obligatoria y gratuita a preescolar, primaria y secundaria; el reconocimiento de la obligación del Estado de reparar el daño por afectar derechos de particulares; la reforma al sistema de justicia para menores; la abolición de la pena de muerte; el derecho a la información; y la reforma al sistema de seguridad pública y justicia penal4.

9. El 13 de abril de 2007 se expidió la Ley para la Reforma del Estado5, en la que se reconoció que la Constitución debe revisarse para armonizarla con los más altos estándares internacionales de derechos humanos en vigor para México, por lo que el Congreso analiza diversas propuestas de reformas en la materia6.

10. En octubre de 2008, el Ejecutivo Federal presentó una iniciativa de reforma

constitucional que propone facultar a las autoridades federales a conocer de delitos del fuero común relacionados con violaciones a la seguridad nacional, los derechos humanos o la libertad de expresión que, por sus características de ejecución o relevancia social, trasciendan el ámbito local, con el objeto de evitar la impunidad en este tipo de ilícitos.

11. El catálogo de derechos contenido en la Constitución Federal se incorpora plenamente en las constituciones locales de las 32 entidades federativas del país, ya sea a través de una cláusula expresa de incorporación de los derechos constitucionales federales o de los tratados

internacionales, o bien a través de un catálogo amplio de derechos reconocidos. No obstante, aún existen retos para homogeneizar las constituciones locales en materia de derechos humanos y armonizar las leyes reglamentarias locales7.

B. Marco Institucional

12. El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 (PND) de observancia obligatoria para la Administración Pública Federal, prevé una estrategia con perspectiva de género para asegurar el respeto irrestricto a los derechos humanos y pugnar por su promoción y defensa, a través de la armonización legislativa, la priorización de la atención de grupos vulnerables, campañas de difusión de los derechos humanos y la elaboración de un programa específico en la materia.

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13. En cumplimiento al PND, entró en vigor el Programa Nacional de Derechos Humanos 2008-2012 (PNDH), elaborado tras un proceso incluyente de consultas8. El PNDH contiene estrategias, líneas de acción, indicadores y metas, con perspectiva de género, para: a) fortalecer la perspectiva de derechos humanos en las políticas públicas de la Administración Pública Federal; b) fortalecer e institucionalizar mecanismos jurídicos y administrativos que garanticen la defensa y promoción de los derechos humanos; c) consolidar una cultura de respeto y defensa de los derechos humanos; y d) fortalecer el cumplimiento de las obligaciones internacionales derivadas de tratados e instrumentos de derechos humanos.

14. A partir de 2001, se han fortalecido las instituciones de la Administración Pública Federal bajo una perspectiva de derechos humanos. Además de las Secretarías de Estado que ya tenían competencia en la materia (Secretarías de Educación, Salud y Desarrollo Social, entre otras), se han establecido oficinas especializadas en materia de derechos humanos en las Secretarías de Gobernación, Relaciones Exteriores, Seguridad Pública, en la Procuraduría General de la República y recientemente en la Secretaría de la Defensa Nacional. Una de las líneas de acción del PNDH es la de crear o fortalecer áreas específicas de derechos humanos en las otras

dependencias del Poder Ejecutivo.

15. México cuenta también con organismos e instituciones federales para combatir la discriminación y proteger derechos o grupos específicos.9

16. El diálogo entre el Poder Ejecutivo y la sociedad civil ha tenido igualmente un desarrollo institucional. Creada en 1997 y reformada en 2003, la Comisión de Política Gubernamental en Materia de Derechos Humanos es el mecanismo de diálogo permanente del Poder Ejecutivo con la sociedad civil en materia de políticas públicas de derechos humanos, presidida por la

Secretaría de Gobernación. México tiene aún el reto de consolidarla como espacio principal de diálogo entre Gobierno y sociedad civil en la materia.

17. La institución nacional de derechos humanos en México es la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH)10, creada en 1990. La CNDH tiene la categoría “A” y cumple con los denominados Principios de París. Se han creado también 32 instituciones de derechos humanos en las entidades federativas y en el Distrito Federal: 17 gozan de autonomía plena, personalidad jurídica y patrimonio propio; 9 sólo gozan de autonomía técnica de gestión y presupuestaria y 6 organismos públicos estatales sólo gozan de autonomía en las

recomendaciones que emiten. Existe el reto de lograr la plena autonomía de estas instituciones estatales.

18. De enero de 2001 a junio de 2008, la CNDH dirigió a la Administración Pública Federal 180 recomendaciones; 96 se han cumplido en su totalidad (53.33 por ciento) y otras

parcialmente, sumando un total de 67 por ciento de recomendaciones atendidas11. De enero de 2007 a mayo de 2008, las recomendaciones emitidas por la CNDH han versado de manera más recurrente sobre violaciones a la legalidad, a la seguridad jurídica y a la protección a la salud.

Durante 2007, el 100 por ciento de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal aceptaron las recomendaciones de la CNDH12.

19. En 2003, se estableció el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública, para garantizar el acceso de toda persona a la información pública.

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C. Obligaciones internacionales de México y apertura al escrutinio internacional 20. En México, los tratados internacionales celebrados por el Presidente de la República con la aprobación del Senado, son Ley Suprema de toda la Unión, tal como lo establece la

Constitución (artículo 133). Interpretando esta disposición, la SCJN ha establecido que los tratados internacionales se encuentran jerárquicamente por debajo de la Constitución, pero por encima de las leyes federales y estatales13. De esta forma, los tratados internacionales de derechos humanos, al ser ratificados por el Senado, pasan a ser derecho interno y por lo tanto pueden ser invocados ante los tribunales. Sin embargo, México tiene el reto de armonizar su legislación para lograr la efectiva aplicación judicial de dichos instrumentos.

21. México es Parte de los nueve instrumentos básicos internacionales de derechos humanos y sus Protocolos Facultativos14 y reconoce la competencia de todos sus órganos de supervisión en funcionamiento15, incluyendo la facultad de recibir quejas y comunicaciones individuales y realizar investigaciones. México cumple con la presentación de informes periódicos y responde a las observaciones y recomendaciones que realizan los órganos de tratados16. Es también Estado Parte de otros relevantes instrumentos de derecho internacional humanitario, refugiados, apátridas, derecho penal internacional, derecho al trabajo y otros convenios de la UNESCO17. 22. Asimismo, es Parte de los principales instrumentos interamericanos de derechos

humanos18 y en 1998 aceptó la competencia contenciosa de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. México participa en litigios ante el sistema interamericano, privilegiando la solución amistosa, lo cual ha ofrecido vías adicionales a las víctimas. Asimismo, ha impulsado un eficaz sistema de medidas cautelares y provisionales con autoridades federales y estatales.19

23. Desde 2001, México mantiene una invitación abierta y permanente a todos los

mecanismos internacionales de derechos humanos, universales y regionales, para que visiten el país. México ha recibido 21 visitas de tales mecanismos (14 de las Naciones Unidas y 7

interamericanos), así como tres visitas de la titular de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH)20. Además, entre 2006 y julio de 2008, se recibieron 91 llamamientos urgentes de tales mecanismos, a los cuales se dio respuesta con oportunidad. La apertura al escrutinio internacional se extiende también a la sociedad civil21. 24. Por invitación del Gobierno de México, desde 2002 se estableció una Oficina de

Representación de la OACNUDH, que ha realizado contribuciones como el Diagnóstico sobre la Situación de los Derechos Humanos en México en 2003, así como su asesoría para la

elaboración del PNDH 2008-2012. La Oficina mantiene acuerdos y amplia relación con el Poder Ejecutivo, el Poder Legislativo, el Poder Judicial, gobiernos estatales, instituciones académicas y sociedad civil. El pasado 6 de febrero de 2008, se suscribió un nuevo Acuerdo con la

OACNUDH sobre la continuidad de sus actividades en México, vigente hasta 2012, el cual establece facultades y obligaciones de seguimiento de la situación de derechos humanos en el país así como prioridades de cooperación con el Gobierno22.

25. El Comité Internacional de la Cruz Roja estableció una Oficina de Representación en México en 1998, la cual en 2002 se convirtió en oficina regional23.

26. México promueve los más altos estándares internacionales de derechos humanos en el Consejo de Derechos Humanos y en la Asamblea General de las Naciones Unidas, fomenta la más amplia participación de las organizaciones de la sociedad civil y promueve la integración de la perspectiva de género. México presenta iniciativas sobre los derechos humanos de los

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migrantes, de las personas con discapacidad, de los indígenas, así como sobre la promoción y protección de los derechos humanos y libertades fundamentales en la lucha contra el terrorismo.

III. PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS 27. A pesar de los avances registrados en materia de derechos humanos en el marco del proceso de consolidación democrática del país, aún se enfrentan, entre otros, cuatro desafíos fundamentales: la implementación de la reforma al sistema de justicia; garantizar el derecho a la seguridad de la persona; y la aplicación efectiva de los estándares internacionales de derechos humanos en diferentes niveles, incluyendo la plena armonización legislativa en los ámbitos federal y estatal, el fortalecimiento institucional y la utilización efectiva de esos estándares en fallos y sentencias judiciales.

A. Derechos Civiles y Políticos

28. Para atender esos retos, el PND establece como uno de los ejes de acción del Gobierno Federal el fortalecimiento del Estado de derecho y la seguridad.

29. En un esfuerzo por fortalecer el combate a la impunidad, se firmó en agosto de 2008 el Acuerdo Nacional por la Seguridad, la Justicia y la Legalidad, que incluye la creación de indicadores de medición del desempeño de las instituciones policiales y de procuración de justicia con la participación de instancias ciudadanas, el fortalecimiento del sistema de denuncias contra la corrupción y la mala actuación de servidores públicos federales de seguridad y

procuración de justicia, el fortalecimiento de la autonomía, independencia e imparcialidad de jueces y magistrados y la creación del Sistema Nacional de Estadística Judicial. Tiene también por objetivo incluir en los programas de estudio la cultura de la legalidad, el combate a las adicciones, el respeto a los derechos humanos y la transparencia.

30. El sistema de justicia requiere urgentemente depurarse, modernizarse y profesionalizarse en todas sus esferas: prevención, procuración y administración de justicia, así como

rehabilitación y reinserción social de los convictos.

31. El 18 de junio de 2008 entró en vigor la “Reforma al Sistema de Seguridad Pública y Justicia Penal” mediante la cual, entre otros, se reformaron diversos artículos de la Constitución para establecer el proceso penal acusatorio, que supone un cambio radical del sistema de

impartición de justicia en México.

32. La reforma busca consolidar un sistema garantista, en el que se respeten al mismo tiempo los derechos de la víctima, del ofendido y del inculpado, partiendo de la presunción de inocencia.

Tiene las características de acusatoriedad y oralidad, que contribuye a fomentar la transparencia, garantizando a la vez una relación directa entre el juez y las partes y propiciando que los

procesos penales sean más ágiles y sencillos. Contempla mecanismos alternativos de solución de controversias para delitos no graves. Establece también que la confesión sin la presencia del defensor carece de valor probatorio y que cualquier prueba obtenida con violación de derechos humanos será nula. Incluye medidas específicas contra la delincuencia organizada, acordes con la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional.

33. El nuevo sistema procesal penal acusatorio se implantará en el curso de los siguientes ocho años, plazo en el que la Federación, las entidades federativas y el Distrito Federal expedirán la legislación secundaria necesaria. Cuatro entidades federativas ya han implementado los juicios orales y formas alternativas de solución de conflictos24.

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34. Conforme al artículo 13 constitucional, en México “subsiste el fuero de guerra para los delitos y faltas contra la disciplina militar; pero los tribunales militares, en ningún caso y por ningún motivo, podrán extender su jurisdicción sobre personas que no pertenezcan al Ejército.

Cuando en un delito o falta del orden militar estuviese complicado un paisano, conocerá del caso la autoridad civil que corresponda…”. Las resoluciones del Supremo Tribunal Militar pueden ser recurridas ante la justicia civil, mediante el juicio de amparo25. Los Juzgados de Distrito y Tribunales Colegiados de Circuito conocen de manera regular de demandas de amparo en que interviene como parte el Supremo Tribunal Militar.26 Una de las líneas de acción del PNDH es impulsar reformas en materia de procuración e impartición de justicia militar acordes con los compromisos internacionales del país en materia de derechos humanos.

35. El sistema penitenciario nacional se compone de 439 centros de reclusión, de los cuales seis están a cargo del Gobierno Federal. La capacidad total es de 168,000 espacios, mientras que la población penitenciaria total llegó, en septiembre de 2008, a 222,671 internos27. Existe

sobrepoblación en 229 Centros Penitenciarios de la República Mexicana; los centros federales, que son de máxima seguridad, actualmente no presentan sobrepoblación.

36. Diversos factores obstaculizan el correcto funcionamiento de los centros penitenciarios, impidiendo la adecuada readaptación y reinserción social de los internos. Destacan, además de la citada sobrepoblación penitenciaria, la corrupción, la falta de recursos y personal capacitado así como la lentitud con la que se resuelve la situación jurídica de los internos: el 31.75 por ciento de procesados del fuero común y el 9.18 por ciento del fuero federal no ha sido sentenciado a abril de 2008. Para enfrentar tal situación, el Sistema Nacional Penitenciario fue reestructurado de manera integral en el marco del Programa Nacional de Seguridad Pública 2001-2006 y se creó el Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social dentro de la Secretaría de Seguridad Pública. Se espera que la reforma al sistema de justicia corrija el déficit en materia de sentencias para indiciados. Por otro lado, se realizan numerosas actividades de capacitación a los servidores públicos de los centros de reclusión, con el apoyo de

organizaciones nacionales e internacionales.28

37. La creación de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) en 2000 y sus reformas

estructurales en 2001, 2002, 2005 y 2007, responden a la demanda ciudadana de dar prioridad a la seguridad pública al tiempo de garantizar la protección de los derechos humanos en el

ejercicio de la función policial, incluyendo el auxilio a las víctimas de violencia del delito y del abuso del poder. La Policía Federal Preventiva, dependiente de tal Secretaría, tiene entre sus atribuciones la de participar, en auxilio de las autoridades competentes, en la detención de las personas, en detenciones o aseguramientos en los casos de flagrancia.29

38. Las dependencias e instituciones gubernamentales mexicanas trabajan para la

instrumentación de los estándares internacionales de uso legítimo de la fuerza y armas de fuego con pleno respeto a los derechos humanos. Se ha incrementado la formación y capacitación de fuerzas armadas y de seguridad pública a nivel federal.

39. En ese contexto, la SSP implementa el Programa Nacional de Promoción de los

Derechos Humanos para servidores de la función policial y penitenciaria.30 Asimismo, el 12 de junio de 2008, la SSP suscribió un Convenio con el Comité Internacional de la Cruz Roja a fin de capacitar y certificar a su personal en temas como el uso legítimo de la fuerza, el empleo de las armas de fuego, el arresto y la detención.

40. Existen mecanismos ciudadanos para que la sociedad supervise y de seguimiento a las acciones emprendidas por el Gobierno en la lucha contra la inseguridad pública y el crimen

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organizado. Es el caso del Observatorio Ciudadano, creado por el Acuerdo Nacional por la Seguridad, la Justicia y la Legalidad y conformado por especialistas, así como la “Contraloría Ciudadana”, existente en cada estación regional de la Policía Federal. Asimismo, existen mecanismos para investigar y sancionar presuntas violaciones a derechos humanos por funcionarios policiales, entre los que destaca el Programa de Atención a Quejas y Recomendaciones por Presuntas Violaciones a Derechos Humanos de la SSP31.

41. México tiene el reto de depurar y profesionalizar a los cuerpos policíacos, ante el desafío que representa la corrupción y la necesidad de fortalecer la confianza en las instituciones

públicas de seguridad. Para ello, se están realizando exámenes de control de confianza a todos los policías federales, que serán replicados a nivel estatal y municipal. Asimismo, y una vez implementado el Sistema Nacional de Seguridad Pública, deberá asegurarse que éste funcione de manera efectiva para lograr una actuación coordinada, coincidente y corresponsable entre la policía municipal, estatal y federal, con pleno respeto a los derechos humanos.32

42. El Ejecutivo Federal puso en marcha, el 7 de marzo de 2007, un programa de seguridad en el marco de la Estrategia integral de prevención del delito y combate a la delincuencia. En tal contexto, como medida temporal el Presidente de la República determinó la participación de cuerpos especiales del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos para apoyar a las autoridades civiles en el combate a la delincuencia organizada, incluyendo al narcotráfico, con pleno respeto a los derechos humanos33.

43. Desde 2008 funciona la Dirección General de Derechos Humanos en la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA). Además, tal dependencia cuenta con un Programa anual de Promoción y Fortalecimiento de los Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, que incluye un curso en esa materia en los planes y programas de estudios de todos los planteles militares así como cursos adicionales y becas en temas relacionados. Asimismo, elaboró cartillas de derechos humanos y derecho internacional humanitario que el personal militar porta

permanentemente. A partir de 1998 se incluyó la materia de Derechos Humanos en los exámenes de promoción como requisito de ascenso para todo el personal militar. Desde 2007 se acepta a mujeres en planteles militares en carreras y especialidades anteriormente exclusivas para el personal masculino (piloto aviador, ingeniería militar).34 Esas actividades se realizan en colaboración con instituciones nacionales e internacionales35.

44. La Secretaría de Marina cuenta también con programas permanentes de formación en derechos humanos36. Las materias de Derecho Internacional Humanitario y Derechos Humanos se han incluido tanto en los programas educativos de las escuelas de formación así como en el Centro de Estudios Superiores Navales. En 2002 se publicó el Manual de Derechos Humanos para el Personal de la Armada de México, y en 2005 se remitió a todos los mandos navales la Cartilla de Derechos Humanos que portan permanentemente, además de la Cartilla de

Instrucciones para evitar incurrir en violaciones a los derechos humanos.

45. Durante 2007, la CNDH formuló seis recomendaciones dirigidas a la SEDENA, y entre enero y julio de 2008 la CNDH dirigió nueve recomendaciones a tal Secretaría, relativas a violaciones de derechos humanos derivadas de la participación de las fuerzas armadas en tareas de seguridad pública. Todas ellas han sido aceptadas en su totalidad por la SEDENA dando estrecho seguimiento a su cumplimiento37.

46. Ante la paulatina implementación del nuevo Sistema Nacional de Seguridad Pública, México deberá sustituir de manera progresiva y verificable la actuación de las Fuerzas Armadas

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en las labores de seguridad pública vinculada al combate al crimen organizado, objetivo incluido en el PNDH.

47. En México la pena de muerte se encuentra expresamente prohibida. Se abolió de jure en 2005 mediante la reforma a los artículos 14 y 22 constitucionales, tras la derogación del artículo 142 del Código de Justicia Militar. México era abolicionista de facto desde décadas antes. La pena capital se practicó por última vez en el país en 1961.

48. La CNDH estableció en su informe 26/2001 que en la década de los setenta y principios de los ochenta se produjeron 275 casos plenamente documentados de eventual desaparición forzada. Para atender las recomendaciones de ese informe, se desclasificaron los archivos de esas épocas de los organismos de seguridad del Estado. También se creó un comité institucional de reparación del daño38, aún vigente. Igualmente, se creó una fiscalía especial para esclarecer esos y otros hechos del pasado39; en noviembre de 2006, las indagatorias que estaban a cargo de esa fiscalía pasaron a la Coordinación General de Investigación de la Procuraduría General de la República (PGR). Si bien la legislación penal federal tipifica desde 2000 a la desaparición forzada como delito grave, a nivel local tal delito se encuentra tipificado en los Códigos Penales de cuatro entidades federativas40. Al respecto, el PNDH establece el compromiso de promover una ley sobre desaparición forzada de personas, acorde a los más altos estándares

internacionales. Incluye también el compromiso de establecer un programa de reparación integral de daño para las víctimas y a sus familiares en los casos de delitos cometidos en el pasado.

49. La Constitución, bajo sus artículos 19, 20 y 22, prohíbe expresamente la tortura y los malos tratos. Actualmente, tanto la tortura como los tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes contemplados en la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes se encuentran tipificadas y sancionadas tanto en la Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura, vigente desde 1991, como a nivel local, en leyes específicas41 o legislación penal estatal de las 32 entidades federativas. No obstante, existe aún el desafío de homologar el tipo penal de tortura en todo el país.

50. La mencionada Ley Federal dispone que “ninguna confesión o información que haya sido obtenida mediante tortura podrá invocarse como prueba”, lo cual ha sido fortalecido por la

“Reforma al Sistema de Seguridad Pública y Justicia Penal” (2008), que suprime el valor probatorio a todas las confesiones que no se realicen directamente ante un juez.

51. El número total de quejas recibidas por la CNDH por tortura ha disminuido

considerablemente de 225 quejas presentadas en 1991 a 4 quejas presentadas en 2007, pasando del lugar 1° al 71° en hechos violatorios denunciados ante tal órgano.

52. Un avance ha sido el proceso de contextualización nacional del Manual para la

investigación y documentación eficaces de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (Protocolo de Estambul). Para ello, la PGR emitió el Dictamen Médico/Psicológico Especializado para Casos de Posible Tortura y/o Maltrato y en 2003 las directrices

institucionales que deberán seguir los agentes del Ministerio Público de la Federación, peritos médicos legistas y/o forenses de la PGR para la aplicación de tal Dictamen42. El Dictamen se aplicó en 75 ocasiones entre diciembre de 2000 y octubre de 2006.

53. A la fecha, 29 entidades federativas43 fueron capacitadas en el Dictamen

Médico/Psicológico Especializado y tres entidades se encuentran en proceso de capacitación a los servidores públicos de las procuradurías de justicia en la implementación del Protocolo de

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Estambul44. La promoción de la contextualización del Protocolo de Estambul y su aplicación efectiva en todas las entidades federativas es un claro desafío para los próximos años.

54. En el Sistema Penitenciario Federal, la SSP realiza también un proceso de

implementación del Protocolo de Estambul mediante talleres de capacitación y certificación del personal de las áreas jurídica, médica y psicológica45.

55. Por lo que concierne al personal militar, hasta 2007 la SEDENA capacitó a 702

elementos, entre abogados, médicos cirujanos, dentistas y psicólogos, a través de 20 cursos en materia de investigación médica especializada de víctimas de tortura.

56. Tras la ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, el 11 de julio de 2007 se designó a la CNDH como Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, con la facultad de realizar visitas periódicas a todo tipo de lugares de detención a fin de prevenir la tortura. Entre septiembre de 2007 y febrero de 2008, tal Mecanismo realizó visitas a lugares de detención del Distrito Federal y del Estado de Querétaro y entregó sus informes a las autoridades competentes.

57. Del 27 de agosto al 13 de septiembre de 2008, México recibió la primera visita del Subcomité para la Prevención de la Tortura de las Naciones Unidas.

58. Entre los retos que enfrenta México en la materia, destaca la necesidad de promover el ejercicio efectivo de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura. Existe la iniciativa de crear un registro nacional de quejas por posibles hechos de tortura en los distintos fueros, incluida en el PNDH.

59. Importantes desarrollos recientes contribuyen a fortalecer el ejercicio de la libertad de expresión y el acceso a la información en México.

60. En junio de 2006 se reformaron el Código Penal Federal y el Código Federal de

Procedimientos Penales a fin de garantizar el secreto profesional de los periodistas. Tal reforma se ha replicado a nivel local en seis entidades federativas46. Asimismo, en cumplimiento a las recomendaciones del Comité de Derechos Humanos, en abril de 2007 se reformaron el Código Penal y el Código Civil Federales, a fin de despenalizar la calumnia, difamación e injuria.

61. El acceso a la información ha sido uno de los desarrollos más vanguardistas en México.

En 2002 entró en vigor la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, conforme a la cual se garantiza el acceso de toda persona a la información pública en posesión de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, los órganos constitucionales autónomos o con autonomía legal y cualquier otra entidad federal respecto, entre otros, a su forma de trabajo, al uso de los recursos públicos, su resultado y desempeño.

62. La observancia y cumplimiento de tal Ley está a cargo del Instituto Federal de Acceso a la Información Pública (IFAI), órgano de la Administración Pública Federal con autonomía operativa, presupuestaria y de decisión, encargado de promover y difundir el ejercicio del derecho de acceso a la información, resolver sobre la negativa a las solicitudes de acceso a la información y proteger los datos personales en poder de las dependencias y entidades del Poder Ejecutivo Federal.47

63. La Federación y las 32 entidades federativas cuentan con leyes de acceso a la

información. En 2007 se efectuó una reforma constitucional que introduce de manera explícita el

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derecho de acceso a la información como un derecho fundamental en México y que tiende a homogeneizar tal derecho en los tres órdenes de gobierno.

64. México enfrenta el desafío de agresiones y homicidios contra periodistas, delitos que se relacionan con la amenaza y acción del crimen organizado48.

65. Tanto en el PND como en el PNDH, el Gobierno de México ha ratificado su determinación de promover mecanismos para garantizar la seguridad de periodistas,

profesionales de la comunicación y ciudadanos que ven amenazada su integridad personal por situaciones relacionadas con la libertad de prensa.

66. Destaca la creación, en febrero de 2006, de la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Cometidos contra Periodistas dentro de la PGR49. Además, en la Cámara de Diputados se ha integrado una Comisión Especial para dar Seguimiento a las Agresiones a Periodistas y Medios.

67. Desde mayo de 1997 existe en la CNDH el Programa de Atención a Agravios a Periodistas y Defensores Civiles de Derechos Humanos por el cual se han dictado medidas cautelares en favor de periodistas y reporteros. Por su parte, también la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha solicitado medidas cautelares que han sido implementadas para

proteger la vida y la integridad personal de periodistas y reporteros.

68. El Congreso actualmente analiza diversas iniciativas para considerar como delitos del orden federal los cometidos en contra de periodistas, demanda de diferentes sectores50.

69. En materia de reparación del daño a víctimas de violaciones de derechos humanos, en 2002 se reformó el artículo 113 constitucional incorporando la obligación del Estado de

indemnizar a las personas que sufran una afectación en sus bienes y derechos como resultado de una actividad administrativa irregular. Para reglamentarla, en 2004 entró en vigor la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado, que prevé un régimen de indemnización

proporcional al daño ocasionado, e inclusive, permite expresamente la posibilidad de que a través de sus disposiciones se de cumplimiento a las sentencias de la Corte Interamericana, así como a las recomendaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. No obstante, esta Ley se refiere a la reparación del daño de carácter patrimonial y sólo aplica a actos del Poder Ejecutivo Federal.

70. Por otro lado, la “Reforma en materia de Justicia Penal y Seguridad Pública” es complementaria, pues entre las nuevas medidas que establece en favor de los derechos de las víctimas incluye el fortalecimiento de los instrumentos para la reparación del daño y permite a la víctima impugnar ante autoridad judicial las resoluciones de reserva, no ejercicio, desistimiento de la acción penal o suspensión del procedimiento cuando no esté satisfecha la reparación del daño.

71. México tiene el reto de identificar los problemas presupuestales, administrativos y judiciales que obstaculizan la ejecución de la reparación integral del daño a fin de buscar las medidas adecuadas para revertirlos, así como de contemplar en el presupuesto público un apartado específico para la reparación del daño por violaciones a derechos humanos. Asimismo, enfrenta el desafío de establecer un programa de reparación integral del daño que determine la forma, los procedimientos y los términos materiales, morales y sociales para ofrecer una reparación justa para las víctimas y sus familiares, en los casos de delitos cometidos en el pasado.

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B. Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales

72. México está plenamente comprometido con la igualdad de oportunidades y derechos. El principal desafío que enfrenta el país en esta materia es el combate a la pobreza, que impacta el ejercicio efectivo de otros derechos. En el presupuesto aprobado para 2007, el 92.1 por ciento del gasto programable de la Administración Pública Federal se destina al desarrollo social y

económico. El gasto en desarrollo social muestra un crecimiento sostenido de 7.5 por ciento respecto de 200351.

73. En abril de 2008, se lanzó la Estrategia Vivir Mejor para fortalecer mecanismos y

acciones asociados a todos los programas de combate a la pobreza. Tiene por objetivos reducir la pobreza con políticas públicas que superen los enfoques asistencialistas, generen oportunidades de empleo y promuevan las capacidades básicas de las personas, al tiempo de elevar su

productividad y facilitar su inserción en el mercado laboral. Se incorporan criterios de sustentabilidad en la política social. Esta estrategia comprende, entre otros, el Programa Oportunidades; la Estrategia 100 x 100 para impulsar el desarrollo integral de los 125 municipios más pobres del país; y el Programa 3 x 1 para migrantes que funciona con aportaciones de migrantes mexicanos en el exterior y se destina a infraestructura básica y servicios.

74. México fue uno de los primeros países de ingreso medio que destinó un programa específico de atención a grupos vulnerables y de extrema pobreza con objeto de romper el círculo de la pobreza e integrarlos al desarrollo social y económico del país. El programa Oportunidades52, cuyo objetivo es apoyar a las familias que viven en condiciones de pobreza extrema para mejorar su alimentación, salud, vivienda, educación, así como sus capacidades productivas, beneficia a 5 millones de familias (18.6 por ciento de la población)53.

75. Gracias a los programas sociales, en la última década el número de personas que viven bajo la línea de pobreza extrema se redujo de 38 millones a menos de 15 millones de personas.54 76. México está cumpliendo prácticamente con todos los Objetivos de Desarrollo del

Milenio, e incluso se han marcado objetivos adicionales reflejados en el actual PND55. Ello ha merecido el reconocimiento del Secretario General de la ONU, quien ha afirmado que el grado de cumplimiento de México es superior al de la mayoría de los países de la región56.

77. Proteger el derecho a la alimentación es prioridad de México, particularmente en el contexto del alza internacional del precio de los alimentos que afecta en especial a las personas en condición de pobreza alimentaria, los niños y niñas en situación de calle y adultos mayores en desamparo. De los 14.4 millones de mexicanos que sufren de pobreza alimentaria, 65 por ciento se encuentra en el medio rural. Un reto particular es la erradicación de la desnutrición infantil: 5 por ciento de los menores de cinco años tienen bajo peso.

78. En el contexto del Programa Sectorial de Desarrollo Social 2007-2012, una estrategia central es la política alimentaria integral para mejorar la nutrición de las personas en situación de pobreza. Asimismo, con el objetivo de velar por el abasto de la población, especialmente entre grupos vulnerables y en zonas rurales, se han implementado el Programa de Apoyo Alimentario y Abasto Rural57, el Programa de Abasto Social de Leche58, el Programa Apoyo Alimentario Vivir Mejor59 y la Estrategia Integral de Asistencia Alimentaria60.

79. La educación es un derecho fundamental garantizado y promovido por el Estado mexicano. Se promueven tanto el derecho a la educación como la educación en derechos

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humanos, generando inclusión, aprendizaje y participación, así como construcción de

ciudadanía. La tasa de cobertura de educación primaria es prácticamente universal. El Sistema Educativo Nacional actual es de 33.3 millones de alumnos entre los niveles de educación básica, media superior, superior y de capacitación para el trabajo. El Programa Sectorial de Educación 2007-2012 tiene como objetivos elevar la calidad de la educación, ampliar las oportunidades educativas para reducir desigualdades entre grupos sociales e impulsar la equidad y ofrecer una educación integral, entre otros.

80. Ese Programa comprende un sistema de becas que beneficia actualmente a

aproximadamente 6 millones de alumnos de escasos recursos en todos los niveles educativos.

Otro esfuerzo importante se dirige a integrar a los niños y jóvenes con discapacidad61. En el ciclo escolar 2007-2008, 21,997 escuelas de educación básica cuentan con condiciones básicas para la integración de alumnos con necesidades educativas especiales; en las que se atienden 177,856 alumnos con tales necesidades. Se realiza un gran esfuerzo de educación en lenguas indígenas que incluye la elaboración de materiales educativos, formación de docentes y promoción de la enseñanza en lenguas indígenas. Para el periodo escolar 2006-2007, se distribuyeron 1.4 millones de materiales educativos para beneficiar a 583,202 alumnos de educación primaria en 33 lenguas indígenas.

81. Un desafío de gran importancia es mejorar la calidad educativa. A través del Programa Alianza por la Calidad de la Educación, iniciado en mayo de 2008, se impulsa el mejoramiento a la infraestructura, actualización de profesores y la evaluación del sistema. Se pretende

rehabilitar 27 mil planteles así como dotar de equipo a 14 mil escuelas, de tal manera que tres de cada cuatro alumnos puedan conectarse a Internet. Las asignaturas de la educación primaria, secundaria y media superior contemplan alto contenido de derechos humanos62.

82. El derecho a la protección de la salud se encuentra también protegido por la Constitución.

México realiza diversos esfuerzos para garantizar el acceso de la población a servicios de salud.

En 2007 el gasto público en salud representó el 3 por ciento del producto interno bruto del país, con un gasto per cápita de aproximadamente $307.42 dólares de los E.U.A. entre la población asegurada y aproximadamente $192.02 dólares de los E.U.A. para la población sin seguridad social.

83. Uno de los principales retos en la materia, se deriva de que a principios de esta década, más del 50 por ciento de la población estaba fuera de la cobertura de las instituciones públicas de seguridad social. A fin de garantizar servicios médicos integrales para la población no asegurada, sin desembolso al momento de su utilización y sin discriminación, desde 2003 se cuenta con el Seguro Popular63, al que se han incorporado 7,776,841 familias, brindando acceso a servicios de salud a más de 23.5 millones de mexicanos, lo cual representa un avance del 61.8 por ciento de la cobertura total prevista para 2010. Además, los niños nacidos a partir del primero de

diciembre de 2006 y sus familias no aseguradas se benefician del Seguro Médico para una Nueva Generación64. Existen también otros programas65 que han fortalecido la atención de la salud materna, como la Estrategia Embarazo Saludable y el Programa de Acción Arranque Parejo en la Vida66. Se espera que para 2011 se cumpla el objetivo de lograr la cobertura

universal en servicios médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios para toda la población.

84. Las prioridades y políticas públicas de México para hacer efectivo el derecho al trabajo se orientan en seis vertientes: generar empleos, particularmente empleos de calidad en el sector formal; fortalecer la seguridad y salud en el trabajo; cumplir con las obligaciones derivadas de convenios de la OIT suscritos por México; fortalecer los derechos sindicales; atender

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particularmente a los trabajadores migrantes; y combatir la explotación infantil con fines laborales y la trata de personas.

85. Durante el segundo trimestre de 2008, el total de la población económicamente activa (PEA) es de 45,460,003 (28,329,080 hombres y 17,130,923 mujeres). A septiembre de 2008, la Tasa de Desocupación serie unificada a nivel nacional fue de 4.25 por ciento de la PEA.

86. Existen diferentes programas para atender los objetivos mencionados. Uno de los más importantes es el Programa de Apoyo para el Empleo, que brinda apoyo económico y en especie a los desempleados y subempleados que buscan oportunidades de incorporación o mejora de empleo.67 En cuanto a seguridad y salud en el trabajo, se han fortalecido considerablemente las plazas de inspección federal del trabajo y la difusión en la materia. Se rinden regularmente los informes a la OIT.68

87. Dos desafíos particularmente importantes se refieren a mejorar la atención de los

jornaleros agrícolas y combatir la explotación infantil con fines laborales. En México existen 3.1 millones de jornaleros agrícolas, de los cuales 1.2 millones son jornaleros agrícolas migrantes, originarios en su mayoría de regiones indígenas o zonas de difícil acceso y con alta marginación.

Entre los programas para mejorar su atención destaca el Programa de atención a jornaleros agrícolas 2006-2007, así como un Grupo de Coordinación Interinstitucional al respecto69. La explotación infantil con fines laborales también requiere de especial atención. En 2007, había 3,647,067 niños y niñas trabajadores de entre 5 y 17 años de edad. De éstos, 1,513,233 no asistían a la escuela. El Gobierno de México ha definido como prioritaria la Política para la atención del trabajo infantil, con la que brinda protección a adolescentes en edad permisible para trabajar de 14 a 18 años a fin de garantizar sus derechos laborales, y realiza acciones para

prevenir y erradicar el trabajo infantil en sus peores formas.Entre los programas vigentes destacan el Módulo de Medición del Trabajo Infantil en la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo, el Grupo Interinstitucional de Prevención y Combate al Trabajo Infantil, el Grupo de Trabajo con Organismos de la Sociedad Civil y Sindicatos para la Prevención y el Combate al Trabajo Infantil.70

88. El derecho a la vivienda digna y decorosa tiene rango constitucional desde 1983. En 2006, se promulgó la Ley de Vivienda, que crea la Comisión Nacional de Vivienda como organismo encargado de la materia. Al mismo tiempo, existe una amplia infraestructura constituida por organismos de cobertura nacional, estatal y municipal dedicada a apoyar programas de vivienda para los diferentes grupos sociales. Para el periodo 2007-2012, las necesidades de vivienda en todo el país se estiman en más de 3 millones 799 mil viviendas nuevas y más de 2 millones 547 mil mejoramientos. En promedio, anualmente se requieren 633 mil viviendas nuevas y realizar 425 mil mejoramientos durante estos seis años.

89. La herramienta central del Gobierno es el Programa Nacional de Vivienda 2007-2012:

“hacia un desarrollo habitacional sustentable”, que busca ampliar el financiamiento para vivienda de los segmentos más pobres de la población; dar certidumbre sobre su patrimonio a través de los Registros Públicos de la Propiedad; incrementar la disponibilidad de suelo para vivienda; y consolidar el Sistema Nacional de Vivienda. Para este propósito, se cuenta con programas específicos, como el Programa de Esquemas de Financiamiento y Subsidio Federal para Vivienda “Esta es Tu Casa”, el Programa de Modernización de los Registros Públicos de la Propiedad, el Programa de Desarrollos Habitacionales Sustentables, y el Sistema Nacional de Información e Indicadores de Vivienda, entre otros.71

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90. Desde 1999, el derecho de toda persona a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar se elevó a rango constitucional. El PND otorga prioridad a ese derecho y reconoce que la sustentabilidad de los ecosistemas es básica para una estrategia integral de desarrollo humano. Reconoce también como un desafío la revisión del marco jurídico ambiental para tal propósito.

91. El Gobierno dispone de un Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales 2007-2012 con metas de abastecimiento de agua potable, tratamiento de aguas residuales,

superficie reforestada y ampliación de las áreas naturales protegidas. Por primera vez, un programa sectorial de esa naturaleza incluyó el respeto a los derechos humanos como línea estratégica de la política ambiental. En 2009 entrará en vigor el Programa de Derechos Humanos del Sector Ambiental.

92. La Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente de 1988 establece la modalidad de denuncias populares ante la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, con relación al derecho a un medio ambiente sano: entre 2001 y 2007 se recibieron 48,988 denuncias, de las cuales se atendieron 32,160 y se concluyeron 15,220.

93. A través del Programa ProÁrbol orientado a los municipios más marginados, México cumplió con su compromiso de sembrar 250 millones de árboles en 2007, en la campaña internacional del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente.72

94. México ha destinado desde el 2003 al Pago de Servicios Ambientales un total de aproximadamente $293 millones de dólares de los E.U.A., como parte de su compromiso ambiental para mitigar el cambio climático y revertir la deforestación.73

C. Combate a la Discriminación y Derechos de Grupos Específicos 95. Por lo que se refiere al combate a la discriminación, uno de los objetivos nacionales contenidos en el PND es “Reducir significativamente las brechas sociales, económicas y

culturales persistentes en la sociedad, y que esto se traduzca en que los mexicanos sean tratados con equidad y justicia en todas las esferas de su vida, de tal manera que no exista forma alguna de discriminación”. El combate a la discriminación se asume como una tarea que debe estar presente en todas las políticas públicas de protección de los derechos fundamentales, así como en las estrategias de desarrollo social y económico.

96. En 2001, mediante una reforma crucial al artículo 1° constitucional se estableció la prohibición de la discriminación por cualquier causa como la primera de las garantías individuales74. Esta disposición se reglamentó en 2003 con la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación que dicta medidas positivas y compensatorias a los órganos públicos en favor de los grupos en situación de vulnerabilidad. A la fecha, 20 constituciones locales75 hacen referencia a la prohibición de la discriminación de manera directa o indirecta y 11 entidades federativas han adoptado leyes en la materia. En 8 entidades federativas76 la discriminación ha sido tipificada como delito, lo que presenta el reto de impulsar medidas similares en el resto del país.

97. Para el cumplimiento de la mencionada Ley Federal, en 2004 entró en funciones el Consejo Nacional Para Prevenir la Discriminación (CONAPRED), el cual cuenta con un sistema conciliatorio de quejas y reclamaciones para resolver conductas discriminatorias de servidores públicos federales y de particulares.77

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98. Si bien se han registrado importantes avances en la protección de los derechos de las mujeres, que representan el 51.3 por ciento de la población, México tiene aún el reto de lograr una plena cultura de igualdad entre hombres y mujeres y erradicar la discriminación. En materia de educación, a 2005, 36.7 por ciento de las mujeres de 15 años y más no habían logrado

concluir la educación básica. En el ámbito laboral, para el segundo trimestre de 2008, la tasa de participación económica femenina asciende a 37.6 por ciento mientras que la masculina a 62.4 por ciento. En cargos de toma de decisiones, las mujeres representan el 27.4 por ciento en los puestos de mandos medios y superiores en la Administración Pública Federal y en cargos de elección popular representan 17.2 por ciento en la Cámara de Senadores y 23.4 por ciento en la Cámara de Diputados.

99. En 2001 se creó el Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES), encargado de promover, coordinar y evaluar programas gubernamentales para construir una cultura de

igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres. Existen también mecanismos estatales para las mujeres en las 32 entidades federativas. En 2008, por primera vez se aprobó un Presupuesto Etiquetado para Mujeres y Equidad de Género que asciende aproximadamente a 700 millones de dólares de los E.U.A.

100. De 2000 a 2008 las mujeres trabajadoras pasaron de representar el 34.3 por ciento de la PEA al 37.6 por ciento, si bien 42.2 por ciento reciben mensualmente ingresos que no superan los dos salarios mínimos. En 2003 el INMUJERES implementó el Modelo de Equidad de Género para que empresas privadas, instituciones públicas y organismos sociales revisen sus prácticas para incorporar la perspectiva de género y acciones afirmativas. De 2003 a 2008, 176 organizaciones públicas, privadas y sociales han implantado este Modelo, beneficiando a más de 300,000 trabajadoras y trabajadores.78

101. La Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, en vigor desde 2006, provee de las herramientas institucionales para la promoción de la igualdad y el empoderamiento de las mujeres en los ámbitos público y privado a nivel federal79. Hasta marzo de 2008, 4 entidades federativas contaban ya con una ley estatal de igualdad.

102. En 2006, 32 por ciento de las mujeres casadas o unidas sufrió violencia emocional, 22.7 por ciento económica, 10.2 por ciento física y 6 por ciento sexual. En 2007 entró en vigor la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia que crea el Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y las Niñas y el Modelo Nacional de Atención Integral para las Víctimas de Violencia de Género. Bajo esta ley se diseñó el Programa Integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, próximo a ser promulgado.

103. En 2008 se contemplaron recursos por aproximadamente $163.09 millones de dólares de los E.U.A. para instrumentar la Ley a través de diversas dependencias y organismos

gubernamentales. A octubre de 2008, 24 entidades federativas contaban con una ley estatal en la materia.

104. En noviembre de 2007 entró en vigor la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas, que facilita la instrumentación de la Convención de Palermo80. A raíz de su entrada en vigor, en enero de 2008 se creó la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas de la PGR, que persigue las modalidades del delito de trata y brinda atención a los ofendidos mediante un modelo de justicia centrado en la víctima.81

參考文獻

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