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Exigibilidad de las Mujeres del Cono Sur frente a la Liberalización Comercial

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Exigibilidad de las Mujeres del Cono Sur frente a la

Liberalización Comercial

1º etapa: caso Chile

Marzo- 2003

DOCUMENTO PARA LA DISCUSION

ALIANZA CHILENA POR UN COMERCIO JUSTO, ETICO Y RESPONSABLE (ACJR)

www.comerciojusto.cl

RED INTERNACIONAL DE GÉNERO Y COMERCIO (RIGC) – CHILE

Isabel Castrillo - Alma Espino - Coral Pey1 - María de la Luz Trautmann

United Nations Development Fund for Women Fondo de las Naciones Unidas para el Desarrollo de la Mujer

1Coordinadora del Proyecto

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“La pobreza es consecuencia de procesos económicos, políticos y sociales que están relacionados entre sí y con frecuencia se refuerzan mutuamente, lo que agrava todavía más las privaciones que sufren los pobres. Los exiguos activos con que cuentan, la falta de acceso a los mercados y la escasez de oportnidades de empleo, les impiden salir de su situación de pobreza material. (…)

La desigualdad en las relaciones entre sexos forma parte del problema más amplio de la desigualdad social, derivada de las normas y valores aceptados por la socieda d.

Panorama General, Informe sobre el Desarrollo Mundial 2000 – 2001, Banco Mundial

Comentario: oportunidades

Comentario: comillas para terminar

(3)

PROBLEMAS QUE AFECTAN A LAS MUJERES LATINOAMERICANAS Fuente: Unidad de Género del Banco Mundial

Fuente : Unidad de Género, Banco Mundial

(4)

Índice Pág.

1. PRESENTACIÓN 4

Exigibilidad de género 7

2. RESUMEN EJECUTIVO 9

PRIMERA PARTE ANTECEDENTES GENERALES 11

A.- LAS NUEVAS FORMAS DE INTEGRACIÓN 12

3. LA GLOBALIZACIÓN, EL REGIONALISMO Y EL REGIONALISMO ABIERTO 13

Antecedentes 13

Escenarios propicios para la liberalización 14

La globalización 14

El Regionalismo y una de sus modalidades 14

El Regionalismo Abierto 15

La Integración en América Latina 16

4. LAS NORMAS DE COMERCIO 19

Las normas de la OMC 19

Los Tratados de Libre Comercio Norte – Sur 23

B.- GÉNERO Y COMERCIO 25

5. CONCEPTO DE GÉNERO 26

Delimitación de conceptos 28

6. UN EJEMPLO DE LIBERALIZACIÓN EXITOSA: EL CASO DE CHILE 29

7. GÉNERO Y COMERCIO ¿ UNA RELACIÓN ARMÓNICA? 32

SEGUNDA PARTE AGENDA DE DESARROLLO Y AGENDA COMERCIAL 36

8. INTENTOS DE INCLUSION DE GENERO Y COMERCIO 37

9. PLANES DE ACCIÓN DE CUMBRES Y ALCA 41

10 LAS CLÁUSULAS SOCIALES EN LOS ACUERDOS COMERCIALES 43 Y LA EQUIDAD DE GÉNERO: EL CASO MERCOSUR

(5)

TERCERA PARTE

CONCLUSIONES Y PROPUESTA 46

11. FUNDAMENTOS TEÓRICOS JURÍDICOS 47

12. FORMULACIÓN DE LA CLÁUSULA DE GÉNERO 48

13. LÍNEAS DE ACCIÓN 51

Anexo estadístico 52

Siglas 54

Bibliografía

(6)

1. PRESENTACIÓN

El presente documento de trabajo se enmarca dentro de un proceso desarrollado por la Alianza Chilena por un Comercio Justo y Responsable, ACJR, que busca contribuir en la generación de propuestas alternativas de desarrollo y comercio justo, frente a la política de negociaciones bilaterales de libre comercio, actualmente en curso, a nivel continental y regional, en el sur de las Américas.

El documento se vincula a la investigación regional, que realiza la Red Internacional de Género y Comercio (RIGC), sobre los impactos sociales y de género, de los procesos de liberalización comercial implementados en la región, desde la década de los ’90, y a los aportes efectuados en torno al tema, tanto desde una perspectiva teórica, como desde los espacios sociales.2

Para su elaboración, se constituyó un equipo interdisciplinario radicado en Chile, con asesoramiento y participación de una investigadora de Uruguay. El grupo, enfrentó el desafío de trabajar un concepto transversal: género, comercio y desarrollo, temáticas usualmente separadas, tanto a nivel de estudios de impacto como de formulación de estrategias.

El estudio propone un concepto analítico - operacionalizable ( cláusula de género ), con el fin de que sea utilizable a nivel de derecho y comercio internacional, en el marco de los procesos de liberalización comercial, propendiendo a la igualdad de oportunidades para las mujeres del sur del continente americano.

Las razones que nos ha llevado a concebir un trabajo de esta naturaleza están contenidas en dos aspectos: El primero de ellos se refiere al vacío conceptual que presentan las teorías tradicionales de comercio internacional, respecto del tema de género.

El segundo se refiere al ingreso de las mujeres a la agenda pública, como sujetos, tanto en la acción como en la reflexión, constituyéndose en uno de los ‘nuevos temas’, de los últimos años. Consideramos, en consecuencia, justo y necesario reconocer los aportes del movimiento de mujeres en la idea de plantearse el tema de los derechos de género en una agenda de desarrollo3

Pese a la importancia que comienza a tomar el tema mujeres, en la agenda internacional el tema de equidad social y de género no ha sido incorporado con la misma fuerza que las

2 Una fuente a consultar, que incorpora experiencias colectivas del movimiento de mujeres de la región es El libro

“El ALCA en debate: una perspectiva desde las mujeres”, editado por Norma Sanchis.

3 En los últimos años, ha existido una importante tendencia a abordar las Teorías de Género desde una perspectiva transversal. En estos cruces, destaca las variables ‘mujer y economía’ y ‘ mujer y empleo’, centradas en los efectos de los procesos económicos mundiales y nacionales sobre mujeres y hombres, así como en los cambios en nuevas relaciones laborales y condiciones de trabajo, a raíz de los programas de ajuste estructural:

la feminización de la pobreza, la precarización del empleo y su incidencia en particular en las mujeres.

Comentario: liberalización comercial creo que es mas preciso, el libre comercio es el objetivo pero nos importa el proceso tambien la liberalizacion

Comentario: en el

Comentario: han

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materias de comercio, prevaleciendo en ella aspectos mercantiles, como lo demuestra la suscripción masiva de tratados de libre comercio.

Esta situación, ha provocado que en las relaciones comerciales, las estrategias de resguardo promovidas por organismos internacionales y las llamadas ‘nuevas ciudadanías’4, relacionadas con los derechos colectivos, los códigos de conducta, las cláusulas sociales, y los llamados indicadores alternativos, sean abordados de manera lateral y con insuficiente fuerza jurídica, por parte de los Estados, de allí la necesidad de establecer regulaciones de género en el marco de liberalización comercial.

Tal como reconocen diversos organismos internacionales, las políticas de comercio implementadas hasta el momento, han postergado temas claves de desarrollo humano, generando un divorcio – en la práctica – entre el crecimiento alcanzado, principalmente en la primera mitad de los ’90, y una mejor calidad de vida para el conjunto de la población del país. En ese sentido, los resultados de los procesos modernizadores vía liberalización comercial, más bien destacan por una exclusión e inequidad social crecientes, especialmente en lo concerniente a las mujeres, respecto de los hombres.

Para respaldar lo anterior, mencionamos algunas cifras al respecto:

- El Informe Mundial de Desarrollo Humano de 1995, a diez años de iniciados los programas de liberalización comercial señala que ....”las mujeres realizan más de la mitad del total del tiempo de trabajo en el mundo. Del total del tiempo de trabajo masculino, las tres cuartas partes corresponden a actividades remuneradas, mientras que en el caso de la mujer, sólo un tercio de las actividades obtiene remuneración. Si se estimara el aporte de todas las actividades económicas no remuneradas realizadas por mujeres y se asumiera la subvaloración de las actividades remuneradas, el producto mundial se incrementaría en alrededor de 11 billones (millones de millones) de dólares”.

Esta situación no parece hacer sido superada en estos últimos años, tal como se señala en el estudio ‘Desafíos y oportunidades para la Equidad de Género en América latina y El Caribe’5: “aunque la mujer latinoamericana ha alcanzado el mismo nivel de educación del hombre, e incluso lo ha superado en algunos países, sigue participando menos en el mercado laboral y ganando menos que el hombre”.

- Casi una cuarta parte de las mujeres de América Latina ( 23% ), gana menos del salario mínimo, una proporción muy superior a la de los hombres (11%). Al mismo tiempo, las remuneraciones de las mujeres latinoamericanas oscilan entre un 54 y un 73 % de las recibidas por los hombres, según datos de 1999 de la CEPAL6. A menudo estos trabajos son un espejo de las tareas que las mujeres desempeñan

4 “Los dramáticos cambios en las dinámica s económicas, sociales, culturales y políticas en todo el mundo están permitiendo el surgimiento de ciudadanías y sociedades civiles globales.(...) Allí, la lenta ampliación de los derechos ciudadanos frente a asuntos y problemas, se viene dando no sólo desde la institucionalidad supraestatal emergente, sino desde los movimientos sociales de perspectiva crecientemente global, que asumen

“el derecho a tener derechos”, también en este nuevo espacio ( Vargas, Virginia, Ciudadanía y Globalización:

hacia una nueva agenda global de los movimientos feministas, en El ALCA en debate, pág. 61 ).

5 Elaborado por la Unidad de Género del Banco Mundial ( 2003 )

6 CEPAL, Panorama Económico y Social, 1999

Comentario: sacaria llamadas

Comentario: reiterativo, sacaria llamados, ambos terminos ya estan instalados en la jerga de estudios internacionales

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en el hogar, sin protecciones de estabilidad laboral, sin beneficios ni posibilidades de superación.

- En los países de bajos y medianos ingresos, aún existe - en pleno siglo 21 – una elevada tasa de analfabetismo, alcanzando a un 32% en el caso de las mujeres, y a un 27% a nivel general ( Informe del Desarrollo Mundial, 2003, Banco Mundial ).

Y, según la misma fuente, en el mundo, 113 millones de niños, en su mayoría niñas, no asisten a la escuela7.

Diversos investigadores e investigadoras, ya sea independientes y/o pertenecientes a organismos como la Organización Internacional del Trabajo, OIT, así como la Unidad de desarrollo de la Mujer de CEPAL y la RIGC, entre otras, destacan efectos diferenciados para mujeres y hombres, presentes en las políticas de liberalización comercial y su necesidad de vincularlas a los llamados ‘derechos colectivos’ de segunda y tercera generación.

Entre las razones por las cuales estos impactos han sido diferentes para hombres y mujeres podrían destacarse las siguientes:

- La ausencia de normas que regulen las nuevas prácticas, encierra grandes riesgos de exclusión y de ejercicio de poder sobre los más débiles8.

- La insuficiente ruptura de estereotipos que conllevan las ideas modernas en la organización de las relaciones de género. La modernidad no ha ido acompañada de la incorporación del hombre al trabajo doméstico ni al incremento de responsabilidades públicas que apoyen labores reproductivas asignadas a la mujer. Ello, pese a reconocer cambios culturales al respecto y los avances en la autonomía de las mujeres.

- El ingreso de las mujeres al trabajo remunerado, en el contexto de la reforma del Estado, que ha significado el desmantelamiento de estructuras de apoyo económico y social. Tal situación, ha recaído muchas veces sobre los hombros de las mujeres.

En ese contexto, el presente documento tiene como misión promover instituciones que garanticen el desarrollo humano en un marco de equidad de género, especialmente de las mujeres del Cono Sur de las Américas, frente a los procesos de liberalización y negociaciones comerciales Norte – Sur, implementadas en la región desde los años ´90.

7 Informe sobre el Desarrollo Mundial, 2002.

8 Ello, pese a que cada vez hay un mayor consenso sobre la necesidad de colocar instrumentos de resguardo a las políticas comerciales, particularmente, las de los países del norte hacia los del sur. De ahí la necesidad de la creación de instrumentos de resguardo frente a l os impactos negativos del comercio internacional.“La discusión sobre estándares laborales o cláusulas sociales se encuentra hoy estrechamente ligada a cualquier política que los países desarrollados impulsen hacia el Sur. Parece que ya no se puede cuestionar la validez, o no, de la exigencia del cumplimiento de los estándares laborales en las nuevas relaciones comerciales. Esto se esta configurando como una realidad de la nuevas reglas del mercado” ( Juan Carlos Vargas, La inclusión de los derechos labo rales en las negociaciones comerciales, Seminario de Red Global en el 3º Foro Social Mundial, Porto Alegre, Brasil, enero 2003 )

.

Comentario: XXI

(9)

Se enmarca en el debate de la justiciabilidad de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, DESC, proponiendo un mecanismo de reclamo – exigibilidad9 – a propósito de la violación o lesión de derechos, ante una autoridad judicial – justiciabilidad. Esta perspectiva, es necesaria para aproximar la agenda de desarrollo, comercio internacional y el conjunto de pactos y compromisos que abordan la temática de equidad a la agenda de comercio internacional.

Tal como lo señala la Comisión de Derechos Humanos de Guatemala, la exclusión jurídica supone la inadecuación de los mecanismos actuales de participación social y de acceso a los recursos de justicia. En definitiva, la exclusión jurídica es una barrera impuesta al ejercicio de los derechos ciudadanos, que implica la sustracción del derecho a la justicia o a la llamada ‘inclusión jurídica’.10

Su manifestación concreta es la existencia de grupos y sectores que ven limitado el disfrute de oportunidades económicas, sociales, culturales y políticas, existentes en la sociedad actual. Como se ha señalado, se considerará la ‘exclusión’ en la dimensión económica, social, política o jurídica, como la negación de justicia en el sentido absoluto de la palabra.11

En tal sentido, el presente estudio busca proponer líneas de acción para avanzar en la formulación y condiciones de exigibilidad desde las mujeres, como estrategia viable frente a las negociaciones comerciales norte–sur de las Américas. Para la formulación de la cláusula – y en general para las diversas secciones del documento - se adoptó como marco teórico los derechos económicos, sociales y culturales, así como el derecho al desarrollo, consagrados por Naciones Unidas y la Plataforma de Beijing.

Exigibilidad de género

Más allá que en algunos compromisos comerciales, se haga referencia a las mujeres como universo específico, planteando beneficiar sus condiciones laborales y sociales y se realce el cumplimiento del Plan de Acción de Beijing, estas referencias han carecido de la fuerza jurídica necesaria para modificar las situaciones existentes.

La Convención contra toda forma de discriminación de la mujer, el Plan de Acción de Beijing y diversos documentos oficiales señalan la necesidad de propiciar medidas que tiendan al mejoramiento de las condiciones de vida de las mujeres y a una igualdad de oportunidades para su consecución.

Los impactos y repercusiones de los compromisos en materias de comercio y finanzas, tendrán una relación directa con diversos aspectos de la vida social de mujeres y

9 Podemos definir la exigibilidad como la propiedad intrínseca de los derechos cuyo cumplimiento puede ser demandado a quienes se han comprometido a respetarlos, en base a acuerdos y tratados internacionales que los hacen obligatorios. En términos de actores sociales la exigibilidad se puede convertir en una capacidad a ser ejercida por sujetos, individuales y/o colectivos, de derechos humanos de demandar, usando los instrumentos acordados por los Estados miembros del sistema internacional, el cumplimiento y la prevalencia de estos derechos en cualquier momento y sobre cualquier otro acuerdo o instancia nacional y/o internacional ( Pablo Frederick – ACJR, estrategia de exigibilidad de los derechos humanos en los TLCs )

10Ver coloquio ‘Mundialización y Exclusión’, Tema 4: Justicia y Exclusión. Comisión de Derechos Humanos de Guatemala – CDHG – 34º Congreso de la Federción Internacional de los Derechos Humanos ( FIDH ), Casablanca, Enero2001. Rapport

11Ver Nota 2, Id.

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hombres del sur de las Américas, como lo avalan las cifras de las investigaciones realizadas por la RIGC, entre otras, mencionadas al inicio de la presentación.

El caso de Chile es emblemático , en lo referido al impacto que tienen las medidas de liberalización comercial sobre mujeres y hombres, tal como veremos más adelante.

Asimismo, en los Planes de Acción de Cumbres de Jefes de Estado, realizadas en Santiago de Chile ( 1998 ) y en Québec, Canadá ( 2001 ), hay referencias explícitas al tema Mujer, que plantean recomendaciones tendientes a asegurar los ‘derechos de género’, basados en los instrumentos antes citados.

También, como lo señala la Evaluación de los compromisos de la II Cumbre de las Américas, estamos conscientes que el Servicio Nacional de la Mujer, SERNAM, en Chile, ha realizado diversos esfuerzos en relación a garantizar la igualdad de oportunidades. Sin embargo, hasta ahora los ‘temas de desarrollo’ señalados en la Iniciativa de las Américas, ampliados en las cumbres sucesivas, han marchado por carriles diferentes a las negociaciones comerciales sobre el Área de Libre Comercio de las Américas, ALCA. Lo borraría pues interrumpe el argumento referido a los efectos desde género de la liberalización comercial

Más aún, los costos sociales del intercambio comercial y la liberalización económica, han sido asumidos principalmente por los sectores vulnerables , y particularmente por las mujeres pobres. Se hace, por ende, necesario profundizar en estrategias viables que garanticen una mayor coordinación de propuestas, instrumentos e instancias tendientes a promover el desarrollo social y de género, con las áreas que cubren los Planes de Acción, a la vez de otorgar igual fuerza jurídica a cada una de ellas12.

Es necesario agregar, que la necesidad de hacer valer los derechos de las mujeres, no responde sólo a la situación de precariedad que enfrentan, sino también a su condición de sujeto político activo. Los logros obtenidos en diversos espacios locales e internacionales mencionados, así lo prueban.

En tal sentido, el presente estudio propositivo, lejos de ser únicamente un ejercicio teórico transdisciplinario - que también lo constituye - busca ser una herramienta para la acción. Para ello, es fundamental que sea socializado, recogido y recreado por actores y sujetos sociales – mujeres y hombres - que se reconozcan como portadores de derechos y por lo tanto, que se organicen, movilicen y exijan su plena realización.

Como está lejos de ser un estudio acabado, lo sometemos a la discusión y aportes de las organizaciones sociales de mujeres y mixtas, sindicales y ONGs. Esperamos que constituya una contribución en la búsqueda de alternativas y de construcción social, que articulen el escenario global con las respuestas locales, que desde mujeres y hombres se vienen produciendo en el Cono Sur de las Américas.

12Los avances comerciales se desarrollan a través de los grupos de negociación que contempla el ALCA, que tienen fuerza vinculante, incluso superior al ámbito nacional, mientras que la dimensión internacional del área Mujer, se basa en el Protocolo Facultativo a la Convención para la Eliminación de toda forma de discriminación contra la Mujer. Este, como su nombre lo indica, no tiene estatus jurídico similar, y no se refiere al campo comercial.

Comentario: Mas que emblemático es “digno de reportar”

Comentario: Que borraria?

Comentario: Ha sido sometido

(11)

2. RESUMEN EJECUTIVO

El presente documento parte de tres premisas metodológicas:

- El tema “género-comercio”, no ha sido incorporado suficientemente al debate público general, permaneciendo ausente en las estadísticas oficiales13

- Las negociaciones comerciales Norte-Sur, tienen efectivamente impactos diferente s en las mujeres respecto de los hombres.

- Existe un instrumental conceptual insuficiente, que vincule el comercio internacional con el género, pese a las contribuciones que se han planteado hasta el momento.14

El enfoque o la dimensión que caracteriza nuestro trabajo, es transdisciplinario e integra conceptos y líneas de análisis provenientes de la Economía, la Teoría del Género, Relaciones Internacionales, los Estudios Internacionales y las normas de Derecho Internacional

Asimismo, las premisas sobre las cuales se construye este estudio, remiten al trabajo de conceptos que promuevan la equidad, por ende está enmarcado dentro de los objetivos de desarrollo humano del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y en la constatación de los efectos que ha tenido la liberalización comercial aplicada a partir de los noventa, en la vida de mujeres y hombres.

Nuestro objetivo general, es aportar a promover instituciones que garanticen el desarrollo humano, en el marco de la equidad de género, especialmente de las mujeres de las Américas, en el contexto de los procesos de liberalización comercial.

Los objetivos específicos trazados son: proponer un concepto analítico – cláusula de género – que sea utilizable a nivel de derecho internacional; y form ular estudios internacionales, en el contexto de los procesos de negociaciones y acuerdos de libre comercio. Por otro lado, buscamos avanzar en la formulación y condiciones de exigibilidad de las mujeres, como estrategia viable, frente a los procesos antes mencionados.

El estudio consta de tres partes:

1º parte: Antecedentes Generales: se intenta vincular los conceptos centrales, objeto y origen de este estudio: género y comercio. Para lograr esta relación, se presenta el estado actual del debate sobre integración y liberalización económica y un diagnóstico sobre las implicancias de los tratados de libre comercio.

13Entendemos por ello, específicamente, a la nomenclatura diseñada por la Organización Mundial de Comercio, OMC, y sus aplicaciones en los países de las Américas, más que a teoría económica.

14Cuando decimos que el instrumental que vincula género – comercio es insuficiente, entendemos que no sólo los instrumentos jurídicos que amparan y contemplan derechos de la mujer son insuficientes, sino que debería avanzarse en operacionalizar conceptos como el que proponemos en este trabajo, la cláusula de género.

Asimismo, nos referimos al instrumental conceptual y metodológico que aporta la Economía, la teoría de Género, las Relaciones Internacionales y los Estudios Internacionales al respecto, disciplinas desde las que se elaboró este trabajo.

Comentario: El Derecho Internacional y el Derecho de las Mujeres.

No es en vano que saques “las normas del Derecho Internacional”

pues acota nuestro enfoque, nosotros hemos usado ademas de normas de DI ppios, doctrina, etc

Comentario: Y comercio internacional

(12)

Además, se muestran las principales normas planteadas por la OMC, que son el piso sobre el cual se realizan las negociaciones comerciales, incluyendo una caracterización general de los tratados de libre comercio Norte -Sur.

Se define el concepto de género, para situarnos y al mismo tiempo ubicar al lector, respecto del lugar desde el cual hablamos, para luego delimitar el concepto y hacerlo funcional a un análisis integrado de comercio y equidad, fundamentalmente equidad de género. En este sentido, se considerarán tanto el trabajo remunerado que realizan las mujeres (trabajo productivo), así como el no remunerado (trabajo reproductivo). Esta primera parte finaliza con un análisis empírico de la situación de mujeres y hombres, referido al caso de Chile. Se incluye este caso, por constituir para los círculos oficiales un ejemplo de liberalización exitosa.

Tras la presentación de estos antecedentes, se articulan ambos conceptos bajo el título ‘Género y comercio: ¿una relación armónica?’.

Las hipótesis subyacentes en esta primera parte son las siguientes:

- los TLC tienden a institucionalizar y profundizar los procesos de liberalización comercial experimentados en América Latina desde mediados de la década de los ´80, con la asimetría económica y social que ello ha conllevado.

- Por lo tanto, si queremos hacer coincidir integración con el ideario de la modernidad, deben incluirse regulaciones al interior de los TLC, que propendan a la disminución de las asimetrías, especialmente las de género.

2º parte: Agenda del Desarrollo y Agenda Comercial: constituye una presentación del Estado del Arte, sobre los intentos que se han realizado con el fin de vincular los derechos de las mujeres y las negociaciones comerciales. Con este objeto se presentan los Planes de Acción de las Cumbres de las Américas. Se incluyen también, los intentos que realizados desde el MERCOSUR para la obtención de estos logros, así como los realizados por algunas organizaciones de mujeres

3º parte: presentación de conclusiones y nuestra propuesta: la cláusula de género.

Además, se incluyen en forma general, las principales líneas de acción para someterlas a la discusión de los actores sociales, como seguimiento necesario de este estudio.

Comentario: Presentación (mayúscula)

(13)

PRIMERA PARTE ANTECEDENTES

GENERALES

(14)

A. Las nuevas formas de

integración

(15)

3. “LA GLOBALIZACIÓN, EL REGIONALISMO Y EL REGIONALISMO ABIERTO COMO ESTRATEGIAS CONVERGENTES EN LA LIBERALIZACIÓN DE LOS 90´”

El proceso integracionista de los noventa, no ha sido ajeno a los países del Conosur.15 Más de una interpretación se podría dar a los procesos de integración regional.

Por un lado, concebirlos como una estrategia desde el Sur, concepto que se remonta a la década de los sesenta, especialmente a los trabajos de Prebisch, que pretendía cortar la historia del subdesarrollo regional, mediante la ampliación de los mercados y la integración sucesiva en distintas materia s.

Por otro lado, desde fines de los ochenta y comienzos de los noventa, Estados que desechaban la integración, comenzaron a promoverla, como camino para llegar a la liberalizacion integral, mediante la estrategia denominada “building blocks”. Las tácticas o caminos para lograr esta liberalización pueden presentarse bajo la forma de la globalización económico financiera, los acuerdos de integración y el regionalismo abierto.

Más recientemente, a propósito del avance del ALCA, los espacios subregionales, como el MERCOSUR y la Comunidad Andina de Naciones, CAN, surgen como alternativas de integración multidimensional16

3.1. Antecedentes.

Terminada la Segunda Guerra Mundial, emerge un sistema mundo17, caracterizado por el bipolarismo político, militar e ideológico que diseñaba las relaciones internacionales, materializado en el enfrentamiento EE.UU – Unión Soviética.

En ese sistema mundo, una característica central es la “nueva institucionalidad internacional”, siendo cuatro los agentes medulares en el sistema: ONU, BM, FMI y GATT , subsistentes aunque reargumentados al momento actual. Estas instituciones fueron reorientadas bajo el criterio de estandarizar, armonizar y homogenizar prácticas políticas, financieras, comerciales y crediticias de los Estados.

Mas allá de la nueva institucionalidad económico financiera, los análisis de la integración regional como fenómeno y como proceso reconocen en los trabajos de Raúl Prebisch, una perspectiva pionera y vanguardista para su época. Desde allí se p romueve el ideal de la integración económica regional, como estrategia que permitiría cortar la historia del subdesarrollo en nuestra subregión latinoamericana. El modo: ampliando mercados, identificando compatibilidades de productos y canastas exportables, entre los socios de Latinoamérica, e integrándose paulatinamente en materias sucesivas a partir del comercio.

A pesar de haber resistido los procesos de regionalismo e integración superficial o de primer grado -en los sesenta-, a partir de los noventa , Estados Unidos y las instituciones económicas internacionales, promueven estos procesos de acercamiento inter - Estados y entre zonas o bloques comerciales, con el fin de lograr el objetivo final: el mercado global y la

15Acerca de los « períodos » de integración, se remite a « Dimensión Jurídica de la Integración », Organización de Estados Americanos (OEA), Comité Jurídico Interamericano, Brasil, 1995, p. 3 – 16. Héctor Di Biase, Globalización y regionalización : op ortunidades y desafíos, Prisma, Universidad Católica del Uruguay, N° 9, Año 1997, p. 93 – 94

16Nos referimos a los aspectos económicos, políticos, sociales y culturales. Término acuñado por Armando di Filippo.

17Utilizamos la terminología de Immanuel Wal lerstain quien ha trabajado la teoría del “World System”.

(16)

liberalización máxima del comercio internacional, dejando atrás argumentos tales como que los procesos de integración eran esquemas discriminatorios de comercio.18

3.2. Escenarios propicios para la liberalización 3.2.1. La globalización.

El escenario emergente entonces, siguiendo los aportes de Di Filippo, se constituye por el fenómeno de la globalización. El concepto que brinda el Prof. Armando Di Filippo acerca de las dos características de la globalización, por un lado la transnacionalización de las empresas (Empresas Multi nacionales, en adelante EM) y por otro la internacionalización de los Estados.19

La globalización es un concepto funcional al proceso de revolución tecnológica, que se da desde mediados de los ochenta. Como hecho social, debe abordarse transdisciplinariamente20, porque distintas lecturas y juicios de valor se oponen al describirla.21

El auge de la “integración comercial” y la proliferación de los acuerdos de naturaleza económica, es en nuestros días, materia de negociación obligada en la agenda de los gobiernos, sean Estados desarrollados o emergentes. El gran objetivo es insertarse en economías que reporten más consumidores.22

3.2.2. El regionalismo y una de sus modalidades: la integración

El auge de la “integración comercial” y la proliferación de los acuerdos de naturaleza económica, es en nuestros días materia de negociación obligada en la agenda de los gobiernos, pertenezcan a Estados desarrollados, como emergentes.23

Compartimos el concepto, que “integración económica” implica una acción de al menos dos Estados, que pretenden relacionarse comercialmente, a efectos de crear un ámbito de complementación económica, a partir de la eliminación de discriminaciones al comercio, con justicia social.

El fenómeno brinda diversas modalidades o grados a los que los Estados pueden recurrir para relacionarse: Area de Preferencias Económicas (A.P.E.), Zona de Libre

18Remitirse a Artículos N° 1 y 24 del GATT, que informan respectivamente la cláusula de la nación más favorecida y la regulación de las Zonas de Libre Comercio y Uniones Aduaneras. Buen análisis se encuentra en Héctor Di Biase, Introducción al Derecho de la Integración con especial referencia al MERCOSUR, “El MERCOSUR después de Ouro Preto”, Seminario de la Universidad Católica del Uruguay, Agosto –Septiembre de 1999.

19Armando Di Filippo, “Multilateralismo y Regionalismo en la Integración de América Latina”, Documento de Trabajo N° 46, CEPAL, Abril de 1997, pp. 47 – 59. El autor deja constancia que su aporte versa únicamente sobre la globalización económica, financiera y productiva

20Paul Little, José Berdugo, Gustavo Castro, “El método comparativo”, en El Método Comparativo: debates recientes – Una bibliografía. Cadernos do Doutorado N° 06, Vol. II, Brasilia: Ceppac – UnB, Outubro, 1993 21Peter Drucker es uno de los autores “optimistas” sobre el fenómeno de la globalización. El autor señala que el conocimiento se ha convertido en el insumo principal de este proceso. Alvin Toffler sigue la misma línea. Ver Alvin Toffler “El cambio del Poder”, Editorial Sudamericana, 1990.

22Revista Gestión, Año XXVI, Febrero 2001, N° 311, « Estrategia de Marketing, Globalización y Comunicación » a propósito del concepto de globalización.

23Revista Gestión, Año XXVI, Febrero 2001, N° 311, « Estrategia de Marketing, Globalización y Comunicación » a propósito del concepto de globalización.

(17)

Comercio (Z.L.C.), Unión Aduanera (U.A.), Mercado Común (M.C.), Unión Económica (U.E.) hasta llegar a una Unión Política (U.P.).24

La posibilidad de visualizar al regionalismo como una estrategia económico – política compatible con el multilateralismo, comienza a posicionarse a partir de algunos análisis de economistas que postulan el “building blocks”. Es decir, visualizan al regionalismo como un estadio intermedio hacia el multilateralismo y la globalización. Otros autores en cambio, contra-argumentan que ambos procesos no pueden darse en concomitancia, porque el regionalismo perjudicaría y obstaculizaría el libre comercio y el intercambio entre sujetos internacionales (“stumbling blocks”).25

La doctrina ha periodizado la integración de los Estados en dos etapas, el llamado

“primer regionalismo” o “regionalismo de primera generación” o “integración superficial” y el

“segundo regionalismo” o “regionalismo de segunda generación” encontrándose frecuentemente bajo el nombre de “regionalismo profundo”.26

3.2.3. Regionalismo Abierto

El regionalismo abierto, surge con fuerza conceptualmente hablando, desde los noventa en las Américas.27 El concepto es utilizado habitualmente en la literatura de comercio internacional actual. Tal como señala la CEPAL, “ su uso se ha intensificado para calificar acciones que apuntan a incrementar la interdependencia entre los países de una zona determinada, en el marco de una tendencia hacia el libre flujo de comercio, capital, trabajo y conocimiento. A lo largo del tiempo, la expresión regionalismo abierto, que se originó en el contexto de la cooperación económica de los países del Asia y el Pacífico, en los años setenta, se transfirió posteriormente a los análisis relativos a la creación del espacio único europeo, así como de otros posibles bloques regionales. Posteriormente, en forma más reciente, fue adoptada como marco normativo para abordar la integración regional en América Latina”.28

En este esquema de búsqueda del desarrollo, debemos asignar un rol a los temas de género. Ello, mediante estudios que den cuenta de la relación que existe entre el “nuevo escenario emergente” y la situacion de la mujer en nuestro continente.

24Di Biase, Héctor. « Introducción al Derecho de la Integración con especial referencia al Mercosur », Serie Congresos y Conferencias N° 11. « El Mercosur después de Ouro Preto ». Universidad Católica del Uruguay.

1995, pp.14 – 19.

25Remitirse a Robert Lawrence, “Regionalism, Multilateralism and Deeper Integration”, The Brookings Institution, Washington DC, 1994.

Asimismo aporta al tema Edward Mansfield & Helen Milner, “The Political Economy of Regionalism”, Columbia University Press, New York.

Fred Bergstein, “Open Regionalism”, Blackwell Publishers,1997.

Jadish Bhagwati, “New Dimensions in regional integration”, Cambridge University, Press 1993

26Acerca de los « períodos » de integración, se remite a « Dimensión Jurídica de la Integración », Organización de Estados Americanos (OEA), Comité Jurídico Interamericano, Brasil, 1995, p. 3 – 16.

Héctor Di Biase, Globalización y regionalización : oportunidades y desafíos, Prisma, Universidad Católica del Uruguay, N° 9, Año 1997, p. 93 – 94.

Francisco J. Del Río, Instituto de Estudios de Iberoamérica y Portugal. Universidad de Salamanca, « La Integración Económica Latinoamericana y Caribeña en la Década de los Noventa : un panorama », Revista de Ciencias Sociales, « América Latina Hoy », N° 17, 1997, Salamanca, donde se comenta la « Iniciativa para las Américas » impulsada por G. Bush en 1990.

27Los antecedentes del regionalismo se remiten a los conceptos de “unilateralismo concertado” generados en el Asia en los setenta

28CEPAL, Panorama de la Inserción Internacional de América Latina y el Caribe, 1999 – 2000, pp. 26.

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3.2.4. Integración en América Latina

Esta periodización toma en cuenta la integración de América Latina. La primera etapa refiere a los intentos de regionalismo no exitosos integralmente, experimentados desde la década de los 60´ en nuestra región29. La segunda etapa describe los intentos y relanzamiento, a partir de los ochenta, materializados especialmente con la creación del Mercado Común del Sur (MERCOSUR), y los intentos de creación del Área de Libre Comercio de las Américas, ALCA, a partir del modelo Nafta.

En este escenario, de procesos enmarcados en el llamado “segundo regionalismo”, aquel que da sustento a los bloques o acuerdos regionales post-ochentas, deben contextualizarse e interpretarse, muchos de ellos, como surgidos por detonadores que pertenecen a un “nivel global” de análisis.

i) Caso ALCA30

El ALCA involucra a 34 países del continente americano, a excepción de Cuba y busca instaurar una zona de libre comercio e inversión a partir del año 2005, una especie de ‘zona franca’ a nivel continental, en base a una supuesta eliminación de todo tipo de barreras comerciales.

Desde ya, podemos advertir que de los 34 países involucrados, 27 de ellos corresponden a economías pequeñas, y de los 7 restantes, se observa una evidente hegemonía de Estados Unidos y Canadá.

El Alca sostiene como principios que los países involucrados:

? Eliminarán progresivamente las barreras al comercio de bienes y servicios.

? Maximizarán la apertura de los mercados mediante altos niveles de disciplinas a través de un acuerdo balanceado y comprehensivo;

? Proporcionarán oportunidades para facilitar la integración de las economías más pequeñas en el proceso, con el fin de concretar sus oportunidades y aumentar su nivel de desarrollo;

? Procurarán que las políticas ambientales y de liberalización comercial se apoyen mutuamente, tomando en cuenta los esfuerzos emprendidos por la OMC y otras organizaciones internacionales;

? Asegurarán, de conformidad con las respectivas leyes y reglamentos nacionales, la observancia y promoción de los derechos, reconociendo que la OIT es la entidad competente para establecer y ocuparse de esas normas fundamentales del trabajo.

Entre los principios que rigen las negociaciones del ALCA, se destacan los siguientes:

? Las decisiones se adoptan por consenso; teóricamente, este mecanismo es democrático, ya que supone un país, un voto. Y entonces, se añade: vale igual la decisión de Estados Unidos que la de Barbuda, o Paraguay.

29ALALC, Pacto Andino, entre otros.

30En “Globalización, ALCA y Democracia”, de las Cumbres de Santiago de Chile a las Cumbres de Québec, Canadá”. Consulta realizada previa a la III Cumbre de Jefes de Estado de las Américas, en Santiago, diciembre del 2000

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? El Acuerdo ALCA deberá ser congruente con las reglas y disciplinas de la OMC e incorporar mejoras respecto de sus reglas y disciplinas, cuando ello sea posible y apropiado; no se sabe cuando es posible, ni menos aún, cuando es apropiado.

? Pero sí se conocen los principios de la Organización Mundial de Comercio, como entidad reguladora que fija los principios, metodología, y lógica del comercio internacional.

? Los países podrán negociar y aceptar las obligaciones del ALCA individualmente o como miembros de un grupo de integración subregional que negocie como una unidad.

A partir de la Cumbre de Miami se abre el proceso preparatorio de ALCA, sobre la base de tres instancias: reuniones de nivel ministerial, reuniones de nivel vice-ministerial y 12 grupos de trabajo. Las tres instancias cuentan con el apoyo técnico de un Comité Tripartito integrado por la Organización de Estados Americanos (OEA), el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y la Comisión Económica para América Latina (CEPAL).

Paralelamente al trabajo desarrollado por estas tres instancias, hay que destacar la importancia de la participación del sector privado, a través del Foro Empresarial.

En marzo de 1998, en San José de Costa Rica, se establecieron los elementos esenciales para el lanzamiento de las negociaciones: Objetivos y Principios, Secretaría, Sede y Estructura de los Grupos de Negociación.

Se establecieron nueve Grupos de Negociación sobre los siguientes temas: Acceso a Mercados, Agricultura, Inversión, Servicios, Subsidios, Antidumping y Derechos Compensatorios, Compras del Sector Público, Derechos de Propiedad Intelectual, Política de Competencia, y Solución de Controversias

También hay un Grupo Consultivo sobre Economías más Pequeñas y Comités especiales: un Comité de Representantes Gubernamentales cuya función es recoger los puntos de vista de la sociedad civil (empresarial, laboral, medioambiental, académico y otros) y el Comité Conjunto de Expertos de los Sectores Público y Privado sobre Comercio Electrónico en el Hemisferio.

Es preciso señalar que, hasta el presente, a diez años de haberse planteado la IPA, sólo las negociaciones comerciales para la creación del ALCA han avanzado sus compromisos e itinerario. Negociaciones que se han desarrollado en el más absoluto secreto, y no han contado con la participación ni información adecuada a las sociedades civiles del hemisferio.

ii) Caso MERCOSUR

A nivel subregional latinoamericano, los esquemas de integración se relanzaban considerando antecedentes genuinos. Por un lado, los Estados retornaban a la democracia, visualizando estos acuerdos” como un enclave protector de la democracia renaciente.31

31De ese modo lo explica Héctor Gross, El Derecho de la Integración del MERCOSUR, Universidad de Montevideo, 1999, Capítulo N°1

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Asimismo, los países miembros, se encontraban endeudados crónicamente y atentos a los serios problemas de sus nacionales, el MERCOSUR entonces, se perfilaba como una estrategia impulsora del libre comercio intra zona (en una primera etapa), que llevaría al desarrollo económico de sus Estados Parte.

Como tercer punto, el MERCOSUR y los otros proyectos regionales se presentaban como una propuesta atractiva para la sociedad civil, representada por académicos, intelectuales, pequeños y medianos empresarios y ONGs, entre otros, apelando al deseo de integración americano, una versión aggiornada de integración con un trasfondo cultural y social.

Ambas concepciones, pese a obedecer a modelos de integración post 80, implican profundas diferencias entre sí: en el plano económico, los espacios subregionales (MERCOSUR, CAN, CARICOM, MCCA), posibilitan un intercambio comercial y la diversificación de exportaciones con mayor grado de elaboración, que los acuerdos entre países con economías altamente asimétricas.

Pero también, los acuerdos subregionales y específicamente el MERCOSUR y la CAN han posibilitado la creación de instancias sociales de participación que no se presenta n en los TLC modelo Nafta. En los primeros, se han producido avances significativos en la consideración del desplazamiento de la mano de obra y se han creado consejos consultivos laborales. Además, el Mercado Común contempla la creación de dos grupos de trabajo: el Consejo Consultivo Económico y Social ( CCES ), con participación de Chile y Bolivia como observadores, y el Observatorio del Mercado de Trabajo, con una importante participación de la sociedad civil.

En relación a MERCOSUR y Género, hay dos instancias importantes: la Comisión de Mujeres de la Coordinadora de Centrales Sindicales del Cono Sur-MERCOSUR y la Reunión Especializada de la Mujer (REM).

En cuanto a la primera, su función primordial es “incentivar la participación activa de las mujeres en el Mercosur”32. La REM, es “una instancia constituida a nivel de representantes oficiales para analizar la situación de la mujer, teniendo en cuenta la legislación vigente en los Estados - Partes del MERCOSUR, en lo relativo al concepto de igualdad de op ortunidades, con el objeto de contribuir al desarrollo social, económico y cultural de las comunidades de los Estados que integran el MERCOSUR”33.

4.- NORMAS DE COMERCIO INTERNACIONAL 4.1 Las normas de la OMC

La Organización Mundial de Comercio es un organismo multilateral, de alcance universal que entra en vigencia en Enero de 1995. En el año 2001, contaba con 140 países miembros.

32Espino, Alma y Azar Paola– Comercio Internacional y equidad de género, Nº 2

33La REM también contempla “el asesoramiento del Foro de Mujeres del MERCOSUR, así como de otras asociaciones regionales sin fines de lucro, reconocidas legalmente, con representación en los Estados Partes y que tengan por objeto temas relacionados con la mujer en áreas relativas a los objetivos y principios del MERCOSUR” www.mujer.gov.ar/rem.htm.

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El objetivo explícito de la OMC, es promover el libre comercio; eliminar todo tipo de barreras que distorsionen este objetivo; y armonizar reglas de comercio y actividades conexas. Según diversos estudios34, a nivel internacional las normas de la OMC, más que garantizar el libre comercio, avalan el libre flujo de inversiones, tal como puede apreciarse si se analizan los principios en los que se basan los acuerdos:

- La no discriminación: Principio materializado en la Cláusula de la Nación más favorecida, consagrado en el Artículo 1 del GATT35 en 1994. Este principio establece que los beneficios otorgados por un miembro a cualquier país deben extenderse a todos los demás miembros.

- Trato nacional: Un trato igual o ‘no menos favorable ‘a los inversionistas, sean nacionales o extranjeros (pertenecientes a la OMC ), privados o estatales. Ello se extiende a proveedores d el Estado. Trato Nacional, implica también la prohibición de discriminar contra los bienes importados.

- Transparencia: Se deberá explicar medidas y normas referentes político-comerciales, si lo exige algún miembro.

- Promoción de la competencia leal: entre éstas se inscriben las medidas antidumping (Medidas Antidumping: se refiere a sanciones que pueden aplicarse sobre los países que venden en el mercado externo por debajo del costo de producción o a un precio menor al prevaleciente en el mercado interno del país de origen).

- Protección transparente: La OMC permite la protección de la industria nacional únicamente mediante el empleo de aranceles. La OMC ha fijado un plazo máximo para el desmantelamiento progresivo de todas las medidas no arancelarias. A partir de 2005, sólo se podrá proteger los mercados internos mediante el arancel y la cláusula de salvaguardia.

- Liberalización progresiva: El principio de “liberalización progresiva” implica que los miembros están obligados a incrementar sus compromisos de liberalización. El proceso de liberalización “será promovido”, a través de sucesivas rondas de negociaciones

“dirigidas a aumentar el nivel general de compromisos específicos”, establece el artículo XIX. De este modo, los países están bajo presión para ampliar sus compromisos obligatorios de liberalización en nuevas rondas de negociaciones, pero no están en condiciones de retractarse de esos compromisos, salvo que estén dispuestos a ofrecer una compensación adecuada.

El marco institucional de la OMC abarca los Acuerdos Comerciales Multilaterales, vinculantes para todos los miembros de la OMC y los Acuerdos Comerciales Plurilaterales, vinculantes únicamente para los miembros que la han aceptado.

Entre los primeros debe destacarse el Acuerdo sobre Derechos de Propiedad , Solución de controversias36 , acceso a Mercados, Acuerdo General sobre Servicios ( GATS,

34Como el análisis de Yassine Fall, de UNIFEM, Joseph Stiglitz y Claudio Lara, de Consumer’s Internacional y ACJR, entre otros.

35General Agreement on Tariffs and Trade ( Acuerdo General sobre Tarifas y Comercio ), suscrito en 1947. Su objetivo original era la creación de un foro internacional que estimulara el libre comercio entre los Estados miembros, regulando y reduciendo los aranceles del y el intercambio de bienes y otorgando un mecanismo común para la resolución de controversias

36El cumplimiento de los derechos y obligaciones generados por los acuerdos de la OMC se asegura a través de un sistema integrado de resolución de disputas definido en el Entendimiento sobre Resolución de Controversias.

Cuando un país considera que otro ha violado sus derechos o faltado a sus obligaciones, o una empresa que siente violados sus derechos por el Estado de algún país, puede presentar una quej a, el panel de expertos analiza el asunto y formula recomendaciones. Si estas recomendaciones no son acatadas, el país que presentó la queja tiene derecho a tomar acciones jurídicas contra el otro. Los planteamientos de una disputa, su

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por sus siglas en inglés), Mecanismos de Examen de las Políticas Comerciales, para garantizar el principio de Transparencia.

Las normas de la OMC, tras la idea central de uniformar las reglas de comercio entre países, establecen disciplinas para los gobiernos en materia de formulación de leyes, procedimientos y prácticas en esas áreas. En algunos casos, también prescriben disciplinas para empresas, e influyen de manera importante sobre el diseño de políticas económicas de los diferentes países. Es decir, la autoridad de la OMC trasciende los asuntos comerciales:

muchos de sus acuerdos afectan también a las políticas nacionales de los miembros.

Asi por ejemplo, la OMC decide si un país puede subsidiar sus industrias locales y si puede utilizar medidas de inversión para impulsar empresas domésticas; influye sobre el tratamiento de los países a las inversiones y los inversionistas extranjeros (mediante, por ejemplo, acuerdo en temas como servicios, GATS) y también ha impuesto a sus miembros un mínimo de normas sobre propiedad intelectual ( a través del TRIPS ).

Respecto a subsidios, se prohíbe la subvención a la exportación de productos industriales con la sola excepción de los países con un PIB per-cápita menor a los 1000 dólares anuales, pero se aceptan las subvenciones destinadas a fomentar la privatización. El Acuerdo dispone “la condonación directa de deudas o las subvenciones destinadas a sufragar costos sociales, cualesquiera sea su forma, incluido el sacrificio de ingresos fiscales

“ (Artículo 27 Acuerdo sobre servicios y medidas compensatorias, SMC), siempre y cuando se apliquen por un periodo limitado y se enmarquen en un programa de privatización37.

En cuanto a cobertura, las negociaciones comerciales admiten dos enfoques: por lista positiva o por lista negativa. En el primer caso, entran a las negociaciones los productos que se desean negociar. En el segundo, entra todo el universo arancelario, salvo las excepciones o limitaciones específicas que se señalan explícitamente. Es decir, los gobiernos deberán declarar qué sectores no desean liberalizar de manera que si un país miembro omite algún sector que no desea liberalizar, éste automáticamente debe de ser liberalizado38

Las normas sobre Comercio de Bienes

Éstas tienden a promover la competencia entre los productos de los países firmantes, lo que implica rebaja arancelaria y eliminación de medidas para -arancelarias como restricción de importaciones. En términos generales, este tipo de liberalización ha implicado la entrada masiva de productos importados, generalmente mas baratos que los de origen nacional, provocando la caída de la pequeña y mediana empresa. Considerando que las

procesamiento en el panel y el Órgano de Apelación son muy costosos, como también lo es la defensa del demandado. En general son los países más industrializados los que poseen juristas especializados en tales asuntos; los países en desarrollo dudan en presentar una queja, y primero pesan con cuidado la carga financiera.

Aun si un país en desarrollo se decide a acudir a este mecanismo, la reparación plena puede llevar hasta 30 meses, y para entonces su economía habrá sufrido un daño porque su producción y comercio no tienen capacidad de resistencia. Por lo tanto, el perjuicio causado por la demora es mucho mayor en una nación en desarrollo que en un país industrializado.

37Román, Enrique- Recuadro 211, Subsidios: flexibilidades para los países en desarrollo. Régimen de comerci o internacional. En “Instrumentos Básicos para la Evaluación y seguimiento de acuerdos comerciales desde la sociedad civil. Plades-Red Global, Lima, octubre 2001

38En ALCA, la opción es nacional. En los TLC bilaterales que Estados Unidos está impulsando co n varios países de América latina, siguiendo el modelo desarrollando con Chile, se negocia por lista negativa. Venezuela negocia por lista positiva, en tanto países como Chile y Perú lo hacen por lista negativa.

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mujeres que dirigen empresas, en general se concentran en la pequeña y mediana empresa, este tipo de acuerdos ha afectado el trabajo de las mujeres.

Al mismo tiempo las regulaciones antidumping implican medidas que limitan el diseño de políticas que incentiven la formación de nuevas empresas y productos para entrar a la competencia internacional.

Las normas referentes al Área de Servicios

El Acuerdo general sobre servicios ( GATS ), vigente desde el primero de enero de 1995, pero aún en discusión (los miembros de la OMC iniciaron el 2000 una nueva Ronda de negociaciones en el área de servicios). Estos tienen como objetivo, la eliminación progresiva de la regulación de la importación y operación de servicios, así como promover la competencia entre los servicios y los proveedores de servicios de distintos países. Por ser de reciente aprobación y aún en proceso de discusión, constituyen hoy un aspecto central si queremos considerar los efectos sociales de la liberalización comercial.

En este caso, al igual que las otras normas de liberalización, una vez que el compromiso está hecho, no puede modificarse sin una compensación adecuada. Por lo tanto, tales compromisos son claramente concesiones de las naciones en desarrollo a los países industrializados y a las grandes empresas que otorgan tales servicios, sin que las naciones del tercer mundo obtengan nada a cambio. Así, si el país descubre posteriormente que ha cometido un error o decide desarrollar la capacidad de las firmas domésticas, en sectores afectados por compromisos, enfrentará serias dificultades para modificarlos. En otras palabras, los compromisos en el área de servicios constituyen limitaciones a las opciones políticas futuras.

En términos generales, el acuerdo sobre servicios presenta claras desventajas para los paises subdesarrollados. En primer lugar, los países en desarrollo realizaron concesiones sin obtener efectivamente nada a cambio. En las áreas de servicios liberalizadas por los acuerdos de la OMC, la capacidad de oferta radica casi totalmente en los países industrializados, y por tanto, los compromisos de liberalización de la entrada de servicios los beneficia casi exclusivamente a ellos.

En segundo lugar, el acuerdo favorece a los principales países exportadores de servicios que pueden beneficiarse de la liberalización, mientras los países en desarrollo no poseen la capacidad necesaria para beneficiarse de las exportaciones, como ya se señaló.

En cuarto lugar, el acuerdo incluye específicamente la obligación de liberalizar el movimiento de capital pero no otorga el mismo tratamiento al movimiento de mano de obra .

Por otra parte, el GATS propone que deberán entrar en la liberalización, dado el compromiso de no discriminación, todos aquellos servicios en los que participa el sector privado y, una de las principales preocupaciones en virtud de los acuerdos sobre servicios, es que los gobiernos podrían ser presionados a privatizarlos o a permitir la competencia del sector privado y firmas extranjeras. Las presiones podrían referirse no sólo a la privatización de servicios basados en recursos naturales, como el agua, sino también a su venta a países extranjeros.

Aún si la privatización es parcial o si el gobierno mantiene su servicio pero permite la participación privada en el suministro, ese servicio ya no califica como “brindado en el ejercicio de la autoridad gubernamental”, y por lo tanto queda comprendido en el acuerdo.

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Muchos mercados de servicios están dominados por unas pocas grandes empresas de países industrializados y algunos actores menores. La tendencia a las fusiones, adquisiciones y alianzas estratégicas ha exacerbado este alto grado de concentración. En muchos de los casos la entrada de empresas transnacionales en la provisión de servicios, se traduce en disminución de los puestos de empleo y encarecimiento de los mismos.

Esta situación tiende a agravarse si se considera que muchos países en desarrollo que aplican programas de ajuste estructural, también reciben presiones externas a la OMC para que los servicios públicos sean comercializados, privatizados y liberalizados. Esto los vuelve inelegibles para su exoneración, y por tanto los sujeta a las normas y procesos del GATS.

La privatización y mercantilización de servicios, llevados a cabo vía programas de ajuste estructural, inicialmente, vía GATS, o en otros casos, vía firma de tratados de libre comercio Norte – Sur, ha significado que la provisión de éstos quede bajo responsabilidad de grandes empresas transnacionales, cuyo objetivo es el incremento de la tasa de ganancia.

En este caso, el objetivo se traduce en el encarecimiento de los servicios y disminución de los costos vía disminución de los puestos de trabajo. Ambas repercusiones tienen fuertes impactos sobre las mujeres, como se verá mas adelante.

4.2. Los tratados de Libre Comercio Norte- Sur

Los Tratados Comerciales Norte –Sur, enmarcados dentro de las normas de la Organización Mundial de Comercio, no garantizan el cumplimiento de los derechos económico - sociales y más bien tienden a institucionalizar las políticas liberalizadoras, implementadas en América Latina en la década de los 80.

Las normas de la OMC, constituyen el piso sobre el cual se establecen las negociaciones en los tratados de libre comercio. Los TLC pueden incluir mayor o igual liberalización. Por otra pa rte, algunas disposiciones que no logran aprobarse vía OMC, lo harán por esta vía.

Así, por ejemplo, en el caso de los TLC firmados con Estados Unidos (TLC México- EEUU, TLC Canadá- EEUU y TLC Chile – Estados Unidos, actualmente en proceso de ratificación parlamentaria), se incluyen normas que facultan a las empresas para enjuiciar a los Estados por el lucro cesante, presente o futuro, si las medidas se contraponen a sus intereses. De esta forma, medidas para proteger el medio ambiente implementadas por el Estado, son objeto de acusaciones ante la OMC y los Estados se ven limitados para implementar políticas de protección.

Referente a los TLC Norte – Sur, algunos de los temas de mayor preocupación para sectores académicos y organizaciones como la Alianza Chilena por un Comercio Justo y Responsable (ACJR), son los siguientes:

En primer lugar, hay que considerar la asimetría económica entre los países que establecen compromisos comerciales. Por ejemplo, y continuando con el TLC Chile – Estados Unidos, el PIB per-cápita de Estados Unidos (US$ 32.000), equivale al 75% de toda la región latinoamericana. El PIB per-cápita de Chile fluctúa alrededor los 5000 dólares per cápita. Las exportaciones latinoamericanas a los países desarrollados, se ubican preferentemente en recursos naturales y bienes con escaso valor agregado, en tanto las importaciones norteamericanas, Europa o de países miembros de APEC se concentran

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preferentemente en productos de altísimo valor agregado, produciendo en la mayoría de los casos, un déficit en las relaciones de intercambio comercial.

En un segundo punto, se deben considerar los marcos legales nacionales: las negociaciones se llevan a cabo, de acuerdo a la normativa vigente de cada país. Ello nos parece especialmente preocupante, por la relación que podría existir entre los compromisos que se adquieren en las negociaciones y sus potenciales impactos. En el caso de Chile, esta situación es una seria limitante y obstaculizaría los ocho acuerdos internacionales claves de Naciones Unidas, entre ellos, la Convención contra todas las formas de Discriminación contra las Mujeres; el Pacto de San José de Costa Rica, sobre los DESC; y los convenios de la OIT, o las diferentes convenciones ambientales.

Para diversos sectores, este tema es muy importante, porque la experiencia muestra claramente que las negociaciones comerciales, en vez de colaborar en el fortalecimiento de los marcos legales nacionales, los han debilitado. Un ejemplo clarísimo: los escasos controles que existen para las inversiones especulativas (capital golondrina). Para la suscripción del TLC Chile – Estados Unidos, nuestro país, ha debido eliminar el mecanismo del ‘encaje’ ( impuesto a la inversión extranjera, que consistía en un gravamen que alcanzó hasta el 30% ).

En un tercer punto, podemos señalar el tema de las “reglas de juego” presentes en el TLC, que consisten en la posibilidad de que éste efectivamente pueda fijar un marco regulatorio al comercio, para que no sólo lo incremente, sino que redunde en beneficios para las personas. En otras palabras, si las reglas de comercio generarán “reglas claras y permanentes para el comercio de bienes, servicios e inversiones”, o perpetuarán una situación instalada con la apertura unilateral, iniciada en los programas de ajuste estructural.

El tema que subyace al respecto, es si es posible utilizar las negociaciones comerciales para fortalecer la legislación interna, vía su incorporación en los mismos tratados o si el marco legal – ya de por sí precario – se debilitará aún más con los compromisos acordados en las negociaciones. En este sentido, la armonización de las reglas de comercio internacional podrían ser útiles para mejorar condiciones sociales, nivelar hacia arriba para revertir un proceso que ya se ha venido dando a nivel de países con menor grado de desarrollo: la competencia entre sí para acceder a un incremento de las exportaciones y/o el incremento de la inversión externa. Generalmente esta competencia se ha traducido en reducción de costos laborales y ambientales.

En un cuarto punto, relevar el tema de la participación de las mujeres y de la sociedad civil en las negociaciones comerciales. En todos los encuentros, reuniones y citas internacionales en los que se ha abordado el tema de género y comercio, el tema de la participación institucional es uno de los temas recurrentes. Para ello, se considera lo señalado por diversos organismos internacionales ligados a la ONU: la cosa pública ya no es patrimonio exclusivo del Estado.

Y se plantea una certeza: la representación de los intereses de las mujeres en las negociaciones comerciales guarda directa relación con los espacios de participación institucional que se puedan plantear. Sin embargo, las negociaciones comerciales, al menos

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las firmadas por Chile se han caracterizado por la escasa participación de la sociedad civil e inclusive no permite la participación de todas las instancias gubernamentales.39

B. Género y Comercio

39 No existen instancias formales de participación y discusión ciudadana sobre los tratados de Libre Comercio, aún mas ni siquiera todos los organismos de gobierno tienen participación directa en las negociaciones. En este sentido, cobrarán mayor protagonismo los ministerios directamente relacionados con aspectos comerciales que aquéllos relacionados a materias sociales, como el Servicio Nacional de la Mujer SERNAM, Ministerio del Trabajo de Chile o Ministerio de Planificación, MIDEPLAN. Tampoco hay instancias de participación del Parlamento en la negociación; éstos sólo pueden aprobar o desaprobar los proyectos, pero no introducir modificaciones en ellos.

El organismo encargado de llevar a cabo las negociaciones es el Ministerio de Relaciones Exteriores. Existe una coordinación integrada por el Comité Interministerial de negociaciones económicas internacionales, presidido por Cancillería y la participación de los Ministerios de Hacienda, Economía y Secretaría General de la Presidencia. Este a su vez cuenta con dos órganos de apoyo : el Comité de Negociadores, presidido por la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales, DIRECON. Los representantes del equipo negociador examinan los procesos de negociación y pueden invitar a personas o funcionarios reconocidos en estas materias. También funciona como órgano asesor el Comité del sector privado

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5. CONCEPTO DE GÉNERO

Este concepto se refiere a la construcción cultural y social por lo cual los seres humanos tienen roles distintos según su sexo, que implican distintas posiciones jerárquicas dentro de la sociedad. Del mismo modo como etnia y clase, es una categoría de análisis universal, aplicable en cualquier país, región o sociedad40.

Cuando hablamos de género, nos referimos a un concepto inacabado, de carácter histórico y multidimensional: inacabado por estar en permanente construcción, y multidimensional por abordar diversos aspectos de la vida social de las personas; histórico, porque adquiere formas específicas y diferentes en distintas etapas, sociedades y culturas. Al mismo tiempo, se trata del reconocimiento de una dimensión más de la desigualdad social. Con ello, debemos recalcar que los roles desempeñados por las mujeres varían de acuerdo a la clase social a la que pertenecen, origen étnico, racial y cultural.

Sin desconocer la complejidad del concepto y los innumerables aportes que desde él se ha hecho a las ciencias sociales, nos interesa destacar tres elementos básicos:

- Relaciones de poder: El género está indisolublemente ligado al concepto de

“patriarcado“. Esto es, “el conjunto de relaciones sociales de la reproducción humana que

40Espino,Alma y Paola Azar EL Comercio Internacional ¿Una oportunidad para la equidad social y de género?

數據

Cuadro N° 1 Tasa de actividad por años (1) y por país   Brasil  Chile  Argentina   Uruguay  Paraguay  Bolivia
Cuadro N° 4 Algunos indicadores macroeconómicos

參考文獻

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