• 沒有找到結果。

*1318539* Asamblea General A

N/A
N/A
Protected

Academic year: 2022

Share "*1318539* Asamblea General A"

Copied!
22
0
0

加載中.... (立即查看全文)

全文

(1)

GE.13-18539 (S) 051213 091213

*1318539*

Consejo de Derechos Humanos

Grupo de Trabajo sobre el Examen Periódico Universal 18º período de sesiones

27 de enero a 7 de febrero de 2014

Informe nacional presentado con arreglo al párrafo 5 del anexo de la resolución 16/21 del Consejo de Derechos Humanos*

ex República Yugoslava de Macedonia

* El presente documento se reproduce tal como se recibió. Su contenido no entraña la expresión de opinión alguna por parte de la Secretaría de las Naciones Unidas.

Naciones Unidas A/HRC/WG.6/18/MKD/1

Asamblea General Distr. general

8 de noviembre de 2013 Español

Original: inglés

(2)

Metodología y proceso de consulta para la redacción del informe

1. El presente informe se ha preparado de conformidad con las directrices establecidas en la resolución 5/1 del Consejo de Derechos Humanos y con las directrices generales para la preparación de la información en el marco del Examen Periódico Universal (EPU). Se han tenido en cuenta las recomendaciones formuladas durante la presentación del informe nacional de la República de Macedonia en el marco del primer ciclo del EPU. Macedonia presentó su primer informe en febrero de 2009, que fue examinado durante el quinto período de sesiones del Grupo de Trabajo sobre el Examen Periódico Universal en mayo de 2009. Las conclusiones fueron aprobadas durante el período de sesiones del Consejo de Derechos Humanos celebrado en septiembre de ese mismo año.

2. Tras la conclusión del examen se formularon 42 recomendaciones, que Macedonia ha aceptado total o parcialmente, con la excepción de 1 en la que se pide equiparar a las parejas homosexuales a las heterosexuales.

3. Macedonia también preparó un EPU de mitad de período que presentó a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) en marzo de 2012. Para preparar ese informe de mitad de período sobre la aplicación de las recomendaciones se celebraron consultas con los ministerios competentes y el sector no gubernamental.

4. El segundo informe fue elaborado por el Ministerio de Asuntos Exteriores, en cooperación con el Ministerio de Justicia, el Ministerio de Trabajo y Política Social, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Educación y Ciencia y el Ministerio de la Sociedad de la Información y de la Administración, la Secretaría para la Aplicación del Acuerdo Marco, la Agencia de derechos de las comunidades, y la Comisión de Comunidades y Grupos Religiosos. Además, el informe incluye información facilitada por el Consejo de la Radio y la Televisión y la Oficina del Ombudsman. Se celebraron consultas con el sector no gubernamental antes de presentar el proyecto de informe al Gobierno para su aprobación.

I. Progresos alcanzados desde el examen del primer informe de la República de Macedonia en relación con el marco normativo e institucional para la promoción y protección de los derechos humanos

A. Obligaciones internacionales – recomendaciones 1, 2, 3 y 10

5. La República de Macedonia ratificó la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad y su Protocolo Facultativo, y firmó el Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Con respecto a la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas, se está llevando a cabo un análisis exhaustivo en el que se identificarán las esferas en las que la legislación penal debe armonizarse con la Convención. Teniendo en cuenta la legislación nacional aplicable en los ámbitos comprendidos en la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares, también se estudiará la posibilidad de ratificarla.

6. Se siguen haciendo esfuerzos para armonizar el marco normativo e institucional nacional con los instrumentos internacionales de derechos humanos. Macedonia sigue cooperando estrechamente con los órganos establecidos en virtud de tratados de las

(3)

Naciones Unidas y del Consejo de Europa, y lleva a cabo actividades para aplicar sus respectivas recomendaciones.

B. Cumplimiento de las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos – recomendaciones 11 y 12

7. Macedonia coopera con los procedimientos internacionales y los mecanismos de promoción y protección de los derechos humanos, y cursó una invitación permanente en 2004 a todos los titulares de mandatos especiales de las Naciones Unidas para que visitaran el país.

8. La Sra. Asma Jahangir, Relatora Especial sobre la libertad de religión o de creencias, y el Sr. Frank La Rue, Relator Especial sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión, visitaron Macedonia del 27 al 29 de abril de 2009 y del 18 al 21 de junio de 2013, respectivamente. También hubo visitas de las instituciones independientes de las organizaciones regionales, como el Comité Europeo para la Prevención de la Tortura y de las Penas o Tratos Inhumanos o Degradantes (visita periódica, del 21 de septiembre al 1 de octubre de 2010; visita especial, del 21 al 24 de octubre de 2011) y la visita de una delegación del Comité Asesor del Convenio Marco para la protección de las minorías nacionales a fin de preparar un dictamen en el contexto del tercer ciclo de supervisión del cumplimiento del Convenio, del 29 de noviembre al 2 de diciembre de 2010. La delegación de la Comisión Europea contra el Racismo y la Intolerancia visitó Macedonia entre el 28 de septiembre y el 2 de octubre de 2009. La delegación del Grupo de expertos en la lucha contra la trata de seres humanos visitó Macedonia del 20 al 23 de mayo de 2013, en el contexto de la primera ronda de evaluación de la aplicación del Convenio del Consejo de Europa sobre la lucha contra la trata de seres humanos. El Comisario del Consejo de Europa para los Derechos Humanos, Nils Muižnieks, realizó una visita periódica a Macedonia del 26 al 29 de noviembre de 2012. El Alto Comisionado de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE) para las Minorías Nacionales, Knut Vollebæk, visitó Macedonia en varias ocasiones durante el período que se examina, la última vez en mayo de 2013.

9. Las misiones de observación internacional, dirigidas por la Oficina de Instituciones Democráticas y Derechos Humanos (OIDDH) de la OSCE, supervisaron todas las elecciones celebradas durante el período que se examina.

10. En el período comprendido entre 2009 y 2013, la República de Macedonia presentó los siguientes informes en virtud de tratados internacionales de derechos humanos:

Examen de mitad de período sobre la aplicación de las recomendaciones del EPU (mayo de 2009 a diciembre de 2011), presentado al ACNUDH en marzo de 2012;

Informes periódicos cuarto y quinto, mayo de 2011, relativos a la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (presentados el 21 de febrero de 2013);

Nuevo documento básico común sobre los instrumentos de derechos humanos de las Naciones Unidas, presentado en abril de 2013;

Tercer informe periódico, presentado en mayo de 2013, relativo al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos;

Informes periódicos octavo, noveno y décimo, presentados en julio de 2013, relativos a la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial;

Tercer informe periódico, presentado en septiembre de 2013, sobre la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.

(4)

II. Progresos realizados desde el examen del primer informe de la República de Macedonia en relación con el marco institucional para la promoción y protección de los derechos humanos

A. Poder judicial – recomendación 26

1. Reforma del sistema judicial

11. Durante el período de que se informa, el Gobierno centró sus actividades en la reforma del sistema judicial con el objetivo de definir el marco normativo, que refuerza la independencia y la eficacia del poder judicial. Las novedades introducidas en el marco de la Ley de procedimiento civil de 2011 son especialmente importantes en este contexto. Esta Ley incorpora disposiciones que agilizan los procedimientos judiciales, ya que se reducen los plazos y se evita que las partes en el procedimiento abusen de sus derechos, e introducen un sistema de gestión de causas en los tribunales, un sistema electrónico de entrega y la grabación en audio de las audiencias, entre otras cosas.

12. La nueva Ley de procedimiento penal aprobada en 2010 (que entrará en vigor el 1 de diciembre de 2013) incorpora instrumentos para luchar contra el delito, en especial la delincuencia organizada. Los elementos más importantes de esta Ley son la transferencia de las competencias de instrucción de los jueces a los fiscales, el control de la policía por la Fiscalía General y la introducción de la negociación de la conformidad, entre otras cosas. En cuanto a la eficiencia del poder judicial, los casos se tramitan rápidamente y se ha reducido la acumulación de causas pendientes. En 2012 los tribunales juzgaron todas las causas nuevas y resolvieron 32.247 causas pendientes, cuyo número a finales de 2012 comparado con 2011 se redujo en 33.020 causas o un 15%. En 2012 los tribunales de primera instancia juzgaron todas las causas nuevas y resolvieron 8.136 causas pendientes. Además, el número total de causas pendientes se redujo transfiriendo las competencias de los tribunales en las causas no contenciosas a los notarios públicos y a los agentes de la autoridad.

13. Se abrieron 33 oficinas de relaciones públicas en los tribunales y se nombraron funcionarios de relaciones públicas.

14. Los tribunales de todas las instancias publican sus fallos regularmente en sus sitios web.

15. En el marco de las actividades para mejorar el sistema de información judicial, en 2009 empezó a funcionar el sistema de gestión informática de las causas, que facilita la asignación automática de nuevas causas a los jueces y la creación de expedientes electrónicos en los que se guarda toda la información pertinente de la copia impresa.

16. Con el fin de establecer un sistema uniforme de estadísticas judiciales, se adoptó una metodología basada en las directrices sobre estadísticas judiciales adoptadas por la Comisión Europea para la Eficacia de la Justicia (CEPEJ). Se creó una aplicación informática para la recopilación, el tratamiento y el análisis de las estadísticas.

17. De 2007 a 2010 se establecieron 11 nuevos órganos dentro del sistema judicial: el Consejo Judicial, el Consejo de Fiscales, la Academia para la Formación de Jueces y Fiscales, el Tribunal Administrativo, el Tribunal Superior Administrativo, el Tribunal de Apelación y la Fiscalía General Superior, ambos en la ciudad de Gostivar, la Fiscalía Pública dedicada a la lucha contra la delincuencia organizada y la corrupción, la Oficina del Tribunal Penal de Primera Instancia I de Skopje, encargada de luchar contra la delincuencia organizada y la corrupción, la Oficina encargada de las causas que pueden ser juzgadas dentro de un plazo razonable en el Tribunal Supremo y la Oficina de gestión de los bienes incautados.

(5)

2. Independencia y autonomía del poder judicial

18. Los elementos clave para mejorar la independencia del poder judicial son la elección, la rendición de cuentas y la evaluación de los jueces. Se introdujeron nuevas disposiciones en todos esos ámbitos para armonizar plenamente la legislación nacional con las normas internacionales. Se incluyeron nuevas condiciones para elegir a los jueces1 y se redefinieron con criterios objetivos los motivos para determinar las faltas profesionales o de conducta de los jueces y su responsabilidad disciplinaria. Se completó el sistema de evaluación de los jueces, que valora cuantitativa y cualitativamente su trabajo, basándose en los resultados generales y supervisa directamente su desempeño judicial.

19. La Academia de Formación de Jueces y Fiscales empezó a funcionar en 2006. La nueva Ley de la Academia de Formación de Jueces y Fiscales aprobada en 2010 incluye disposiciones mejoradas relativas a la formación inicial y continua. Se establecieron condiciones más estrictas de admisión a la formación inicial de los candidatos, lo que ayudará a mejorar la calidad del personal que trabaja en el poder judicial. La Academia ofrece formación inicial a los futuros jueces y fiscales y formación continua a los jueces y otros funcionarios. Cuatro promociones de 80 candidatos a magistrados y fiscales completaron la formación inicial. Al 28 de enero de 2013, 61 candidatos de las cuatro promociones que habían completado los cursos de la Academia fueron elegidos para desempeñar el cargo de juez o de fiscal.

20. El presupuesto judicial se duplicará en el período comprendido entre 2013 y 2015, con el mismo incremento anual del 0,1%, hasta alcanzar el 0,4% del PIB en 2012 y el 0,8%

en 2015, como está previsto en la Ley de 2010 por la que se enmendó la Ley de presupuesto del sistema judicial.

B. El Ombudsman – recomendación 5

21. En virtud de las enmiendas a la Ley del Ombudsman, de 2009, su mandato se reforzó con la creación de departamentos independientes encargados de la protección de los derechos de los niños y los derechos de las personas con discapacidad, la protección de los ciudadanos contra la discriminación, la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes y un departamento encargado de la representación equitativa.

22. El Ombudsman presentó una solicitud de acreditación al Comité Internacional de Coordinación de las Instituciones Nacionales para la Promoción y la Protección de los Derechos Humanos y se le confirió la categoría B en octubre de 2011. En su evaluación, el Subcomité de Acreditación señaló que la Oficina del Ombudsman de la República de Macedonia contaba con un amplio mandato de protección, pero no de promoción, de los derechos humanos. El Subcomité también pidió que se introdujera un enfoque pluralista en el nombramiento de las personas para ocupar puestos directivos, especialmente en la elección de los adjuntos al Ombudsman. En las recomendaciones se hizo hincapié en la necesidad de avanzar en la independencia de esta institución y en la confianza depositada en ella por la población, garantizar los fondos para el desempeño del mandato del mecanismo nacional de prevención con arreglo al Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura (el presupuesto para 2013 de la Oficina del Ombudsman incluye una partida presupuestaria específica para ese mecanismo) y reforzar la cooperación con el sistema internacional de derechos humanos.

23. En este sentido, el órgano interministerial encargado de los derechos humanos encargó al Ministerio de Justicia que, en cooperación con el Ombudsman, redactara las enmiendas necesarias al marco legislativo que regía el mandato del Ombudsman, gracias a lo cual se había iniciado el proceso de adopción de las medidas necesarias para garantizar la obtención de la categoría "A".

(6)

24. A raíz de la ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes en 2008, el Ombudsman fue designado mecanismo nacional de prevención y empezó a ejecutar las tareas correspondientes en 2011. Realizó 18 visitas a centros de prisión preventiva y cárceles en 2011, y 32 en 2012.

El mecanismo funciona como un departamento separado para la prevención de la tortura y se ocupa además de supervisar de forma independiente las instalaciones de detención en las comisarías de policía. En 2011 y 2012, se realizaron inspecciones en 29 comisarías de policía, de las cuales 24 fueron visitas periódicas y 5 visitas de seguimiento. Su primer informe de 2011 fue presentado al Subcomité para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. En cumplimiento de las recomendaciones formuladas por las Naciones Unidas, las actividades preventivas y de protección están totalmente separadas.

El mecanismo realiza periódicamente controles sin previo aviso en todos los centros de privación o restricción de libertad. En sus informes especiales toma nota de las denuncias que puedan indicar casos de tortura y reenvía las solicitudes presentadas a los departamentos competentes de la Oficina del Ombudsman para su posterior tramitación.

25. En la realización de sus visitas, el mecanismo nacional de prevención tiene libre acceso a todas las instalaciones elegidas para ser inspeccionadas y puede asimismo elegir libremente a los reclusos que desee entrevistar, sin ningún tipo de control ni presencia de testigos. Mantiene una buena cooperación con la Sección de Control Interno y Normas de Actuación Profesional del Ministerio del Interior.

C. Comisión para la Protección contra la Discriminación

26. La Comisión es un órgano autónomo e independiente que empezó a funcionar en enero de 2011. Sus competencias se definen en la Ley de prevención y protección contra la discriminación. Está integrada por siete miembros, designados por la Asamblea de la República de Macedonia para un mandato de cinco años que puede ser renovado una vez.

27. La Comisión tiene competencias para dar curso a las denuncias presentadas; elaborar dictámenes y recomendaciones respecto de casos específicos de discriminación; informar al público sobre los casos de discriminación y tomar medidas para promover y educar sobre la igualdad, los derechos humanos y la no discriminación; supervisar la aplicación de la Ley de prevención y protección contra la discriminación; emprender iniciativas para modificar la legislación; cooperar con los organismos encargados de velar por la igualdad y la protección de los derechos humanos en la administración local; formular recomendaciones a los órganos del Estado sobre la aplicación de medidas para garantizar la igualdad; y emitir dictámenes sobre los proyectos de ley que se refieren a la protección contra la discriminación, entre otras cosas.

28. Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2012, la Comisión recibió 75 solicitudes, lo que representa un aumento en comparación con las 60 recibidas durante su primer año de funcionamiento.

D. Otras instituciones de protección y promoción de los derechos humanos

29. En 2012, en virtud de una decisión del Gobierno, la composición del órgano interministerial encargado de los derechos humanos pasó a un nivel superior y ahora está dirigido por el Ministro de Relaciones Exteriores y compuesto por los secretarios de Estado y los directores de los ministerios y organismos competentes. Una de sus principales tareas es mejorar la coordinación de las actividades para la aplicación de las recomendaciones contenidas en los informes de los comités pertinentes de las Naciones Unidas, así como del Consejo de Europa y la Unión Europea, entre otros.

(7)

III. Progresos realizados desde el examen del primer informe de la República de Macedonia en relación con la

promoción y protección de los derechos humanos

A. Protección contra la discriminación – recomendaciones 13 y 18a

30. El 8 de abril de 2010 la Asamblea aprobó la Ley de prevención y protección contra la discriminación, que facilita considerablemente el acceso a la protección jurídica, sobre todo porque prevé la creación de una Comisión para la Protección contra la Discriminación y establece un procedimiento judicial especial para la protección contra la discriminación.

31. Esta es la primera ley en Macedonia que aborda la cuestión de la discriminación de una manera amplia, e incorpora los principios y las normas fundamentales internacionales pertinentes. Además, hay otras leyes especiales que regulan el derecho a la igualdad de trato en diversas áreas, así como leyes en las que el principio de igualdad se menciona en el contexto de una determinada causa discriminatoria. La Ley de prevención y protección contra la discriminación prohíbe explícitamente la discriminación directa e indirecta por motivos de sexo, raza, color de la piel, género, pertenencia a grupos marginados, origen étnico, idioma, nacionalidad, origen social, religión o confesión, otros tipos de creencias, educación, afiliación política, condición personal o social, discapacidad física o mental, edad, situación familiar o matrimonial, patrimonio o estado de salud. La Ley contiene una lista no exhaustiva de motivos discriminatorios prohibidos, confirmados en el artículo 3 y en el párrafo 3 del artículo 5, en el que al final de la lista se indica "o por cualquier otra causa establecida por la ley o los acuerdos internacionales ratificados". Esa lista no exhaustiva prohíbe toda discriminación por cualquier característica personal que no esté expresamente contemplada en la Ley.

32. La Ley entró en vigor el 1 de enero de 2011. Diversas partes interesadas llevan a cabo numerosos cursos de formación y campañas para concienciar a la población sobre el principio de no discriminación.

33. En 2012 se aprobó la Estrategia nacional para 2012-2015 sobre la igualdad y la no discriminación por motivos de origen étnico, edad, discapacidad mental y física, y sexo. A principios de 2013, el Gobierno aprobó el plan operativo de 2013 para la ejecución de la estrategia.

B. Libertad de expresión – recomendaciones 35 y 39

34. De conformidad con la Ley de la radio y la televisión, el Consejo de la Radio y la Televisión realiza actividades permanentes para garantizar la libertad de expresión y la protección del pluralismo en los medios de comunicación.

35. El artículo 11 de la Ley regula la cuestión de la estructura de la propiedad de las emisoras2. Los artículos 13 a 20 de la Ley contienen disposiciones sobre la protección del pluralismo en los medios de comunicación, la diversidad y la transparencia en la labor de las emisoras. El artículo 68 establece el derecho a la libre recepción y transmisión de la información y el derecho a la libertad de expresión como uno de los principios fundamentales de los programas de radio y televisión.

36. El Consejo supervisa que los programas se ajusten a los principios correspondientes y que se apliquen correctamente las disposiciones legales sobre la propiedad y la concentración de los medios.

37. Los fundadores de empresas de radiodifusión tienen la obligación de presentar al Consejo una declaración certificada por un notario público que confirme que no infringen

(8)

las disposiciones de la sección III de la Ley de la radio y la televisión (relativas a la protección del pluralismo, la diversidad y la transparencia en la labor de las emisoras) y que no existe ninguna incompatibilidad con el artículo 11 ni el artículo 18 (según los cuales los familiares no están autorizados a ser propietarios de medios de comunicación).

38. El Consejo planteó la cuestión del respeto del artículo 11 de la Ley, primero en marzo de 2011 y, de nuevo, en enero de 2012, cuando pidió a las emisoras que presentasen una declaración en el sentido de que no habían infringido las disposiciones contenidas en el artículo 11. En 2012 tres emisoras cuyos fundadores o cofundadores o algún familiar ocupaban cargos públicos, o participaban en la propiedad de las emisoras, ajustaron su estructura a la Ley. Ese mismo año, el Consejo emprendió actividades para establecer de manera precisa la estructura de la propiedad de las emisoras constituidas como holding.

39. En mayo de 2013, el Consejo envió una carta a todas las emisoras en la que subrayaba que en el supuesto de que los resultados de las elecciones locales de ese año dieran lugar a incompatibilidades con el artículo 11, las emisoras debían ajustar su actividad a las disposiciones de la Ley.

40. El Consejo de la Radio y la Televisión se encarga de verificar que no haya casos de concentración prohibida de medios de comunicación. Cuando los hay, exige a la emisora que ajuste su actividad o su estructura a las disposiciones de la Ley dentro del plazo establecido legalmente.

41. En 2011, el Consejo determinó la existencia de una concentración prohibida de medios en 5 emisoras (2 emisoras locales de televisión y 1 emisora nacional y 2 locales de radio) en contravención del artículo 13, párrafo 3, de la Ley de la radio y la televisión.

Después de que el Consejo les ordenara ajustar su actividad o su estructura a las disposiciones de la Ley dentro del plazo establecido legalmente, las cinco emisoras demostraron que habían subsanado las irregularidades.

42. En 2012 no se registraron casos de concentración prohibida de medios; mientras que en 2013 hubo casos que implicaban a 1 emisora de televisión por satélite, 1 emisora de radio nacional y 1 local. El Consejo ordenó a las emisoras que ajustaran su actividad a las disposiciones de la Ley en un plazo de tres meses a partir de la fecha en que se había determinado la concentración prohibida de medios.

43. La independencia, la autonomía y la responsabilidad de las emisoras, los editores, los periodistas y demás participantes en la producción de programas y en la elaboración de políticas editoriales son otros principios en que se basan los programas de radio y televisión, como se establece en el artículo 68 de la Ley.

44. En 2012 el Consejo publicó un manual sobre la creación de las condiciones de mercado para el crecimiento económico sostenible de la industria de los medios de comunicación y sobre la competencia leal, así como directrices sobre la evaluación (interna) del pluralismo de los medios de comunicación.

45. El 12 de noviembre de 2012, la Asamblea aprobó la Ley sobre la responsabilidad civil por delitos y difamaciones y eliminó del Código Penal las sanciones para este tipo de actos, lo que supone un paso adelante en los esfuerzos por promover la libertad de expresión.

46. Los proyectos de ley sobre los medios de comunicación y los servicios de los medios radiofónicos y audiovisuales están en proceso de aprobación parlamentaria. Los textos de estas leyes se elaboraron siguiendo un procedimiento transparente que facilitó la presentación en línea de observaciones y propuestas (que se han hecho públicas) y se han organizado numerosos debates públicos con las emisoras, las operadoras, los editores, las asociaciones de periodistas, los periodistas independientes, los portales web y los generadores de noticias y las organizaciones no gubernamentales (ONG). Se incluyeron

(9)

además las observaciones de un experto de la Oficina de Asistencia Técnica e Intercambio de Información (TAIEX), así como las de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE) y las del Consejo de Europa.

47. El proyecto de ley sobre los medios de comunicación establece los principios fundamentales y las condiciones que tienen que cumplir para poder realizar sus actividades.

La Ley se ajustó a las normas del Consejo de Europa y la OSCE que velan por la libertad de expresión y la libertad de los medios de comunicación.

48. Según esta Ley, no es necesario contar con una licencia o un permiso para publicar material impreso o electrónico, conforme a lo dispuesto en el artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. La Ley establece la obligación de todos los medios de garantizar la protección de los menores y de adoptar un documento que establezca los derechos y obligaciones de los jefes de redacción y las relaciones entre editores y periodistas. Le garantiza el derecho de los periodistas a realizar su labor según su libre juicio y convicción, respetando al mismo tiempo la ética periodística, al igual que el derecho a no revelar sus fuentes. Los medios de comunicación también tienen la obligación de incluir las menciones legales, que garantizan la protección del público, por ejemplo, su derecho a saber quién es el autor de la información y del contenido, lo que ofrece además la posibilidad de realizar evaluaciones e intercambios, de ejercer el derecho de rectificación en los medios de comunicación o de proteger los derechos de autor, entre otras cosas. La Ley estipula la obligación de que todos los editores de medios de comunicación han de publicar información sobre la estructura de la propiedad, lo cual garantiza la protección del pluralismo de los medios y la posibilidad de aplicar efectivamente las disposiciones que prohíben la concentración de los medios.

49. El proyecto de ley de servicios radiofónicos y audiovisuales transpone la Directiva de servicios de comunicación audiovisual 13/2010/UE. La Ley regula los derechos, las obligaciones y las responsabilidades de las emisoras, los proveedores de servicios de comunicación audiovisual a la carta y los operadores de redes públicas de comunicación electrónica que transmiten o retransmiten los programas de las emisoras. La Ley garantiza la independencia, la transparencia y la rendición de cuentas del órgano regulador competente, el organismo encargado de los servicios de los medios radiofónicos y audiovisuales, con arreglo a las normas del Consejo de Europa.

50. El proyecto de ley contiene disposiciones relativas a la emisora pública de radio y televisión, Radiotelevisión de Macedonia, su labor y sus obligaciones como organismo público de difusión, conforme al modelo universal de la Unión Europea de Radiodifusión.

51. El proyecto de ley vela por la protección del pluralismo y la diversidad en los servicios de los medios radiofónicos y audiovisuales, prohíbe la concentración de medios y contiene disposiciones para la protección de los menores, entre otras cosas.

C. Libertad de religión y de creencias – recomendación 36

52. La Comisión de Comunidades y Grupos Religiosos aplica sistemáticamente la Ley de la condición jurídica de las iglesias, las comunidades religiosas y los grupos religiosos.

Esta Ley vela por la igualdad jurídica de todos ellos, ofreciéndoles igualdad de condiciones para la inscripción en el registro, la celebración de servicios religiosos, la educación religiosa, la fundación de instituciones educativas religiosas y la construcción de lugares de culto. Hasta el momento, se han inscrito en el registro 15 iglesias, 7 comunidades religiosas y 8 grupos religiosos.

53. En los últimos años se han celebrado varios acontecimientos internacionales importantes en Macedonia, como las ediciones segunda y tercera de la Conferencia Mundial sobre el Diálogo entre Religiones y Civilizaciones, y la quinta reunión de los

(10)

líderes de las comunidades religiosas islámicas en los Balcanes. Se inauguró el Centro de Conmemoración del Holocausto de los judíos en Macedonia y se adoptó una declaración internacional para honrar la memoria de las víctimas. Con motivo del Día de Europa, en 2011 se adoptó una declaración conjunta de los líderes de las comunidades religiosas islámica y judía de Macedonia.

D. Prevención de la tortura y de los tratos o penas inhumanos o degradantes – recomendaciones 9, 19, 21, 27, 28, 29, 30, 31, 32 (segunda parte), 33 y 34

54. Prosiguen las actividades de mejora del sistema penitenciario en cumplimiento de las recomendaciones del Comité contra la Tortura y del Comité Europeo para la Prevención de la Tortura y de las Penas o Tratos Inhumanos o Degradantes.

55. Hay un proyecto en curso para reconstruir las instituciones penitenciarias, ejecutado con cargo a los fondos previstos en el presupuesto nacional y a un préstamo del Banco de Desarrollo del Consejo de Europa. El proyecto contempla la reconstrucción o construcción de instalaciones en las prisiones de Idrizovo, Skopje y Kumanovo y en el centro educativo y correccional de Tetovo. La prisión de Kumanovo fue inaugurada oficialmente el 11 de septiembre de 2013.

56. El pabellón V, con capacidad para 95 internos, y las torres de vigilancia de la prisión de Idrizovo fueron reconstruidos en mayo de 2011. En abril de 2012 se reconstruyó la enfermería y, en junio, se reconstruyó íntegramente el pabellón II, con una capacidad de 150 plazas. Además de la prisión de Idrizovo, las de Stip y Skopje tienen secciones de ingreso independientes, donde los reclusos están físicamente separados del resto de la población penitenciaria.

57. La prisión de Skopje, que tiene el mayor número de presos preventivos, cuenta desde julio de 2009 con un nuevo pabellón para esos presos que aumentó su capacidad en 170 plazas, con lo que ahora puede albergar a 310 presos preventivos.

58. Con el fin de aliviar el problema del hacinamiento en las cárceles se aprobó una estrategia para establecer un servicio de vigilancia de la libertad condicional. En virtud del Instrumento de Ayuda de Preadhesión de 2010, se asignaron fondos para la elaboración de una ley de libertad condicional y para establecer ese servicio.

59. El proyecto del Instrumento de Ayuda de Preadhesión de 2009 titulado "Fomento de la capacidad de los organismos encargados de hacer cumplir la ley para el tratamiento adecuado de los detenidos y los condenados" empezó a ejecutarse en enero de 2013. Se elaborará una estrategia nacional para el desarrollo del sistema penitenciario.

60. En el contexto de la formación del personal penitenciario se impartieron varios cursos sobre la evaluación de los riesgos de los condenados, un taller sobre cómo tratar a los presos violentos y sobre la gestión del estrés, la formación de instructores en materia de justicia de menores y la capacitación del personal penitenciario encargado de la seguridad y la reinserción. En el contexto de la mejora del trato de los presos toxicómanos, se evaluó, con apoyo de la TAIEX, el programa aplicado a esos presos y se organizó un curso práctico para el personal de la prisión de Idrizovo.

61. Para mejorar la calidad de la supervisión de las prisiones por la Dirección Penitenciaria, además de las disposiciones al respecto que figuran en la Ley penitenciaria, se aplican las disposiciones de las directrices de supervisión penitenciaria. A los efectos de un control interno eficaz en las cárceles, desde el 1 de diciembre de 2012 se aplican las instrucciones relativas al sistema de control interno en las cárceles y en los centros correccionales.

(11)

62. También se adoptaron la Estrategia para 2010-2012 de reintegración y adaptación social de los presos condenados y la Estrategia para 2012-2014 de atención de salud en las prisiones.

63. El Ministerio del Interior organiza periódicamente actividades de formación para la policía en materia de derechos humanos. Se han organizado cursos sobre los siguientes temas: el respeto de los derechos humanos en el desempeño de las funciones policiales; el papel del mecanismo nacional de prevención en Macedonia; los derechos de las personas privadas de libertad; la protección de los derechos humanos en el desempeño de las funciones policiales; el respeto de los derechos de las personas privadas de libertad; la lucha contra el terrorismo y la protección de los derechos humanos; los derechos humanos y la investigación de los delitos de terrorismo; y capacitación básica inicial para agentes de policía.

64. Según lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley de asuntos internos, la Asamblea de la República de Macedonia y el Ombudsman se ocupan del control externo de la labor del Ministerio del Interior y, por lo tanto, de la labor de su Sección de Control Interno y Normas Profesionales; en esa labor de fiscalización también pueden participar, conforme a sus competencias, la Fiscalía General y los tribunales. La nueva Ley de procedimiento penal introduce un nuevo procedimiento penal en el cual las investigaciones se transfieren a la Fiscalía General, se establece la policía judicial y se crean centros de investigación en la Fiscalía General.

65. Para fortalecer la capacidad de la Sección de Control Interno y Normas Profesionales se modificó su reglamento y se ajustó a la Ley de tramitación de denuncias y propuestas; se cambió su metodología de trabajo, adoptando una nueva estructura de la organización y sistematizando los trabajos; se incluyó en el sitio web del Ministerio del Interior una sección para interponer denuncias electrónicamente; se instalaron buzones en las comisarías de policía para que los ciudadanos depositaran sus denuncias; y todos los martes se organizan días de puertas abiertas en que los ciudadanos pueden obtener información y formular comentarios y sugerencias. Se organizan además actividades de formación para el personal de la Sección con la asistencia de la OSCE, el Programa Internacional de Asistencia a la Formación en Investigaciones Criminales (ICITAP) y el centro de la Iniciativa de Cooperación en Europa Sudoriental. Se fomenta la cooperación con el Ombudsman y las ONG y se ofrecen cursos conjuntos con representantes de ambos.

66. La Sección de Control Interno visita sin previo aviso las comisarías de policía e inspecciona las instalaciones de detención y los expedientes de las personas privadas de libertad por cualquier motivo.

67. Los representantes de la Sección y del Ombudsman inspeccionan las instalaciones de detención en las comisarías de policía de competencia general, controles que también se han realizado en colaboración con la ONG Todos a favor de un juicio justo.

68. Se reconstruyeron completamente dos comisarías de policía con asistencia financiera del programa de Ayuda comunitaria para reconstrucción, desarrollo y estabilización (CARDS), y se renovaron las instalaciones de detención en ocho comisarías de policía con fondos del proyecto del Instrumento de Ayuda de Preadhesión de 2007. En 2012 se aprobó el reglamento de normas generales aplicables a las instalaciones de detención en las comisarías de policía de competencia general.

69. Según la Ley de policía y la Ley de justicia de menores, los agentes capacitados en materia de prevención de la delincuencia juvenil desempeñan funciones de policía con respecto a los menores. La Ley de policía regula el uso de medidas coercitivas y establece las condiciones en que puede esposarse a alguien, generalmente con las manos a la espalda.

El uso de esposas se considera una herramienta de coerción.

(12)

70. El Código de Ética Policial establece que, al intervenir, los agentes de policía deben atenerse a las necesidades específicas de ciertas categorías de personas, como los niños, los menores, las mujeres, las personas de edad y vulnerables y las personas con problemas de salud.

E. Igualdad de género – recomendaciones 16 y 17

71. La nueva Ley de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres fue aprobada en enero de 2012 y, con arreglo a ella, se adoptaron la Estrategia para 2013-2020 y el Plan de Acción Nacional para la igualdad de género para 2013-2016.

72. Se adoptó la Estrategia para 2012-2015 para la presupuestación con perspectiva de género, conforme a la cual los organismos de la administración pública han de incorporar el principio de la igualdad de oportunidades para hombres y mujeres en sus planes estratégicos y presupuestos.

73. En lo que respecta al marco institucional de la igualdad de género, se creó un mecanismo para la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres que actúa a nivel nacional y local. El Ministerio de Trabajo y Política Social, responsable de esta cuestión a nivel nacional, estableció una Sección de Igualdad de Oportunidades y nombró a un consejero de Estado encargado del tema, que actúa como representante legal al presentar pruebas de desigualdades de trato por motivos de género imputables a entidades tanto del sector público como del privado. En todos los ministerios se nombraron coordinadores y coordinadores adjuntos para la igualdad de oportunidades, responsables de la incorporación de la perspectiva de género, la aplicación de la estrategia y de otros documentos estratégicos sobre igualdad de género, así como de la presentación de informes anuales al Ministerio de Trabajo y Política Social sobre sus actividades.

74. La Comisión de Igualdad de Oportunidades para Hombres y Mujeres de la Asamblea también desempeña un papel importante en este contexto. Junto con el Club de mujeres parlamentarias, funciona como mecanismo de incorporación de la perspectiva de género en el órgano representativo y legislativo supremo.

75. En el ámbito local, los mecanismos encargados de las cuestiones de género son las comisiones y los coordinadores para la igualdad de oportunidades de hombres y mujeres.

76. El Ministerio del Interior realiza actividades para fomentar una mayor representación de las mujeres en la policía, que se sitúa entre el 13% y el 14%. Hasta junio de 2013, la situación era como sigue:

12,66% de mujeres empleadas;

46,61% de mujeres en el nivel estratégico de la Oficina de Seguridad Pública;

10,47% de mujeres en puestos directivos;

12,21% de mujeres en el nivel operativo.

77. Las condiciones de empleo y ascenso en el Ministerio son iguales para todos conforme a la Ley de asuntos internos y el reglamento sobre los métodos y procedimientos de ascenso para los funcionarios autorizados en el Ministerio.

78. Las mujeres representan el 30,8% del total de parlamentarios en la Asamblea; 2 de los 19 ministros del Gobierno son mujeres y hay 4 viceministras.

79. Según el análisis realizado por el Lobby macedonio de mujeres, tras las elecciones locales de 2013, de 1.347 candidatos elegidos, 405 (30%) eran mujeres, con lo cual el número de mujeres elegidas en los municipios autónomos aumentó en un 2,8%. En las

(13)

elecciones locales de 2013, de los 339 candidatos a las alcaldías, 26 eran mujeres y de los 81 alcaldes elegidos, 4 fueron mujeres (4,9%).

80. Las medidas y programas activos de empleo (pasantías, enseñanza de lenguas extranjeras, clases de informática, proyectos de autoempleo mediante créditos, trabajo por cuenta propia y formalización, apoyo financiero a personas jurídicas, formación avanzada en tecnologías de la información, creación de empresas, empleo subvencionado) incluyen también a las mujeres de las zonas rurales.

F. Derechos del niño – recomendaciones 4, 7, 8, 23 y 24

81. En 2010, con apoyo del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), el Ministerio de Justicia realizó un análisis comparativo de la legislación nacional y la Convención sobre los Derechos del Niño.

82. En septiembre de 2012 el Gobierno aprobó la versión revisada del Plan de Acción Nacional sobre los derechos de los niños para el período 2012-2015, preparado en colaboración con el UNICEF.

83. El Plan de acción revisado reconoce los avances logrados en la prestación de servicios de salud, por ejemplo, que son prácticamente gratuitos, así como en la educación gratuita para los niños. Tiene por objeto solucionar los problemas pendientes centrándose estratégicamente en la igualdad, la inclusión y la eficiencia, ámbitos en los que son necesarios más esfuerzos.

84. El órgano nacional de coordinación para la protección de los niños contra el maltrato y el abandono, creado en junio de 2012, está formado por representantes de las instituciones macedonias competentes, representantes de las asociaciones ciudadanas y representantes de las oficinas de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y del UNICEF en el país. El Plan de Acción Nacional para prevenir y combatir el maltrato y el abandono de niños para el período 2013-2015 fue adoptado en diciembre de 2012.

85. La nueva Ley de protección de la infancia aprobada en febrero de 2013 prohíbe todas las formas de explotación sexual y de abusos sexuales contra los niños (acoso, utilización de niños en la pornografía, prostitución infantil), el proxenetismo con violencia, la venta o trata de niños, los castigos u otros tratos degradantes, todas las formas de explotación y la explotación y el abuso de niños con fines comerciales, en que se conculquen sus derechos y libertades fundamentales. Las penas previstas por incumplimiento de las disposiciones de la ley son más severas e incluyen la imposición de multas.

86. Con el fin de seguir mejorando, la aplicación de la Ley de justicia de menores, en vigor desde el 30 de junio de 2009, se hacen exámenes trimestrales de su aplicación que se centran en las actividades de los centros de asistencia social que aplican medidas de justicia restitutiva y en las actividades de prevención que realiza el Ministerio del Interior. El proyecto de justicia para la infancia del Instrumento de Ayuda de Preadhesión fue ejecutado entre 2010 y 2012, e incluyó actividades de mejora del marco y las normas jurídicas para la aplicación de la Ley, de fortalecimiento de la capacidad institucional necesaria para la aplicación adecuada de la Ley y de elaboración de planes e instrumentos para prevenir la delincuencia juvenil.

87. El Consejo de Estado para la prevención de la delincuencia juvenil empezó a funcionar en 2009. De acuerdo con la Ley de justicia de menores, es un órgano autónomo e independiente formado por 15 miembros. El Consejo adoptó una Estrategia nacional para la prevención de la delincuencia juvenil.

88. La legislación prohíbe el castigo corporal de los niños. El artículo 9 de la Ley de protección de la infancia prohíbe el maltrato psicológico y físico, las penas o los tratos

(14)

inhumanos y otros abusos contra los niños. En el capítulo XV de la Ley figuran disposiciones sobre los delitos. El castigo corporal de niños equivale a violencia doméstica, según lo dispuesto en la Ley de la familia, y es un delito previsto en el Código Penal. Las leyes de educación primaria y secundaria prohíben el maltrato físico y psicológico de los estudiantes.

G. Violencia doméstica – recomendaciones 20 y 22

89. El Gobierno adoptó la Estrategia nacional de prevención y protección contra la violencia doméstica 2012-2015, cuyo ámbito de aplicación incluye la prevención, la protección, la asistencia y el apoyo a la víctimas; el enjuiciamiento de los autores; la cooperación interministerial y el fortalecimiento de la capacidad institucional; y la supervisión y evaluación. El Gobierno estableció además un órgano nacional de coordinación para la prevención y la protección contra la violencia doméstica, compuesto por representantes de los ministerios competentes, parlamentarios y representantes de la red nacional de lucha contra la violencia doméstica (formada por ONG que trabajan en ese ámbito).

90. La Ley de la familia define el mandato de los centros de asistencia social que se ocupan de las víctimas de la violencia doméstica y los procedimientos judiciales cuando los tribunales dictan medidas provisionales de protección. Una vez que los centros tienen la información pertinente, ofrecen los siguientes servicios: alojamiento de las víctimas durante un período de hasta tres meses, con posibilidad de prolongar la estancia otros tres; prestación de servicios adecuados de atención de la salud; intervenciones y tratamiento psicosociales;

remisión a servicios de asesoramiento; si en la familia hay niños en edad escolar, asistencia para que sigan acudiendo a la escuela con normalidad; transmisión de información a los órganos encargados de administrar justicia; prestación de asistencia jurídica y representación letrada; inicio de los procedimientos judiciales pertinentes; y, en caso necesario, solicitud ante los tribunales competentes de medidas provisionales de protección, entre otras cosas.

Los centros de trabajo social adoptan obligatoriamente medidas de protección en los casos en que las víctimas son menores o carecen de capacidad jurídica.

91. En cuanto a la protección judicial, los centros de asistencia social presentan al tribunal competente solicitudes para que se dicte una medida provisional de protección contra la violencia doméstica. Tienen la obligación de presentar esa solicitud cuando las víctimas son menores o carecen de capacidad jurídica, mientras que, si la víctima es mayor de edad y tiene capacidad jurídica, solo lo hacen con su consentimiento. Los tribunales pueden dictar otras medidas provisionales. También se prevén disposiciones penales contra las entidades, a las que la ley obliga a informar al centro competente de los casos de violencia doméstica.

92. La Ley de protección social introduce nuevas formas de protección no institucional, como el Centro de acogida para las víctimas de la violencia doméstica, que acoge y aloja diariamente y de forma provisional a las víctimas, ofrece servicios de asesoramiento, alimentos, alojamiento durante el día, cuidados, instalaciones para asearse y actividades culturales y de ocio. Se han creado servicios para atender a las víctimas de la violencia doméstica en los centros de asistencia social y una red de albergues regionales para ellas.

93. La Ley de asistencia jurídica gratuita fue aprobada en 2009 y entró en vigor en julio de 2010. Tienen derecho a recibir asistencia jurídica gratuita aquellas personas que, por su situación económica, no puedan ejercer sus derechos garantizados por la Constitución y las leyes sin poner en peligro su propia subsistencia o la de los familiares que vivan con ellas.

La asistencia jurídica gratuita se ofrece en todos los procedimientos judiciales y administrativos, en los casos en que el tribunal entienda de una cuestión de interés para la persona que la solicita, incluidas las víctimas de la violencia doméstica.

(15)

94. Las dependencias regionales del Ministerio de Justicia y las asociaciones ciudadanas autorizadas ofrecen asistencia jurídica preliminar. El Ministro de Justicia toma decisiones sobre las solicitudes de asistencia jurídica gratuita, que se financia con cargo al presupuesto del Ministerio. Los abogados ofrecen asistencia jurídica gratuita en los procedimientos judiciales y administrativos. En colaboración con el colegio de abogados, la cámara de notarios públicos, la cámara de mediadores y la cámara de agentes judiciales, el Ministerio de Justicia organiza, trimestralmente, jornadas de asesoramiento jurídico gratuito para todos los ciudadanos sobre cuestiones relativas a la mediación, la profesión jurídica, el trabajo de los notarios públicos y la aplicación de la ley.

H. Protección de los derechos de las personas con discapacidad

95. El Gobierno adoptó la Estrategia nacional (revisada) para el período 2010-2018 sobre la igualdad de derechos de las personas con discapacidad con el fin de establecer las medidas legislativas e institucionales necesarias para aplicar la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad. La estrategia prevé la prestación de apoyo a las organizaciones de personas con discapacidad y su participación en los procesos de adopción de decisiones que les afecten. El órgano nacional de coordinación para la igualdad de derechos de las personas con discapacidad, que incluye a representantes de las organizaciones nacionales de personas con discapacidad y de los ministerios e instituciones competentes, está encargado de ejecutar la estrategia. Aplica permanentemente todas las reglas pertinentes y propone mejoras cualitativas para las personas con discapacidad. Sus actividades, equipo y oficinas se financian con cargo al presupuesto nacional.

96. En noviembre de 2012 se creó el órgano nacional de coordinación para la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad, presidido por el Ministro de Trabajo y Política Social y compuesto por representantes de las instituciones competentes y del Consejo nacional de organizaciones de personas con discapacidad y por un representante del movimiento Polio Plus contra la discapacidad.

I. Derechos de las personas pertenecientes a comunidades no mayoritarias – recomendaciones 6, 8, 14, 24, 40 y 41

97. Las prioridades a largo plazo del Gobierno son fomentar las buenas relaciones interétnicas basadas en los principios de tolerancia y respeto mutuos, la igualdad de trato ante la ley y la aplicación del Acuerdo Marco de Ohrid. Se llevan a cabo actividades para promover de manera continua el desarrollo social pacífico y en armonía mediante el diálogo y el respeto del principio de representación equitativa de los ciudadanos pertenecientes a todas las comunidades de Macedonia en los órganos de la administración del Estado y otras instituciones públicas. La plena protección de la identidad étnica, cultural, lingüística y religiosa de todas las comunidades de Macedonia está garantizada. Los miembros de las comunidades tienen derecho a expresar, promover y desarrollar libremente su identidad y las características específicas de sus comunidades, y a utilizar sus símbolos.

98. La Secretaría para la Aplicación del Acuerdo Marco empezó a funcionar en enero de 2008 y sus prioridades y objetivos son la supervisión y promoción de la representación equitativa; el desarrollo y el fomento de la capacidad de análisis y coordinación de políticas; la información periódica a los ciudadanos sobre el proceso de aplicación del Acuerdo; la coordinación, promoción y supervisión del diseño de un sistema educativo integrado, el proceso de descentralización, los avances en la aplicación de la Ley sobre el uso de los idiomas y los avances en la aplicación de las medidas de no discriminación; y el

(16)

desarrollo y el fortalecimiento de la cooperación con las asociaciones ciudadanas y las fundaciones.

99. En 2011 se aprobó la ley que enmendaba la Ley sobre el uso de los idiomas hablados por al menos el 20% de los ciudadanos de la República de Macedonia y en los municipios autónomos, lo que aumenta de hecho el uso de los idiomas de las comunidades.

Esta Ley se aplica en los trabajos de la Asamblea, especialmente en los comités y en los municipios autónomos. Está preparándose un plan de acción para definir el uso y la evaluación del uso de los idiomas de las comunidades por parte de todas las instituciones que tienen la obligación jurídica de aplicar esta Ley.

100. Con arreglo a lo dispuesto en la Ley de gobierno autónomo local, en los 20 municipios en que al menos el 20% de los habitantes pertenece a una comunidad determinada se crearon comités municipales encargados de las relaciones entre comunidades; otros 14 municipios han creado también esos comités, aunque no tienen la obligación jurídica de hacerlo.

101. En 2010 se adoptó la Estrategia para una educación integrada.

102. La agencia de derechos de las comunidades se creó en virtud de la Ley de promoción y protección de los derechos de las personas pertenecientes a comunidades que representan menos del 20% de la población, aprobada el 17 de julio de 2008. La agencia empezó a funcionar el 25 de noviembre de 2009 y su objetivo fundamental es facilitar una mayor integración de esas personas en todos los ámbitos de la vida social, preservando al mismo tiempo su idiosincrasia. Supervisa la aplicación de las leyes que regulan los derechos de las personas pertenecientes a comunidades que representan menos del 20% de la población. La agencia armoniza su trabajo con la Secretaría para la Aplicación del Acuerdo Marco, el Departamento para el desarrollo y la promoción de la educación en los idiomas de los miembros de las comunidades y el Departamento para el avance y la promoción de la cultura de los miembros de las comunidades de Macedonia.

103. En mayo de 2013, en colaboración con el Departamento para el desarrollo y la promoción de la educación de las personas pertenecientes a comunidades, la agencia llevó a cabo una campaña de promoción en las escuelas de primaria para sensibilizar a los padres y los alumnos sobre la enseñanza en la lengua materna. En 2012, con el apoyo financiero de la misión de la OSCE en Skopje, se preparó un manual titulado "El ejercicio de los derechos de las comunidades – prácticas, mecanismos y protección". En 2013 está previsto visitar 15 municipios, donde se organizarán debates y reuniones con la población para difundir el manual.

104. En 2012 y 2013, en colaboración con asociaciones ciudadanas y fundaciones de todas las comunidades e instituciones pertinentes a nivel central y local, se organizaron foros participativos trimestrales para intercambiar información y experiencias y examinar las necesidades de los miembros de las comunidades, su plena participación y sus propuestas para futuras actividades. El objetivo de los foros es mejorar la cooperación entre los órganos de la administración del Estado y las comunidades, facilitar el examen conjunto de los temas de interés para las comunidades, preparar recomendaciones, proyectos de ley y otros documentos y facilitar la presentación de opiniones sobre las políticas gubernamentales propuestas que pueden afectar directa o indirectamente al ejercicio de los derechos de las comunidades.

Derechos de los romaníes

105. Las políticas y actividades dirigidas a incluir a los romaníes en Macedonia se definieron en la Estrategia nacional para los romaníes de la República de Macedonia y el Decenio de la Inclusión Romaní 2005-2015, es decir, en los planes de acción nacionales pertinentes relacionados con la aplicación de la estrategia y la celebración del Decenio en

(17)

las esferas de la educación, la vivienda, la atención de la salud y el empleo. Los municipios en que hay una mayoría de población romaní han elaborado planes de acción locales que ejecutan en función del presupuesto disponible.

106. El proyecto para la inclusión de los niños romaníes en la educación preescolar, ejecutado en colaboración con el Fondo de Educación Romaní, los municipios y las instituciones públicas preescolares, también continuó en 2013. Durante el curso académico 2012/13, 459 niños romaníes de entre 3,8 y 5,7 años de edad fueron incluidos en la educación preescolar en 18 municipios.

107. El Plan operativo para 2012 de medidas y programas activos de empleo incluyó a los romaníes como grupo destinatario de los programas de crecimiento integrador (programas de subsidios, pasantías, trabajo comunitario, programa piloto de subsidios para los usuarios de tierras agrícolas públicas, programas combinados de apoyo al empleo). Los romaníes podían presentar solicitudes para participar en otros programas y medidas de empleo.

En 2012 presentaron solicitudes 470 romaníes. En el marco del programa de organización de obras públicas fueron contratados 176 romaníes. El Plan operativo para 2013 de medidas y programas activos de empleo también incluye a los romaníes como grupo destinatario.

Los romaníes figuran entre los beneficiarios de los programas y medidas previstos en el plan operativo mediante la cooperación con el Organismo de Empleo y los centros de información para romaníes. En el primer semestre de 2013, 161 romaníes presentaron solicitudes para participar en el programa de medidas activas de empleo.

108. En el contexto de la mejora del acceso de los romaníes al sistema de atención de la salud, en 2012 empezaron a trabajar 16 mediadores de salud romaníes en 8 municipios.

109. De enero a diciembre de 2012, 3.918 romaníes se pusieron en contacto con los 11 centros de información, mientras que de enero a mayo de 2013 fueron 1.504 los romaníes que solicitaron a esos centros servicios, apoyo e información sobre distintos problemas relativos a los derechos de protección social o atención de la salud, problemas de vivienda, educación, empleo, expedición de documentos de identidad y discriminación. A finales de febrero de 2013 se completó el proyecto de fortalecimiento de los centros de información para romaníes en cuanto a la promoción del derecho de los romaníes a una vivienda adecuada. El proyecto fue ejecutado en colaboración con la oficina de la OSCE en Skopje. Se redactaron manuales para los centros con instrucciones acerca de cómo informar a los ciudadanos sobre sus derechos y obligaciones en cuanto al empleo y la vivienda.

110. Las oficinas móviles de asistencia jurídica siguieron funcionando en 2013 y prestando asistencia a los miembros de la comunidad romaní. En ellas trabajan tres asesores jurídicos contratados por la OSCE y cuatro voluntarios con el apoyo del Ministerio de Trabajo y Política Social.

111. Las actividades encaminadas a mejorar la situación de las mujeres romaníes incluyeron dos cursos organizados en el marco del programa de aplicación de la estrategia para los romaníes, financiado por la Comisión Europea, dirigidos a las organizaciones de mujeres romaníes sobre los mecanismos para la protección del ejercicio del derecho a la igualdad de trato y a la protección contra la discriminación. En cada uno de los cursos participaron 20 personas. En el marco del proyecto se elaboraron directrices dirigidas al sector de las ONG sobre el ejercicio del derecho a la igualdad de trato y la no discriminación. Se editó una guía sobre el acceso de los romaníes, en especial las mujeres, a los servicios de las instituciones públicas. En 2010 el Gobierno aprobó el segundo Plan de Acción Nacional para el adelanto de la condición social de la mujer romaní en Macedonia, que abarca el período comprendido entre 2011 y 2013. Las cuatro esferas prioritarias del Plan de Acción son el empleo3, la atención de la salud4, la educación5 y los derechos humanos6.

參考文獻

相關文件

Os outros investimentos continuaram a registar uma saída líquida de fundos, cujo montante diminuiu acentuadamente de 156,4 mil milhões de patacas em 2018 para 1,3

8 Reglamento que Regula las Actividades de las Empresas Arrendadoras de Vehículos Automotrices y Acuáticos (Rent a Car) , published in La Gaceta No.. Reglamento de Guías

A entrada líquida de investimento directo desceu de 40,1 mil milhões de patacas em 2007 para 28,0 mil milhões de patacas em 2008, devido à fraca procura de investimentos

Analisando por países ou territórios de destino, Hong Kong e a China Continental foram os principais mercados da exportação de Macau em 2018, com 62,1% para Hong Kong e 16,5% para

Documento en el cual se regula el proceso de saneamiento contable de que trata el articulo 355 de la Ley 1819 de 2016, las entidades territoriales adelantaran las

Los salvadoreños y salvadoreñas evalúan la situación del país a finales de 2008 y opinan sobre las elecciones legislativas y municipales de 2009 2..

También aplicamos la traducción inmediata, que nos permite resolver problemas al diseñar documentos que contienen palabras en otros idiomas; el control de cambios, inseparable

(3) Os outros produtos de beleza ou de maquiagem preparados e as preparações para a convervação ou cuidados da pele, tais como: os pós-de-arroz e as bases para o rosto, os talcos