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Informe nacional presentado con arreglo al párrafo 15 a) del anexo de la resolución 5/1 del Consejo de Derechos Humanos Hungría Asamblea General A

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Consejo de Derechos Humanos

Grupo de Trabajo sobre el Examen Periódico Universal 11º período de sesiones

Ginebra, 2 a 13 de mayo de 2011

Informe nacional presentado con arreglo al párrafo 15 a) del anexo de la resolución 5/1 del Consejo de Derechos Humanos

Hungría*

* El presente documento se reproduce tal como se recibió. Su contenido no entraña la expresión de opinión alguna por parte de la Secretaría de las Naciones Unidas.

Naciones Unidas A/HRC/WG.6/11/HUN/1

Asamblea General Distr. general 16 de febrero de 2011 Español

Original: inglés

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Índice

Párrafos Página

I. Metodología y proceso de consulta... 1–2 3 II. Marco normativo e institucional ... 3–14 3 A. La Constitución ... 3–9 3

B. El Comisionado Parlamentario de Derechos Civiles ... 10–12 4 C. El Organismo para la Igualdad de Trato... 13–14 5 III. Logros y desafíos en la protección y promoción de los derechos humanos... 15–97 6

A. Igualdad y no discriminación ... 15–57 6 1. Educación... 15–16 6 2. Empleo ... 17–21 6 3. Igualdad de género ... 22–28 7

4. Derechos del niño... 29–31 8 5. Legislación sobre los delitos de "incitación al odio"... 32–37 9

6. Comunidad romaní... 38–54 10 7. Situación de las personas con discapacidad o bajo tutela... 55–57 13

B. Derecho a la libertad y la seguridad de las personas

Administración de la justicia y el estado de derecho... 58–76 14 1. Administración de la justicia... 58 14 2. Condiciones de detención y prevención de la tortura... 59–70 14

3. Trata de personas ... 71–72 16 4. Migración y asilo ... 73–75 16 5. Apatridia ... 76 17

C. Libertad de expresión y asociación

Derecho a participar en la vida pública y política... 77–87 17 1. Libertad de expresión... 77–80 17 2. Libertad de asociación y reunión pacífica... 81–83 19 3. Participación de las minorías nacionales y étnicas en la vida política

de Hungría... 84–87 19 D. Derecho a la seguridad social y a un nivel de vida adecuado ... 88–97 20

1. Derecho a la atención de la salud ... 88–90 20

2. Derecho a la vivienda... 91–96 21 3. Derechos de pensión ... 97 22

IV. Principales prioridades, iniciativas y compromisos nacionales ... 98–104 22 A. Estrategia de la Unión Europea para la inclusión de los romaníes ... 98 22

B. Foro de Derechos Humanos de Budapest... 99 23 C. Centro internacional para la prevención del genocidio... 100–101 23

D. Promesas y compromisos voluntarios ante el Consejo de Derechos

Humanos... 102–104 23

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I. Metodología y proceso de consulta

1. Como preparación para el Examen Periódico Universal de la República de Hungría, en 2009 el Ministerio de Relaciones Exteriores celebró una serie de conferencias de derechos humanos con la participación de funcionarios públicos, organizaciones no gubernamentales (ONG) y expertos independientes. El propósito de estas conferencias fue llevar a cabo un examen general de la situación respecto de los derechos humanos en Hungría: evaluación, determinación de los logros y de las deficiencias. Hasta fines de 2010 se habían celebrado ocho conferencias dedicadas a esferas concretas de derechos humanos.

2. El Ministerio de Administración Pública y Justicia, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Recursos Nacionales, el Ministerio de Economía Nacional, la Oficina del Comisionado Parlamentario de Derechos Civiles y el Organismo para la Igualdad de Trato prepararon el presente informe, que se basó en el proceso de consulta que se describe supra y se valió de las conclusiones y recomendaciones formuladas en esas conferencias, con las aportaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, que se encargó de la recopilación.

II. Marco normativo e institucional

A. La Constitución

3. La Constitución actual de Hungría y su nuevo contenido, que se redactó tras el restablecimiento del estado de derecho en 1989, inicialmente debía ser de transición y permanecer en vigor hasta que se promulgara la nueva Constitución de la democracia consolidada. La redacción de una nueva Constitución ha sido un objetivo apoyado permanentemente a nivel nacional desde la transición a la democracia en 1989, lo cual, sin embargo, habría requerido una mayoría de dos tercios de los votos de los parlamentarios y hasta hace muy poco el contexto político no ha sido propicio para la aprobación de una nueva Constitución. El Parlamento de Hungría, elegido en abril de 2010, en que los partidos gobernantes tienen una mayoría de dos tercios, se ha fijado el objetivo de establecer una nueva Constitución que concluiría oficialmente la transición democrática y sentaría las bases para los próximos decenios.

4. En junio de 2010 se estableció un comité parlamentario especial con el mandato de presentar un proyecto de resolución sobre los principios fundamentales de una nueva Constitución en una sesión plenaria del Parlamento antes del 31 de diciembre de 2010. El comité especial de 45 parlamentarios, cuya composición refleja la del Parlamento, invitó a los órganos estatales competentes, a las ONG, a los grupos de estudio científicos y a la sociedad civil a que presentaran sus propuestas y opiniones. El sitio web del comité especial está abierto a todos los particulares y organizaciones civiles para que remitan públicamente sus recomendaciones sobre el proceso de redacción o el contenido de la nueva ley fundamental con el objeto de garantizar la transparencia plena, la apertura y la participación amplia en el proceso.

5. Se establecieron seis grupos de trabajo para garantizar la elaboración sistemática de las distintas posiciones sobre todos los aspectos de la Constitución. Los conceptos parciales preparados por estos grupos de trabajo se han consolidado en un texto único preparado con la asistencia de expertos externos. El proyecto de concepto general y sus elementos fueron objeto de un debate exhaustivo. Se celebró un intercambio de opiniones pormenorizado en los medios impresos y electrónicos, complementado por conferencias organizadas por el Parlamento, la Academia de Ciencias de Hungría, universidades, fundaciones y

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organizaciones civiles. El Parlamento tiene previsto dedicar aproximadamente un período de sesiones de un mes exclusivamente al debate de la nueva ley fundamental, lo que facilitará la preparación cuidadosa de la nueva Constitución.

6. El concepto propone una Constitución más breve comparada con la que está en vigor actualmente, de carácter solemne y naturaleza auténticamente fundamental. En el preámbulo y el capítulo titulado "Disposiciones generales" se expondrán los valores constitucionales fundamentales. En esta parte de la Constitución se confirmará el compromiso de Hungría de cooperar con todos los pueblos del mundo.

7. La protección de los derechos humanos fundamentales es un aspecto sustantivo de la nueva Constitución, que también se refleja en su estructura, que incluirá el capítulo de derechos y obligaciones fundamentales inmediatamente después de las Disposiciones generales. La nueva Constitución seguirá conteniendo todos los derechos humanos fundamentales que se protegen en la Constitución en vigor. La Constitución actual declara que Hungría respeta los derechos humanos de todos los habitantes del país sin discriminación alguna por motivos de raza, color, género, idioma, religión, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, situación financiera, nacimiento ni por cualquier otro motivo, y la ley establece un estricto castigo por la discriminación. Toda restricción a estos derechos solo será posible si se ajusta a los tratados internacionales, así como a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional. El concepto no prevé ningún cambio importante en la estructura constitucional del Estado. Se mantiene el gobierno parlamentario y se garantiza la separación de poderes.

8. Una omisión de larga data de la Constitución actual se corregiría mediante la inclusión de normas fundamentales sobre las finanzas públicas y los principios de la legislación presupuestaria en la ley fundamental. En cuanto al poder judicial, el concepto dispone el establecimiento de tribunales administrativos que garanticen una supervisión más eficaz de la administración. El estatuto y las atribuciones del Tribunal Constitucional se establecerían mediante una ley "calificada", como hasta ahora.

9. El Tribunal Constitucional de Hungría supervisa la constitucionalidad de los actos jurídicos. En comparación con otros tribunales constitucionales, este tiene una competencia y un alcance muy amplios. En los primeros años después de la transición a la democracia de 1989-1990 la jurisprudencia elaborada por el Tribunal Constitucional tuvo un efecto especialmente dinámico en la redacción de la legislación parlamentaria.

B. El Comisionado Parlamentario de Derechos Civiles

10. El Comisionado Parlamentario de Derechos Civiles (Ombudsman) se encarga de investigar o iniciar la investigación de casos que entrañan la violación de los derechos constitucionales que se señalan a su atención y de adoptar medidas generales o específicas para corregirla. El Comisionado está facultado para investigar las denuncias de los ciudadanos y para emprender investigaciones de oficio relativas a unos 60 derechos constitucionales fundamentales, con excepción de la protección de los derechos de las minorías nacionales y étnicas y los derechos a la información, pues estas dos últimas categorías de derechos se asignan específicamente a ombudsman especializados. En lo que respecta al volumen de expedientes, en 2010 el Comisionado entendió de casi 8.000 casos que abarcaron una amplia gama de derechos humanos y distintos aspectos de estos.

11. El Ombudsman puede iniciar actuaciones generales o específicas para corregir los procedimientos inapropiados de las autoridades y los proveedores de servicios públicos. Así pues, suele solicitar que el jefe de la organización de que se trate adopte medidas. Otro instrumento que con frecuencia tiene a su disposición es la formulación de recomendaciones. Puede proponer la enmienda de una disposición en particular, el retiro de

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esta o la inclusión de una nueva norma. También puede interponer una denuncia ante el fiscal o incoar un procedimiento disciplinario o por infracción. Si la causa guarda relación con un acto delictivo, el Ombudsman tiene la obligación de interponer un procedimiento penal. Además, el Comisionado puede iniciar actuaciones ante el Tribunal Constitucional.

La publicidad y los debates son indudablemente los instrumentos más eficaces del Comisionado Parlamentario. En caso de una irregularidad grave o un acto que afecte a un gran número de ciudadanos, el Comisionado puede recurrir de inmediato al Parlamento. El Ombudsman presenta informes anuales al Parlamento pero también ejecuta proyectos especiales, como los relativos a niños sin hogar, los derechos de los niños o el transporte público, mediante la adopción de un enfoque proactivo respecto de la protección de los derechos humanos.

12. Además de las actividades del Comisionado Parlamentario de Derechos Civiles, contribuyen a la protección y promoción de los derechos humanos en Hungría un Comisionado Parlamentario para la Protección de Datos y la Libertad de Información, un Comisionado Parlamentario para los Derechos de las Minorías Nacionales y Étnicas y un Comisionado Parlamentario de las Generaciones Futuras.

C. El Organismo para la Igualdad de Trato

13. El Organismo para la Igualdad de Trato es un órgano administrativo independiente establecido en 2005 para proteger, promover y asegurar el cumplimiento de la igualdad de trato mediante el seguimiento de la observancia de la Ley Nº CXXV de 2003 de igualdad de trato y promoción de la igualdad de oportunidades (en adelante "Ley de igualdad de trato"). El Organismo funciona bajo la dirección del Ministro de Administración Pública y Justicia; no obstante, ni el Gobierno ni el Ministerio pueden indicar al Organismo cuándo debe cumplir sus obligaciones en virtud de la Ley de igualdad de trato. Las decisiones del Organismo para la Igualdad de Trato son de carácter vinculante y aplicable, y ni el Gobierno ni las autoridades públicas pueden modificarlas o hacer caso omiso de ellas. El Tribunal Municipal tiene competencia exclusiva sobre las apelaciones contra las decisiones del Organismo. Estas disposiciones garantizan su independencia de iure y de facto. La Ley de igualdad de trato establece un órgano de asesoramiento que presta asistencia al Organismo en relación con cuestiones de importancia estratégica. La junta directiva del Organismo está integrada por expertos en la lucha contra la discriminación. El Organismo para la Igualdad de Trato tiene un mandato amplio, examina los actos de las autoridades públicas en sus relaciones jurídicas, así como los actos de los agentes privados en sus relaciones específicas (empleo, bienes y servicios, etc.), para determinar si se ajustan al principio de la igualdad de trato.

14. El Organismo para la Igualdad de Trato puede interponer actuaciones en relación con denuncias de particulares o actio popularis presentadas por ONG y otros interesados, o de oficio. El Organismo se ocupa de la desigualdad de trato (discriminación directa e indirecta, segregación, acoso, victimización) en relación con el género, el origen racial, el color, la nacionalidad, el origen nacional o étnico, la lengua materna, la discapacidad, el estado de salud, la convicción religiosa o ideológica, la opinión política o de otra índole, la situación familiar, la maternidad o paternidad, la orientación sexual, la identidad sexual, la edad, el origen social, la condición financiera, el contrato de empleo a jornada parcial, temporal u otro tipo de empleo, la afiliación a una organización que representa los intereses de los empleados y cualquier otra condición, atributo o característica. Si se viola el derecho a la igualdad de trato, el Organismo puede disponer que se ponga fin a esa situación o prohibir que persista la conducta de que se trata, publicar su decisión o imponer una multa.

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III. Logros y desafíos en la protección y promoción de los derechos humanos

A. Igualdad y no discriminación

1. Educación

15. En la Ley Nº LXXIX de 1993 de educación pública se dispone la igualdad de trato y la prohibición de la discriminación en la educación pública. Toda medida o medidas de discriminación que atenten contra el interés del niño adoptadas por instituciones, escuelas o sus administradores se consideran nulas y sin valor. Cualquier persona puede presentar un recurso de nulidad, sin plazos para ello. La parte que adopte la medida de que se trate debe justificar su legalidad. La prohibición de la segregación es una disposición fundamental de la Ley de educación pública. El plan de estudios común nacional contiene normas pormenorizadas sobre la promoción de la igualdad de oportunidades en la educación. El Plan de Acción sobre la igualdad de oportunidades en la educación pública reviste carácter obligatorio para las escuelas y los municipios y también es una condición para recibir apoyo tanto de la Unión Europea como de fuentes nacionales. En la Ley de educación pública de 2003 se incluyó la definición de desventaja1. En dicha ley también se especifican los grupos destinatarios de programas de igualdad de oportunidades en la educación. Con arreglo a la Ley de igualdad de trato, el Organismo de Educación tiene derecho a realizar auditorías sobre la observancia de las normas de igualdad de trato y puede adoptar las medidas siguientes: pedir al director de la escuela que corrija la situación, emprender gestiones, imponer una multa o iniciar procedimientos judiciales.

16. Pese a las leyes apropiadas y a las medidas complejas y concertadas, persiste la falta de igualdad de acceso a la educación de calidad o para determinados grupos de alumnos (por ejemplo los que tienen múltiples desventajas, o los romaníes) y para determinados tipos de escuela. Debido a la nueva política de educación, desde 2008 la segregación oculta se está reduciendo gradualmente. Los problemas que afectan a una proporción importante de la minoría romaní no obedecen principalmente a su origen étnico, sino a sus condiciones sociales y de salud conexas.

2. Empleo

17. El principio de la igualdad de remuneración por trabajo de igual valor sin discriminación alguna se establece en la Constitución. El Código del Trabajo dispone la reglamentación pormenorizada de este principio y establece recursos en caso de que se lo viole.

18. Con arreglo a la Ley de igualdad de trato, los empleadores no pueden establecer distinciones, por ejemplo en relación con el acceso al trabajo, especialmente en los anuncios públicos de vacantes, en la contratación ni en relación con las condiciones de empleo; no pueden establecer disposiciones especiales sobre la relación contractual u otras relaciones relativas al empleo, o al procedimiento para establecer dicha relación; en el inicio y la terminación de la relación laboral u otras relaciones relativas al empleo; en la capacitación anterior al empleo o durante este; ni en la determinación y el establecimiento de las condiciones de trabajo2.

19. En 2007, el Parlamento aprobó una resolución sobre el plan estratégico relacionado con el Decenio para la inclusión de los romaníes. Entre las tareas establecidas en el plan estratégico figura el mejoramiento del empleo. Con arreglo a un decreto de 1996 se subvencionan la formación profesional, la preparación para la educación superior y la finalización de los estudios básicos, si la participación en estas actividades es organizada o

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financiada por gobiernos autónomos de minorías romaníes u organizaciones de la sociedad civil romaníes.

20. Con miras a promover los derechos de las personas con discapacidad, la Ley Nº XXVI de 1998 sobre la igualdad de derechos y oportunidades de las personas con discapacidad establece, entre otras cosas, el derecho al empleo integrado, o, en caso de que esto no sea posible, el empleo protegido.

21. Según el concepto del nuevo Código Civil, la reglamentación de la capacidad jurídica y la tutela se enmendarán en el futuro. De esta forma se abordará el problema actual de la falta de empleo de las personas bajo tutela.

3. Igualdad de género

22. La Constitución dispone la prohibición general de la discriminación por motivos de sexo. A este respecto también se hace referencia a la Ley de igualdad de trato y se definen diversos tipos de discriminación. En 2010 el Gobierno aprobó la resolución 1004, que contiene una Estrategia nacional para la promoción de la igualdad de género – Directrices y objetivos para 2010-2021. La Estrategia establece las prioridades que requieren la adopción de medidas gubernamentales firmes para lograr la verdadera igualdad entre mujeres y hombres.

Violencia contra la mujer

23. Hungría ha establecido un sistema institucional complejo financiado con cargo a fuentes gubernamentales para las víctimas de la violencia doméstica. Incluye la Red Regional de Gestión de Crisis, un Servicio Nacional de Gestión de Crisis e Información Telefónica gratuito, y albergues cuya dirección es confidencial. Otras formas importantes de sensibilizar al público son la presencia en los medios, la organización de campañas públicas nacionales, conferencias y mesas redondas periódicas. Como resultado de la cooperación entre el Gobierno, los gobiernos locales y las ONG, funcionan albergues en que las víctimas pueden permanecer hasta cinco años y recibir asistencia profesional.

La violencia doméstica como delito sui generis del Código Penal

24. El Código Penal de Hungría no incluye una disposición legislativa separada sui generis sobre la "violencia en la familia". No obstante, esto no implica que no se castigue.

El Código Penal y la Ley sobre delitos administrativos abarcan todos los actos que recaen en la categoría de "violencia en la familia". Incluye el homicidio, el aborto, la agresión física, la coacción, la violación de la libertad personal, el acoso, la violación y la agresión sexual. La Ley sobre delitos administrativos impone sanciones, entre otras cosas, por violación de domicilio, calumnia o delitos administrativos contra la propiedad. Las víctimas también pueden ser terceros o familiares3.

Órdenes de alejamiento

25. La Ley sobre actuaciones penales dispone las condiciones de las órdenes de alejamiento en calidad de medidas coercitivas. Inicialmente, el período máximo de esta medida coercitiva fue 30 días, pero se amplió a 60 días en 2009.

Enmiendas a las normas relativas a la violación

26. Con arreglo al Código Penal, comete violación una persona que obliga a otra por medio de la violencia o la coacción inminente contra su vida o integridad física a mantener relaciones sexuales, o que aprovecha la incapacidad de la persona para defenderse o para expresar su voluntad de mantener dichas relaciones. De conformidad con el régimen jurídico de Hungría, para que se trate de una violación deberá determinarse que hubo

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violencia o amenazas calificadas (coacción inminente contra la vida o la integridad física de la persona)4.

Parto en el hogar

27. En virtud del derecho fundamental a la libre determinación, las mujeres embarazadas tienen derecho a decidir el lugar del parto (en el hogar, en un hospital o en una maternidad), siempre que esta decisión no ponga en peligro la vida o la salud del bebé. En Hungría hay buena infraestructura y asistencia personal y obstétrica que ofrecen distintas formas de parto. Unas 100 a 150 personas por año prefieren dar a luz en el hogar. Dado que hay una laguna jurídica en la reglamentación sobre el parto en el hogar, actualmente el Secretario de Estado para la Salud del Ministerio de Recursos Naturales está preparando los requisitos médicos y técnicos mínimos que reglamentan el parto en el hogar. El borrador de reglamento establece de manera pormenorizada las condiciones personales para el parto fuera de los centros de salud, las normas sobre responsabilidad, las razones jurídicas para la exclusión, las medidas que han de adoptarse en situaciones de urgencia con el objeto de proteger a la madre, al feto o al bebé y a la partera.

Esterilización forzada

28. Los derechos del paciente en relación con los servicios de atención de la salud están protegidos por ley. La libertad personal y el derecho a la libre determinación como un derecho fundamental solo pueden limitarse por razones de salud justificadas y en las condiciones estipuladas en la Ley de salud. La esterilización por razones de salud por indicación médica solo se llevará a cabo si la mujer ha dado con anterioridad al procedimiento su consentimiento informado debidamente registrado. Recientemente se ha enmendado la legislación sobre la esterilización para tener en cuenta las recomendaciones del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer. De conformidad con ello, se establece una diferencia entre las personas que tienen capacidad jurídica, las personas que tienen capacidad jurídica limitada y las personas que carecen de dicha capacidad; el plazo de espera para mujeres menores de 26 años se extendió a 6 meses en lugar de 3, y la solicitud de esterilización debe presentarse en un documento público o notarial, o en un documento particular de valor probatorio. Las condiciones para la esterilización se han vuelto más estrictas ya que solo se puede llevar a cabo por razones de salud, si otra forma de anticoncepción no resulta posible o aplicable por razones de salud y el embarazo pone en peligro la vida, la integridad física o la salud de la mujer, o existe la posibilidad de que el futuro hijo sufra una discapacidad.

4. Derechos del niño

29. Hungría cuenta con un sistema eficiente de bienestar del niño que ayuda a las familias en la crianza de los hijos. La Ley Nº XXXI de 1997, relativa a la protección de la infancia y la tutela pública establece la base jurídica para salvaguardar los derechos del niño. La disposición sobre el cuidado básico contribuye a la promoción del desarrollo y el bienestar físico, intelectual, emocional y moral del niño, la crianza en el seno de la familia, la prevención del peligro, la eliminación de los peligros existentes y la prevención de la separación del niño de su familia. Cabe destacar que no puede separarse a un niño de su familia, particularmente por razones financieras, a menos que sea imposible que se lo críe en familia. Los servicios de bienestar del niño están supervisados por la oficina de tutela.

Cabe mencionar que desde mayo de 2011 los niños no acompañados que solicitan asilo estarán amparados por el sistema de protección de la infancia, y no por el régimen de inmigración actualmente vigente.

30. La adopción reciente del sistema impositivo familiar ha constituido un cambio sustantivo en el régimen impositivo de Hungría. Además, hay un complejo sistema de

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asistencia financiera. Los niños menesterosos reciben importantes prestaciones, entre otras cosas comidas y libros de texto gratuitos. Dado que la primera infancia es fundamental para la integración sociocultural, el Estado presta apoyo preescolar a fin de integrar a los niños más necesitados que no están matriculados en ninguna institución con miras a mejorar su desempeño escolar posterior. Aunque los niños pueden asistir a jardines de infantes en forma gratuita, los más necesitados no se matriculan debido a la falta de medios. La prestación preescolar consiste en una transferencia de efectivo condicionada a la asistencia regular de los niños a establecimientos preescolares5.

31. En los orfanatos hay una proporción excesiva de niños romaníes. En muchos casos la forma de vida de los padres pone a los niños en peligro. Dado que las familias romaníes son muy numerosas (a veces de 8 a 10 hijos), la colocación de estos en familias de acogida puede resultar difícil. Otro obstáculo es el factor de la edad, pues los niños de 13 a 15 años de edad se niegan a vivir con otra familia cuando los ha abandonado la propia.

5. Legislación sobre los delitos de "incitación al odio"

32. El Código Penal reglamenta varios delitos independientes en relación con los delitos de incitación al odio. El odio expresado mediante actos de violencia se tipifica como

"violencia contra un miembro de la comunidad". De conformidad con ello, toda persona que agreda a otra persona por su pertenencia, o presunta pertenencia, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso, o a determinado grupo de la población, o que la obliga a tolerar determinados actos mediante coacción a apremios, podrá ser castigada con una pena de prisión de hasta cinco años. El castigo podrá ser más severo si el delito se comete con armas de fuego u otras armas, causa daños importantes, supone el sufrimiento de la parte damnificada, se comete dentro de un grupo, o en asociación ilícita. El acto preparatorio también es sancionable.

33. Si el objetivo de perpetrar el acto es lesionar a la otra persona a causa de su nacionalidad, el delito se comete con "una motivación o un propósito viles", que constituye una circunstancia agravante en relación con muchos delitos, como agresión violenta que provoca la muerte, violación de la libertad personal, calumnia o detención ilícita. La incitación al odio contra un grupo nacional, étnico, racial, religioso o de otra índole también constituye un delito cuando la persona que la perpetra causa un grave daño a la imagen del país y puede sancionarse con una pena de prisión de hasta tres años.

34. Según la interpretación del Tribunal Constitucional, "el odio es uno de los sentimientos extremos más negativos de las emociones intensas. La "incitación" no es la expresión de una opinión desfavorable u ofensiva, sino un estallido virulento que puede suscitar emociones tan intensas en la mayoría de las personas que, al engendrar el odio, pueden causar perturbaciones del orden social y la paz. Así pues, la crítica, la desaprobación, las objeciones o hasta las declaraciones ofensivas no constituyen incitación [….]". Hubo varias iniciativas para ampliar el alcance de los delitos de incitación al odio, pero el Tribunal Constitucional las anuló. Según la interpretación del Tribunal Constitucional, la libertad de expresión solo podía restringirse por motivos muy limitados.

35. En 2010 el Parlamento tipificó un nuevo delito en el Código Penal, el de "negación del holocausto". Asimismo, toda persona que niegue públicamente el delito de genocidio u otros crímenes de lesa humanidad cometidos por los regímenes nacional socialista y comunista, o que exprese dudas o implique que son insignificantes es culpable de un delito que puede castigarse con una pena de cárcel de hasta tres años.

36. En 2010 también se tipificó un nuevo delito administrativo, el que se comete mediante el ejercicio de una actividad declarada ilegal en una decisión judicial sobre la disolución de una organización civil o la participación en la actividad de una organización civil después de su disolución, o el uso del uniforme o la vestimenta distintiva de una

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organización civil disuelta por orden judicial en un acto público, o que se asemejen al uniforme o la vestimenta de una organización civil disuelta judicialmente.

37. Recientemente se aumentó la severidad del castigo del delito penal "abuso del derecho de asociación". Este delito consiste en la participación en una organización civil que ha sido disuelta por orden judicial, o en su dirección, o la colaboración con dicha organización civil mediante el suministro de medios para su funcionamiento o la recaudación de fondos para su financiación.

6. Comunidad romaní

38. Para ayudar a la comunidad romaní a superar sus múltiples desventajas, se requieren intervenciones integradas que abarquen todas las esferas de la economía, el empleo, la educación, la cultura, la atención de la salud, las condiciones de vida y los servicios sociales simultáneamente, así como programas regionales complejos y medidas contra la discriminación, principalmente en las microrregiones con múltiples desventajas con mayor densidad de población romaní.

Empleo

39. El nivel de empleo de la población romaní está muy por debajo del promedio nacional y se estima en menos de la mitad que el de la población no romaní; la tasa de desempleo es de tres a cinco veces más alta y el número de familiares a cargo per cápita es tres veces mayor. Según la encuesta nacional sobre los romaníes realizada en 2003, la tasa de empleo de la población romaní en edad de trabajar es de menos de la mitad de la tasa correspondiente de la población total. La tasa media de desempleo de los romaníes es del 40%, pero en algunas regiones especialmente subdesarrolladas desfavorecidas, llega al 90%. La grave situación laboral de los romaníes puede atribuirse a distintos factores que se refuerzan mutuamente y que producen efectos simultáneos. La proporción de romaníes que han finalizado solo la escuela primaria es mucho mayor que la media del resto de la población; aquellos que poseen un certificado de obrero calificado quedan rezagados debido a la desaparición de ciertas ramas de la industria, lo que determina que les resulte difícil encontrar empleo. Un número considerable de romaníes vive en las regiones oriental, nororiental y sudoriental del país, zonas desfavorecidas en lo que se refiere al empleo, en asentamientos con transporte público deficiente, con escasas oportunidades de trabajo, en condiciones de vida indignas e insalubres.

40. Hungría tiene un conjunto de leyes que promueven la igualdad de trato y de oportunidades también en la esfera del empleo. Con arreglo a la enmienda del Código del Trabajo de 2001 se dispuso la creación de un entorno laboral sin discriminación. Aunque el marco y los procedimientos jurídicos garanticen la igualdad de trato, el bajo nivel de educación, la falta de conocimientos especializados, la residencia en regiones económicamente desfavorecidas, las condiciones de vivienda deficientes y las circunstancias sociales determinan que una gran proporción de la población romaní tenga dificultades para ingresar en el mercado de trabajo, aunque esto no se limita a la población romaní.

41. Para incrementar la actividad en el mercado de trabajo de la población desfavorecida, incluidos los romaníes, se emprendieron muchos programas con financiación nacional o del Fondo Estructural. En la mayoría de estos programas, el grupo de destinatarios se definió en función de las desventajas socioeconómicas y no de razones étnicas. Los programas de empleo administrados por servicios públicos u ONG ofrecieron una amplia variedad de servicios en el mercado de trabajo para imprimirle mayor impulso, entre otras cosas capacitación, orientación, subvenciones al empleo y asesoramiento profesional. No obstante, es importante observar que el éxito de las personas que participan en programas de empleo se determina en gran medida por las tendencias económicas

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locales y las demandas del mercado de trabajo. La coyuntura económica desfavorable debido a la crisis ha limitado la eficacia de estos programas durante los últimos años.

42. Las actividades que se llevaron a cabo en el marco de la prioridad 1 del Programa Operacional de Renovación Social tienen por objeto mejorar las posibilidades de obtener empleo de los desempleados y las personas económicamente inactivas en edad de trabajar, y facilitar su reingreso en el mercado laboral. Al concebir y ejecutar los programas y servicios, se tienen en cuenta la situación, las necesidades y las posibilidades concretas de los distintos grupos de destinatarios. Se procura especialmente luchar contra la exclusión de la población romaní del mercado de trabajo. Para ello, las medidas se centran en la población romaní y en las características que determinan sus desventajas, entre ellas su situación en el mercado de trabajo (desempleo, inactividad económica), nivel de competencias y lugar de residencia6.

Fondos nacionales para el empleo de los romaníes

Asignación descentralizada del Fondo del Mercado de Trabajo (MPA) – activos productivos – Centros de empleo regional

2007-2009 Pagado a los beneficiarios

(en euros) Indicadores de desempeño

Apoyo a la labor de interés público 96 945 255 En total 146.705 personas, de las cuales la proporción estimada de romaníes es por lo menos el 50%

Capacitación 96 193 431 Número de participantes En total 118.715 personas (no se dispone de datos sobre la proporción actual de romaníes) Apoyo al aumento del empleo 90 624 088 Número de participantes

En total 104.853 personas (no se dispone de datos sobre la proporción actual de romaníes) Programas de obras públicas 170 489 051 Número de participantes

En total 71.371 personas, de las cuales la proporción estimada de romaníes es 45% a 50%

Educación

43. Se hace referencia a la introducción de un método integrado de educación como una reforma sustantiva a partir de 2003, que se describe en el capítulo general de educación supra.

44. En virtud de una intervención amplia financiada con cargo al presupuesto estatal, a partir de 2007 se promueve la igualdad de oportunidades en la educación. Contiene los tres componentes siguientes: en primer lugar, se centra en cursos de integración y desarrollo de aptitudes en la enseñanza primaria y secundaria; en segundo lugar, se apoyan los programas de desarrollo preescolar; y en tercer lugar, suministra remuneración complementaria a los maestros. El número de niños beneficiados, así como la participación de las instituciones, aumenta año tras año. En 2010 el programa favoreció a casi 300.000 alumnos y a unos 13.000 maestros de 1.800 escuelas e instituciones.

45. Los instrumentos financieros nacionales también prestan apoyo a los programas de becas. La más importante es la Beca Útravaló (Mochila) cuyo principal objeto es promover la igualdad de oportunidades de estudiantes muy desfavorecidos y aumentar sus

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posibilidades de finalizar los estudios secundarios y superiores, adquirir una profesión u obtener un título universitario, y suministrar gestión de talentos en asignaturas científicas impartida por mentores. La financiación de la educación y la capacitación de los niños es especialmente difícil y onerosa en el caso de los romaníes y las familias de romaníes que viven en la pobreza y en condiciones sociales deficientes. Se invita a los estudiantes desfavorecidos y a sus mentores a participar en el Programa de Becas mediante subvenciones. El Programa de Becas incluye tres subprogramas de igualdad de oportunidades y uno de gestión de talentos.

46. Otros programas de becas suministran asistencia esencial a los estudiantes romaníes.

En 1995 el Gobierno estableció la Fundación Pública para los Romaníes, con el principal cometido de gestionar un sistema de becas concebido específicamente para promover el progreso escolar satisfactorio de los escolares romaníes. Además, el Fondo Cultural Romaní y el Fondo de Intervención Romaní alientan la participación. El segundo de estos tiene por objeto prestar apoyo total o parcial a las administraciones autónomas romaníes y a las organizaciones romaníes que participan en actividades culturales y artísticas. Todos los años se invita a la presentación de solicitudes de apoyo, para paliar en parte la crisis social y de vivienda que afecta a las comunidades romaníes.

47. En el ámbito de la educación superior, el Programa de Orientación en Educación Superior brinda a los estudiantes afectados por desventajas o múltiples desventajas en su primer año de educación superior, apoyo personal, no financiero, de carácter voluntario, suministrado por estudiantes de segundo año de la misma institución sobre aspectos administrativos y académicos de los estudios superiores y de la vida universitaria, cuestiones relativas a becas y de índole general, y brinda orientación sobre la forma de adaptarse a la vida universitaria. El programa tiene por objeto facilitar un buen desempeño académico y prevenir el abandono.

48. Los municipios también cumplen una función activa en la integración de los romaníes. La Beca Bursa Hungarica es una prestación social que se otorga sobre la base de la comprobación de los medios de vida (independientemente del mérito académico) por medio de un llamamiento dirigido a los estudiantes que cursan la enseñanza superior con el objeto de facilitar la participación de los estudiantes socialmente desfavorecidos en la enseñanza superior. La beca se financia con cargo a dos fuentes, una beca del gobierno local y otra de carácter institucional. La beca que otorgan los gobiernos locales pertinentes se cofinancia mediante el aporte de una suma idéntica del Ministerio de Educación, teniendo debidamente en cuenta el límite fijado para ese año.

49. Se hace referencia al apoyo preescolar, según se especifica en el capítulo sobre los derechos del niño que figura supra. Además, el Biztos Kezdet Program (Programa Comienzo Seguro) destinado a la franja más joven, comprendida entre los 0 y los 5 años, tiene por objeto asegurar la intervención temprana para suministrar servicios sociales, de salud y bienestar a los niños desfavorecidos en la etapa más temprana posible. Se ejecuta en las regiones más desfavorecidas y en las unidades residenciales aisladas de los asentamientos. También combate la segregación y mejora la matriculación escolar de los niños pobres.

50. En lo que se refiere a los programas recientes cofinanciados por la Unión Europea, muchas medidas están destinadas a la educación de los niños romaníes o a los estudiantes con desventajas múltiples. La prioridad 3 del Programa Operacional de Renovación Social (SROP) 2007-2013 incluye algunas medidas importantes en el ámbito de la educación pública7.

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Programas complejos

51. Los programas se centran en el desarrollo de las regiones, los asentamientos o partes de asentamientos desfavorecidos, en que la proporción de población romaní es elevada.

Desde 2005 se están ejecutando programas destinados a cerrar los asentamientos segregados. Un programa complejo que abarca las 33 microrregiones más desfavorecidas es uno de los programas de desarrollo que se emprendieron en 2009, que recibirá la asistencia de otros programas gubernamentales. Dentro de este marco, el Programa Operacional Regional, el Programa Operacional de Infraestructura Social, el Programa Operacional Social de Renovación y el Programa Operacional de Competitividad Económica suministran fondos distribuidos en respuesta a las propuestas presentadas por candidatos de las 33 microrregiones afectadas, que deben elaborar un documento de planificación y programación compartido a nivel de la microrregión que reúna los proyectos municipales, de ONG y de empresas ejecutados en diferentes ámbitos con los fondos solicitados.

52. En los territorios, el principal destinatario es la población más necesitada y se ejecutan programas integrados que prestan particular atención al empleo, la educación, la atención de la salud, la condición social y la vivienda. El Gobierno de Hungría emprenderá programas integrados con el objetivo general de aumentar la tasa de empleo en las microrregiones y regiones más desfavorecidas para que llegue al promedio nacional. El programa permitiría encontrar respuestas locales a los problemas locales, prestando atención especial a la sostenibilidad.

53. La inclusión social de la población romaní inactiva que vive en la pobreza extrema en subregiones, así como de los grupos desfavorecidos, se aborda mediante el desarrollo de sus calificaciones y competencias, el aumento del empleo, la mejora de las condiciones de vida que impiden la inclusión social y la mejora del acceso a los servicios. La obtención de resultados concretos indudablemente lleva tiempo, pero el objetivo del Gobierno es alcanzar el promedio nacional de empleo también en estas regiones.

Atención de la salud

54. La promoción de incentivos y medidas concretas destinadas a la integración socioeconómica de los romaníes abarca la intervención en el ámbito de la atención de la salud. Para promover los exámenes médicos complejos de la población que vive en asentamientos pequeños, en 2008 el Ministerio de Salud procuró aumentar la participación de la población mejorando el acceso a ese servicio. Se subvencionan los gastos operacionales adicionales del transporte de unidades móviles para realizar exámenes, así como el despliegue de otras unidades móviles para exámenes especiales. También se presta apoyo para el transporte de los habitantes de asentamientos pequeños a fin de que puedan realizarse exámenes oncológicos.

7. Situación de las personas con discapacidad o bajo tutela

55. Cabe señalar que Hungría fue el primer Estado del mundo que ratificó la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad y su Protocolo en 2007 y el Gobierno está empeñado en lograr su aplicación.

56. Los adultos con problemas de capacidad para actuar reciben asistencia de la institución de tutela para ejercer sus derechos y administrar sus asuntos pecuniarios. Los tribunales designan un tutor para que adopte decisiones en nombre de la persona bajo tutela.

La tutela puede limitar o excluir la capacidad para actuar. Se dispone la tutela para las personas mayores de 18 años cuyas facultades discrecionales están reducidas considerablemente en general o durante un período prolongado, o periódicamente debido a un problema físico, de discapacidad mental o adicción. Se requiere el consentimiento del tutor o su aprobación posterior para dar validez a la declaración jurada de una persona con

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capacidad limitada para actuar. La persona bajo tutela puede formular declaraciones juradas en todos los casos a menos que el tribunal haya restringido su capacidad para actuar en general. Se dispone la tutela que excluye la capacidad para actuar de una persona mayor de 18 años si esta carece de facultades discrecionales desde hace mucho tiempo. Toda declaración jurada de dicha persona es nula y sin valor, y el tutor debe actuar en su nombre.

Si la persona bajo tutela está en condiciones de expresar su opinión, en lo posible sus peticiones deberían tenerse en cuenta antes de adoptar decisiones. Se tiene previsto revisar la legislación sobre tutela que excluye la capacidad para actuar, como parte del proceso de elaboración de un nuevo Código Civil que tendrá lugar próximamente.

57. En Hungría hay varias instituciones de internación que tienen gran disponibilidad para atender a personas con discapacidad. El Estado está empeñado en sustituir estas instituciones de internación por hogares y otras viviendas comunitarias. Los proveedores de servicios públicos nacionales y locales tienen la obligación jurídica de garantizar el carácter accesible de sus servicios. En 2008 se puso en marcha un importante proyecto destinado a desarrollar competencias profesionales para el logro de la igualdad de acceso. Se elaboró un conjunto de material de capacitación para los trabajadores de la salud, a fin de que estén en condiciones de atender a pacientes con necesidades especiales.

B. Derecho a la libertad y la seguridad de las personas Administración de la justicia y el estado de derecho

1. Administración de la justicia

58. La lucha contra la discriminación ha formado parte del plan de estudios de la Academia del Poder Judicial de Hungría desde hace muchos años. Los jueces penales y civiles, los pasantes y los jueces subalternos han recibido esta capacitación en el marco de los cursos regulares.

2. Condiciones de detención y prevención de la tortura

Derechos fundamentales de los detenidos

59. De conformidad con el Decreto-ley8 sobre la aplicación de sanciones penales, deberá respetarse la dignidad humana de las personas condenadas, estas no podrán ser objeto de tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, ni podrá practicárseles experimentos médicos o exámenes científicos sin su consentimiento.

60. Los detenidos pueden profesar su religión, tienen derecho al trabajo, a la escolaridad y al autodesarrollo, así como a recibir formación y a practicar deportes. Se velará por que los detenidos pasen por lo menos una hora por día al aire libre. Tendrán derecho a recibir la alimentación y la atención de la salud adecuadas.

61. La detención de menores deberá llevarse a cabo teniendo en cuenta su edad. En el caso de las mujeres debería velarse por una mayor protección de las mujeres embarazadas y de las que acaban de dar a luz. No podrá asignárseles trabajo nocturno y se les dará la oportunidad de ducharse con frecuencia.

62. Todo el proceso de detención está bajo el control y la supervisión jurídica del fiscal general y el juez. A este respecto, cabe señalar que las personas pueden interponer un recurso contra el castigo9 que reciben y la denuncia se evaluará como último recurso en los tribunales. Además, el juez emitirá un fallo respecto de los cambios en materia de seguridad y autorizará normas correccionales menos estrictas, o la libertad condicional.

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Condiciones en los centros de detención

63. Actualmente, los centros de detención, cuya capacidad total es de 12.335 plazas, están ocupados por 16.527 reclusos, lo que supone una tasa de ocupación media del 134%.

El hacinamiento se caracteriza por una gran disparidad geográfica. El número de personas que se alojan en una celda (o habitación) se determinará de manera que los hombres dispongan de 3 m2 de espacio libre por persona, y los menores y las mujeres de 3,5 m2 por persona.

64. Para encontrar una solución a este problema, el año pasado el Servicio Nacional de Prisiones preparó una propuesta de ampliación de los lugares de detención que la ocupación no superara el 100% y para la modernización completa de las celdas cuyo estado era deficiente. Otro medio destinado a reducir el nivel de saturación en las prisiones es la revisión del régimen de sanciones penales a fin de aumentar significativamente el uso de sanciones alternativas y otras sanciones no privativas de la libertad. La revisión en curso de los dispositivos electrónicos remotos de vigilancia y las normas de aplicación del arresto domiciliario también tienen por objeto reducir el número de detenidos en prisión preventiva.

65. El Comité Europeo para la Prevención de la Tortura y los Tratos o Penas Inhumanos o Degradantes10 y las ONG que brindan asistencia jurídica (como el Comité de Derechos Humanos de Helsinki y el Centro de protección de las personas con discapacidad mental) critican desde hace mucho la situación en que se aloja a las personas con trastornos mentales en el Instituto de Observación Psiquiátrica y Asuntos Judiciales (IMEI). El Gobierno está resuelto a encontrar una solución mediante la modernización del Instituto que, de conformidad con los requisitos del Comité Europeo para la Prevención de la Tortura y los Tratos o Penas Inhumanos o Degradantes, facilite una actitud que propicie la curación, y no el castigo.

66. Cabe señalar que en el examen de las condiciones de las prisiones húngaras, además de los informes del Comité Europeo para la Prevención de la Tortura y los Tratos o Penas Inhumanos o Degradantes y de los informes preparados por el Comisionado Parlamentario y por ONG húngaras, se criticaron principalmente las condiciones de detención, y no la labor profesional desempeñada por el personal de los centros de detención.

Detención en las instalaciones policiales

67. El último informe del Comité Europeo para la Prevención de la Tortura y los Tratos o Penas Inhumanos o Degradantes sobre la situación de las personas detenidas por la policía reveló que las prácticas de la policía eran apropiadas tanto en lo que se refiere a la detención como a los interrogatorios. En 2008, de las 166 denuncias de tortura o tratos inhumanos solo 5, y en 2009 de las 121 solo 7 correspondieron a personal penitenciario.

68. No obstante, durante las visitas realizadas por el Comité algunas personas denunciaron la aplicación de excesiva fuerza durante el proceso de detención y el uso de esposas muy ajustadas durante el transporte. También se recibieron denuncias de la utilización de términos y expresiones soeces, en algunos casos racistas, durante la detención y los interrogatorios. El Comité también señaló que el período máximo de detención por la policía debía ser de 72 horas, aunque no para la prisión preventiva ni para la imposición de sanciones privativas de la libertad a delitos leves, que excedían ese período. La práctica del arresto presenta problemas semejantes, especialmente debido a la falta de coordinación en la aplicación de normas.

69. El Ministerio del Interior asigna importancia a estas observaciones. El personal de la policía ha recibido capacitación pormenorizada sobre la forma de abordar los prejuicios racistas y aprender a comunicarse eficazmente con las víctimas y los sospechosos que pertenecen a minorías. No obstante, estas iniciativas no han sido suficientes y, en

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consecuencia, se ha establecido un nuevo protocolo para la aplicación de la ley a fin de abordar los delitos racistas o motivados por el racismo, y en el marco de este proyecto también se examinarán y mejorarán, en caso de ser necesario, los cursos de capacitación de la policía sobre el racismo y el prejuicio. Para este proyecto, el Ministerio del Interior también se vale de la experiencia profesional de la Escuela de Policía. Durante el primer semestre de 2011 se preparará la enmienda de las instrucciones oficiales para la policía.

Control sobre la policía

70. Al 1º de septiembre de 2007, además del control de la fiscalía, los procedimientos disciplinarios y la investigación de la responsabilidad criminal, el Órgano Independiente de Denuncias contra la Policía también ejerce el control civil de las actividades de la policía.

El Órgano está integrado por cinco miembros designados por el Parlamento para un período de seis años, de entre los abogados con experiencia destacada en el ámbito de los derechos humanos fundamentales. Este Órgano tiene competencia para la investigación de denuncias recibidas en relación con las acciones y omisiones de la policía. El Comisionado Nacional de Policía deberá presentar un informe mensual al Órgano sobre las denuncias presentadas a la policía. Si el Órgano determina que se ha producido una infracción grave de los derechos fundamentales, enviará su opinión al Comisionado Nacional de Policía, que deberá emitir una resolución en un plazo de 30 días, que luego podrá ser revisada por un tribunal. Mediante la transferencia de la investigación de las denuncias contra las acciones policiales a la competencia de un órgano independiente, el Gobierno garantiza una protección más eficiente de los derechos fundamentales.

3. Trata de personas

71. Con posterioridad a la adhesión de Hungría a la Unión Europea y la adaptación de la legislación de Hungría a las normas de la Unión Europea, el número de casos de tráfico ilícito registrado por las autoridades disminuyó a la mitad y después de la incorporación de Hungría a la zona Schengen se produjo una reducción aun mayor11.

72. La trata de personas es un delito grave que podrá castigarse con una condena de hasta tres años. El castigo es de uno a cinco años si el acto delictivo se ha cometido, entre otras cosas, con el propósito de fornicar o mantener relaciones sexuales.

4. Migración y asilo

73. En comparación con los demás Estados miembros de la Unión Europea, el número de extranjeros en Hungría es relativamente bajo: al 31 de diciembre de 2010 había unas 210.000 personas (aproximadamente el 2% de la población del país) que tenían permiso de residencia válido por más de 3 meses. Los consulados de Hungría en el exterior emiten visados, en tanto que la Oficina de Inmigración y Nacionalidad emite los permisos de residencia, incluidos los de largo plazo. En los primeros 11 meses de 2010 la Oficina emitió 11.792 nuevos permisos de residencia.

74. La Ley Nº II de 2007 sobre el ingreso y la permanencia de nacionales de terceros países estipula que no podrá retenerse a los solicitantes de asilo en centros de detención de inmigrantes ni detenerlos con anterioridad a la expulsión por la simple razón de que solicitan protección internacional. La ley, que se enmendó recientemente, prohíbe la detención de menores no acompañados y permite la detención de niños acompañados que son nacionales de terceros países y sus familiares únicamente como último recurso (cuando el objetivo de la detención no puede alcanzarse por otras medidas menos coercitivas) y solo por un período máximo de 30 días. Cuando las autoridades decidan imponer la detención a una familia, deberán tener en cuenta el interés superior del niño. Los decretos de aplicación se han modificado para mejorar las condiciones de detención de los inmigrantes. Las nuevas normas que entraron en vigor el 24 de diciembre de 2010 establecen que los

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miembros de la familia (incluidos los cónyuges) deben alojarse juntos y en forma independiente de los demás detenidos en un apartamento separado para garantizar las condiciones básicas de la vida en familia. Según las nuevas normas, debe garantizarse la educación de los menores detenidos si la duración de la detención lo justifica. El decreto ministerial enmendado establece que se proporcionará atención médica especializada a los detenidos que han sido objeto de tortura, violación u otros actos violentos en el país de origen a fin de brindar tratamiento adecuado para los traumas causados por esos actos12. 75. El principio de no devolución está bien establecido en la legislación de Hungría.

Desde hace varios años se ha llevado a cabo la vigilancia civil de las operaciones de la guardia fronteriza en el marco de un acuerdo tripartito entre la policía húngara (que es la única autoridad encargada del control fronterizo en Hungría), la Representación Regional de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) y el Comité de Derechos Humanos de Helsinki de Hungría sobre el control fronterizo. En 2009 se impartieron varios cursos de capacitación a guardias fronterizos, sobre derechos humanos, las normas internacionales sobre el regreso (incluido el principio de no devolución) y con el objeto de sensibilizarlos acerca de los solicitantes de asilo, con el apoyo financiero del ACNUR, el Fondo Europeo para los Refugiados o el Fondo para el Regreso y el Ministerio de Justicia y Aplicación de la Ley de Hungría.

5. Apatridia

76. Para incorporar mejor la legislación relativa a la migración y la nacionalidad de Hungría en el marco jurídico internacional, ahora el país es parte en todas las convenciones internacionales pertinentes13 sobre la protección de los apátridas y la reducción y prevención de la apatridia. Además, a partir del 1º de julio de 2007, Hungría instituyó un procedimiento totalmente nuevo para la determinación de la apatridia; en virtud de la Ley Nº II de 2007 sobre el ingreso y la permanencia de nacionales de terceros países, Hungría es uno de los pocos países de la Unión Europea que tiene un procedimiento tan completo establecido por ley, con garantías equiparables al procedimiento para la determinación del estatuto de refugiado, y también responde a las necesidades concretas de este grupo (por ejemplo pruebas, la carga de la prueba y asistencia administrativa). El procedimiento para la determinación de la apatridia de Hungría ha sido encomiado por el ACNUR y otros Estados también han manifestado interés en estudiar el modelo y la experiencia del país. Desde su adopción el procedimiento ha funcionado sin tropiezos; hasta ahora no se ha informado de su utilización indebida y la tasa de reconocimiento es muy elevada (del 70% al 80%), aunque el número de solicitantes es relativamente bajo (menos de 50 por año)14.

C. Libertad de expresión y asociación

Derecho a participar en la vida pública y política

1. Libertad de expresión

La nueva ley sobre los medios de difusión

77. La nueva Ley sobre los medios de difusión (Ley Nº CLXXXV de 2010 sobre los servicios para los medios de difusión y los medios de difusión para las masas), junto con la llamada Constitución de los Medios (Ley Nº CIV de 2010 sobre la libertad de prensa y las normas fundamentales sobre el contenido de los medios de difusión), entró en vigor el 1º de enero de 2011. Los miembros del Consejo sobre Medios de los Servicios Nacionales de Difusión y el Organismo de Información y Comunicaciones (el principal organismo de registro y concesión de licencias a los medios, reglamentación y supervisión, un órgano independiente que responde únicamente al Parlamento) fueron elegidos por una mayoría de

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