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GE.18-13862 (S) 310818 210918

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Consejo de Derechos Humanos

Grupo de Trabajo sobre el Examen Periódico Universal 31er período de sesiones

5 a 16 de noviembre de 2018

Informe nacional presentado con arreglo al párrafo 5 del anexo de la resolución 16/21 del Consejo de Derechos Humanos

*

Malta

* El presente documento se reproduce tal como se recibió. Su contenido no entraña la expresión de opinión alguna por parte de la Secretaría de las Naciones Unidas.

Naciones Unidas A

/HRC/WG.6/31/MLT/1

Asamblea General

Distr. general 23 de agosto de 2018 Español

Original: inglés

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I. Introducción

1. La promoción y la protección de los derechos humanos forman parte integrante de la política, la legislación y los principios que rigen la vida de Malta. El país sigue defendiendo los valores fundamentales consagrados en la Declaración Universal de Derechos Humanos y en los Pactos consiguientes. Se trata de unos valores profundamente arraigados en la sociedad maltesa, plasmados en la Constitución y protegidos por los distintos órganos que tienen encomendada la salvaguardia y la promoción de los derechos humanos. Malta no escatima esfuerzo alguno para fomentar la aplicación de los instrumentos de derechos humanos y ampliar su alcance, con miras a garantizar el respeto y la defensa universales de esos derechos.

2. Malta es parte en numerosas convenciones de derechos humanos1 que refuerzan su actitud de proteger y defender esos derechos. El Gobierno de Malta ha impulsado también, a lo largo de los años, varias iniciativas legislativas destinadas a potenciar la aplicación de ciertos derechos humanos, mediante la adopción de nuevas disposiciones que abordan algunos aspectos de esos derechos, como la protección de los menores de edad, los derechos de las personas con discapacidad y los relacionados con la igualdad. Se ha encomendado a una serie de comisiones, comisionados y organismos nacionales especializados el mandato específico de amparar a los grupos vulnerables y garantizar el ejercicio de sus derechos. Cabe citar, entre ellos, la Comisión Nacional para la Promoción de la Igualdad; la Comisión Nacional para las Personas con Discapacidad; el Defensor del Pueblo; el Comisionado para la Infancia; el Comisionado para los Refugiados; la Dirección Nacional de Empleo y el Comisionado para las Organizaciones Voluntarias.

3. En el tiempo transcurrido desde su último examen periódico universal (EPU), Malta no ha cejado en su labor de mejorar la situación de los derechos humanos en el país y su historial en este ámbito mediante una serie de iniciativas. En el presente informe se describe la situación de los derechos humanos en Malta y los avances logrados desde el último examen. El último EPU de Malta tuvo lugar en 2013, al principio de la legislatura de un nuevo gobierno, cuyo mandato renovó el electorado en 2017. En el período transcurrido desde 2013, Malta ha hecho avances sustanciales en diversos ámbitos de los derechos humanos, con objeto de fortalecer estos derechos y las libertades, sobre todo los derechos civiles y políticos, que son una de las mayores prioridades en el plano nacional. En el presente informe se describen las actuaciones más señaladas que se han efectuado desde el último examen, sin perder de vista las recomendaciones formuladas en ese período de sesiones y la atención que se les ha dispensado.

4. El Gobierno de la República de Malta se muestra satisfecho con el análisis y el sincero diálogo que ha suscitado este examen y tiene su confianza puesta en el enfoque constructivo en el que se basa el proceso del EPU, por ser la clave para seguir defendiendo y salvaguardando la aplicación de los derechos humanos.

II. Metodología y proceso de consulta

5. El Ministerio de Relaciones Exteriores y Fomento del Comercio ha coordinado y redactado el presente informe, en consulta con varios ministerios y comisiones oficiales que eran competentes en el EPU. Esos ministerios y comisiones han participado intensamente en todas las etapas de la redacción del presente informe, desde sus inicios hasta su presentación oficial, pasando por las numerosas sesiones de redacción, y también han mantenido reuniones privadas, según los casos, con el equipo del Ministerio. En el anexo I figura la lista completa de los ministerios y las comisiones oficiales participantes.

6. El Ministerio de Relaciones Exteriores y Fomento del Comercio ha desempeñado todas las funciones y las responsabilidades de un comité nacional de coordinación. Y, así, en colaboración estrecha con los ministerios y las comisiones oficiales competentes, ha supervisado y coordinado la aplicación de las recomendaciones sobre instrumentos internacionales de derechos humanos que se le formularon a Malta en el segundo ciclo del EPU, en 2013, desempeñando las funciones y las responsabilidades de un mecanismo nacional de examen, aplicación y seguimiento de esas recomendaciones.

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III. Aplicación de las recomendaciones de los ciclos anteriores

Instrumentos internacionales (recomendación 1)

7. Malta ratificó el Protocolo 12 del Convenio Europeo de Derechos Humanos en diciembre de 2015. Habida cuenta de que en dicho protocolo se suprime la limitación que pesaba sobre la aplicación del artículo 14 del Convenio, en virtud de la cual la prohibición de discriminar se restringía exclusivamente al ejercicio de los derechos reconocidos en el propio Convenio, se amplía el alcance de dicho artículo del Convenio para convertir el derecho a la no discriminación en un derecho en sí. Así pues, se garantiza el ejercicio de todo derecho reconocido por ley, sin discriminación por motivos de sexo, raza, color, lengua, religión, convicciones políticas o de otra índole, origen nacional o extracción social, afiliación a una minoría nacional, patrimonio, nacimiento o cualquier otro motivo. Se garantiza a los ciudadanos protección contra la discriminación que les pueda infligir cualquier autoridad pública por los motivos enumerados. El citado protocolo entró en vigor en abril de 2016.

8. En agosto de 2014, Malta se convirtió en uno de los primeros 14 países que habían ratificado el Convenio del Consejo de Europa sobre Prevención y Lucha contra la Violencia contra las Mujeres y la Violencia Doméstica, conocido como “Convenio de Estambul”. El Convenio se incorporó en el ordenamiento jurídico interno mediante la promulgación de la Ley (de Ratificación) del Convenio del Consejo de Europa sobre Prevención y Lucha contra la Violencia contra las Mujeres y la Violencia Doméstica (cap. 532 del Repertorio Legislativo de Malta). Asimismo, se nombró un comité interministerial encargado de elaborar un informe sobre las medidas que habría que adoptar para que Malta cumpliera el Convenio vinculante2. En septiembre de 2016, se publicó el proyecto de ley de violencia de género y violencia doméstica, que fue objeto de una segunda lectura en el Parlamento en noviembre de 2017. Mediante este proyecto de ley se reformará la “Ley de Violencia Doméstica” y se modificará el Código Penal para ajustarlo al Convenio de Estambul.

Asuntos institucionales (recomendaciones 28, 29, 30, 31 y 32)

Creación de una institución nacional de derechos humanos

9. En 2013, la Comisión Nacional para la Promoción de la Igualdad propuso que se creara un marco jurídico que reforzara las leyes de igualdad maltesas y transformara esa comisión en una comisión de derechos humanos e igualdad con facultades sancionadoras y competencias en materia tanto de igualdad como de derechos humanos. Después de que el Ministerio de Asuntos Europeos e Igualdad hubo sometido a consulta pública dos proyectos de ley en diciembre de 2015 —el proyecto de ley de igualdad y el proyecto de ley de la Comisión de Derechos Humanos e Igualdad—, esos dos proyectos se elevaron al Parlamento para su primera lectura en diciembre de 2016.

10. El Defensor del Parlamento también ha abogado activamente por que se cree una institución nacional de derechos humanos en Malta, dado que tal institución es esencial para promover y supervisar la aplicación efectiva de las normas internacionales de derechos humanos en el ámbito nacional. En 2013, publicó un documento titulado “The Setting Up of a National Human Rights Institution”, en el que detallaba su propuesta.

11. En febrero de 2014, el Gobierno puso en marcha una consulta preliminar acerca de la situación de los derechos humanos en Malta, con ocasión de la cual expuso sus ideas y su intención de afianzar el marco de derechos humanos e igualdad y declaró que se reforzarían y ampliarían las competencias de la Comisión Nacional para la Promoción de la Igualdad, para que abarcaran los derechos humanos, y que esa comisión se convertiría, a efectos prácticos, en una comisión nacional de derechos humanos e igualdad. En diciembre de 2014, el Gobierno publicó un Libro Blanco sobre la consulta dirigido a suscitar debates adicionales antes de que se promulgara la ley definitiva.

12. En julio de 2015, el Defensor del Parlamento publicó sus reflexiones sobre el Libro Blanco, en las que acogió favorablemente las propuestas que figuraban en él. Por su parte, planteó unas propuestas concretas de desarrollo de la argumentación del Libro Blanco, para que la ley que se aprobara finalmente se adaptara a las condiciones de la administración de

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Malta y, de ese modo, los objetivos previstos en ese libro estuvieran bien planificados, fueran institucionalmente coherentes y se cumplieran de manera satisfactoria y completa.

13. La nueva comisión se ceñirá a los Principios de París. Está previsto que una de sus funciones sea la de coordinar y articular las actividades de los diversos órganos especializados del sector.

Esferas temáticas

Igualdad

14. El Ministerio de Asuntos Europeos e Igualdad redacta actualmente una ley de la Comisión de Derechos Humanos e Igualdad y una ley de igualdad, que racionalizarán y afianzarán el ámbito de la igualdad prohibiendo la discriminación en diversas esferas de la vida e instituyendo un órgano encargado de promover y proteger los derechos humanos, sobre todo el derecho a la igualdad de trato.

Normativa de cohabitación (recomendación 26)

15. En 2013, la Comisión Nacional para la Promoción de la Igualdad propuso que se promulgara una ley en la que se sentaran las bases jurídicas para reglamentar la vida de pareja en régimen de cohabitación, concretamente los casos en que la cohabitación se disuelva ya sea por separación o por fallecimiento, y evitar, así, que algunas personas caigan en la pobreza o reciban un trato injusto si se hallan en situación de dependencia. La entonces Ministra para el Diálogo Social, las Relaciones con los Consumidores y las Libertades Civiles sometió a consulta pública un proyecto de ley en abril de 2016.

Posteriormente, en abril de 2017, entró en vigor la Ley de Cohabitación3, en la que se permitía a las parejas inscribirse como tales en régimen de cohabitación y se enunciaban sus derechos y sus deberes legales. En esa Ley se protege a las partes vulnerables y se ofrece a las parejas que cohabitan una amplia gama de posibilidades de reglamentación, según sus preferencias.

Erradicación de la discriminación de género y los estereotipos tradicionales mediante campañas de sensibilización en el ámbito educativo (recomendación 51) 16. La Comisión Nacional para la Promoción de la Igualdad imparte periódicamente cursos de formación a los interesados que trabajan en el sector educativo, así como a los estudiantes, para enseñarles a combatir, de manera proactiva, los papeles y los estereotipos tradicionales. También forma a los docentes para que incorporen una perspectiva de género en su labor. Las categorías de personas que han recibido formación son las siguientes:

alumnos de cursos de atención infantil, funcionarios del sistema educativo, maestros, profesores universitarios y alumnos de enseñanza primaria y secundaria y de universidad4. 17. La Comisión Nacional para la Promoción de la Igualdad emprendió una serie de iniciativas, entre 2016 y 2017, para combatir los estereotipos de género y sensibilizar a la población acerca de la importancia que tenían los hombres en la consecución de la igualdad de género5. Diversos grupos de estudiantes participaron en las actividades que se exponen a continuación, para sensibilizarse acerca del reparto de las labores domésticas y de cuidado dentro de la familia, hacer frente a los estereotipos de género tradicionales y aprender a mantener un equilibrio entre la vida laboral y la personal:

• Una representación dramática titulada “Theatre in Education”, a cuyas 22 funciones asistieron más de 2.000 alumnos de enseñanza secundaria.

• Un acto denominado “Equality beyond Uni”, celebrado en la Universidad de Malta en noviembre de 2017 y dirigido a alumnos de enseñanza postsecundaria y superior, que constó de la proyección de la película “Burning Bikinis”, de una exposición fotográfica y de una interpretación musical.

• Una furgoneta itinerante que estuvo en seis escuelas de enseñanza postsecundaria y superior en Malta y la isla de Gozo, entre febrero y mayo de 2017, y cuyo equipo preguntaba, a los alumnos varones, sus opiniones sobre los temas del proyecto,

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opiniones que luego se cargaron en la página de Facebook de la Comisión Nacional para la Promoción de la Igualdad. En total, se entrevistó a 900 alumnos.

18. A lo largo de 2014, se realizó un estudio experimental en cuatro escuelas6 (dos de enseñanza primaria y otras dos de enseñanza secundaria), en el curso del cual se elaboraron unos módulos de formación y unos planes de estudio sobre igualdad y no discriminación que servirían a los docentes como instrumentos para codificar buenas prácticas y convertirse en “embajadores del cambio” dentro del sistema educativo. En ese estudio experimental se ha comprobado que es posible integrar, en la actividad docente, la igualdad, la diversidad y la asimilación de ambas y que ello puede dar resultados satisfactorios tanto en el plano de los contenidos como en el de las aptitudes.

19. En marzo de 2014, se impartió formación en materia de asimilación de la igualdad a docentes y alumnos de magisterio7, con miras a sensibilizarlos acerca de las cuestiones relativas a la igualdad y la no discriminación, y en esa formación se trataron los diversos motivos de discriminación, sobre todo el género, para alentarlos a que integraran la igualdad en las lecciones que dictaran. Asimismo, en la formación se expusieron definiciones de la asimilación de la igualdad, así como sus efectos; se aportaron ejemplos prácticos, y se proporcionaron más recursos e instrumentos de asimilación.

Promoción de la igualdad de género en el empleo (recomendaciones 52 y 55)

20. Se emprendieron diversas iniciativas para alentar a las mujeres a incorporarse al mercado laboral o permanecer en él (véase la lista completa en el anexo II), que contribuyeron a incrementar la tasa de empleo de las mujeres dentro de la fuerza de trabajo en un 5,9%, entre el primer trimestre de 2014 (47,1%)8 y el primer trimestre de 2017 (53%)9.

21. La Comisión Nacional para la Promoción de la Igualdad acredita con el Sello de Igualdad a las empresas que fomentan verdaderamente la igualdad de género en sus políticas y usos laborales aplicando medidas que rebasan lo exigido por las leyes. Se evalúa a las empresas según un conjunto de criterios prefijados y se les presta la asistencia que requieran para afianzar su buena disposición en este ámbito. En octubre de 2017, había 80 entidades acreditadas, con más de 21.300 empleados que trabajaban en condiciones acreditadas.

22. La Comisión Nacional para la Promoción de la Igualdad se esfuerza por combatir los estereotipos de género mediante una serie de iniciativas encaminadas a sensibilizar a la población acerca de la importancia que tienen los hombres en la consecución de la igualdad de género y acerca de los beneficios que reportan las medidas favorables a la familia10. Cabe destacar las siguientes actividades, en las que se fomenta el reparto de las labores familiares y domésticas y se dan a conocer diversos tipos de medidas favorables a la familia:

• Se organizó un desayuno de trabajo en el que unos empresarios estudiaron medidas favorables a la familia y modalidades de trabajo flexible.

• Se impartió formación a unos empresarios, para que aprendieran que las medidas favorables a la familia eran beneficiosas tanto para los propios empresarios como para los empleados, y que tenían que aplicar una política de contratación inclusiva en la que no hubiera discriminación entre empleados y empleadas y en la que se les ofrecieran a ambos las mismas oportunidades.

• Se celebró un acto al aire libre dirigido al público general, con miras a luchar contra los estereotipos de género en la lengua maltesa.

23. En noviembre de 2017, la Comisión Nacional para la Promoción de la Igualdad organizó una breve campaña, denominada PayM€qually, con motivo del Día Europeo de la Igualdad Salarial, para sensibilizar a la opinión pública acerca de la diferencia salarial de género. A lo largo de esa campaña, la Comisión participó en programas de televisión y de radio, publicó mensajes periódicamente en las redes sociales, y publicó también artículos de prensa sobre el tema.

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24. La Comisión Nacional para la Promoción de la Igualdad creó la Guía de Mujeres Profesionales de Malta11 para dar más visibilidad a las profesionales y a sus competencias, cualificaciones y experiencias en diversos campos y mejorar, así, sus posibilidades de ser nombradas en cargos decisorios. Asimismo, la Comisión emprendió una serie de iniciativas para dar a conocer esa guía en los perfiles que tenía la propia comisión en las redes sociales12, en su propio boletín13 y en una circular difundida por el correo interno de la Administración. En octubre de 2017, más de 250 mujeres profesionales se habían inscrito en esa guía.

25. La Comisión Nacional para la Promoción de la Igualdad emprendió otras iniciativas de empoderamiento de las mujeres para que estas ocuparan más cargos decisorios14, como las iniciativas siguientes, que terminaron en diciembre de 2015:

• Treinta mujeres que aspiraban a desempeñar cargos decisorios participaron en un programa de tutoría impartido por profesionales que ocupaban cargos de alto nivel, a fin de adquirir los conocimientos teóricos y prácticos que necesitaban para ejercer funciones de liderazgo. También se impartió formación a las participantes en temas como liderazgo y capacidad de supervisión, adopción de decisiones, asertividad y aptitudes de comunicación.

• Se llevaron a cabo dos estudios sobre la representación equilibrada de hombres y mujeres en los cargos decisorios de índole económica y política, así como sobre las cuotas de género y otras medidas dirigidas a aumentar el equilibrio de género en el ámbito decisorio.

Lucha contra la discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género (recomendaciones 64, 65 y 66)

26. En la Ley de Uniones Civiles, promulgada en 2014, se reconoce a las parejas del mismo sexo que hayan contraído una unión civil los mismos derechos que a las parejas heterosexuales casadas. En ella se reconoce la igualdad de las personas con independencia de su orientación sexual, en todos los ámbitos sociales y legislativos15. En abril de 2017, 163 parejas habían contraído unión civil y una pareja del mismo sexo había adoptado un hijo16.

27. En la Ley de Afirmación de la Identidad de Género, Expresión de Género y Características Sexuales de 2015, se reconoce el derecho a la identidad sexual a todas las personas y se las autoriza a modificar sus características de género en todos los documentos o certificados oficiales. Asimismo, en ella se impone, a las entidades gubernamentales, la obligación positiva de dispensar un trato igual a las personas transexuales. Por lo que respecta a las características sexuales, ofrece a los padres la posibilidad de aplazar la anotación de un descriptor de género en la partida de nacimiento de sus hijos y se reconoce a todas las personas el derecho a la integridad y la autonomía físicas17.

28. La Política Escolar para los Alumnos Transexuales, de Género Divergente e Intersexuales ayuda a poner en práctica los principios y los objetivos previstos en la citada ley. La Política tiene por objeto fomentar un medio escolar que sea inclusivo y seguro y esté libre de acoso y discriminación, y promover el conocimiento de la diversidad humana, que incluye a los alumnos transexuales, de género divergente e intersexuales, para promover, así, la conciencia social, la aceptación y el respeto18.

29. En 2015, se añadieron los motivos de “expresión de género” y “características sexuales” a los motivos de discriminación que se prohibían en la Ley de Igualdad entre Hombres y Mujeres (cap. 456) 19.

30. En 2016 se promulgó la Ley de Afirmación de la Orientación Sexual, la Identidad de Género y la Expresión de Género, en la que se penalizaban las operaciones de transformación, es decir, toda operación dirigida a cambiar, reprimir o suprimir la orientación sexual, la identidad de género o la expresión de género de una persona, y se imponían multas y penas de cárcel a quienes publicitaran, ofrecieran o ejecutaran esas operaciones o informaran a una persona acerca de ellas. Además, en la Ley se declara que ninguna orientación sexual, identidad de género o expresión de género constituye un trastorno, una enfermedad o una deficiencia de ninguna índole20.

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31. Se ha publicado el documento de la Política para los Reclusos Transexuales, de Género Divergente e Intersexuales, que se aplica en el Centro Penitenciario de Corradino para afianzar el respeto de los derechos humanos, la igualdad y la inclusión de los reclusos, así como el reconocimiento de la diversidad de estos21.

32. Asimismo, se ha implantado una política de neutralidad en los cuartos de baño de los edificios del Estado. Esta política tiene por objeto garantizar a todas las personas un espacio imparcial y no excluyente. En diciembre de 2016, el 47% de los cuartos de baño de los edificios del Estado eran neutros en cuanto al género22.

33. En el discurso de presentación del presupuesto de 2017, se anunció que se abriría un proceso de consulta sobre la donación de sangre por parte de personas gais, lesbianas y bisexuales23.

34. Desde abril de 2015, los transexuales pueden modificar su género legal en los documentos oficiales. En febrero de 2017, 67 transexuales se habían acogido a esa medida24. Además, en septiembre del mismo año, el Gobierno empezó a expedir unos pasaportes y documentos de identidad donde se consignaba el “género x”, o género neutro.

35. En julio de 2017, el Parlamento maltés aprobó el proyecto de ley de igualdad matrimonial, en virtud del cual se modernizaba el derecho matrimonial mediante el reconocimiento de la igualdad de todas las personas. Las personas lesbianas, gais, bisexuales, transgénero e intersexuales son libres de contraer matrimonio con la persona a quien amen, ya sea esta del mismo sexo o de sexo diferente, así como de criar hijos sin que en la partida de nacimiento de estos consten indicaciones sobre el género o la constitución biológica de los padres25.

36. El diálogo estructurado que han mantenido las autoridades sanitarias con la comunidad de personas lesbianas, gais, bisexuales, transgénero e intersexuales ha llevado a implantar una serie de servicios transgénero, así como a introducir modificaciones legislativas como las que autorizan la administración de tratamientos hormonales gratuitos.

En abril de 2018, el Ministerio de Salud publicó un documento de consulta sobre servicios de atención de la salud para personas transgénero en el que figuraban propuestas para crear unos servicios de esa índole en Malta.

Medidas temporales especiales en ámbitos donde las mujeres están insuficientemente representadas (recomendación 54)

Incremento de la cantidad y la calidad de la participación de las mujeres en la vida política (recomendación 98)

37. Una de las propuestas del programa de gobierno de 2017 era celebrar un debate sobre medidas positivas para incrementar la representación femenina en el Parlamento. Ya se han abierto debates de ámbito nacional sobre la aplicación de cuotas en la política para paliar el actual déficit democrático.

38. El Gobierno maltés se ha comprometido a promover unas representaciones equilibradas en cuanto al género en la vida política y pública. Y, así, en las propuestas del programa de gobierno de 2017 se delinean diversas medidas para paliar la representación insuficiente de las mujeres en esos ámbitos, a saber, celebrar un debate sobre medidas positivas para incrementar la representación femenina en el Parlamento; promover una representación equilibrada de mujeres y hombres en los debates televisivos, y velar por que en los órganos directivos de las principales entidades de la administración pública estén representados ambos sexos en una proporción mínima del 40%.

39. En los últimos tiempos, diversos interesados han emprendido iniciativas como las siguientes:

• La apertura de unos debates de ámbito nacional, que siguen su curso, sobre la aplicación de cuotas en la política para paliar el actual déficit democrático.

• La concertación prevista de un acuerdo entre los dos partidos políticos principales para modificar el horario de trabajo del Parlamento y procurar, así, que los parlamentarios y el personal trabajen en un medio más favorable a la familia26.

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• La propuesta del Presidente de la Cámara de Diputados de crear un centro de día para los hijos de los parlamentarios, los asesores ministeriales y el personal del Parlamento27.

40. Habida cuenta de la escasa participación femenina en la esfera política de Malta, la Comisión Nacional para la Promoción de la Igualdad ha elaborado un documento de investigación en el que se exponen unas recomendaciones para avanzar en ese ámbito.

Posteriormente, la Comisión ha publicado diversos artículos y comunicados de prensa para sensibilizar a los interesados correspondientes (véase la lista completa en el anexo III).

Lucha contra la discriminación

Protección de los grupos vulnerables contra todas las formas de discriminación (recomendación 40)

Lucha contra todas las formas de discriminación (recomendación 50)

41. Malta ratificó el Protocolo 12 del Convenio Europeo de Derechos Humanos en diciembre de 2015. Habida cuenta de que en dicho protocolo se suprime la limitación que pesaba sobre la aplicación del artículo 14 del Convenio, en virtud de la cual la prohibición de discriminar se restringía exclusivamente al ejercicio de los derechos reconocidos en el propio Convenio, se amplía el alcance de dicho artículo del Convenio para convertir el derecho a la no discriminación en un derecho en sí. Así pues, se garantiza el ejercicio de todo derecho reconocido por ley, sin discriminación por motivos de sexo, raza, color, lengua, religión, convicciones políticas o de otra índole, origen nacional o extracción social, afiliación a una minoría nacional, patrimonio, nacimiento o cualquier otro motivo. Se garantiza a los ciudadanos protección contra la discriminación que les pueda infligir cualquier autoridad pública por los motivos enumerados. El citado protocolo entró en vigor en abril de 2016.

42. La Comisionada de la Comisión Nacional para la Promoción de la Igualdad está facultada para emprender investigaciones cuando reciba una denuncia por escrito, así como para emprender investigaciones de oficio en asuntos de su competencia. Una vez realizada la investigación, la Comisionada puede desestimar la denuncia o concluir que está bien fundada. En este último caso, cuando el acto objeto de la denuncia constituya delito, la Comisionada remitirá un informe al Comisionado de la Policía para que este adopte las medidas oportunas o, cuando dicho acto no constituya delito, exhortará a la persona contra quien se haya presentado la denuncia a que rectifique la situación, y mediará entre el demandante y esta otra persona, para zanjar el litigio.

43. En 2016, se amplió el mandato de la Comisión Nacional para la Promoción de la Igualdad mediante la entrada en vigor de la Notificación Pública núm. 173 de 2016, de Reglamentación del ejercicio de los derechos concedidos a los trabajadores (libertad de circulación). Esa notificación tenía por objeto aplicar la Directiva 2014/54/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a las medidas para facilitar el ejercicio de los derechos concedidos a los trabajadores en el contexto de la libertad de circulación de los trabajadores, en la que figuran disposiciones destinadas a favorecer la aplicación y la ejecución uniformes de las normas de la Unión Europea en este ámbito.

44. La Comisión Nacional para la Promoción de la Igualdad ha realizado una serie de iniciativas28 (entre 2013 y 2014) para reforzar su capacidad interna de conocimiento, seguir sensibilizando a la opinión pública acerca de la igualdad y la no discriminación y empoderar a los interesados impartiéndoles formación, iniciativas entre las que figuran las siguientes:

• Impartir formación al personal de la Comisión Nacional para la Promoción de la Igualdad en materia de no discriminación, asimilación de la igualdad y gestión de la diversidad.

• Realización de un estudio experimental en las escuelas y formación de los docentes en materia de no discriminación (según se expone en la respuesta a la recomendación 102.51).

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• Celebración de una jornada (de lucha contra el racismo) denominada “Celebrar la Diversidad” y provisión de formación a los empleadores sobre gestión de la diversidad (según se expone en la respuesta a la recomendación sobre el racismo que figura más adelante).

• Realización de la campaña “Have Your Say” 29, en la que se ofreció a los ciudadanos la oportunidad de denunciar la discriminación por diversos motivos e intercambiar opiniones sobre los efectos de la discriminación o los beneficios de la igualdad por medio de una cabina itinerante. Después de esa campaña, la Comisión Nacional para la Promoción de la Igualdad confeccionó un videoclip con esas experiencias para seguir sensibilizando a la ciudadanía acerca de sus derechos y deberes en materia de igualdad de trato, particularmente igualdad racial.

45. Se han llevado a cabo otras actividades30 (entre 2013 y 2015) para seguir sensibilizando más a la opinión pública acerca del mandato de la Comisión Nacional para la Promoción de la Igualdad e incrementar la capacidad de conocimiento de esta:

• Se han impartido, al personal de la Comisión Nacional para la Promoción de la Igualdad, conocimientos psicosociales de índole práctica y se le han enseñado diversos métodos e instrumentos de formación, instrumentos de fiscalización y evaluación de la gestión de la igualdad y la diversidad, e instrumentos de comunicación.

• Se ha impartido formación a diversos interesados; por ejemplo, formación en materia de igualdad y no discriminación, a funcionarios administrativos y consejos locales; formación para evaluar la actuación profesional en materia de igualdad, a los funcionarios públicos, y formación sobre motivos de discriminación e integración de una perspectiva de igualdad, a organizaciones no gubernamentales y agentes sociales.

• Se han efectuado tres estudios de investigación: Equality Bodies’ Good Practices in the Field of Non-Discrimination, en el que se exponen las buenas prácticas de los órganos que velan por la igualdad; el Mapping Study Report, en el que se analizan las estrategias operacionales de la Comisión Nacional para la Promoción de la Igualdad comparándolas con las del Defensor de la Igualdad de Trato de Austria y las de la Comisión de Igualdad de Irlanda del Norte, y el Public Employees Perception Survey, en el que se recogen los progresos logrados en cuanto a incrementar el conocimiento y la sensibilidad de los funcionarios públicos después de haberles impartido unos cursos de formación y sensibilización como parte del proyecto.

46. La Comisión Nacional para la Promoción de la Igualdad difunde información sobre su mandato y sobre los derechos y deberes en materia de igualdad de trato, participando en programas de los medios de difusión y publicando artículos y comunicados en la prensa escrita y en su propio sitio web. Asimismo, la Comisión utiliza las redes sociales para dirigir mensajes específicos a una amplia gama de públicos.

Fortalecimiento de la capacidad que tiene la Comisión Nacional para la Promoción de la Igualdad de hacer frente a la violencia y la discriminación raciales (recomendaciones 33, 34 y 35)

Medidas para combatir el racismo, la discriminación racial y la xenofobia (recomendaciones 57 y 59)

Medidas para combatir el racismo, el discurso racista en los medios de difusión y el discurso de odio por parte de los políticos (recomendaciones 58, 60, 61, 62 y 63) 47. La Comisión Nacional para la Promoción de la Igualdad trata, en su labor, diversos asuntos relativos al racismo, la discriminación racial, la xenofobia y la intolerancia conexa.

Conforme se dispone en el capítulo 456 del Repertorio Legislativo de Malta, así como en la Notificación Pública núm. 85 de 2007, compete a la Comisión investigar toda denuncia de presunta discriminación por motivos de raza y etnia, en los ámbitos del empleo, la educación, la banca y las instituciones financieras, los bienes y los servicios.

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48. La Comisión Nacional para la Promoción de la Igualdad examina los proyectos de políticas y de leyes y, según proceda, aportará ideas para integrar las opiniones y los intereses de diversos grupos de personas de diferentes procedencias raciales y étnicas en todos los proyectos.

49. La Comisión Nacional para la Promoción de la Igualdad realizó un estudio titulado Cultural Diversity in the Maltese Public Service: Approaches to Diversity Management31, con el que pretendía comprender las prácticas vigentes de derechos humanos relacionadas con la diversidad cultural, así como determinar las posibilidades que había de implantar una gestión de la diversidad sistemática. En ese estudio, en el que se tomaba la nacionalidad como indicador de diversidad cultural, se ofrecía un panorama estadístico de los grados de diversidad que había en la administración pública y se hacía una investigación cualitativa de los funcionarios directivos de dicha administración analizando las opiniones de estos sobre la diversidad cultural y sus efectos en la dinámica de los equipos, la prestación de servicios y la formulación de políticas, y analizando también los enfoques de la provisión de puestos y de la gestión que se aplicaban en dicha administración y en los que se tenía en cuenta la diversidad.

50. En marzo de 201432 se impartió formación en gestión de la diversidad a los empleadores, para hacerlos más capaces de fomentar la igualdad en su actividad profesional. Dentro de esa formación se les proporcionó información adicional sobre la legislación de igualdad de trato, sobre los conceptos de “diversidad” e “igualdad”, sobre los fines de la gestión de la diversidad, sobre las estructuras y los sistemas de gestión, sobre los ámbitos de actuación, como la contratación de empleados, la conservación de estos y los contactos externos, y sobre medidas para promover la igualdad, tener en cuenta la diversidad y erradicar la discriminación en las empresas.

51. En marzo de 2014, la Comisión Nacional para la Promoción de la Igualdad organizó una jornada de actividades multiculturales denominada “Celebrar la Diversidad” 33, con la que pretendía celebrar y promover la diversidad y fomentar la igualdad, sobre todo en materia de procedencia racial y étnica. Durante esa jornada, que se celebró en La Valetta, la Comisión difundió mensajes adicionales para fomentar la diversidad cultural, por medio de la música, espectáculos, juegos infantiles y actividades para toda la familia.

52. En 2017, la Comisión Nacional para la Promoción de la Igualdad publicó un artículo para informar a la opinión pública de los efectos que tenía el discurso de odio en determinados grupos de personas y de que ese tipo de discurso no ayudaba a fomentar la igualdad, la inclusión y la diversidad.

Promoción, entre los ciudadanos, de una mentalidad de no discriminación hacia los migrantes (recomendación 110)

53. Se impartieron ocho sesiones de dos horas de duración a unos 150 solicitantes de asilo de distintas nacionalidades que vivían en centros de régimen abierto dirigidos por el Estado, en abril y mayo de 2016, sobre el tema de la legislación maltesa de igualdad y los diversos motivos de discriminación. Se explicaron a los participantes los derechos y deberes que dimanaban de esa legislación y se debatieron esos derechos y deberes con ellos, y se mencionaron ejemplos de discriminación en el lugar de trabajo y en la provisión de bienes y servicios. Asimismo, se brindó a los participantes la oportunidad de intercambiar experiencias personales y debatir sobre ellas. Y se les dio información sobre cómo interponer una denuncia ante la Comisión Nacional para la Promoción de la Igualdad.

54. A partir de 2014, también se ha impartido formación periódica en igualdad y diversidad a los empleados que trabajan en centros de régimen abierto para solicitantes de asilo y al personal del Servicio de Detención.

Erradicación de la violencia

Lucha contra la violencia que sufren las mujeres (recomendaciones 69 y 71)

55. En agosto de 2014, Malta se convirtió en uno de los primeros 14 países que habían ratificado el Convenio del Consejo de Europa sobre Prevención y Lucha contra la Violencia

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contra las Mujeres y la Violencia Doméstica, conocido como “Convenio de Estambul”.

Asimismo, el Convenio se incorporó en el ordenamiento jurídico interno mediante la promulgación de la Ley (de Ratificación) del Convenio del Consejo de Europa sobre Prevención y Lucha contra la Violencia contra las Mujeres y la Violencia Doméstica (cap. 532). Además, se nombró un comité interministerial34 encargado de elaborar un informe sobre las medidas que habría que adoptar para que Malta cumpliera el Convenio vinculante. En septiembre de 2016, se publicó el proyecto de ley de violencia de género y violencia doméstica35, que fue objeto de una segunda lectura en el Parlamento en noviembre de 201736. Este proyecto de ley reformará la “Ley de Violencia Doméstica” y modificará el Código Penal para ajustarlo al Convenio de Estambul.

56. La Comisión Nacional para la Promoción de la Igualdad ha formulado una serie de iniciativas para seguir sensibilizando a la opinión pública acerca de la violencia que sufren las mujeres y las niñas37, en las que se tratan formas específicas de violencia contra ellas. Se han llevado acabo estudios de investigación sobre la mutilación genital femenina en Malta, sobre la violencia que sufrían las mujeres y los hombres de edad, y sobre la violencia, el hostigamiento y el acoso en las escuelas. Asimismo, a raíz de la realización de esos estudios se han elaborado instrumentos y se ha dado a conocer el tema por medio de videoclips y cuñas radiofónicas, de anuncios en las marquesinas de las paradas de autobús, y de un seminario sobre la violencia contra las mujeres. También se ha impartido formación a profesionales interdisciplinarios y especialistas jurídicos. En enero de 2014 y en virtud de una enmienda al Código Penal maltés, Malta aplicó también una ley específica donde figuraba un artículo específico sobre la mutilación genital femenina, en el que se la declaraba ilegal y sancionable con penas de cárcel38.

57. Por otra parte, la Comisión Nacional para la Promoción de la Igualdad realiza labores de sensibilización acerca del hostigamiento sexual, de conformidad con lo previsto en su mandato. Imparte formación sobre el tema a los empleadores, los empleados y otros interesados que lo soliciten. La Comisión también investiga las denuncias de personas que sufran hostigamiento sexual, de conformidad con lo previsto en su mandato.

58. En 2015, la Comisión Nacional para la Promoción de la Igualdad produjo un cartel en el que se insistía en que el hostigamiento sexual era ilegal y se ponía de relieve la función que desempeñaba la Comisión en ese ámbito. Se distribuyó ese cartel a los consejos locales, los órganos y las dependencias de la administración pública y los interesados pertinentes.

Protección de los derechos de los migrantes, los refugiados y los solicitantes de asilo

59. Desde 2002, año en el que más de 1.600 personas llegaron a las costas maltesas a bordo de embarcaciones no matriculadas, Malta ha recibido una gran afluencia de inmigrantes irregulares procedentes de África Septentrional. Aunque las llegadas de embarcaciones han disminuido, Malta sigue recibiendo una gran afluencia de inmigrantes, que llegan al país por diversos medios y solicitan inmediatamente protección internacional.

Además, la tasa de concesión de asilo de Malta ha superado constantemente el 50% en los últimos años.

60. En 2017, Malta recibió 1.619 primeras solicitudes, que imponen una presión considerable a los recursos financieros y humanos del país, sobre todo porque esa cifra, que en términos absolutos puede no parecer exagerada, cobra un sentido distinto en un lugar como Malta, que tiene una superficie pequeña y una altísima densidad demográfica. La densidad demográfica de Malta, que tiene una población de unos 450.000 habitantes y una superficie de solo 316 km2, es de 1.300 personas por kilómetro cuadrado, lo que la convierte en el Estado miembro más densamente poblado, con diferencia, de la Unión Europea y en uno de los países más densamente poblados del mundo.

61. En diciembre de 2015, el Ministerio del Interior y Seguridad Nacional publicó, previo proceso de consulta pública39, una estrategia de acogida de solicitantes de asilo y migrantes irregulares, que iba acompañada de unas enmiendas legislativas a la Ley de Inmigración (cap. 217) y al Reglamento de Acogida de Solicitantes de Asilo (cap. 420.06).

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El objetivo principal de la Estrategia era velar por la aplicación de la Directiva Europea 2013/33/UE por la que se aprueban normas para la acogida de los solicitantes de protección internacional, y la aplicación de la jurisprudencia pertinente sobre el Convenio Europeo de Derechos Humanos.

62. En la Estrategia se instituyó un sistema de acogida en el que se preveían tres etapas distintas de atención a los solicitantes de asilo y los migrantes irregulares: los centros de acogida inicial, los centros de régimen cerrado (de reclusión) y los centros de régimen abierto. El objetivo de los servicios de acogida inicial es colocar a los migrantes irregulares recién llegados en un espacio delimitado, para que las autoridades competentes, particularmente el Organismo para el Bienestar de los Solicitantes de Asilo y la policía, les hagan un reconocimiento médico y tramiten su caso. Los migrantes irregulares se alojarán en un centro de acogida inicial separadamente de los demás migrantes irregulares y solo hasta que obtengan la autorización médica requerida. La estancia en esos centros no suele superar, de ordinario, los siete días, aunque se puede prolongar atendiendo a consideraciones de salud. A los solicitantes de asilo que han salido de los centros de acogida inicial o de los centros de reclusión se les ofrece alojamiento en los centros de régimen abierto, si no disponen de otro lugar donde alojarse. Se los alojará en estos centros abiertos por un período no superior a 12 meses, salvo que consideraciones humanitarias aconsejen lo contrario, y siempre y cuando previamente se haya ordenado abandonar estos centros a los migrantes irregulares.

63. Desde marzo de 2014, el Gobierno se ha comprometido a no detener a niños.

También se ha levantado el requisito de detención en el caso de las personas vulnerables, como las familias con hijos, las embarazadas y los niños no acompañados, atendiendo a la recomendación 118. Asimismo, Malta ha implantado alternativas a la detención, por ejemplo:

• La comparecencia en un lugar prefijado en plazos específicos

• La residencia en un lugar prefijado

• El depósito o la entrega de documentos

• El abono de una garantía o fianza una única vez

64. Atendiendo a la recomendación 89 sobre las condiciones de detención, en los centros de detención se aloja por separado a los varones solteros, las mujeres solteras y las unidades familiares que no tienen hijos menores de edad. Además, el centro que se halla en funcionamiento actualmente también tiene una enfermería, unas instalaciones de aislamiento médico y servicios telefónicos, entre otras cosas. Actualmente se están reformando algunas partes de las zonas de alojamiento y se han emprendido las obras iniciales de construcción de nuevos locutorios y nuevas salas de ordenadores.

65. Además, se ha implantado la revisión periódica de las órdenes de detención, lo que garantiza que no se prive de libertad a las personas durante más tiempo de lo necesario. La Junta de Apelación de Inmigración, que es un órgano independiente, revisa toda orden de detención dictada contra un solicitante de asilo a los siete días y, si se mantiene la detención de la persona, la orden se revisará a los dos meses y luego cada dos meses.

66. Todos los solicitantes de asilo cuya solicitud sea tramitada, en primera instancia, por la Oficina del Comisionado para los Refugiados tienen derecho a recibir asistencia jurídica gratuita en cualquier etapa del procedimiento. Muchas organizaciones no gubernamentales se dedican a prestar asistencia jurídica en los procedimientos judiciales, asistencia que complementa la que presta gratuitamente el Estado en los procedimientos que se tramitan en la Junta de Apelación de Inmigración, atendiendo a la recomendación 122. El asesor letrado que represente al solicitante en la etapa de apelación tendrá acceso al expediente de este, previa petición.

67. Atendiendo a la recomendación 125, Malta ha cumplido, de manera satisfactoria y total, los compromisos contraídos en virtud de las dos decisiones del Consejo de la Unión Europea de septiembre de 201540. En conjunto, Malta ha reasentado a 168 solicitantes de asilo: 67 procedentes de Italia y 101 procedentes de Grecia.

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68. Dentro de la iniciativa conjunta emprendida por la Unión Europea con arreglo al plan de julio de 2015, Malta ha reasentado satisfactoriamente a 14 nacionales sirios procedentes de Turquía. A fin de mantener la unidad familiar, se ha aumentado finalmente esa cifra a 17. Se reasentó a esas 17 personas en Malta en octubre de 2017.

69. En respuesta a la recomendación formulada por la Comisión el 27 de septiembre de 2017 de que se reasentara a 50.000 personas, Malta ha prometido reasentar a otras 20 personas: 15 procedentes de Libia y 5 procedentes de Egipto. Se han emprendido los preparativos.

70. Por lo que respecta a la recomendación 6, Malta no prevé actualmente ratificar la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares. La razón principal de ello es la naturaleza genérica de esta convención, sobre todo las definiciones genéricas que se enuncian en ella, que dan pie a que su ámbito de aplicación pueda ser amplísimo, lo que entrañaría la concesión de derechos muy extensos a una categoría excesivamente amplia de trabajadores migratorios, con consecuencias difíciles de prever. Habida cuenta de ello, Malta no considera que sea viable actualmente, ni desde el punto de vista práctico ni desde el punto de vista de la sostenibilidad, ratificar dicha convención.

Trata de seres humanos

71. Malta sigue dispuesta a combatir la trata de seres humanos por medio de varias iniciativas, como la instauración de servicios de asistencia a las víctimas, la formación de los funcionarios de la administración y la sensibilización de la opinión pública. En enero de 2017, el Comité de Seguimiento41, encargado de supervisar la aplicación, por parte de Malta, de las medidas de lucha contra la trata aprobadas en el Cuarto Plan de Acción Nacional de Lucha contra la Trata de Seres Humanos, que abarca el período comprendido entre enero de 2017 y diciembre de 2019. La ejecución de este plan de acción tiene por objeto garantizar el cumplimiento de los compromisos internacionales de Malta, incluidos los objetivos de la Unión Europea y otras organizaciones internacionales, lo que confirma la buena disposición que tiene el Gobierno en este ámbito. En el Plan de Acción se prevé, entre otras cosas, mejorar la identificación de las víctimas, particularmente los niños víctimas de la trata, y actualizar los indicadores sobre este fenómeno. También se prevé realizar nuevas investigaciones sobre la población migrante que se aloja en los centros de régimen abierto.

72. Atendiendo a la recomendación 82, consistente en que se mejore la identificación de las víctimas de la trata, los interesados acordaron un procedimiento de remisión de víctimas en 2012, que cuenta con el respaldo de unos procedimientos operacionales normalizados consignados por escrito. Se han impartido varias sesiones de formación para mantener informados de las novedades oportunas a los funcionarios competentes.

73. El Cuerpo de Policía de Malta y el entonces Ministerio de Política Social firmaron un memorando de entendimiento para seguir elaborando y ampliando un marco de cooperación entre ambas instancias, con miras a prestar servicios de asistencia social a las posibles víctimas de la trata de seres humanos. En las leyes subsidiarias promulgadas al amparo de la Ley de Inmigración se reglamenta el procedimiento jurídico de identificación, en el que se concede a las posibles víctimas un período de reflexión para que se planteen si cooperarán con la policía.

Refugiados

Velar por el interés superior del niño, con arreglo a lo dispuesto en la Convención sobre los Derechos del Niño, será la consideración primordial en todos los

procedimientos de asilo que conciernan a niños (recomendación 126) 74. El interés superior del niño se asegura mediante las siguientes garantías:

a) Cuando un niño o una niña no acompañados presenten una solicitud, se les asignará un representante, nombrado por las autoridades competentes. A este respecto es

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importante observar que antes de que la Oficina del Comisionado para los Refugiados pueda tramitar el procedimiento de asilo, hay que nombrar un representante, para que el niño o la niña no acompañados reciban la asistencia necesaria. Además, la entrevista personal solo tendrá lugar en presencia del representante del solicitante;

b) La Oficina del Comisionado para los Refugiados toma todas las medidas que están en su poder para procurar que sean funcionarios especializados en asuntos infantiles quienes realicen las entrevistas personales a los niños no acompañados y tomen las decisiones que conciernan a estos. A tal fin, la Oficina envía periódicamente a sus funcionarios a que cursen los módulos de formación de la Oficina Europea de Apoyo al Asilo, sobre todo el módulo de “Entrevistas a niños”;

c) Cuando se determine que un niño o una niña no acompañados incumplen los criterios para que se les otorgue protección internacional, la Oficina del Comisionado para los refugiados les ofrecerá protección humanitaria temporal hasta que cumplan la edad legal de 18 años, para evitar que se los deporte a su país de origen;

d) Por lo general, no se entrevista a los niños o niñas no acompañados, salvo que lo pidan directamente el adulto responsable de ellos o el propio niño o niña, o se determine que una entrevista personal favorecerá su interés superior.

Velar por que los niños migrantes no acompañados dispongan de representación jurídica gratuita (recomendación 127)

75. Según la legislación nacional, si bien todos los solicitantes tienen derecho a la asistencia y la representación jurídicas, así como a consultar con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), solo se les proporciona asistencia jurídica en la etapa de apelación. Dadas las garantías que se ofrecen a los niños no acompañados que presentan solicitudes de protección internacional (las cuales se han enunciado anteriormente), no se requieren asistencia ni representación jurídicas gratuitas durante todas las etapas del procedimiento de asilo, ya que ello no haría sino prolongar innecesariamente el procedimiento y perjudicar, por ende, el interés superior del niño.

Aplicar, sin dilación, las propuestas de mejora de los procedimientos y las modalidades de su política de asilo y revisar su política de detención, y plantear, en esta revisión, cómo garantizar que no se detenga a niños hasta que se determine su edad (recomendación 133)

76. La Directiva 2013/32/UE sobre procedimientos de asilo se incorporó en el ordenamiento jurídico nacional en 2015. Además, entre 2014 y 2017, la Oficina del Comisionado para los Refugiados tomó medidas considerables para perfeccionar, aún más, el sistema de asilo de Malta, entre ellas las siguientes:

a) Velar por que la Oficina dispusiera, en la medida de lo posible, de una plantilla suficiente para despachar eficazmente el volumen de trabajo actual y el volumen futuro;

b) Reforzar la estructura interna de la Oficina creando nuevos cargos directivos, con miras a mejorar su funcionamiento cotidiano;

c) Aprovechar los fondos de financiación del asilo, la migración y la integración para asegurar el funcionamiento cotidiano de la Unidad encargada del Reglamento de Dublín e incrementar su eficacia, a fin de tramitar las solicitudes a las que se aplicara alguno de los procedimientos previstos en el Reglamento de Dublín, de manera eficaz y rápida;

d) Aprovechar los fondos de financiación del asilo, la migración y la integración para mejorar los servicios de interpretación que prestaba la Oficina. A tal fin, se impartiría formación a los intérpretes que trabajaban en ella y se estudiaría la posibilidad de realizar análisis lingüísticos para determinar el país de origen de los solicitantes de asilo y la posibilidad de prestar servicios de interpretación mediante videoconferencia o comunicación hablada.

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IV. Otras novedades relativas a la situación de los derechos humanos en Malta

Derechos de las mujeres

77. En noviembre de 2017, se constituyó el Consejo de Derechos de las Mujeres para potenciar el diálogo entre el Gobierno y la sociedad civil. El Consejo está compuesto por 23 representantes de organizaciones acreditadas que velan por los derechos de las mujeres.

Su objetivo es integrar la igualdad en todos los aspectos de los procesos gubernamentales, servir como centro de estudio, plantear ideas en materia de políticas y señalar los defectos de las leyes vigentes, así como potenciar el diálogo entre la sociedad civil y el Gobierno.

Salud

78. Durante 2017, se implantó un nuevo método de análisis de sangre basado en la prueba de la punción del talón de los neonatos para diagnosticar el hipotiroidismo neonatal congénito. Dicha prueba tiene una tasa de recordatorio mucho más baja que la prueba del cordón umbilical y sustituirá a esta en el diagnóstico de dicha enfermedad. Asimismo, este nuevo método de análisis permitirá implantar otras pruebas de diagnóstico (por ejemplo, la de diagnóstico de la fenilcetonuria). También se está poniendo a punto un programa de diagnóstico de la sordera neurosensorial.

79. Todo migrante irregular o solicitante de asilo es objeto de reconocimientos médicos sistemáticos a su llegada. Los migrantes de la Unión Europea, los refugiados y los migrantes con derecho a protección subsidiaria disponen de atención de la salud gratuita y los migrantes de fuera de la Unión Europea que cotizan al seguro nacional disponen del mismo tipo de atención42.

80. En el Ministerio de Salud hay una oficina sanitaria de enlace con los migrantes que coordina la formación y la provisión de mediadores culturales que prestan ayuda dentro del sistema de salud, cuando la ocasión lo requiere.

81. En 2017, se constituyó un consejo consultivo en estilos de vida saludables, en virtud de la Ley de Promoción de los Estilos de Vida Saludables y de Atención a las Enfermedades No Contagiosas, promulgada en 2016.

Salud y derechos sexuales y reproductivos

82. El Gobierno de la República de Malta tiene la voluntad de promover la salud sexual y reproductiva. Ello entraña proteger el derecho de las mujeres a controlar los asuntos relativos a su sexualidad, el momento de tener hijos y el número de estos, con libertad frente a toda coacción, discriminación y violencia, y proteger su derecho a decidir libre y responsablemente a ese respecto. Y, así, el Gobierno también tiene la voluntad de garantizar el acceso a la información sobre métodos de planificación familiar eficaces.

83. La provisión de educación en materia de salud es una iniciativa de cuya coordinación se encarga principalmente el Ministerio de Salud. En la enseñanza primaria y secundaria se imparten lecciones de desarrollo social y promoción de las perspectivas de carrera personales que versan sobre toda una gama de temas, como el género, el racismo, la migración, la diversidad religiosa, la discapacidad y la orientación sexual (con un formato adaptado a la edad de los alumnos). Y, así, en septiembre de 2013 se publicaron unas directrices de educación en la sexualidad y las relaciones43. Además, la Dirección de Promoción de la Salud realiza campañas constantes de educación y sensibilización en las que adopta un enfoque de conjunto de la salud sexual y reproductiva, que incluye la prevención de los embarazos en la adolescencia y de las infecciones de transmisión sexual.

84. Hay diversos servicios de atención de la salud sexual y reproductiva gratuitos en el sistema de sanidad pública; por ejemplo, los servicios de planificación familiar; los servicios de maternidad sin riesgo, que engloban unos servicios de calidad de atención

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ginecológica, prenatal, durante el parto y después de este; los tratamientos de la infertilidad de ambos integrantes de la pareja; los servicios de reproducción asistida; los servicios de prevención, realización de pruebas confidenciales, diagnóstico y tratamiento de las infecciones del tracto reproductor, las infecciones de transmisión sexual y el VIH/sida, y los servicios de prevención y tratamiento de los cánceres del aparato reproductor y las enfermedades ligadas a la maternidad.

85. Malta sigue manteniendo que el derecho a la vida es un derecho inherente a todo ser humano y que este derecho se extiende también a los niños nonatos, desde el momento de su concepción. Así pues, el aborto es un atentado directo contra el derecho a la vida y es ilegal en Malta. El Gobierno de la República de Malta recuerda que, en la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo se proclamó que el aborto no se debería promover, en absoluto, como método de planificación familiar.

86. Cuando la vida de la madre esté en peligro, no se prohibirá realizar una intervención médica para salvársela, aun cuando dicha intervención lleve aparejada la muerte del hijo.

Por lo que respecta a la prevención de los embarazos ocasionados por una violación, cabe señalar que, en diciembre de 2016, Malta autorizó la venta de la píldora del día siguiente, que desde esa fecha se sirve en las farmacias sin necesidad de prescripción médica.

87. En la Ley de Protección del Feto vigente, promulgada en diciembre de 2012, se permite a las parejas heterosexuales beneficiarse de la tecnología de reproducción asistida y, por tanto, de la procreación con asistencia médica. Las enmiendas a dicha Ley que se presentaron en el Parlamento en abril de 2018 tienen como finalidad permitir también a las parejas del mismo sexo y a las mujeres solteras beneficiarse de esa tecnología, y ofrecer servicios de donación de gametos, de congelación de embriones y de adopción de hijos a todas las personas.

Migración

88. Algunas de las cuestiones principales que atañen a los derechos fundamentales en Malta y en toda Europa son las de la migración, el trato a los migrantes adultos y niños y la detención de los solicitantes de asilo.

89. En 2017, el Ministerio de Relaciones Exteriores y Fomento del Comercio instituyó, junto con el Centro Internacional de Formulación de Políticas Migratorias, el Premio a los Medios de Difusión que Informan sobre la Migración, a partir de la convicción de que es esencial que se informe sobre la migración de manera equilibrada para elaborar unas políticas sólidas y, por ende, para integrar a los migrantes. Mediante ese premio se pretende fomentar fórmulas para ampliar la cooperación de manera que se preste atención a la dimensión local de la integración y los derechos humanos de los migrantes.

90. El Centro Internacional de Formulación de Políticas Migratorias colabora estrechamente con Malta en asuntos regionales y nacionales desde 2001. En 2016, el Centro abrió su Oficina de Coordinación Regional para el Mediterráneo en Malta. Las relaciones excelentes que mantiene con el Ministerio de Relaciones Exteriores y Fomento del Comercio y con el Ministerio del Interior y Seguridad Nacional le han llevado a cooperar con ellos en una serie de iniciativas.

91. Desde 2015, el Centro Internacional de Formulación de Políticas Migratorias ha dirigido la aplicación del proyecto Migración entre Ciudades del Mediterráneo, financiado por la Unión Europea, desde su Oficina Regional para el Mediterráneo en Malta y en asociación con el Programa de las Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos, Ciudades y Gobiernos Locales Unidos y el ACNUR. Gracias a ese proyecto, se han estudiado la dimensión y las repercusiones locales de la migración en nueve zonas urbanas importantes de Europa y el Mediterráneo. En el proyecto se trataron la prestación de servicios a los migrantes y a poblaciones más amplias, así como las oportunidades de desarrollo y cohesión urbanos que llevaban aparejadas el aumento de la diversidad y la inclusión de los migrantes.

92. En la segunda fase del citado proyecto, que contará con el apoyo de la Unión Europea y de la Agencia Suiza para el Desarrollo y la Cooperación, se procederá a ampliar

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la red de contactos y las actividades y se tratarán nuevos temas prioritarios, como el de informar sobre la migración de manera equilibrada a nivel local.

93. Asimismo, el Centro Internacional de Formulación de Políticas Migratorias dirige un programa mediterráneo de pasantías sobre gobernanza de la migración, para que los futuros profesionales de la migración de toda la región euromediterránea adquieran experiencia práctica en materia de cooperación y coordinación interinstitucionales entre los diversos interesados en la migración.

94. En el tiempo transcurrido desde el último examen de Malta, que se produjo en 2013, la Defensoría del Parlamento ha seguido ayudando a proteger los derechos humanos de quienes buscan refugio y protección internacional, y ello mediante la investigación de una serie de casos que atañen a los derechos personales básicos, como:

a) El derecho a contraer matrimonio: Se ha pedido a la Defensoría del Parlamento que intervenga en el registro de los matrimonios contraídos por refugiados o beneficiarios de protección internacional que se han casado por el rito familiar tradicional o clandestinamente y, por tanto, no tienen documentación que avale su condición de casados.

También se le ha pedido que intervenga en favor de las personas cuyas solicitudes de la condición de refugiado han sido rechazadas y tienen dificultades para presentar, en el Registro Civil, una solicitud de publicación de las amonestaciones, a fin de poderse casar en Malta;

b) El derecho a la vida familiar: En ocasiones se pide a la Defensoría del Parlamento que ayude a los refugiados que desean reunirse con su familia, que todavía no vive en Malta;

c) El derecho a ser provisto de la documentación básica, como la partida de nacimiento: La Comisión de Emigrantes local ha pedido a la Defensoría del Parlamento que intervenga para subsanar una laguna que había en la legislación local respecto de la inscripción de niños nacidos en el mar, en embarcaciones no matriculadas, y que finalmente han venido a parar a Malta.

Integración de los migrantes

95. En noviembre de 2015, se creó la Dirección de Derechos Humanos e Integración, que era una nueva dependencia del Ministerio para el Diálogo Social, la Defensa de los Consumidores y las Libertades Civiles, encargada específicamente de lograr avances en los ámbitos de las libertades civiles, las comunidades extranjeras, la integración y los derechos de las minorías. En el período posterior a su creación, la Dirección puso en marcha varias iniciativas, que luego se afianzaron y se ampliaron, como la instauración del Foro de Asuntos relativos a la Integración, la celebración de reuniones del Comité Interministerial de Integración y el establecimiento de una fuerte relación de colaboración con la Dependencia de Estudiantes Migrantes del Ministerio de Educación y Empleo. Después de las elecciones legislativas de junio de 2017, se confirmó que la política de integración era competencia del Ministerio de Asuntos Europeos e Igualdad, por lo se incorporó a este ministerio la Dirección de Derechos Humanos e Integración.

96. El Gobierno ha otorgado prioridad a dos aspectos primarios de la integración de los migrantes. En primer lugar, la creación de estructuras de gobernanza de la integración, como la Dependencia de Integración, el Comité Interministerial de Integración y un foro de representantes de las comunidades migrantes. En segundo lugar, la introducción de una solicitud de integración, que autoriza a los solicitantes a recibir cursos de idiomas y de orientación cultural, a ser supervisados por un funcionario de integración y a recibir ayuda para incorporarse al mercado laboral, así como otros servicios generales.

97. La Dependencia de Integración, que se halla actualmente en su primer año de funcionamiento, se encarga de revisar todos los servicios y programas gubernamentales para procurar que favorezcan la integración todo lo posible. Un factor que atañe a todas las estructuras y los programas es el aumento de la colaboración con los interesados en una amplísima gama de cuestiones, y este aumento se producirá a medida que se destinen más recursos al sector. La base de ello es el documento Integration = Belonging. Migrant

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