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Guyana Informe nacional presentado de conformidad con el párrafo 15 a) del anexo de la resolución 5/1 del Consejo de Derechos Humanos Asamblea General A

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Consejo de Derechos Humanos

Grupo de Trabajo sobre el Examen Periódico Universal Octavo período de sesiones

Ginebra, 3 a 14 de mayo de 2010

Informe nacional presentado de conformidad con el párrafo 15 a) del anexo de la resolución 5/1 del Consejo de Derechos Humanos*

Guyana

* El presente documento no fue objeto de revisión editorial antes de ser enviado a los servicios de traducción de las Naciones Unidas.

Naciones Unidas A/HRC/WG.6/8/GUY/1

Asamblea General Distr. general 10 de marzo de 2010 Español

Original: inglés

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I. Metodología y proceso de consultas

1. Guyana considera que el proceso de consultas es una actividad permanente y no se limita a simples actos ocasionales. En consecuencia, comunica respetuosamente que se han celebrado consultas constantes sobre las cuestiones fundamentales y críticas contenidas en el presente informe. No hay ningún programa, política o problema de importancia nacional que no haya sido objeto de examen por el Gobierno, los interesados a nivel nacional, las comunidades, los organismos no gubernamentales, la sociedad civil, los medios de comunicación y/o los parlamentarios en las diversas etapas del proceso de consultas. La información transmitida en el presente informe se presenta de conformidad con las directrices y principios generales aprobados para la preparación de informes con vistas al examen periódico universal.

II. Marco normativo e institucional de Guyana

A. Marco político de Guyana

2. La República Cooperativa de Guyana1 es una democracia parlamentaria enriquecida por su diversidad cultural, religiosa2 y racial3. Guyana es un país en desarrollo con un ingreso per cápita de 1.298 dólares de los Estados Unidos (2009), un territorio de 214.970 km2 y una población de 772.298 habitantes. Su idioma oficial es el inglés.

3. El ordenamiento jurídico de Guyana está basado en el common law inglés con algunas adiciones del derecho romano-neerlandés. La Constitución, basada en el estado de derecho, es la ley suprema del país, y toda ley que sea incompatible con esta será nula y sin efecto en la medida en que sea incompatible. La Constitución sienta las bases de un Estado laico en una sociedad multiétnica y multirreligiosa.

4. En 1999, la Constitución de 1980, vigente en la actualidad, fue objeto de un extenso proceso de reformas coordinado por una Comisión Parlamentaria de Reforma de la Constitución nombrada por el Presidente e integrada por representantes de todos los partidos políticos que poseen escaños en el Parlamento y representantes de la sociedad civil (las comunidades religiosas cristiana, hinduista y musulmana), así como los sindicatos, empresarios y la sociedad civil. La Comisión se reunió entre 1999 y 2002, y durante ese período celebró consultas con miles de personas de diversas comunidades en las diez regiones administrativas del país y recibió recomendaciones sobre la modificación de la Constitución de 1980.

5. La Constitución de 1980 revisada4 refleja el retorno de Guyana a la democracia en 1992 y marca el tránsito de una dictadura administrativa al modelo de gobernanza participativa único descrito en el artículo 13.

6. En la Constitución se definen el papel y las funciones de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial. El ejecutivo y el Parlamento son los órganos supremos del poder democrático.

7. En la Constitución se establece el puesto de Presidente Ejecutivo. El ejecutivo está formado por el Presidente5, el Primer Ministro y los ministros, y el Gabinete, por el Presidente, el Primer Ministro, los vicepresidentes y los ministros que designe el Presidente6.

8. Integran el Parlamento7 el Presidente, el Presidente y Secretario de la Asamblea Nacional y sus 65 miembros electos. La Asamblea Nacional es unicameral.

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9. Respecto del sistema judicial, el Gobierno de Guyana reconoce que para garantizar la independencia e imparcialidad de los tribunales es necesario que los poderes constitucionales estén separados. Por lo tanto, la doctrina de la separación de poderes se reafirma en las disposiciones de la Constitución de Guyana, y garantiza la independencia del poder judicial.

Modelo guyanés de gobernanza participativa

10. En la Constitución revisada se plasmaron los aspectos principales de la reforma parlamentaria, a fin de reflejar el modelo de gobernanza participativa e inclusiva del país.

En particular se dispuso:

1. La designación y el establecimiento de cinco comisiones de derechos humanos, a saber:

a) la Comisión de Relaciones Étnicas;

b) la Comisión de la Mujer y la Igualdad de Género;

c) la Comisión de los Derechos del Niño;

d) la Comisión de los Pueblos Indígenas;

e) la Comisión de Derechos Humanos.

2. El establecimiento y la designación de los miembros de tres comisiones de la administración pública, a saber: la Comisión de la Administración Judicial, la Comisión de la Administración Pública y la Comisión del Servicio de Policía;

3. El establecimiento de un Comité Parlamentario Permanente encargado de la designación de los miembros de las comisiones mencionadas en los apartados 1 y 2, mediante un mecanismo de consenso definido;

4. El establecimiento de un Comité Parlamentario Permanente sobre Reforma Constitucional;

5. El establecimiento de cuatro comités parlamentarios sectoriales, a saber: los Comités de Servicios de Economía, Servicios Sociales, Recursos Naturales y Relaciones Exteriores, encargados de supervisar todos los ámbitos del Gobierno;

6. El establecimiento de un Comité de Gestión Parlamentaria integrado de manera equitativa por miembros del Gobierno y la oposición y encabezado por el Presidente del Parlamento;

7. Ampliación del mandato y las competencias del Comité de Cuentas Públicas, para incluir entre sus responsabilidades "la supervisión general de la Oficina de Auditoría de Guyana";

8. Mayor independencia de la Oficina de Auditoría de Guyana, para que pueda informar directamente al Parlamento.

11. Como resultado de estas disposiciones se amplió y se puso en práctica el sistema ampliado de comités8. En el contexto guyanés, marcado por la violencia encabezada por la oposición tras las elecciones generales y regionales de 1992, 1997 y 2001, el nuevo sistema ampliado de comités parlamentarios ha ofrecido un mecanismo de diálogo entre los partidos y una vía para lograr consenso sobre una serie de cuestiones críticas para el país.

12. Hasta la fecha, el Parlamento, con la ayuda del sistema ampliado de comités, ha promulgado una serie de leyes que promueven y protegen específicamente los derechos humanos individuales y de grupos de personas vulnerables, como las mujeres, los pueblos indígenas, los niños y las personas con discapacidad (apéndice 1)9. Cabe señalar que para

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enmendar los artículos de la Constitución relacionados con los derechos humanos se exige una mayoría de dos tercios.

13. La Constitución enmendada establece el puesto de Líder de la Oposición, y dispone su participación en "consultas significativas" definidas en la Constitución para la designación de los titulares de los principales cargos constitucionales10.

14. Este nuevo modelo de reparto del poder para la designación de los miembros de los principales organismos constitucionales mediante un mecanismo de consenso parlamentario y un nuevo peldaño entre el Líder de la Oposición y el Presidente, ha provocado sin duda demoras en la designación de los miembros de las cinco comisiones de derechos humanos y de los titulares de los puestos constitucionales clave. No obstante, el Estado parte considera que este modelo se ajusta a la complejidad política y étnica del país, y por lo tanto, reduce la amenaza de que los distintos grupos extremistas de Guyana recurran a la violencia.

15. Como parte de la política del Estado parte de visibilidad, accesibilidad, transparencia y responsabilidad ante los electores, las políticas, proyectos de ley y programas nacionales fundamentales son objeto de consultas con los sectores y comunidades pertinentes.

16. Para continuar afianzando este modelo de democracia participativa, en 2008 el Presidente inició las reuniones de Foros de las Partes Interesadas Nacionales, formados por unas 100 organizaciones que representan a todos los partidos políticos con escaños en el Parlamento, los órganos religiosos, el movimiento obrero, la comunidad empresarial, los grupos de mujeres, las organizaciones amerindias, la Asociación de Derechos Humanos de Guyana y algunas organizaciones no gubernamentales (ONG) de la ciudadanía. Las entidades que se reúnen en estos foros representan a unos 400.000 ciudadanos. Esta forma de "comunicación" constituye un intento innovador de propiciar un diálogo de más amplia base sobre asuntos de importancia nacional, y de encontrar una vía común para la acción.

En el período que abarca el informe se han celebrado 13 de estos foros sobre diversas cuestiones, como la violencia doméstica y sexual, la delincuencia y la seguridad, el acuerdo de asociación económica con la Unión Europea, la crisis alimentaria y energética y el socorro a Haití en relación con el desastre provocado por el terremoto.

17. Además, como parte de la aplicación, supervisión y evaluación del Programa de estrategia de lucha contra la pobreza I (2004-2008), se establecieron comités regionales de base amplia. El funcionamiento de estos comités, y la participación de las comunidades en su labor, contribuyó a la formulación del Programa de estrategia de lucha contra la pobreza II (2008-2012).

18. Lo mismo ocurrió con la preparación del proyecto de la estrategia de desarrollo con bajas emisiones de carbono de 2009, que es la contribución de Guyana a la lucha contra el cambio climático y el modelo de desarrollo sostenible del país. Participaron en este proceso las 134 comunidades amerindias del país, que fueron consultadas a nivel comunitario y en una conferencia nacional de los Toushaos (véase la parte IV). Asimismo se celebraron consultas con el sector privado. El Parlamento examinó la estrategia de desarrollo con bajas emisiones de carbono en dos ocasiones, y en diciembre de 2009 adoptó la versión revisada.

19. Cada año el Gabinete lleva a cabo programas de proximidad en diferentes regiones administrativas, en cuyo marco el Presidente, el Primer Ministro y los ministros realizan visitas a las comunidades y sostienen intercambios con su población, examinan los problemas que las afectan, adoptan decisiones para resolverlos y determinan las medidas de seguimiento. De este modo se asegura el ejercicio del derecho a participar activamente en la gobernanza del país. Estos programas se suman a las frecuentes actividades de divulgación que realizan los ministerios en las comunidades.

20. Mediante este modelo de inclusión se asegura una participación esencial de todos los interesados en los asuntos que les conciernen, en particular en la promoción y protección de

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los derechos humanos, de conformidad con los instrumentos internacionales de derechos humanos.

21. A nivel nacional y regional el sistema electoral se basa en la representación proporcional establecida en la época colonial. Es muy conocida la historia de los fraudes cometidos en las elecciones de 1968 y 1973, el referendo de 1978, y las elecciones de 1980 y 1985. Las primeras elecciones libres y limpias, celebradas el 5 de octubre de 1992, marcaron el inicio del retorno a la democracia.

22. Guyana se divide en 10 regiones administrativas y en tantas subregiones como se considere necesario; posee 10 Consejos Democráticos Regionales establecidos mediante elección, 6 municipios y 121 Consejos Democráticos de Barrio11, de los cuales se han constituido oficialmente 65. Existen también 134 Consejos de Aldeas Amerindias.

B. Marco nacional para la promoción y protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales

23. Los derechos humanos y las libertades fundamentales de las personas están protegidos en virtud de disposiciones constitucionales y disposiciones reglamentarias y administrativas.

24. La Constitución garantiza una amplia gama de derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales. En el párrafo 1) de su artículo 154 A) se establece que toda persona disfrutará de los derechos humanos consagrados en los tratados internacionales en que Guyana es parte. Estos tratados se enumeran en el Apéndice Cuarto de la Constitución. Los poderes ejecutivo, legislativo y judicial y todos los órganos y organismos del Gobierno tendrán en cuenta debidamente las normas del derecho internacional, las convenciones, los pactos y las cartas de derechos humanos. En virtud de la Constitución y otras leyes, las víctimas de violaciones de los derechos humanos pueden recabar reparación ante los tribunales. En los capítulos III y IV de la Constitución se prevé también la protección de los derechos y las libertades fundamentales de las personas. Todo ciudadano guyanés puede recurrir a la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (ACNUDH) o a su órgano correspondiente en relación con las violaciones del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

25. Es esencial para el tejido social de la sociedad guyanesa que la Constitución y las leyes reconozcan de manera constante y absoluta su diversidad cultural, étnica y religiosa y las sensibilidades correspondientes. La Constitución y la legislación contienen pues disposiciones que tienen en cuenta esta diversidad.

26. La Constitución contiene disposiciones concretas sobre los pueblos amerindios (pueblos indígenas constituidos por nueve grupos lingüísticos bien definidos) (art. 149 G)).

27. La igualdad y la no discriminación son principios básicos del conjunto de derechos humanos; la discriminación se define "sobre la base de la raza, el lugar de origen, la opinión política, el color de la piel, el credo, la edad, la discapacidad, el estado civil, el sexo, el género, el idioma, el nacimiento, la clase social, el estado de gestación, la religión, la convicción, la creencia o la cultura" (párrafo 2) del artículo 149). En el artículo 149 D) se establece la igualdad de las personas ante la ley; en el artículo 149 E) la igualdad en general y en el 149 F) la igualdad entre el hombre y la mujer.

28. Los ministerios y organismos gubernamentales han adoptado políticas, programas y medidas administrativas que prohíben todo tipo de discriminación y promueven la igualdad en las esferas económica, social, política y cultural.

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29. Las cinco comisiones constitucionales de derechos humanos tienen por objeto proteger y promover los derechos humanos y enfrentar las diversas formas de discriminación, así como ofrecer mecanismos de presentación de denuncias para obtener reparación, a cargo de órganos imparciales.

C. Función de los tribunales y otros órganos judiciales administrativos, incluidas las comisiones de derechos humanos

30. Los derechos humanos están protegidos por los tribunales y demás órganos judiciales. Por lo que respecta a los principios y bases del sistema político, económico y social, el párrafo 2) del artículo 39 establece que en la interpretación de las disposiciones sobre los derechos fundamentales contenidas en la Constitución, los tribunales deben tener debidamente en cuenta el derecho internacional y las convenciones, pactos y cartas internacionales sobre derechos humanos. Respecto de las apelaciones sobre cuestiones constitucionales en materia de derechos humanos, las decisiones del Tribunal Superior (High Court) podrán recurrirse directamente ante el Tribunal de Apelaciones, en virtud del artículo 153 de la Constitución relativo al ejercicio de los derechos y libertades fundamentales.

31. El artículo 123 de la Constitución dispone la creación de un Tribunal Supremo de Justicia, integrado por el Tribunal Superior (High Court) y el Tribunal de Apelaciones. El Tribunal Superior (High Court) posee varias salas, incluidas la sala de lo civil, de lo penal y la sala de tierras. La Corte de Justicia del Caribe es el tribunal de apelaciones definitivo para Guyana12. En el capítulo 3:05 de la Ley de jurisdicción sumaria se establece la composición de los Magistrate's Courts (instancias judiciales competentes para el enjuiciamiento de causas penales y demandas civiles relacionadas con reclamaciones de menor cuantía), las prácticas, el procedimiento y nombramiento de los jueces de esta instancia y la reglamentación de sus funciones.

32. El poder judicial de Guyana es independiente. En la Constitución se establecen los puestos de Presidente de la Judicatura y de Presidente del Tribunal Supremo. El Presidente de Guyana los designa previo acuerdo con el Líder de la Oposición, de conformidad con lo establecido en la Constitución. Los demás jueces de estos tribunales son nombrados por el Presidente de Guyana, quien tiene la obligación constitucional de atenerse a la recomendación de la Comisión de la Administración Judicial. La Comisión de la Administración Judicial nombra también a los jueces que conocen de faltas y asuntos civiles de menor importancia.

33. Los miembros de la Comisión de la Administración Judicial (párrafo 1) del artículo 198) se seleccionan mediante un mecanismo de consenso parlamentario por el Comité Permanente encargado de la designación de los miembros de las comisiones constitucionales, con la aprobación de la Asamblea Nacional. El Presidente designará a los miembros, incluido uno mediante acuerdo con el Líder de la Oposición. La Comisión de la Administración Judicial se constituye cada tres años y está encabezada por el Presidente de la Judicatura, de conformidad con la Constitución.

34. En virtud del párrafo 4 del artículo 187 la Fiscalía General es autónoma. El titular del cargo constitucional de Fiscal General también es designado por la Comisión de la Administración Judicial.

35. Los miembros de la Comisión del Servicio de Policía y la Comisión de la Administración Pública, establecidas en virtud de los artículos 200 y 210 respectivamente, se nombrarán con arreglo al mismo procedimiento consultivo descrito en relación con los miembros de la Comisión de la Administración Judicial13.

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36. Con el fin de fortalecer la justicia social y el estado de derecho, la Comisión de Derechos Humanos funciona como secretaría de las cuatro comisiones de derechos humanos antes mencionadas, y en particular de su Presidente y de los de las restantes comisiones14. Estos órganos están directamente subordinados al Parlamento.

37. La Comisión de Relaciones Étnicas, establecida en 2003, presenta anualmente al Parlamento sus informes generales y especiales15. Esta Comisión desempeñó un papel clave en las elecciones de 2006 mediante la celebración de reuniones de paz, no violencia y meditación y la promoción de un acuerdo de paz que fue firmado por todos los partidos políticos participantes en los comicios, excepto uno.

38. Se ha designado a los miembros de las Comisiones de los Derechos del Niño y de la Mujer y la Igualdad de Género. El Comité Parlamentario Permanente encargado de la designación de los miembros de las comisiones tiene ante sí la tarea de designar a los miembros de la Comisión de los Pueblos Indígenas; la designación deberá realizarse en 2010.

39. En virtud de la legislación funcionan varios tribunales, en particular el Tribunal de Apelación de la Administración Pública y el Tribunal de la Comisión de Relaciones Étnicas, que tienen la misma jurisdicción que el Tribunal Superior (High Court), y cuyas decisiones se recurren ante el Tribunal de Apelación. Las disposiciones del capítulo 19:03 de la Ley de la Comisión de Investigación se aplican de la forma más estricta posible al funcionamiento de los tribunales establecidos en virtud de la Constitución (párrafo 5 del artículo 225).

III. Promoción y protección de los derechos humanos

40. Con el fin de promover la aplicación de los tratados de derechos humanos en los que es parte Guyana, el Gobierno, por conducto de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial en su conjunto, colabora para promover y proteger los derechos humanos de todas las personas en el país.

A. Bienestar humano

1. Derecho a la cultura

41. La diversidad cultural, étnica, religiosa y lingüística de Guyana se ha reflejado en las respuestas del Estado al Cuestionario de las Naciones Unidas sobre minorías y ciudadanía, de julio de 2007, y en los informes del Estado parte al Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial. El marco constitucional se basa en la premisa de la unidad en la diversidad y el Estado fomenta la igualdad de acceso y oportunidades para crear y conciliar valores diversos mediante el diálogo y el respeto y reconocimiento de las diferencias (art. 35). Guyana reconoce los derechos individuales y culturales.

42. Aunque Guyana es un Estado laico, el Gobierno ha respetado, alentado, promovido y apoyado siempre la diversidad cultural del país16.

43. Se profesan numerosas religiones17 (cristiana, hindú, musulmana, bahaí, rastafari, Kali Mai, y espiritismo tradicional). En Guyana se respeta la libertad para elegir y profesar una religión (art. 45); el país es reconocido como una nación tolerante donde coexisten distintas religiones. Diversas leyes contienen disposiciones que respetan y cumplen los principios tradicionales y espirituales de los pueblos amerindios.

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44. Guyana se adhirió recientemente a la Convención de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) sobre la protección y la promoción de la diversidad de las expresiones culturales.

2. Derecho a la seguridad alimentaria

45. El Gobierno de Guyana hace hincapié en el derecho a la alimentación y ha adoptado medidas positivas para eliminar el hambre y promover la seguridad alimentaria. La política alimentaria de Guyana cumple los requisitos de disponibilidad (en cantidad y calidad), inocuidad, aceptabilidad y accesibilidad de los alimentos. Guyana produce los principales alimentos básicos que necesita para asegurar el bienestar nutricional de su población. Pese a la recesión económica y financiera mundiales, mediante una serie de intervenciones el Gobierno ha amortiguado los efectos de la crisis sobre el costo de la vida y el acceso a los alimentos.

46. Guyana es un país productor de materias primas cuyo desarrollo sostenible depende de las exportaciones de arroz, azúcar, bauxita, madera, oro y diamantes al mercado mundial. La agricultura genera el 35% del producto interno bruto (PIB) anual. El Gobierno ha realizado grandes inversiones en obras de drenaje e irrigación (de importancia crítica para las regiones agrícolas costeras, expuestas a inundaciones por tierra y por mar)18, la construcción de defensas contra el mar y los ríos y de caminos entre las granjas y el mercado, apoyo financiero a los agricultores mediante el suministro de ganado y semillas, la reducción de los impuestos sobre el combustible, el acceso a créditos, la seguridad de la tenencia de la tierra, el socorro en casos de desastre, la investigación y el desarrollo y el apoyo técnico.

47. Teniendo en cuenta el impacto negativo del cambio climático sobre la seguridad alimentaria y la salubridad ambiental sostenible, Guyana ha tomado medidas eficaces para mitigar esos efectos mediante una política de evitar la deforestación y un modelo de estrategia de desarrollo con bajas emisiones de carbono que ha promovido internacionalmente.

3. Derecho a la vivienda y al agua

48. En la aplicación del derecho a la vivienda, el Gobierno de Guyana se atiene a los principios de asequibilidad, seguridad de la tenencia, habitabilidad, accesibilidad, acceso a los servicios públicos y adecuación cultural.

49. En 1994 el Gobierno puso en práctica un ambicioso programa de vivienda con arreglo al cual se distribuyeron terrenos públicos a bajo costo a familias de bajos ingresos.

Desde el principio, este programa ha desempeñado un papel clave en el desarrollo social y económico de Guyana, gracias a sus efectos multiplicadores, como la mejora del bienestar, la dignidad y la autoestima, la reducción de la pobreza, el aseguramiento de la vivienda y de su titularidad, el aumento de la seguridad del medio ambiente, el acceso a préstamos a interés bajo, el desarrollo de la industria manufacturera y la construcción locales, y el empleo. Por ejemplo, entre 2001 y 2005 el Ministerio de Vivienda y Recursos Hídricos asignó 15.778 parcelas para viviendas en las diez regiones, lo que benefició a unas 75.000 personas. Entre 2006 y 2009 se asignaron otras 13.188 que beneficiaron a aproximadamente 65.000 personas. Entre 2010 y 2012 se asignarán 17.000 parcelas más.

Además, en el marco de estos nuevos planes de vivienda el Gobierno proporciona servicios sociales, como centros de salud, escuelas y acceso a agua potable y electricidad, así como caminos e instalaciones de drenaje.

50. Por otra parte, en 2001 comenzó a ejecutarse el programa de regularización de los ocupantes ilegales, a fin de proporcionar a estos ocupantes parcelas para viviendas estándar y títulos legales sobre la tierra. Gracias a este plan, 5.529 familias obtuvieron por primera

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vez los títulos de propiedad de sus tierras y propiedades. Constituye una prioridad el suministro de servicios básicos para mejorar la calidad de vida de las personas que residen en esas zonas. El Gobierno coopera con ONG, como Food for The Poor y Habit for Humanity en la construcción de viviendas de bajo costo para personas extremadamente pobres.

51. El Gobierno facilita el acceso a financiación asequible para la construcción de viviendas, a fin de que los beneficiarios de los planes de vivienda cumplan los requisitos para recibir préstamos bancarios. En 2009 los bancos comerciales también recibieron más apoyo, lo que contribuyó a que las personas de bajos ingresos recibieran préstamos a bajos tipos de interés.

52. El Gobierno de Guyana reconoce que el derecho al agua es un componente esencial del derecho a la vida, la salud, la alimentación y un nivel de vida adecuado. En 1991, tenía acceso al agua potable el 50% de la población, proporción que aumentó al 86% en 2008. El sistema de suministro y gestión del agua de Guyana satisface las condiciones de disponibilidad, calidad y accesibilidad.

4. Derecho a la seguridad social

53. El Gobierno de Guyana aplica un enfoque de la seguridad social basado en los derechos, que incluye la exhaustividad, accesibilidad, universalidad, adecuación, pertinencia y no discriminación. El Gobierno proporciona seguridad social en diferentes grados, en particular a los pobres y a los sectores más vulnerables de la población.

54. En el marco de la estrategia nacional de desarrollo, que incluye el Programa estratégico de reducción de la pobreza y la estrategia de desarrollo con bajas emisiones de carbono, el Gobierno se plantea el objetivo de reducir la pobreza con el fin de asegurar la igualdad de acceso a los derechos y beneficios que puede ofrecer Guyana. Para facilitar el logro de este objetivo, diversos programas sociales tienen en cuenta las necesidades de las personas pobres y vulnerables, a saber:

Un programa de asistencia pública a los grupos vulnerables (entre julio y diciembre de 2009 se beneficiaron del programa unas 9.297 personas).

El Programa de asistencia a las familias monoparentales (29% de las familias son monoparentales, encabezadas por mujeres) se puso en práctica en 2009. Este programa ofrece capacitación técnica o recalificación, asistencia para el pago de los servicios de guardería y fondos para proyectos destinados a iniciar actividades económicas en muy pequeña escala. En el primer año se beneficiaron del programa 700 familias monoparentales (en su mayoría encabezadas por mujeres) de las 10 regiones administrativas.

En virtud de la Ley de pensiones de vejez todas las personas de 65 años o más tienen derecho a recibir sus prestaciones, independientemente de sus recursos. Hay aproximadamente 42.000 jubilados.

Además, los ancianos quedan exentos automáticamente del pago por el suministro de agua.

Se aplica una tarifa de electricidad preferencial a las familias cuyo consumo está por debajo de un umbral específico, con lo que se benefician las familias más vulnerables.

Los programas de formación técnica para jóvenes financiados por el Gobierno ofrecen oportunidades laborales y económicas mediante la formación y el empoderamiento (parte III Nº 6, Educación, y Nº 7, Derecho al trabajo).

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El Programa de uniformes escolares está dirigido a los pobres de toda la nación;

entre 2007 y 2009 se beneficiaron anualmente 26.000 niños, incluidos los de comunidades del interior.

El Programa de asistencia a la alimentación escolar se centra en los niños de familias pobres y vulnerables, en particular los de las comunidades del interior. Este programa mejora la situación nutricional de los niños y crea empleo e ingresos para grupos de mujeres y agricultores.

El Programa de nutrición básica (PNB) y el Programa de suplementos alimenticios, creados para reducir la malnutrición y la anemia en las embarazadas y los niños de 6 a 24 meses, beneficia a 20.000 mujeres y niños19.

55. Con el tiempo los gastos presupuestarios totales del sector social han aumentado notablemente, y últimamente han sobrepasado de manera sostenida el 20% del PIB.

56. Además, Guyana posee un programa de seguro amplio y asequible que cumple los principios universalmente aceptables de accesibilidad, globalidad y administración pública.

5. Derecho a la atención de salud

57. El Gobierno de Guyana asegura que la prestación de los servicios de salud se base en la equidad y la rendición de cuentas. El Ministerio de Salud se esfuerza por mejorar el estado de salud física, social y mental de todos los guyaneses y extranjeros residentes en Guyana, proporcionándoles unos servicios de salud en las condiciones más accesibles, aceptables, asequibles, oportunas y adecuadas que puede ofrecer el país habida cuenta de los recursos disponibles, y por aumentar la eficacia del personal de salud mediante una formación y capacitación permanentes y la aplicación de sistemas de gestión.

58. El Gobierno de Guyana reconoce que la obligación de satisfacer el derecho a la salud exige que se adopte una estrategia nacional20 y se dedique a la salud una proporción importante y suficiente del presupuesto disponible. Desde 1992 el Gobierno ha realizado inversiones anuales importantes para reconstruir el desplomado sector de la salud pública y extender a todos los guyaneses los beneficios de un moderno sistema de atención de salud.

En ese sentido, en 2009 se destinó a la salud el 9,3% del presupuesto y el 4,7% del PIB.

59. La estructura del sector de la salud pública se basa en un sistema gratuito de atención sanitaria, desde el escalón inferior de los consultorios médicos rurales en zonas remotas del interior hasta los principales centros hospitalarios de atención terciaria, referencia y capacitación, en que el acceso a los servicios de salud de la madre y el niño, y el tratamiento de enfermedades transmisibles y no transmisibles, VIH/SIDA y otras enfermedades de transmisión sexual, así como odontología y rehabilitación se interrelacionan y se ofrecen a distintos niveles en las diez regiones administrativas del país.

60. Los ciudadanos guyaneses y los extranjeros residentes en Guyana tienen acceso a atención médica gratuita en los principales hospitales terciarios y de referencia, 9 hospitales públicos regionales, 21 hospitales secundarios/distritales, 2 hospitales especializados y 342 establecimientos de atención primaria21. Los medicamentos en el sector público también son gratuitos. Además en el país hay 7 hospitales privados.

61. La vacunación de los niños es gratuita y se realiza en los establecimientos de atención primaria de salud, incluidos los consultorios médicos rurales de aldeas remotas del interior. La tasa de inmunización de la población de menos de 1 año es elevada, de aproximadamente el 95%22. La Atención Integrada a las Enfermedades Prevalentes de la Infancia (AIEPI) tiene por objeto reducir la morbilidad y mortalidad asociadas a las principales causas de estas enfermedades. Es importante señalar la reducción de la tasa de mortalidad de niños menores de 5 años, de un 72,0‰ en 2000 a un 20‰ en 2009. Además, la mortalidad infantil se ha reducido de un 54,0‰ en 1992 a un 15‰ en 2009.

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62. Guyana asumió el compromiso de alcanzar los Objetivos de Desarrollo del Milenio para 2015, y prevé cumplir el Objetivo 4: Reducir la mortalidad de los niños menores de 5 años.

63. El Gobierno se esfuerza por prevenir las defunciones maternas. Se ha registrado una reducción de la tasa de mortalidad materna, que disminuyó de 140,1 por cada 100.000 nacidos vivos en 1991 a 113 por cada 100.000 nacidos vivos en 2006.

64. El Gobierno de Guyana ofrece gratuitamente tratamiento para prevenir la transmisión del VIH de la madre al niño. A fines de 2006, había más de 100 establecimientos del sector público dedicados a administrar este tratamiento, al que tenía acceso casi el 80% de las embarazadas en el país.

65. Además, Guyana ofrece tratamiento antirretroviral gratuito para los pacientes de VIH/SIDA. Merced a un enfoque gradual que comenzó a aplicarse en 2004, han sido tratados unos 6.000 pacientes, y en 2009 se incorporaron al tratamiento otros 2.300.

66. El Gobierno recibe apoyo técnico y financiero de sus asociados en el sector de la salud (la Organización Panamericana de la Salud (OPS)/Organización Mundial de la Salud (OMS), el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), el Plan de Emergencia del Presidente de los Estados Unidos para el Alivio del Sida (PEPFAR) y el Fondo Mundial de Lucha contra el SIDA, la Tuberculosis y la Malaria (FMSTM)). Cuba es el asociado bilateral más importante de Guyana en materia de salud.

6. Derecho a la educación

67. El sistema educacional de Guyana se basa en los principios de accesibilidad, disponibilidad, y libertad para elegir y crear. La política educacional de Guyana garantiza que todos sus ciudadanos, con independencia de edad, raza, religión o discapacidad física o mental, puedan desarrollar plenamente su potencial mediante la igualdad de acceso a una educación de calidad, en el marco de los recursos disponibles. En 2009 se destinó al sector de la educación pública el 15,1% del presupuesto y el 7,3% del PIB.

68. El Gobierno tiene el compromiso de asegurar que no se niegue la educación a ningún niño. La asistencia escolar es obligatoria para todos los niños de 5 a 15 años. Cabe señalar que aunque la asistencia a guarderías o centros de educación preescolar (niños de 3 años y 9 meses) no es obligatoria, el 70% de los niños de este grupo asiste a guarderías. En la nueva Ley de educación se propone incluir este nivel de educación en la enseñanza obligatoria.

69. En los últimos diecisiete años el Gobierno ha construido, rehabilitado y ampliado centenares de escuelas en todo el país23. Respecto del acceso a la educación, las comunidades amerindias disponen de más de 200 escuelas, incluidas escuelas de párvulos y primarias y 13 escuelas secundarias públicas (2009).

70. En el año escolar 2008/09 se matricularon en la enseñanza primaria 104.440 niños, lo que significó un aumento del 70% en comparación con el porcentaje de población infantil matriculada en 1992. Sobre la base de las proyecciones demográficas de la Oficina de Estadísticas, se estima que en el año académico 2009 en las escuelas primarias públicas se matriculó el 90% del grupo de edad pertinente. La repetición y el abandono escolar en la enseñanza primaria representan respectivamente el 1 y el 3%, por lo que la tasa de terminación de la enseñanza primaria supera ya el 90%. Se espera que en 2015 Guyana haya cumplido el Objetivo 2 de Desarrollo del Milenio.

71. La matriculación total en la enseñanza secundaria, de 68.163 estudiantes, aumentó de un 45% en 1992 a un 75% en 2008. En general, la matriculación total es de 203.205 niños (guarderías, escuelas primarias, secundarias y centros de instrucción práctica del sector público) de los cuales 102.576 son niños y 100.629 niñas (2009). El Gobierno

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proporciona enseñanza pública gratuita, incluidos los libros de texto, en los niveles primario y secundario.

72. Por conducto del Ministerio de Servicios Humanos y Seguridad Social el Gobierno ofrece bonos para uniformes escolares a los niños pobres que asisten a guarderías y escuelas primarias y secundarias. En 2009 se proporcionaron bonos al 18% de la población escolar (el 100% de alumnos de zonas ribereñas y del interior y el 10% de alumnos de zonas costeras). En enero de 2010 el Gobierno se hizo cargo del suministro de uniformes escolares a todos los niños que asistían a la escuela en el nuevo año escolar. En las diez regiones administrativas se ofrecen programas de alimentación escolar para niños pobres, pero de manera más extensa en el interior y en las zonas ribereñas.

73. La Constitución reconoce el derecho a establecer instituciones de enseñanza privadas (párrafo 1 del artículo 49) y la libertad de elegir el centro de estudios (art. 149 H)).

Muchas de las escuelas privadas son religiosas (bahaíes, cristianas, hinduistas e islámicas).

74. El Ministerio de Educación facilita la reincorporación en la escuela de los niños que han abandonado la escuela por diversas causas, incluido el trabajo infantil.

75. Además, el programa de alfabetización de la Iniciativa Acelerada de Educación para Todos está dirigido a los jóvenes y adultos escolarizados y no escolarizados. El Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes y el Ministerio de Trabajo ofrecen programas de capacitación en centros docentes internos y externos para los jóvenes que han abandonado los estudios y los estudiantes de bajo rendimiento escolar de las diez regiones del país.

Además, algunas ONG ofrecen programas de capacitación sobre conocimientos para la vida diaria para jóvenes no escolarizados.

76. En el nivel de enseñanza media superior hay algunas instituciones docentes públicas (tres escuelas de enfermería, la Escuela de Agricultura de Guyana, el Colegio Pedagógico Cyril Potter, programas de capacitación para maestros en ejercicio en cada región, cuatro institutos técnicos, y el Colegio de Policía Felix Austin). Anualmente unos 6.029 estudiantes se matriculan en estos programas, que se imparten a precios mínimos o gratuitamente.

77. La Universidad de Guyana imparte cursos de certificación, diploma, de grado y de posgrado. La población estudiantil es mayoritariamente femenina. Cada año se gradúan unos 1.000 universitarios. Cabe mencionar que en el nivel de la enseñanza superior los estudiantes tienen acceso a préstamos con bajo interés.

7. Derecho al trabajo, situación laboral, capacitación y participación en sindicatos 78. La Constitución y otras leyes reconocen y garantizan el derecho al trabajo, el derecho de huelga, y los derechos de asociación y de concertación de convenios colectivos laborales; estas leyes se ajustan a las normas de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y otros instrumentos de derechos humanos.

79. El Gobierno de Guyana reconoce que para asegurar el derecho al trabajo es necesario ampliar la base económica, crear un clima propicio a la inversión, asegurar el acceso a la educación y la formación profesional a fin de reducir los niveles de desempleo.

80. El Ministerio de Trabajo, Servicios Humanos y Seguridad Social supervisa la aplicación de las leyes laborales y facilita la mediación en los conflictos laborales.

81. El Gobierno ha trabajado con diligencia para reducir el desempleo entre los jóvenes mediante la capacitación y la búsqueda de empleo, especialmente de los que han abandonado los estudios o tienen bajo rendimiento escolar. En 2005 se inició el Programa nacional de capacitación para el empoderamiento de los jóvenes, del que se han graduado en cuatro años casi 2.200 jóvenes. El Programa de formación empresarial de los jóvenes

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ofrece cursos en centros internos y externos, de los que se benefician anualmente unos 500 jóvenes, incluidos menores delincuentes de las diez regiones administrativas. En 2009 en el recién iniciado Programa de asistencia a los progenitores sin pareja se capacitaron y graduaron 372 personas, en su mayoría mujeres.

82. En las leyes laborales se reconoce el principio de igual remuneración por igual trabajo (art. 22). En la Ley de igualdad de derechos Nº 19, de 1990, se establece explícitamente el concepto de "igual remuneración por igual trabajo" mediante la eliminación de las diferencias de género en el puesto de trabajo. La Ley de prevención de la discriminación, la Ley de terminación del empleo e indemnización por despido (Ley Nº 19 de 1997), y la Ley de lucha contra el odio racial protegen la igualdad de derechos de los ciudadanos.

83. La Ley Nº 33 de 1997, de reconocimiento de los sindicatos, y su enmienda de 2009, garantizan el derecho constitucional a afiliarse y participar en sindicatos y a ser reconocido como miembro. Existen dos asociaciones sindicales generales: el Congreso de los Sindicatos de Guyana (GTUC), que representa a siete sindicatos integrados por 15.000 miembros, y la Federación de Sindicatos Independientes de Guyana (FITUG), que representa a cuatro sindicatos que suman 35.000 miembros.

84. Las sociedades cooperativas se rigen por el capítulo 88:01 de la Ley de sociedades cooperativas y están apoyadas por reglamentos y normas que contribuyen a la buena gobernanza y la transparencia.

8. Protección contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes 85. En el artículo 141 de la Constitución se prohíben la tortura y los tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.

86. Ninguna declaración obtenida mediante tortura podrá ser invocada como prueba en procedimientos judiciales. El artículo 4 del capítulo 5:03 de la Ley de medios de prueba establece que, con sujeción a esa ley y a cualquier otra ley escrita en vigor, se aplicarán las reglas y principios del common law relativos a los medios de prueba, en la medida en que sean aplicables a las circunstancias de Guyana. El Reglamento de los Tribunales (common law) contiene normas sobre los interrogatorios policiales y la aceptabilidad como prueba ante los tribunales de las declaraciones y confesiones obtenidas, y establece claramente la inadmisibilidad de las confesiones obtenidas mediante coacción. En virtud de la Constitución podrá ser procesada cualquier persona acusada de tortura, y la víctima podrá pedir reparación ante el Tribunal Superior (High Court) y tendrá derecho a recurrir ante el Tribunal de Apelación, y posteriormente ante la Corte de Justicia del Caribe.

87. En virtud del artículo 187, el Fiscal General está facultado para iniciar, asumir, proseguir o interrumpir en cualquiera de sus etapas cualquier procedimiento penal, excepto los incoados ante tribunales militares. El Fiscal General tiene la responsabilidad de asegurar que ningún ciudadano sea detenido ni procesado injustamente y que los procedimientos penales se apliquen correctamente.

88. Además, las personas y organizaciones de Guyana podrán presentar denuncias de violaciones de sus derechos humanos por la policía y demás fuerzas del orden ante los órganos independientes de supervisión administrativa encargados de realizar investigaciones e indagaciones sobre la conducta de los miembros de esos órganos, y ante los tribunales. Las acusaciones contra miembros de las fuerzas del orden por corrupción, abusos, uso excesivo de la fuerza y tortura que en algunos casos provocan muertes pueden presentarse ante los juzgados de paz y tribunales superiores.

89. En caso de desaparición forzada o involuntaria de una persona podrá presentarse un recurso de hábeas corpus ante el Tribunal Superior (High Court), que deberá aceptarlo.

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90. Mediante la revisión de la Constitución, las leyes y los reglamentos administrativos se han establecido mecanismos imparciales para denunciar abusos, torturas, y castigos inhumanos o degradantes (parte III. B. 2. a. Acceso a la justicia).

B. Participación democrática y social

1. Derecho a votar y a ser elegido y derecho de asociación

91. Las elecciones nacionales y regionales de 1992, 1997, 2001 y 2006 se celebraron bajo la supervisión de observadores internacionales y regionales, quienes llegaron a la conclusión de que habían sido libres y justas. Los comicios nacionales y regionales de 2006 fueron las primeras elecciones pacíficas en 14 años. Por haber padecido una historia de elecciones amañadas, los guyaneses protegen decididamente el derecho al voto en elecciones libres y justas.

92. Guyana garantiza el derecho a votar y a ser elegido y la libertad de asociación y reunión. El derecho al voto en elecciones periódicas y auténticas se basa en el principio del sufragio universal e igual. Desde 1992, gracias a la reforma legislativa y electoral administrativa, ha aumentado el control, la transparencia y la participación durante todo el proceso electoral. La Comisión Electoral de Guyana (GECOM) se encarga de la organización independiente de todas las elecciones nacionales, regionales y de las administraciones locales.

93. Cada cinco años se celebran elecciones generales y regionales. La lista de electores se expone al examen del público; el recuento de los votos se realiza en los propios colegios electorales, donde se publican los resultados. Todo el proceso electoral (desde el registro de los electores hasta el recuento de los votos) es supervisado por centenares de escrutadores de los partidos del Gobierno y la oposición representados en el Parlamento, así como por organismos de vigilancia de la sociedad civil. Cabe señalar que el Estado remunera a los escrutadores de los partidos en la forma establecida por la ley.

94. A fin de asegurar una representación más equitativa, en la Constitución revisada y en las leyes se han tenido en cuenta la representación geográfica y la igualdad entre hombres y mujeres. La Asamblea Nacional consta de 25 escaños por regiones geográficas asignados en proporción a los votos obtenidos en cada región en las elecciones regionales y 40 escaños nacionales asignados en proporción a los votos obtenidos en las elecciones nacionales. Entre las condiciones exigidas para presentar candidaturas se incluye el requisito de que la tercera parte de los candidatos de los partidos a la Asamblea Nacional y los diez Consejos Democráticos Regionales debe estar constituida por mujeres.

95. En cumplimiento de las disposiciones constitucionales revisadas, entre 2003 y 2009, un grupo de trabajo bipartito inició la reforma de las administraciones locales (art. 78 B)).

Se llegó al acuerdo bipartito de posponer las elecciones de las administraciones locales hasta que se introdujera el nuevo sistema. Además se llegó a un acuerdo sobre un nuevo sistema electoral del gobierno local, basado en un método híbrido de representación proporcional/circunscripciones electorales. En 2008 se concertó un acuerdo multipartidista sobre un nuevo censo electoral casa por casa antes de las elecciones para las administraciones locales. La excesiva demora en lograr un consenso sobre algunas cuestiones específicas del proyecto de ley y el frecuente aplazamiento de las elecciones locales hicieron que en junio de 2009 el Gobierno presentara una ley al respecto. Esta medida permitió que la Comisión Electoral de Guyana se preparara para celebrar dichas elecciones en 2010. El nuevo sistema híbrido de elecciones locales será un nuevo paso para promover la inclusión y participación a nivel comunitario.

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96. Además, se respeta la libertad de asociación y se garantiza el derecho de las personas a incorporarse y defender intereses colectivos a través de partidos políticos, ONG, agrupaciones de desarrollo comunitario, órganos de la sociedad civil, órganos sindicales, etc.

97. De hecho, en todo el país existen centenares de agrupaciones de desarrollo comunitario que contribuyen voluntariamente a mejorar sus colectividades. Como resultado, el Gobierno ha establecido una oficina de coordinación con apoyo presupuestario para apoyar este dinámico e importante movimiento cívico.

2. Administración de justicia

a) Acceso a la justicia

98. El Gobierno ha centrado sus inversiones principalmente en la modernización del sector de la administración de justicia y la promoción del acceso a la justicia, con el apoyo técnico y financiero del Banco Interamericano de Desarrollo (BID). En las nuevas leyes promulgadas en 2008 y 2009 se prevé la posibilidad de que se negocien los cargos y la condena, la inculpación se base en el escrito sobre las pruebas de cargo, y se utilicen dispositivos audiovisuales en los tribunales, lo que mejorará la administración de justicia y el acceso a esta, y reducirá la duración de los juicios y de la prisión provisional.

99. Respecto del ejercicio del derecho a representación letrada, el Consultorio de Ayuda Jurídica de Guyana (GLAC) ofrece asistencia jurídica a las personas pobres, desfavorecidas y vulnerables. Desde 2008, el Gobierno proporciona apoyo presupuestario al GLAC, lo que ha facilitado la ampliación de sus servicios a otras cuatro regiones del país y mejorado el acceso a la justicia24.

100. En las causas ante el Tribunal Superior (High Court) a las personas acusadas de delitos que se castigan con la pena capital y que no pueden pagar los honorarios de un abogado se les asignan defensores de oficio.

101. A fin de que las víctimas de actos cometidos por miembros de las fuerzas del orden o los familiares de las víctimas puedan denunciar esas violaciones, se han establecido varios mecanismos de presentación de denuncias, a saber:

i) El Servicio de Denuncias contra la Policía, que recibe y examina las denuncias por actos de abuso, negligencia, conducta improcedente, detenciones ilegales, corrupción, uso excesivo de la fuerza, muertes ilegales y tortura, cometidos por la policía25. De ser necesario, este Servicio puede pedir al Presidente de la Judicatura que ordene la apertura de una instrucción judicial, o al Fiscal General, que interponga denuncias contra los miembros de la fuerza de policía. El Servicio de Denuncias contra la Policía presenta informes anuales para su examen público.

ii) El nuevo Comité Parlamentario Permanente para la supervisión de las fuerzas del orden constituye un nuevo elemento de control del sector de la seguridad (enmienda constitucional de 2009).

iii) La Fuerza de Defensa de Guyana, la Oficina de Responsabilidad Profesional de la Fuerza de Policía, el Servicio de Bomberos, y el Servicio Penitenciario, sobre la base de las denuncias presentadas oficialmente y/o por iniciativa propia establecen juntas de investigación y/o cortes marciales26.

iv) El Presidente también designa comisiones de investigación. Sus conclusiones se han publicado y se han adoptado las medidas correspondientes.

v) El establecimiento de la Comisión de Derechos Humanos permitirá disponer de otro mecanismo de presentación de denuncias.

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vi) La víctima o sus familiares pueden presentar un recurso de amparo constitucional ante los tribunales.

vii) La víctima o sus familiares pueden presentar denuncias ante la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos en virtud del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos o ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la Organización de los Estados Americanos (OEA).

b) Servicios correccionales

102. Los servicios de libertad condicional están a cargo del Ministerio de Servicios Humanos y Seguridad Social, por conducto del Servicio de Bienestar Familiar. El Servicio Penitenciario de Guyana es responsable de la guarda, el cuidado y la rehabilitación de los condenados a penas de prisión o los detenidos en prisión provisional27. Respecto de las condiciones de encarcelamiento28 y detención, se salvaguarda el derecho a no ser objeto de tratos inhumanos o degradantes.

103. Dado el considerable número de causas pendientes existentes, hay muchas personas en prisión preventiva, con el consiguiente hacinamiento de los lugares de detención. Como resultado de esta situación el Gobierno ha destinado anualmente asignaciones presupuestarias para mejorar la situación de las prisiones.

104. La reforma legislativa, en particular la Ley Nº 18 de 2008 (Ley de procedimiento penal sobre la negociación de los cargos y la condena) y la Ley Nº 17 de 2008 (Ley que modifica la Ley de procedimiento penal) contribuirán a reducir el hacinamiento en las cárceles. Además, en la Ley Nº 9 de 2009, relativa a los plazos para la adopción de decisiones judiciales, se establece la aplicación de sanciones disciplinarias con arreglo a la Constitución por la demora en la adopción o por la no adopción de decisiones judiciales.

105. A fin de asegurar la protección de los derechos de las personas privadas de libertad, para cada cárcel se crean comisiones visitadoras en virtud del capítulo 11:00, parte I, de la Ley penitenciaria. Las comisiones están encargadas de inspeccionar las condiciones penitenciarias y tienen libre acceso a los edificios y los internos. Están integradas por miembros de la sociedad civil de las comunidades próximas a cada prisión.

106. Los jueces de paz pueden enviar a los niños delincuentes de 10 a 17 años al centro de rehabilitación con sistema de coeducación New Opportunity Corp.

107. En 2009 el Ministerio del Interior y el Servicio Penitenciario de Guyana comenzaron a trasladar a una cárcel independiente a todos los delincuentes adultos no reincidentes.

IV. Logros y retos en la promoción y protección de los derechos humanos

A. Prosperidad y calidad de vida

Reducción de la pobreza

108. Guyana es un país en desarrollo democrático de economía emergente en el que el 36% de la población, según datos de 2006, vive en condiciones de pobreza moderada y el 18,6, de extrema pobreza. Estas cifras reflejan una reducción del 67% en comparación con los niveles de pobreza registrados en 1992. En el Índice de Desarrollo Humano del PNUD de 2009 Guyana ocupaba el lugar 114º entre 182 países.

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109. En 2005, pese a las desastrosas inundaciones que provocaron pérdidas equivalentes al 67% del PIB, la economía resistió, se recuperó rápidamente y registró un crecimiento del 5,1% en 2006; en 2007 y 2008 el crecimiento anual fue de 5,4 y 3,1%, respectivamente.

En 2009 esta cifra fue del 2,3% a pesar de la crisis económica mundial. Se prevé que a mediano plazo se mantenga esta tendencia de crecimiento positivo y la estabilidad macroeconómica consiguiente, incluida una baja inflación29.

110. Guyana pasó de la categoría de país menos adelantado (1980-2005) a la de país en desarrollo de ingresos medios bajos en 2006. El PIB per cápita en dólares de los EE.UU. ha aumentado de 862,8 dólares de los EE.UU. en 2004 a 1.298 dólares de los EE.UU. en 2009.

La proporción del consumo privado en el gasto interno bruto aumentó del 49,2 al 63,3%, y la del consumo público se redujo del 21,8% en 2004 al 14,4% en 2008.

111. Gracias a las enérgicas reformas macroeconómicas y estructurales emprendidas, Guyana ha obtenido un alivio de su deuda en el marco de la Iniciativa Ampliada en favor de los países pobres muy endeudados y la Iniciativa para el Alivio de la Deuda Multilateral.

Estas iniciativas, unidas a una gestión prudente del endeudamiento, en particular a políticas prudentes y responsables de endeudamiento, permitieron al país reducir su deuda externa de 2.000 millones de dólares de los EE.UU. en el decenio de 1990 a 833 millones en 2008.

Esto se logró a pesar de que el Estado tuvo que solicitar nuevos préstamos para financiar programas esenciales de carácter social e infraestructuras.

112. La estrategia nacional de desarrollo del Gobierno se basa en las estrategias de desarrollo con bajas emisiones de carbono y de reducción de la pobreza, acompañadas de distintos programas y políticas sectoriales para mejorar la calidad de vida de la población y reducir la pobreza. Como ejemplo cabe señalar las asignaciones presupuestarias para los sectores de la salud y la educación, del 25% del presupuesto anual, y para la vivienda y el agua, del 10%.

113. El Programa I de la estrategia de reducción de la pobreza y su sucesor, el Programa II de la estrategia (2008-2012) han contribuido a reducir la pobreza y garantizar un acceso más amplio y equitativo de las personas pobres y vulnerables a los servicios, y han ampliado las oportunidades de seguridad social. La reducción de la mortalidad infantil y materna y de la desnutrición (apéndice 11) refleja el éxito de estas intervenciones de lucha contra la pobreza. Asimismo, la esperanza de vida ha aumentado, de 61 años en 1992 a 67 años en 2008. Se prevé que para 2015 Guyana haya alcanzado cinco de los ocho Objetivos de Desarrollo del Milenio30.

114. El país ha dado pasos positivos a fin de crear un entorno político propicio para la celebración de elecciones pacíficas, el funcionamiento de un Parlamento deliberativo, una gobernanza participativa e incluyente, el aumento de las inversiones en el sector público, la creación de un clima más atractivo para la inversión y la aplicación de reformas tributarias.

B. Iniciativas del Gobierno sobre cuestiones de los amerindios

1. Derechos sobre la tierra

115. En Guyana viven más de 50.000 amerindios (indígenas) asentados en 134 comunidades con títulos de propiedad situadas principalmente en zonas interiores y ribereñas del país. El censo de 2002 mostró que la población amerindia era la de más rápido crecimiento en comparación con otros grupos étnicos, con un aumento del 47,3% entre 1991 y 2002, lo que representaba una tasa de crecimiento anual del 3,5%. En la actualidad los amerindios constituyen el 9,2% de la población guyanesa.

116. En el período colonial y bajo la administración antidemocrática la población amerindia era la más olvidada y por consiguiente presentaba los más bajos índices de

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